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La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 30 de diciembre de 2021 la Resolución No. 1597 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para los siguientes periodos y modalidades de crédito:

Consumo y Ordinario: entre el 1 de enero y el 31 de enero de 2022.
Microcrédito: entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2022.

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 17.66%, lo cual representa un aumento de 20 puntos básicos (0.20%) en relación con la anterior certificación (17.46%).

Adicionalmente, se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 37.47%, lo cual representa un aumento de 11 puntos básicos (0.11%) en relación con la anterior certificación (37.36%).

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 26.49% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y 56.21% efectivo anual para la modalidad de microcrédito.

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 26.49% efectivo anual, resultado que representa un aumento de 30 puntos básicos (0.30%) con respecto al periodo anterior.

Para la modalidad de microcrédito es de 56.21% efectivo anual, un aumento de 17 puntos básicos (0.17%) con respecto al periodo anterior.

Para conocer la Resolución 1597, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 29 de octubre de 2021 la Resolución No. 1259 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:

Consumo y Ordinario: entre el 01 de noviembre y el 30 de noviembre de 2021.

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 17.27%, lo cual representa un aumento de 19 puntos básicos (0.19%) en relación con la anterior certificación (17.08%).

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.91% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 25.91% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 29 puntos básicos (0.29%) con respecto al periodo anterior (25.62%).

Para conocer la Resolución 1259, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 30 de julio de 2021 la Resolución No. 0804 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:

Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de agosto de 2021.

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 17.24%, lo cual representa un aumento de 6 puntos básicos (0.06%) en relación con la anterior certificación (17.18%).

Interés remunerado y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.86% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 25.86% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 9 puntos básicos (0.09%) con respecto al periodo anterior (25.77%).

Para conocer la Resolución0804, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 30 de junio de 2021 la Resolución No. 0622 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para los siguientes periodos y modalidades de crédito:

Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de julio de 2021.
Microcrédito: entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2021.

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 17.18%, lo cual representa una disminución de 3 puntos básicos (-0.03%) en relación con la anterior certificación (17.21%).

Adicionalmente, se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 38.14%, lo cual representa una disminución de 28 puntos básicos (-0.28%) en relación con la anterior certificación (38.42%).

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.77% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y 57.21% efectivo anual para la modalidad de microcrédito.

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 25.77% efectivo anual, resultado que representa una disminución de 5 puntos básicos (-0.05%) con respecto al periodo anterior.

Para la modalidad de microcrédito es de 57.21% efectivo anual, una disminución de 42 puntos básicos (-0.42%) con respecto al periodo anterior.

Para conocer la Resolución 0622, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 30 de abril de 2021 la Resolución No. 0407 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:

Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de mayo de 2021.

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 17.22%, lo cual representa una disminución de 9 puntos básicos (-0.09%) en relación con la anterior certificación (17.31%).

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 25.83% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 25.83% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa una disminución de 14 puntos básicos (-0.14%) con respecto al periodo anterior (25.97%).

Por medio del Decreto 455 del 29 de marzo de 2023, el Ministerio de Hacienda modifica los artículos 11.2.5.1.1. y 11.2.5.1.2. Y se adiciona el artículo 11.2.5.1.5. al Decreto 2555 de 2010 para determinar las modalidades de crédito cuyas tasas de interés deben ser certificadas por la Superintendencia Financiera de Colombia, y se dictan otras disposiciones.

Para conocer el Decreto 455, haga clic aquí.

La Junta Directiva del Banco de la República decidió por mayoría reducir en 50 puntos básicos (pbs) la tasa de interés de política monetaria a 12,25%

Cinco directores votaron a favor de esta decisión, uno lo hizo a favor de reducirla 75 pbs y otro votó por una reducción de 100 pbs. En su discusión de política, la Junta Directiva tuvo en cuenta los siguientes elementos:

- La tendencia decreciente de la inflación total continuó en febrero al ubicarse en 7,7% anual, lo que acumula una caída de 1,5 puntos porcentuales en los dos primeros meses del año. Igualmente, la inflación sin alimentos ni regulados continuó descendiendo al registrar 7,3% anual en febrero, a pesar de la mayor persistencia de la inflación del grupo de servicios.
- La encuesta mensual de analistas realizada por el Banco mostró que entre diciembre y marzo las expectativas de inflación se redujeron en la mediana de la muestra de 5,7% a 4,7%, y de 3,8% a 3,5% a uno y dos años respectivamente. De igual forma, las expectativas obtenidas de los mercados de deuda pública continuaron mostrando ajustes a la baja.
- El equipo técnico revisó a la baja su pronóstico de inflación para finales de 2024 de 5,9% a 5,4%, y considera que continuará descendiendo de tal forma que la inflación se encuentre cerca al 3% en un rango de +/- 1 pp a mediados de 2025.
- El equipo técnico proyecta un crecimiento de 1,1% en 2024, cifra que constituye una revisión al alza respecto al pronóstico de enero (0,8%).
- En 2023 la demanda interna se contrajo 3,8%. Ello se tradujo en un ajuste significativo del déficit en la cuenta corriente que pasó del 6,2% del PIB en 2022 al 2,7% en 2023, lo cual contribuyó a reducir la vulnerabilidad externa del país.

Teniendo en cuenta la coyuntura descrita, la decisión de la Junta adoptada el día de hoy acelera el ritmo de reducción de la tasa de interés, al tiempo que mantiene una postura de política acorde con el objetivo de conducir la inflación a su meta a mediados de 2025. La Junta Directiva reitera que las futuras decisiones dependerán de la nueva información disponible.

La Junta Directiva del Banco de la República decidió por mayoría reducir en 25 puntos básicos (pbs) la tasa de interés de política monetaria a 12,75%.

Cinco directores votaron a favor de esta decisión y dos lo hicieron a favor de reducirla 50 pbs. En su discusión de política, la Junta Directiva tuvo en cuenta los siguientes elementos:

- En diciembre la inflación anual cayó por noveno mes consecutivo y al cierre del año se situó en 9,28%, en línea con la proyección del equipo técnico. El descenso de la inflación estuvo liderado por alimentos y bienes, los cuales registraron sorpresas a la baja. En contraste, la canasta de servicios sorprendió al alza y, excepto por comidas fuera del hogar, continúa registrando variaciones anuales crecientes.
- La mayoría de las medidas de expectativas de inflación se redujeron y señalan una trayectoria descendente de la inflación en el tiempo. La encuesta mensual de analistas que realiza el Banco mostró que en la mediana de la muestra sus expectativas de inflación a un año se redujeron de 5,7% a 5,2% y a dos años de 3,8% a 3,6% entre diciembre y enero. Igualmente, las expectativas que se extraen de los mercados de deuda pública ajustadas mostraron reducciones para todos los plazos.
- En cuanto a la actividad económica el equipo técnico mantiene la estimación de crecimiento de 1% para 2023 y de 0,8% para 2024. El déficit de la cuenta corriente como proporción del PIB disminuiría desde 6,2% en 2022 a 2,8% en 2023, y se situaría en 2,9% en 2024. La corrección del desbalance externo hace que la economía sea menos vulnerable ante eventuales deterioros en el contexto global.
- Las condiciones financieras externas han mejorado, en un entorno de una inflación global con tendencia decreciente y una menor desaceleración de la economía mundial frente a lo proyectado. En 2023 la prima de riesgo soberano de Colombia se redujo y el peso se apreció en mayor proporción que los países comparables de la región.
- El aumento del salario mínimo para 2024 estuvo por encima de lo previsto, lo cual influye en la senda de precios proyectada por el equipo técnico, especialmente en la canasta de servicios. A esto se suman los riesgos derivados del fenómeno de El Niño y del ajuste en los precios de los regulados.

La Junta subraya que, con la reducción de la inflación ya observada y con la decisión adoptada en el día de hoy, la economía continúa en el proceso de ajuste necesario para que la inflación converja a la meta a más tardar en el primer semestre de 2025. Igualmente, reitera que las futuras decisiones dependerán de la nueva información disponible.

La Junta Directiva del Banco de la República decidió por mayoría mantener inalterada la tasa de interés de política monetaria en 13,25%.

Cinco directores votaron a favor de esta decisión y dos directores lo hicieron por un recorte de 25 puntos básicos. En su discusión de política, la Junta Directiva tuvo en cuenta los siguientes elementos:

- Al finalizar septiembre, la inflación total anual fue 11% y la inflación básica (sin alimentos ni regulados) fue 9,5%. Estos valores son menores a los observados en agosto, pero siguen siendo altos y muy superiores a la meta. Las tasas de inflación de servicios y de regulados han mostrado particular persistencia en los últimos meses.
- Las expectativas de inflación a diferentes plazos aumentaron, y para 2024 superan la meta del Banco.
- El equipo técnico espera que el crecimiento anual del PIB sea 0,4% en el tercer trimestre y la perspectiva para el año completo se revisó al alza, de 0,9% a 1,2%. Aunque la economía ha continuado su desaceleración del alto crecimiento observado en 2021 y 2022, el nivel de actividad económica se mantiene en los niveles de su tendencia de largo plazo y la tasa de desempleo está en niveles históricamente bajos.
- Si bien durante 2023 se observa una corrección significativa del desbalance externo de la economía colombiana, hay incertidumbre creciente en las condiciones externas, en particular en los mercados financieros internacionales.
- El análisis de la Junta enfatiza su preocupación por las pérdidas que causa la inflación persistente en el ingreso real de los hogares, sobre todo aquellos más pobres, y por el impacto negativo que tiene la inflación sobre el crecimiento económico y el empleo en el mediano y largo plazo.
- La mayoría de la Junta considera que con la información disponible aún no es oportuno iniciar un proceso de reducción de las tasas de interés y que resulta conveniente esperar condiciones que den mayor confianza sobre la sostenibilidad de ese proceso, en un contexto de convergencia de la inflación hacia la meta.

La decisión adoptada por la Junta Directiva reconoce los dilemas a los cuales se enfrenta la política monetaria y es coherente con el objetivo de llevar la inflación hacia su meta de 3%, manteniendo la actividad económica en su máximo nivel sostenible. Las futuras decisiones que adopte la Junta dependerán de la nueva información disponible.

La Junta Directiva del Banco de la República decidió por unanimidad mantener inalterada la tasa de interés de política monetaria en 13,25%. En su discusión de política, la Junta Directiva tuvo en cuenta los siguientes elementos:

- La inflación continuó descendiendo en mayo liderada por la disminución de los precios de los alimentos. No obstante, las tasas de inflación de regulados y de servicios (sin alimentos ni regulados) aumentaron. Las medidas de inflación total (12,4%) y básica (10,5%) permanecen alejadas de la meta de 3,0%.

- Las expectativas de inflación de los analistas económicos continuaron disminuyendo y se ubican en 6,4% a 12 meses y en 4,0% a 24 meses. Para fin de 2024 se ubican en 5,0% en la mediana de la muestra.

- El PIB registró un crecimiento anual de 3,0% en el primer trimestre de 2023. La pérdida de dinamismo de la actividad económica continuó en abril según lo mostró el indicador de seguimiento a la economía (ISE). La moderación del dinamismo de la demanda interna ha inducido un ajuste importante en el desbalance externo del país, cuyo déficit de cuenta corriente se redujo a 4,2% del PIB en el primer trimestre de 2023, frente a un déficit de 6,2% en 2022.

- En los últimos meses, el peso colombiano ha presentado una importante apreciación y las primas de riesgo para Colombia han disminuido de forma sustancial. Esto se ha dado en el contexto de alta incertidumbre en la economía global y reducción de los precios internacionales del petróleo.

Con la decisión adoptada en su última sesión, la política monetaria continúa con su objetivo de llevar la inflación hacia su meta de 3,0%. Las decisiones sucesivas que adopte la Junta dependerán de la nueva información disponible.

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