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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de los Estados Unidos –Investigaciones de Seguridad Nacional (HSI), suscribieron un Memorando de Entendimiento para estrechar la cooperación internacional, en cuanto al perfilamiento y desmantelamiento del crimen transnacional y de las organizaciones criminales, en materia de comercio internacional.

 

La firma del Memorando permitirá a las dos Entidades intensificar la cooperación entre las aduanas, garantizando la protección y seguridad de la carga, el cumplimiento de las leyes aduaneras, particularmente aquellas relacionadas con el control al contrabando, a través del intercambio de información relacionada con la importación y exportación de mercancías.

 

Este intercambio incluye información relevante para la identificación de anomalías dentro del comercio internacional, irregularidades financieras que indiquen un comercio basado en lavado de dinero, la sobre y subvaloración de la mercancía importada o exportada, y la entrada y salida de contrabando.

 

La información será compartida a través del Sistema de Análisis e Investigación de Datos para la Transparencia Comercial (DARTTS) de ICE, aplicación informática que ayuda a analizar los datos comerciales para identificar transacciones irregulares que merecen ser estudiadas por asuntos relacionados con la seguridad nacional, la protección de la carga o el contrabando, incluyendo el lavado de dinero mediante operaciones comerciales u otros delitos relacionados.

 

Este Memorando de Entendimiento suscrito con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de los Estados Unidos, es un paso más para fortalecer la Aduana colombiana, y hacerle frente al crimen transnacional, el contrabando y el lavado de activos.

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Miércoles, 04 Marzo 2015 07:50

Suplantan comunicación de la DIAN en la red

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, reiteró a la ciudadanía que correos falsos a nombre de la Entidad son enviados por medio de artimañas informáticas, con el fin de hacer creer a los ciudadanos que son oficiales.

 

Ante la reciente ola de correos falsos que están circulando en la red, en los que se invita a los contribuyentes a pagar sus obligaciones, y que aparentemente llegan bajo el dominio dian.gov.co, la Entidad aclara que esta suplantación de dominio se realiza bajo la modalidad de casilla de correo, método que consiste en la configuración de una casilla de correo en un sistema X, con el fin de enviar los mismos a nombre de otra persona o entidad, y así conseguir la información de los remitentes, y a su vez dañar o afectar la marca.

 

Teniendo en cuenta la alarma generada en la ciudadanía, la DIAN advirtió que estas comunicaciones se envían desde un servidor ubicado en Brasil y que ya se tomaron las acciones legales para este tipo de fraude.

 

Finalmente, la DIAN dio una serie de recomendaciones que se deben tener en cuenta por parte de los ciudadanos-clientes:

  • Descargue la versión más reciente de su navegador para asegurar que esté actualizado.
  • Nunca haga clic en enlaces dentro de un e-mail y siempre ignore los e-mails que solicitan estas acciones.
  • No responda mensajes que le pidan información personal o financiera.
  • No abra mensajes ni archivos adjuntos de remitentes desconocidos.
  • Use programas que verifiquen automáticamente si una URL es legítima antes de que se acceda al sitio (https://www.virustotal.com/)
  • Mantenga actualizado el sistema operativo y el software de antivirus de su La DIAN invitó a los ciudadanos que tengan dudas relacionadas con lascomunicaciones electrónicas de la DIAN, pueden verificar la autenticidad ingresando a www.dian.gov.co y haciendo clic en el icono: Verificar Autenticidad Correos DIAN. Así mismo, pueden denunciar los enlaces o correos electrónicos fraudulentos en servicio de PRQS y Denuncias de la DIAN.

 

Otros fraudes
Igualmente la DIAN informó que ha recibido información de cartas (Actos Comisorios) que le llegan a algunos comerciantes o empresarios, en los que se les indica que la DIAN tiene programado adelantar una visita a fin de revisar los consecutivos de facturación de vigencias anteriores y donde se solicita la presentación de algunos documentos.

 

Otra forma de engaño que se presenta en las calles de las principales ciudades del país, es con la oferta mediante volantes de los denominados creditos inmediatos, en los cuales aparece el logotipo de la DIAN, situación que no es real, pues la Entidad no patrocina ni apoyo ningún tipo de actividad como estas.

 

La DIAN hizo un llamado a los ciudadanos es para que no se dejen engañar y eviten ser víctimas de cualquiera de estos fraudes.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, dando respuesta a una consulta elevada ante la entidad, indicó la forma en que puede ser consultada la información reportada por terceros para la declaración de renta año gravable 2013 de las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.

.

El texto de la comunicación de la DIAN es el siguiente:

 

“Apreciado contribuyente,
Agradecemos su comunicación y entendemos su preocupación por cuanto no ha podido acceder a la consulta de su información reportada por terceros, que la DIAN facilita como referencia para la elaboración de su declaración de renta del año 2013.

Para nosotros es importante facilitarle un buen servicio al cliente pero también es nuestra responsabilidad garantizar la seguridad y reserva de la información de todos los contribuyentes.

 

La consulta de información exógena se generó sólo para las personas naturales que estaban inscritas en el RUT antes del 23 de diciembre de 2014 y deberá habilitar la cuenta así:

 

1. Ingresar al portal de la DIAN (www.dian.gov.co)
2. En el menú de Servicios en línea (parte izquierda de la pantalla) seleccionar la opción Nuevos Usuarios.
3. Digite los datos solicitados: número del documento de identidad y fecha de expedición del documento (estos datos deben coincidir con los registrados en el RUT).
4. De clic sobre el botón “Habilitar mi cuenta”.
5. Aparecerá una pantalla que le solicita asignar una clave a su usuario y su confirmación. No olvide digitar una clave que sea de fácil recordación para usted y que no sea fácil de adivinar por un tercero.
6. Ahora ya puede ingresar como Usuario Registrado

 

Mayor detalle de cómo realizar la activación de su cuenta, la encuentra en la Guía de Servicios en Línea - Habilitación de Cuenta para Acceso a los Servicios en Línea: http://www.dian.gov.co/contenidos/servicios/habilitar_cuenta.html

 

Importante: la información no está disponible para años gravables anteriores al 2013”.

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El próximo jueves 26 de febrero, de 2 a 4 pm, expertos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, explicarán a los contribuyentes cómo acogerse a las Condiciones Especiales de Pago previstas en la Reforma Tributaria de 2014.

 

Los interesados podrán acceder al fan page de la DIAN en Facebook www.facebook.com/DIANCol y plantear sus inquietudes.

 

La DIAN recordó que este beneficio le permitirá a quienes tienen deudas en mora del 2012 y años anteriores obtener descuentos hasta del 80% en los intereses, si paga el total de la obligación principal, a más tardar el 31 de mayo de 2015, y del 60%, si el pago se realiza entre el 01 de junio y el 23 de octubre de este año.

 

Cuando se trate de sanciones tributarias, aduaneras o cambiaras, impuestas mediante resoluciones o actos administrativos, se aplicarán descuentos del 50% sobre la misma sanción, si se paga, a más tardar, el 31 de mayo de 2015 y hasta el 23 de octubre, el descuento será del 30%.

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Martes, 24 Febrero 2015 08:25

Nuevos correos falsos a nombre de la DIAN

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, alertó nuevamente a la ciudadanía sobre falsos correos enviados a nombre de la Entidad, relacionados con supuestas obligaciones que se encuentran vencidas y que han pasado a cobro jurídico.

 

Los textos que contienen los mencionados correos son los siguientes:


Remite: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Asunto: Estado: Obligación Vencida
Señor contribuyente se ha generado una nueva alerta sobre sus obligaciones. Tiene una obligación que se encuentra en estado vencido, por favor cancele y evite sanciones.

 

Remite: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Asunto: carta de embargo DIAN

Señor contribuyente se ha generado una nueva alerta sobre sus obligaciones. Tiene una obligación que se encuentra en estado vencido y que ha pasado a cobro jurídico, por favor cancele y evite sanciones.

 

La DIAN advirtió que dichos correos no son propios y que las comunicaciones enviadas por la Entidad cuentan con un código de verificación que garantiza la autenticidad de las mismas. Este código puede ser corroborado ingresando a al botón en www.dian.gov.co

 

Ante casos como este, la administración tributaria pidió a los ciudadanos no atender a los mismos para evitar ser víctima de fraudes e hizo las siguientes recomendaciones:

 

  • Si tiene dudas relacionadas con este tipo de mensajes, se recomienda comunicarse con la línea de asistencia telefónica de la entidad.
  • No enviar información personal, ni financiera solicitada a través de correos electrónicos.
  • Evitar acceder a enlaces con archivos no solicitados que llegan a través de correos electrónicos.
  • No reenviar estos correos a otros destinatarios.
  • Denunciar los enlaces o correos electrónicos que usted considere fraudulentos o estén solicitando este tipo de información, a través de la página institucional.
  • Verificar la autenticidad de los mismos en la herramienta disponible en el portal DIAN.
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a los contribuyentes que recibieron una comunicación indicando que debe declarar, los lugares y horarios de los Puntos de Contacto a los cuales deben dirigirse de acuerdo a su condición:

 

BOGOTÁ
Carrera 6 No. 15 – 32 Edificio BCH
Piso 2°: Morosos
Piso 3°: Inconsistencias
Punto de Contacto Centro (Parque Santander) y Piso 8°: Omisos e inexactos Personas Naturales
Piso 11: Personas Jurídicas

Horario: Punto de Atención y Dirección Seccional: De Lunes a Viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. jornada continua. Punto de Atención a través de agendamiento

 

CALI
Calle 11 No. 3 – 18 Antiguo Edificio BCH - Calicentro
Piso 5°: Morosos
Auditorio Piso 14°: Omisos e Inexactos

Horario: Punto de Atención: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. jornada continúa. En la Seccional: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. jornada continúa.

 

MEDELLÍN
Carrera 52 No. 42 – 43 Centro Administrativo La Alpujarra
Piso 2°: Morosos
Piso 4°: Omisos. Inexactos e Inconsistencias

Horario: Punto de Atención: De Lunes a Viernes de 7:45 a.m. a 3:45 p.m. en jornada continua. En la Seccional: De Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 4:30 p.m. ingreso al público a partir de las 7:45 a.m. hasta la 3:45 p.m.

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Viernes, 20 Febrero 2015 08:05

DIAN publica fechas de beneficios tributarios

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó las fechas para acceder a los beneficios establecidos por la Ley 1739 de 2014 (Reforma Tributaria):

 

Febrero 23: Pago de saldos pendientes de Condiciones Especiales de Pago acogidas en años anteriores.

 

Febrero 27: Presentación de declaraciones (impuesto sobre la renta, IVA, CREE, al Consumo) omitidas o con errores, SIN 27 SANCIÓN, NI INTERESES DE MORA, Siempre y cuando el contribuyente no haya sido notificado con requerimientos especiales o emplazamientos por parte de la DIAN.

 

Mayo 31: Descuento del 80% en los intereses y sanciones, pagando obligaciones tributarias con la DIAN, de los años 2012 y anteriores.

 

Descuento del 50% en los intereses por el pago de sanciones tributarias, aduaneras o cambiarias, impuestas 31 mediante resolución.

 

Septiembre 30: Reducción en las sanciones, intereses y actualización por la conciliación en los procesos contenciosos administrativos, siempre y cuando presente la solicitud de conciliación hasta el 30 de septiembre y cumpla con 30 los demás requisitos del artículo 55 de la Ley 1739 de 2014.

 

Octubre 23: Descuento del 60% en los intereses y sanciones, pagando obligaciones tributarias con la DIAN, de los años 2012 y anteriores siempre y cuando lo haga entre el 1 de junio y el 23 de octubre.

 

Descuento del 30% en los intereses por el pago de sanciones tributarias, aduaneras o cambiarias, impuestas mediante resolución o acto administrativo expedido por la DIAN, siempre y cuando lo haga entre el 1 de junio y 23 el 23 de octubre.

 

Octubre 30: Terminación de los procesos administrativos, tributarios, aduaneros y cambiarios, con reducción en las sanciones, intereses y actualización, siempre y cuando se les haya notificado el acto administrativo antes de la entrada en vigencia de la Reforma Tributaria de 2014 y cumplan con los demás requisitos del artículo 56 de la 30 Ley 1739 de 2014.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, hizo un nuevo llamado a los contribuyentes que en años anteriores se acogieron a CEP y que, a la fecha, tienen algún saldo pendiente por pagar que les haría perder dicho beneficio, teniendo en consecuencia que pagar los intereses y sanciones que les fueron condonados en su oportunidad.

 

La DIAN señaló que estas personas podrán mantener los beneficios de estas Condiciones Especiales si, a más tardar, el próximo 23 de febrero pagan la totalidad de los saldos pendientes que superen los $27.485 (1 Unidad de Valor Tributario – UVT de 2014).

 

Para las Condiciones Especiales de pago con saldos iguales o menores a este valor, la administración tributaria, a través de sus direcciones seccionales en el país, suprimirá, de oficio, y sin requisito alguno, estas deudas. Así, los deudores quedarán a paz y salvo, normalizando sus obligaciones, tal y como se estableció en la Reforma Tributaria.

 

El 75% de los potenciales beneficiarios de esta disposición (de un total de 4.815) están en ciudades como Bogotá, Medellín, Cali, y Barranquilla, a quienes la DIAN ha remitido correos electrónicos y mensajes de texto o realizado llamadas telefónicas, para que no dejen pasar esta oportunidad.

 

Finalmente, la DIAN afirmó que en su página web www.dian.gov.co, está dispuesto un botón en donde los ciudadanos, con su número de NIT, podrán consultar si tienen algún saldo pendiente de Condiciones Especiales de Pago anteriores que deba pagar antes del 23 de febrero.

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En el marco del mejoramiento y la optimización de los Servicios Informáticos Electrónicos Aduaneros, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, hizo saber a los usuarios de éstos y a la ciudadanía en general, que ante eventuales fallas en el servicio, la Entidad cuenta con un protocolo o documento denominado “Contingencia por la no disponibilidad de los servicios informáticos electrónicos - aduaneros".

 

Una vez presentada la falla en los aplicativos que soportan la operación aduanera y declarada la contingencia por la autoridad aduanera competente, será aplicado el mencionado protocolo por los funcionarios de la DIAN. El documento en mención, define las actividades, procedimientos, responsables, tiempos y clase de registro que se deben seguir en caso de la interrupción de los Servicios Informáticos Electrónicos Aduaneros.

 

La aplicación de este protocolo tiene como objetivo mitigar el impacto de una posible contingencia y garantizar la continuidad de las operaciones de comercio exterior.

 

Es de anotar que los tiempos establecidos en el protocolo no superan las dos horas.

Por último, la DIAN recordó a todos sus usuarios que la tecnología y el mejoramiento permanente de los procesos de gestión de la plataforma tecnológica, se encaminan día a día a brindarles herramientas que faciliten su relación con la Entidad.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó para comentarios de los interesados el proyecto de decreto por el cual se establece la Nueva Regulación Aduanera.

 

Para las observaciones y comentarios por parte de los usuarios y partes interesadas se conceden: a partir de 13 febrero de 2015 al 06 Marzo de 2015.

 

Los comentarios tendrán que ser enviados a la siguiente dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">

 

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

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