Mostrando artículos por etiqueta: Usuarios aduaneros

El Ministerio de Salud y Protección Social, expidió la Resolución 222 del 25 de febrero de 2021, prorrogando la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 31 de mayo de 2021.

En consonancia, con lo establecido en el parágrafo del artículo 2º del Decreto 436 del 19 de marzo 2020, los usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores, que tengan aprobada su garantía con una vigencia igual o superior al 31 de mayo de 2021 e inferior al 31 de agosto de 2021; deberán radicar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución 222 del 25 de febrero del 2021, ante la Subdirección de Gestión de Registro Aduanero de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la modificación de la vigencia de su garantía por el término de la prórroga de la emergencia sanitaria y tres (3) meses más, es decir, hasta el 31 de agosto de 2021, con el fin de que puedan continuar con su registro aduanero, so pena de quedar sin efecto sin necesidad de acto administrativo que así lo declare.

Los usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores, que tengan aprobada su garantía con una vigencia igual o superior al 31 de agosto de 2021, no deberán modificarla.

Si se acoge a esta nueva prórroga, el reconocimiento e inscripción de los usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores quedará así:

Reconocimiento e inscripción UAP y/o ALTEX hasta el 31 de mayo del 2021.

Póliza aceptada con vigencia igual o superior al 31 de agosto de 2021.

La fecha límite para radicar la modificación de su garantía es el viernes 5 de marzo de 2021.

Se deberá presentar la modificación de la vigencia de la garantía actual que los ampara como usuarios aduaneros permanentes o usuarios altamente exportadores, con los siguientes documentos anexos:

La garantía modificada únicamente en relación con su vigencia.

Certificado de pago de la prima o manifestación expresa de que la misma se encuentra paga o no expirará por falta de pago.

Teniendo en cuenta las condiciones de trabajo bajo la modalidad no presencial en nuestras oficinas, y con el fin de dar agilidad a este trámite, deberán radicar mediante correo electrónico su solicitud con la póliza y sus anexos, a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

En caso de proceder requerimiento de información o la certificación de aprobación de la modificación de la vigencia de la garantía, se le enviará comunicación al usuario al correo electrónico registrado en el RUT o al correo a través del cual realice el radicado.

Tenga en cuenta el término de los 5 días hábiles para la radicación de la modificación de la garantía, pues si se realiza fuera de este término el registro aduanero quedará SIN EFECTO sin necesidad de acto administrativo que así lo declare (parágrafo del artículo 2º del Decreto 436 del 19 de marzo 2020).

Etiquetado como

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el Abecé sobre usuarios aduaneros aptos basado en el Decreto 1206 del 1 de septiembre de 2020.

¿Quiénes son los usuarios aduaneros aptos? Son aquellos usuarios aduaneros que una vez la DIAN analiza su nivel de riesgo, les otorga la posibilidad de gozar de beneficios como el levante automático, el pago consolidado de los tributos aduaneros durante los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente a la obtención del levante de las declaraciones y la constitución de una póliza global que les permitirá asegurar el pago de dichos tributos, sanciones e intereses que resulten del incumplimiento de las obligaciones aduaneras contempladas en la normativa vigente.

Para conocer el documento de la DIAN, haga clic aquí.

Teniendo en cuenta la suspensión de términos frente a las obligaciones aduaneras contempladas en el artículo 8 de la Resolución 30 del 29 de marzo de 2020, modificado por el artículo 1 de la Resolución 041 del 05 de  mayo de 2020, los usuarios aduaneros que cuenten con operaciones amparadas con GARANTÍA ESPECIFICA deberán ampliar la vigencia final de la misma por el término de la suspensión; salvo que cumplan con la obligación de finalizar el régimen u operación afianzada en la fecha establecida inicialmente, sin la aplicación del término suspendido.   

 

Así lo indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, entidad que resaltó que la modificación de la garantía señalada en el inciso anterior, se debe presentar por el mismo mecanismo por el cual se aceptó la garantía inicial; es decir, de forma manual o por el SIE Garantías. Aquellas solicitudes no radicadas por los medios indicados serán devueltas y se tendrán como no presentadas.

 

Cabe resaltar, que para dar cumplimiento al Aislamiento Preventivo Obligatorio en el marco de la emergencia sanitaria por causa de la pandemia del coronavirus COVID-19 establecido con el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020, las garantías que se deban presentar de forma manual podrán ser remitidas junto con sus documentos de manera virtual, a través del correo electrónico que para el efecto indique cada Dirección Seccional.

 

Se les recuerda que en el numeral 17 del siguiente link https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/OtrosServicios.aspx se encuentran publicados los manuales de usuario del SIE Garantías, en los cuales encontrará el paso a paso para el diligenciamiento y presentación de sus solicitudes (Autorización a agencia de aduanas, Radicación y Solicitud Declaratoria de Cumplimiento).

Etiquetado como

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recordó a los Usuarios Aduaneros Permanentes y Usuarios Altamente Exportadores que en atención a lo dispuesto en el artículo 766 del Decreto 1165 de 2019, que con su garantía estén amparando otros registros aduaneros, la obligación de presentar las garantías globales por cada uno de ellos a más tardar el 17 de enero de 2020, so pena de quedar sin efecto dichas autorizaciones o habilitaciones.

 

La presentación de estas garantías se debe llevar a cabo a través del Servicio Informático Electrónico de Garantías. En el evento de tener inconvenientes en la radicación, favor indicarlo al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Etiquetado como

La campaña Estado Simple, Colombia Ágil cada vez logra un mayor impacto en la sociedad y así lo reflejan los resultados alcanzados hasta el mes de septiembre cuando los beneficios llegaron a inventores, pensionados, usuarios aduaneros y pacientes.

 

Estos sectores se incluyen dentro de las 70 intervenciones más recientes que se adelantaron en el marco de esta estrategia.

 

Los resultados acumulados hasta el último cierre de septiembre llegan a 1.254 intervenciones, de las cuales 927 impactaron trámites, 110 a barreras y 217 se relacionan con normas obsoletas.

 

“Cada trámite intervenido permite más productividad en las empresas nacionales, lo que favorece el clima de negocios en Colombia y, sumado a acciones en otros frentes, permite logros como el reciente ascenso del país en el Índice Global de Competitividad del Foro Económico Mundial”, señaló el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.

 

“Por ejemplo, estimularemos el emprendimiento y la creatividad con beneficios para los emprendedores, creadores e inventores. La Superintendencia de Industria y Comercio reducirá el costo de las tasas de trámites relacionados con patentes y propiedad industrial, lo que favorecerá a más de 20 mil usuarios por año a partir de 2019, cuando entran en vigencia los nuevos valores”, explicó Restrepo.

 

En septiembre también participaron de Estado Simple, Colombia Ágil cuatro administraciones locales, la Armada Nacional, Indumil, dos gobernaciones, hospitales, el Instituto Nacional de Metrología, el Ministerio del Trabajo, la Superintendencia de Industria y Comercio,  la Unidad de Pensiones y Parafiscales (UGPP), la DIAN y Migración Colombia.

 

La UGPP y Colpensiones unificaron esfuerzos con el fin de evitar visitas a las dos entidades para realizar 10 trámites, lo que favorece a personas que están gestionado su pensión o que ya recibieron el beneficio.

 

La DIAN unificó criterios para simplificar la operación de los usuarios aduaneros en temas como áreas físicas y estados financieros, además de optimizar la tecnología para simplificar la actualización del Registro Único Tributario (RUT).

 

Las 1.254 intervenciones, realizadas hasta el 30 de septiembre, superan ampliamente la meta que se fijó para diciembre del 2019 (900 intervenciones).

Página 2 de 2

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.