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El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que dentro de las medidas del Gobierno Nacional para impulsar el consumo y al mismo tiempo, proteger el medio ambiente y el bolsillo de los colombianos, el Ministerio de Hacienda reglamentará el impuesto sobre las ventas en la adquisición de neveras nuevas para sustitución.


El Jefe de la cartera de Hacienda aclaró que ya está publicado en la página web del Ministerio, para comentarios, el decreto que le facilitará el acceso a refrigeradores de última tecnología a hogares de bajos ingresos.

“En la Reforma Tributaria creamos un incentivo para la sustitución de neveras ambientalmente ineficientes, no solo con el propósito de proteger el medio ambiente, sino considerando que éstos consumen una parte muy importante del subsidio de energía de los estratos bajos”, aseguró el funcionario.

Y agregó: “el decreto que esperamos expedir reglamenta la tarifa preferencial del 5% en IVA para las neveras nuevas, cuyo precio sea igual o inferior a $956.000 (30 UVT), beneficio al que podrán acceder personas de estrato 1, 2 o 3 y que en el momento de la compra entreguen su nevera usada”.

El titular de la cartera de Hacienda además explicó que esta medida también busca aumentar el nivel de ingreso de las familias más vulnerables al disminuir el valor que pagan por el servicio de energía con neveras de última tecnología.

"La nevera representa cerca del 40% del consumo de energía de un hogar de estratos bajos. Una nevera nueva consume la mitad de la energía que consume una nevera vieja. Con la tarifa preferencial del IVA, se estimula el cambio a neveras eficientes.", concluyó.

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El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 25 de agosto de 2017, el Proyecto de Decreto “Por el cual se sustituyen y modifican artículos de los Capítulos 1, 2, 3 y 4 del Título 2 de la Parte 2 y el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, en lo relacionado con las modificaciones introducidas al Régimen de Precios de Transferencia por la Ley 1819 de 2016”.

 

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Hasta el 29 de agosto recibirá comentarios el Ministerio de Hacienda sobre el Proyecto de Decreto, “Por medio del cual se adiciona el artículo 1.2.4.9.1. del Decreto No. 1625 de 2016 - Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente a la retención en la fuente de las de la adquisición de acciones o tìtulos valores.

 

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Hasta el 25 de agosto está disponible para comentarios en la página web del Ministerio de Hacienda, el Proyecto de Decreto para comentarios “Por medio del cual se reglamentan los artículos 18-1 y 245 del Estatuto Tributario”, sobre la tarifa aplicable a los dividendos girados al inversionista de capital del exterior de portafolio.

 

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El Ministerio de Hacienda, publicó para comentarios el proyecto de decreto por medio del cual se reglamenta el artículo135 de la Ley 1753 de 2015, que reglamenta el mecanismo de retención, liquidación y giro de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y establecer los términos para la actualización de la planilla integrada de liquidación de aportes PILA.

 

La entidad recibirá comentarios hasta el 14 de agosto de 2017 a través de la página web del Ministerio.

 

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El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios, hasta el 14 de agosto, el Proyecto de Decreto “Por el cual se regulan las Conciliaciones Contencioso Administrativas Tributarias, y las Terminaciones por mutuo acuerdo en materia tributaria, aduanera y cambiaria, de acuerdo a lo establecido en los artículos 305 y 306 de la Ley 1819 de 2016”.

 

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El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, solicitó a la Superintendencia Financiera de Colombia, realizar un estudio para analizar la modificación en la periodicidad de la certificación en la tasa de interés bancario con que se determina la usura.

 

De acuerdo al Jefe de la cartera de Hacienda, este estudio analizará el tiempo en el que el ente supervisor certifica el Interés Bancario Corriente, que actualmente se ubica en 32,97% para créditos de consumo y ordinario.

 

“Estamos solicitando a la Superintendencia Financiera que haga un estudio con los pros y contras sobre la posibilidad de modificar la periodicidad de certificación de la tasa de interés bancario con que se determina la usura, para buscar una transmisión más ágil de la reducción de tasas de interés del Banco de la República a los créditos de consumo que pagan los hogares”, dijo el funcionario.

Y enfatizó: “el estudio debe ser rápido, vamos a pedir 15 días para que se realice”.

De acuerdo al Jefe de la cartera de Hacienda, este estudio se necesita para analizar adecuadamente las decisiones de política que debe adoptar el Ministerio de Hacienda como parte de la Junta del emisor, en particular evaluar si se debe mantener por tres meses la metodología actual del cálculo de la certificación de la tasa de interés bancario corriente.

“Hoy la tasa de interés bancario corriente con la que se determina la usura se fija trimestralmente y queremos que se analice la posibilidad de fijarla bimestralmente o mensualmente para que llegue rápidamente la reducción de la tasa de interés de la política del Banco de la Republica a los hogares”, indicó Cárdenas.

El Ministro de Hacienda precisó además que esta petición a la Superintendencia Financiera, se enmarca en las competencias y autorizaciones legales que tiene el ente de vigilancia y control.

“A los bancos debemos reconocer que las tasas de los créditos a las empresas –lo que se conoce como los créditos comerciales-, han bajado considerablemente, prácticamente en la misma proporción que las tasas de política del Banco de la República, pero nos falta un paso más: las tasas del consumo a los hogares. Nuestro llamado es: no vamos a adoptar medidas punitivas o de carácter administrativo, vamos a revisar la periodicidad de la certificación de la tasa de interés bancario corriente con que se calcula la usura”, resaltó.

Finalmente, Cárdenas resaltó que esta medida, acompañada de la decisión del Banco de la Republica de reducir la tasa de intervención en 50 puntos básicos, busca que el resultado del crecimiento del año 2017 sea el mejor posible.

“Buscamos que frente a donde estábamos a final del año 2016, este año (2017) comience a mostrar una recuperación, que Colombia Repunte, que el tercer trimestre sea mejor que el segundo y que el cuarto trimestre sea mejor que el tercero. En eso estamos trabajando sin pausa, nuestro compromiso es con Colombia”, recalcó.

Y añadió: “trabajamos en la reducción de la tasa de interés bancario corriente que se usa para fijar la usura, en la tasa de intervención del Banco de la República, en los proyectos de infraestructura 4G, en la construcción de aulas escolares, la destinación de los recursos de las regalías; es decir, trabajar en todos los frentes para lograr que el resultado de la economía para los colombianos termine el año

El Ministerio de Hacienda, publicó para comentarios entre el 27 de julio y 10 de agosto de 2017, el Proyecto de Decreto “por el cual se modifica parcialmente el Capítulo 18, Título 1, Parte 2, Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”.

 

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El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para sustituir los artículos 1.3.1.10.4; 1.3.1.10.5; 1.3.1.10.6; 1.3.1.10.7; 1.3.1.10.8; 1.3.1.10.9 y 1.3.1.10.10 del Capítulo 10 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1, para reglamentar el numeral 10 del artículo 424 del Estatuto Tributario”.

 

La entidad recibirá comentarios del 6 al 21 de julio de 2017. Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios, hasta el 5 de julio de 2017, "Por el cual se modifica el Título 3 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con el manejo de los excedentes de liquidez de las entidades estatales del orden nacional y territorial".

 

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