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El Gobierno Nacional emitió la Ley 2125 del 4 de agosto de 2021, por medio de la cual se establecen incentivos para la creación, formalización y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres y se dictan otras disposiciones, Ley llamada Creo en Ti.

Para conocer la Ley 2125, haga clic aquí.

Mediante decreto 1736 del 20 de octubre, firmado por el presidente Gustavo Petro; los ministros del Trabajo, Gloria Inés Ramírez y de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla; notificaron a los empleadores del país, la ampliación de los estímulos por la generación de nuevos empleos.

“Se entenderán por empleados, los trabajadores dependientes por los cuales el empleador haya cotizado el mes completo al Sistema General de Seguridad Social en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA. Con un ingreso base de cotización, de al menos un salario mínimo legal mensual vigente y que estén afiliados como empleados del postulante en el Registro Único de Afiliación, RUAF y realicen aportes en todos los subsistemas que le correspondan”, puntualiza el decreto.

La iniciativa busca promover, generar y proteger los nuevos empleos con aportes directos a la nómica por la contratación de jóvenes, mujeres y hombres. El incentivo mensual calculado sobre el SMLV representa:

Jóvenes entre 18 y 28 años, el 25 %: $290.000
Mujeres mayores de 28 años, el 15 %:$174.000
Hombres mayores de 28 años el 10 %: $116.000

“Este incentivo se financiará con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación, en la sección presupuestal del Ministerio del Trabajo y estará supeditado a la disponibilidad con la que cuente el Gobierno Nacional en el Presupuesto General de la Nación. Para ello se podrá limitar el número de cotizantes a reconocer por empleador. Además, el incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales, se aplicará igualmente para aquellos empleadores que vinculen a personas en condición de discapacidad.", explicó la Ministra del Trabajo.

Los documentos requeridos para acceder al beneficio son:

Formulario de solicitud de la entidad financiera, firmado por empleador/a, representante legal. Aplica también para el caso de las cooperativas.
Certificación firmada por empleador/a, representante legal, contador/a o revisor fiscal, que indique estar al día en salarios y pagos de seguridad social de trabajadores.
RUT
Contrato laboral mínimo de 6 meses.

El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 895 del 31 de mayo de 2022, por el cual se reglamentan los artículos 11, 12, 13 Y 14 de la Ley 1715 de 2014, modificados por los artículos 8, 9, 10 Y 11 de la Ley 2099 de 2021, los parágrafos 1 y 2 del artículo 21 y el artículo 43 de la Ley 2099 de 2021, se sustituyen los artículos 1.2.1.18.70. al 1.2.1.18.79. del Capítulo 18 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y se adicionan los artículos 1.2.1.18.91. y 1.2.1.18.92. al Capítulo 18 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y se renumeran y modifican los artículos 1.3.1.12.21. (sic) y 1.3.1.12.22. (sic) del Capítulo 12 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente a los incentivos a la generación de energía eléctrica con fuentes no convencionales (FNCE) y a la gestión eficiente de la energía.

Para conocer el Decreto 895, haga clic aquí.

El Ministerio del Trabajo emitió el Decreto 1399 del 29 de octubre de 2021, por el cual se reglamenta el artículo 24 de la Ley 2155 de 2021 y subroga la Sección 10 del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, sobre el incentivo a la generación de nuevos empleos.

Para conocer el Decreto 1399, haga clic aquí.

Los interesados en aplicar a los incentivos económicos otorgados por el Ministerio del Trabajo con la estrategia ‘Empleo para la Vida’, recibirán orientación para la postulación a través del formulario: https://acortar.link/3vUQMq

Esta estrategia que se extenderá hasta agosto del 2026 busca promover, generar y proteger los nuevos empleos con aportes directos a la nómina por la contratación de jóvenes, mujeres y hombres. El incentivo mensual calculado sobre el SMLV representa:

- Jóvenes entre 18 y 28 años el 25 %: $290.000
- Mujeres mayores de 28 años el 15 %: $174.000
- Hombres mayores de 28 años el 10 %: $116.000

‘Este incentivo tiene una aplicación muy fácil, unos requisitos mínimos de documentación muy flexibles y podrán postularse a finales de noviembre para un único pago en el mes de diciembre de 2023. Requisitos y demás, que hayan vinculado a este tipo de poblaciones en los últimos 6 meses, dándole opotunidad a los jóvenes de tener una experiencia mínima laboral y sobre todo fomentando el empleo y la formalización laboral que es núcleo central de nuestra reforma laboral’, explicó la directora de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar, Mónica Naranjo

Los documentos requeridos para acceder al beneficio son:

- Formulario de solicitud de la entidad financiera, firmado por empleador/a, representante legal. Aplica también para el caso de las cooperativas.
- Certificación firmada por empleador/a, representante legal, contador/a o revisor fiscal, que indique estar al día en salarios y pagos de seguridad social de trabajadores.
- RUT.
- Contrato laboral mínimo de 6 meses.

Ante una entidad financiera podrán postularse del 22 al 29 de septiembre aquellos empleadores que generaron nuevos empleos en el mes de agosto y acceder a los incentivos que entrega el Gobierno Nacional.

El estímulo que tiene vigencia hasta agosto de 2023 y que podrá recibir el empleador un máximo de doce pagos, beneficia a personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y las cooperativas, que demuestren su calidad de empleador mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA y las cooperativas de trabajo asociado que hayan cotizado por el mes completo, trabajadores adicionales al comparar con las cotizaciones del mes de marzo de 2021, respecto de sus trabajadores dependientes.

Después de recibir y verificar los documentos para la postulación del mes, por parte de las entidades financieras o cooperativas de ahorro y crédito, la información se traslada a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales, UGPP, que realizará la respectiva validación.

El apoyo estatal se otorgará con los siguientes criterios:
Por trabajadores adicionales entre 18 y 28 años, el empleador recibirá como incentivo el equivalente al 25% de un salario mínimo legal mensual vigente
Por haber incluido en la nómina mujeres mayores de 28 años, se otorgará el 15 % de un salario mínimo
Por cada hombre mayor de 28 años vinculado adicional, se entregará el 10% de un salario mínimo
Postulación

Para la postulación del mes de septiembre el empleador debe presentar ante la entidad financiera:
Formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario del incentivo a la generación de nuevos empleos
Anexar certificación de cumplimiento de requisitos
Copia del Registro Único Tributario -RUT del empleador, expedido dentro de los seis meses previos a la postulación.

Datos
A la fecha se han generado más de 624 mil empleos, siendo los departamentos donde más empleadores se han beneficiado por el incentivo del Gobierno Nacional: Bogotá (8.119), Antioquia (5.112), Valle del Cauca (2.216), Santander (1.212), Cundinamarca (1.168), Atlántico (942) y Norte de Santander (627)

De los 624 mil 601 nuevos empleos, 469 mil 706 corresponden a jóvenes entre 18 y 28 años; 83 mil 615 a mujeres mayores de 28 años y 71 mil 280 a hombres mayores de 28 años, según reporte de la UGPP

Si usted hace parte del sector productivo y ha incrementado su nómina en el mes de julio al vincular jóvenes entre 18 y 28 años y mujeres y hombres mayores de 28 años, podrán postularse entre el 18 y el 25 de agosto ante la entidad financiera o su cooperativa de ahorro y crédito, donde tengan un producto de depósito para recibir los beneficios económicos que entregará el Gobierno Nacional.

Se recuerda a los empleadores que conforme a la Ley de Inversión Social debe recibir el incentivo por primera vez antes del mes de septiembre de 2022.

El apoyo estatal será del 25% de un salario mínimo por cada trabajador adicional entre 18 y 28 años, de 15 % de un salario mínimo por cada mujer adicional mayor de 28 años y de 10 % de un salario mínimo por cada hombre mayor de 28 años vinculado a la nómina.

Proceso de postulación
Si considera que cumple los requisitos, usted debe:

1. Diligenciar y firmar el formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario del incentivo a la generación de nuevos, diseñado y dispuesto por la UGPP.

2. Anexar la certificación de cumplimiento de requisitos y copia reciente del Registro Único Tributario, RUT del empleador.

Es de anotar, que terminado el proceso de postulación la UGPP, realiza la respectiva verificación de información correspondiente al mes de julio, donde se confirme el número de empleos creados frente a marzo de 2021 y que los aportes a través de la planilla PILA se hayan realizado acorde a las fechas y parámetros establecidos

Datos
• Una vez adelantada la respectiva validación de la información, la UGPP, emitirá el concepto de conformidad o no conformidad.

• Los recursos serán girados por el Ministerio del Trabajo hasta antes de finalizar el mes de septiembre del presente año.

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Si usted hace parte del sector productivo del país y ha incrementado su nómina al vincular jóvenes entre 18 y 28 años, y hombres y mujeres mayores de 28 años, puede acercarse a su entidad financiera entre el 29 de junio y el 7 de julio y postularse para recibir los beneficios económicos que le entregará el Gobierno Nacional.

El ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, recordó: “Serán beneficiarios del incentivo a la creación de nuevos empleos, las personas naturales, personas jurídicas, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas, que demuestren su calidad de empleador mediante la PILA y las cooperativas de trabajo asociado que hayan cotizado, respecto de sus trabajadores asociados el mes completo al Sistema de Seguridad Social, a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes”.

Se recuerda a los empleadores que conforme a la Ley de Inversión Social debe recibir el incentivo por primera vez antes del mes de septiembre de 2022 y se aplica:

Por trabajadores adicionales que correspondan a jóvenes entre 18 y 28 años, recibirán como incentivo lo equivalente al 25% de un salario mínimo
Por haber integrado a sus nóminas mujeres mayores de 28 años un incentivo del 15% de un salario mínimo
Y por incluir en sus nóminas hombres mayores de 28 años se le otorgará el 10% de un salario mínimo

Proceso de postulación
Si cree cumplir con los requisitos debe:

1. Diligenciar y firmar el formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario del incentivo a la generación de nuevos empleos, dispuesto por la Entidad Financiera o Cooperativa de Ahorro y Crédito y diseñado por la UGPP.

2. Anexar la certificación de cumplimiento de requisitos y copia reciente del Registro Único Tributario -RUT del empleador.

Es de anotar, que terminado el proceso de postulación la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social-UGPP, realiza la respectiva verificación de información correspondiente al mes de mayo, donde se confirma el número de empleos creados frente a marzo de 2021 y que los aportes a través de la planilla PILA se hayan realizado acorde a las fechas y parámetros establecidos.

Dato
Cada mes en la página web del Ministerio del Trabajo se publica y socializa el Manual Operativo del Incentivo a la Generación de Nuevos Empleos, contenido de obligatoriedad que aplica a las entidades financieras involucradas, las cooperativas de ahorro y crédito, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social-UGPP, la Superintendencia de la Economía Solidaria y demás actores que participen del incentivo.

El incentivo por generar nuevos empleos lo continúa entregando el Gobierno Nacional a aquellos empleadores que ampliaron sus nóminas, para este caso se harán los reconocimientos correspondientes por los meses de marzo y abril de 2022.

Según el cronograma de postulación para el mes de mayo, aquellos que generaron nuevos empleos pueden dirigirse a la entidad financiera donde tengan una cuenta de depósito e iniciar el proceso para ser acreedor del beneficio económico, por ingresar a sus empresas jóvenes entre 18 y 28 años, mujeres y hombres mayores de 28 años.

Serán favorecidos de esta medida creada por la Ley de Inversión Social, las personas naturales o jurídicas, los consorcios, las uniones temporales, los patrimonios autónomos y cooperativas, que demuestren su calidad de empleador mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA y las cooperativas de trabajo asociado que hayan cotizado, respecto de sus trabajadores asociados, el mes completo al Sistema de Seguridad Social Integral.

El ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, reiteró la invitación a los empresarios para que continúen beneficiándose de la iniciativa y generen empleo formal. “Recordamos a todos los empleadores que cada nuevo puesto de trabajo suma, y tendrá un apoyo del Gobierno Nacional por hasta 12 meses. La meta sigue siendo llegar al medio millón de empleos que nos propusimos antes de agosto del presente año”, agregó.

El apoyo estatal otorga a los beneficiarios un incentivo así:

Por trabajadores adicionales que sean jóvenes entre 18 y 28 años, se entrega el equivalente al 25 % de un salario mínimo legal mensual vigente.

Si vincula mujeres mayores de 28 años que devenguen y coticen hasta tres salarios mínimos, se concede un aporte de 15 % de un salario mínimo.

En el caso de integrar a sus nóminas hombres mayores de 28 años, se reconoce al empleador una ayuda hasta del 10 % de un salario mínimo

Proceso o paso a paso
- Realizar la postulación ante la entidad financiera ya sea en forma presencial o virtual.
- Presentar el formulario de manifestación de intención diseñado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP.
- Anexar la certificación de cumplimiento de requisitos.
- Agregar copia actualizada del Registro Único Tributario -RUT del empleador.

Dato
Para más información consultar el ‘Manual operativo del incentivo a la generación de nuevos empleos’, artículo 24 Ley 2155 de 2021, donde se detalla el paso a paso para la postulación y el reconocimiento por las nóminas de marzo y abril de 2022.

Los empleadores que vincularon jóvenes en nuevos puestos recibirán un 25% de un salario mínimo por cada trabajador, para el año 2022 el salario mínimo se fijó en $1.000.000 es decir que el incentivo pasará de $227.131 a $ 250.000 por cada joven contratado formalmente.

De la misma manera para los empleadores que vincularon en nuevos puestos de trabajo a mujeres mayores de 28 años el apoyo económico será de un 15%, es decir que pasará de $ 136.278 a $ 150.000 por cada mujer contratada.

Y en el caso de los hombres, los empleadores recibirán un 10% del salario mínimo que para el año 2022 pasará de $90.852 a $100.000 por cada hombre adicional vinculado mayor de 28 años. Para estos dos últimos casos de debe tener en cuenta que los ingresos de cada trabajador no excedan los tres salarios mínimos.

La solicitud del incentivo económico podrá realizarse siempre y cuando los aportes en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, se encuentren al día.

“Invitamos a los empleadores para que se postulen y reciban estos estímulos para la generación de empleo que ya están convertidos en política pública y beneficia a las personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas”, Subrayó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez.

El empleador, debe realizar el trámite ante la entidad financiera en la cual maneja su cuenta bancaria, donde debe presentar el formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario del apoyo para la generación de empleo, tanto para jóvenes como para mayores de 28 años, y diligenciar la certificación de cumplimiento de requisitos. Los empleadores también podrán postularse de manera virtual ante su banco.

Las dudas e inquietudes sobre el cronograma o el proceso de postulación podrán remitirse al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Dato
Para adelantar la verificación del número de los nuevos empleados y calcular el aporte estatal, la UGPP validará, tanto para los trabajadores dependientes, como para los trabajadores asociados, que las obligaciones pertinentes a través de la PILA se encuentren al día.

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