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DIAN recordó que atención de los trámites de RUT es virtual o por correo electrónico
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, reiteró a los ciudadanos que la atención para todos los trámites de RUT, se realiza de manera virtual o por correo electrónico.
Desde comienzos de la declaratoria de la Emergencia Económica, Social y Ecológica por COVID - 19, la DIAN implementó la gestión de trámites del RUT a través del correo electrónico, para lo cual se dispuso de un esquema de agendamiento, que si bien menciona el Punto de Contacto al cual le corresponde brindar la atención, el usuario debe entender que la fecha y hora establecida en la agenda otorgada, es para el envío de los documentos soporte por correo electrónico, y no para tener una atención presencial, dadas las condiciones de aislamiento preventivo que impiden o restringen el contacto.
En las instrucciones que el contribuyente recibe al momento de establecer la fecha y hora en la agenda, se precisa que la respuesta al trámite requerido la recibirá al correo electrónico registrado en su RUT, al finalizar la jornada del día de la cita.
En su proceso de transformación, y en el propósito tener mayor cercanía con los ciudadanos, siendo una entidad más ágil y eficiente, la DIAN implementó desde el pasado septiembre el servicio para la inscripción en el Registro Único Tributario –RUT, completamente en línea, que le permite a las personas naturales realizar el trámite de manera virtual, sin intermediarios, en poco tiempo y formalizarlo de inmediato, sin necesidad de agenda o cita ante la entidad.
El nuevo servicio virtual permite a personas naturales obtener el RUT por primera vez con un proceso guiado completamente en línea, sin asistencia personalizada y sin desplazamientos.
DIAN presentó nueva experiencia de servicio de inscripción del RUT en línea
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, implementó un nuevo servicio para la inscripción en el Registro Único Tributario –RUT, completamente en línea, que le permite a las personas naturales realizar el trámite en poco tiempo y formalizarlo de inmediato, sin necesidad de agenda o cita ante la entidad.
El nuevo servicio virtual permite a personas naturales obtener el RUT por primera vez con un proceso guiado completamente en línea sin asistencia personalizada. Este es otro de los grandes hitos de la entidad en su proceso de transformación y modernización, en su propósito de disponer de servicios virtuales que faciliten a los usuarios adelantar sus trámites ante la entidad de manera más cómoda, sencilla y sin desplazamientos.
Esta renovada experiencia de servicio DIAN para expedición de RUT, se puede adelantar desde cualquier navegador de internet o dispositivo móvil, con tan solo disponer de fotografías claras y nítidas del original del documento de identidad por ambas caras, y una fotografía tipo selfie para llevar a cabo la inscripción. El documento tiene vigencia indefinida y puede ser actualizado cuando sea necesario.
Para personas jurídicas y naturales que requieren el registro mercantil, este nuevo servicio, por ahora, permitirá expedir el documento con la leyenda para Trámite en Cámara, para luego continuar con el proceso ante las Cámaras de Comercio donde obtienen en un solo trámite el RUT y el certificado con la matrícula mercantil. Para estos casos, estamos trabajando de manera coordinada con las cámaras de comercio para próximamente simplificar y facilitar este trámite a través de la Ventanilla Única Empresarial VUE.
El Registro Único Tributario -RUT constituye la carta de navegación que tiene la entidad para clasificar a las personas y entidades que teniendo la calidad o no de contribuyentes, son sujetos de obligaciones administradas por la DIAN. También es la ruta para que los contribuyentes puedan ejercer sus actividades económicas de manera formal.
Ver el paso a paso de la inscripción del RUT en línea haciendo clic aquí.
Gobierno y Airbnb anuncian importantes avances en materia impositiva
Después de varios meses de diálogo abierto, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y la plataforma Airbnb acordaron la inscripción de dicha plataforma en el Registro Único Tributario y el tributo efectivo del IVA.
El resultado de este acuerdo refuerza el compromiso de la empresa con el crecimiento económico del país. De la misma manera, la compañía ha manifestado su intención de seguir trabajando de la mano del Gobierno Nacional en el desarrollo de un turismo formal, sostenible, inclusivo y de calidad en Colombia.
Al respecto, Julián Guerrero Orozco, viceministro de Turismo, señaló que “estamos muy contentos con este logro. Las plataformas digitales como Airbnb son bienvenidas como herramientas de promoción del turismo nacional y la comercialización de productos y servicios asociados a los viajes, siempre que cumplan con la normatividad del país y se garantice el ejercicio de la sana y leal competencia en toda la cadena de valor del sector”.
Por su parte, Leo Tristao, gerente general de Airbnb para Sudamérica, aseguró que “estamos muy felices de haber alcanzado este acuerdo. Seguiremos trabajando en el desarrollo de nuestra relación con el Gobierno Nacional y sus autoridades, y con nuestra comunidad de anfitriones y huéspedes en el país. Este anuncio consolida nuestro compromiso con el desarrollo del turismo en Colombia, un país que se destaca no solo por su calidez y hospitalidad, ya que todos los años atrae millones de viajeros de todo el mundo, sino también por el talento de su gente”.
Sobre el particular, José Andrés Romero Tarazona, director general de la DIAN, precisó que “como administración tributaria creemos que todos los actores del comercio y servicios en la economía digital tienen que tener la equivalencia en las cargas tributarias de la economía formal y productiva de los países. Por eso, le estamos apuntando a que las plataformas tecnológicas que prestan servicios en Colombia tributen el Impuesto Sobre las Ventas (IVA). Seguimos avanzando para que, además, cumplan con todas las obligaciones tributarias que corresponden, buscando un equilibrio para todos. Esto demuestra que las plataformas digitales están apostando por el país y por una Colombia Más Honesta”.
En septiembre del año pasado, Airbnb, a través Sutherland, compañía líder en transformación de procesos, inauguraron un Centro de Soporte en Bogotá, por medio del cual se da apoyo en español, inglés y portugués a viajeros y anfitriones de toda América. Este es el primer centro de este tipo que Airbnb abre en Latinoamérica y que hoy emplea más de 500 personas.
Este paso dado por la plataforma es importante, ya que abre el camino para que en Colombia se pueda seguir utilizando la tecnología para la generación de empleo y el emprendimiento, siempre asegurando la competencia equilibrada entre todos los actores y prestadores de servicios turísticos.
Generación del Pre - Rut y NIT definitivo en CCB presentan intermitencia
La Cámara de Comercio de Bogotá informó que debido a la contingencia que presentan los sistemas informáticos de la DIAN, el servicio de generación del Pre - Rut y NIT definitivo, en las matrículas de persona natural y constitución de sociedades de la Cámara de Comercio de Bogotá, presentan intermitencia.
La entidad informará una vez funcionen con normalidad.
DIAN inició actualización de RUT a más de 12 millones de ciudadanos
Con el objetivo de garantizar la calidad, veracidad y confiabilidad de la información contenida en el Registro Único Tributario, RUT, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, inició la actualización masiva de este documento a más de 12 millones de ciudadanos.
Este ajuste consiste en la incorporación de las nuevas responsabilidades dispuestas, a partir de la Ley 1943 de 2018 o Ley de Financiamiento.
Es importante tener en cuenta que, inmediatamente se realice el ajuste en el documento, la DIAN comunicará de manera automática esta actuación al correo electrónico registrado en el RUT, adjuntando copia del formulario actualizado.
Vale la pena señalar que, los formularios RUT que no hayan sido actualizados con las nuevas responsabilidades, NO pierden vigencia y tendrán plena validez para soportar operaciones con adquirientes de bienes o servicios.
Creció 5% la renovación del registro mercantil en el país
Un positivo balance arrojó la temporada anual de renovación del registro mercantil en las Cámaras de Comercio del país, que finalizó con un aumento del 5% en registros renovados en promedio nacional, con relación al 2018.
Se realizaron 1.919.643 renovaciones de registros en todo el país, entre personas naturales (737.827 registros renovados), personas jurídicas (302.309) y establecimientos de comercio (879.507).
Más del 75% de los empresarios formales del país renovaron a tiempo sus registros, ratificando su compromiso con actualizar su información, lo que es fundamental para el diseño de políticas públicas que fortalezcan al sector productivo del país, contribuyan a la lucha contra la ilegalidad y favorezcan la toma de decisiones de inversión.
El 97% de las empresas renovadas son micros y pequeñas empresas, 68% de las cuales corresponden a la figura de personas naturales, lo que revela el alto cumplimiento de este segmento empresarial.
Por actividad económica, la mayor renovación se concentra en Comercio (39,7%), Servicios (38,4%) e Industria (12,1%).
“Es importante resaltar el compromiso del empresariado colombiano, que entiende la importancia de conservar su condición de formal y la trascendencia de la actualización de sus datos, que quedan almacenados electrónicamente a perpetuidad en las Cámaras para servir al país y al mismo empresario”, dijo Julián Domínguez Rivera, Presidente de Confecámaras.
Agregó que “este crecimiento en las renovaciones del registro mercantil confirma la confianza del sector empresarial en las condiciones actuales que ofrece la economía de nuestro país para seguir potenciando sus inversiones”.
Las 57 Cámaras de Comercio del país realizaron un amplio despliegue de herramientas electrónicas para que el empresario realizara su renovación por medios digitales, haciendo uso de ellas 4 de cada 10 empresarios, lo que les permitió ahorrar tiempo y evitar desplazamientos en la realización de este trámite. En regiones como Bogotá, el uso de medios electrónicos para renovar fue del 90%.
Registro Nacional de Turismo
El día de ayer también venció el plazo para renovar el Registro Nacional de Turismo registrando un alto aumento de renovaciones, lo que refleja la importante dinámica del sector y una mayor formalización. Se efectuaron 25.317 renovaciones, un aumento del 219% frente a lo ocurrido en 2018. El 62% de estas renovaciones pertenece a establecimientos de alojamiento y turismo, seguido por agencias de viaje (22%) y guías de turismo (5%).
El 1° de abril vence el plazo para renovar la Matrícula Mercantil
Hasta el lunes 1° de abril los empresarios tienen plazo para renovar su Matrícula Mercantil en la cámara de comercio de su jurisdicción y, de esta manera, conservar los beneficios que les otorga ser empresas formales y cumplidoras de sus deberes legales.
Este año, atendiendo a una instrucción impartida por la Superintendencia de Industria y Comercio, las Cámaras de Comercio ampliaron hasta el 1° de abril el plazo máximo de la renovación de la Matrícula Mercantil, teniendo cuenta que el último día del plazo tradicional (31 de marzo), coincidía con un domingo.
Es importante anotar que Colombia cuenta con más de un millón y medio de empresas formales. La renovación anual de su matrícula mercantil permite al país contar con información actualizada de estas empresas para el diseño de política pública, la lucha contra la corrupción y, lo más importante, como respaldo a los mismos empresarios para la promoción de sus negocios, la toma de decisiones de inversión, el acceso al financiamiento para apalancar los proyectos de su empresa y participar en licitaciones y concursos y contratar con el Estado.
Asimismo, gracias a la actualización de la información empresarial, se han realizado estudios de demografía empresarial, que han permitido determinar que, de cada 100 empresas que se crean en el país sólo permanecen 34 luego de cinco años de constituidas, así como los sectores con mayor mortalidad empresarial, información esencial para el diseño de acciones que permita fortalecer al sector productivo colombiano.
Informes de dinámica empresarial, que permiten establecer las cifras de creación y cancelación de empresas y su comportamiento por sectores. Por ejemplo, que en 2018 se crearon 328.237 empresas y que la cancelación de unidades empresariales disminuyó en un 3%.
Se han hecho también estudios sobre los determinantes de la productividad de las empresas de crecimiento acelerado, lo que permitió compartir las buenas prácticas que están aplicando; el aporte de las Iniciativas Clúster al desarrollo regional; demografía del sector turístico nacional; y perfil y grado de sofisticación de las empresas exportadoras colombianas, entre otros.
Otros beneficios de la renovación
La renovación de la Matrícula Mercantil le proporciona al sector empresarial el respaldo legal que necesita para poder funcionar y crecer. Además, acredita al comerciante frente a sus clientes y proveedores como legalmente constituido y con una trayectoria reconocida, aspectos que generan confianza y facilitan los negocios.
Igualmente, se benefician del portafolio de productos y programas que ofrecen las 57 Cámaras de Comercio y diversas entidades públicas y privadas en temas de desarrollo y fortalecimiento empresarial. Capacitaciones, ruedas de negocios, misiones comerciales, programas de escalamiento e iniciativas clúster, son algunas de las herramientas a las que pueden acceder los empresarios formales y renovados.
Un trámite rápido y seguro
Las Cámaras de Comercio han implementado diversos mecanismos para facilitar el proceso de renovación de los registros a través de servicios tecnológicos y virtuales de vanguardia que permiten a los empresarios cumplir con la renovación de sus registros de forma fácil, rápida y segura, desde cualquier parte del mundo y a cualquier hora del día.
De esta manera, los empresarios pueden renovar desde la comodidad de sus oficinas o sus casas ingresando al sitio web de su Cámara de Comercio, lo que les ahorra tiempo que pueden invertir en el crecimiento de su empresa.
Asimismo, las Cámaras han desarrollado diversas actividades de descentralización de sus servicios, visitando todos los municipios de su jurisdicción y haciendo presencia en diferentes zonas y espacios comerciales de sus municipios, con el objetivo de facilitar los trámites para los empresarios.
Otros Registros
El 1 de abril también vence el plazo para renovar el Registro Único de Operadores de Libranza, la Inscripción de Entidades Sin Ánimo de Lucro y el Registro Nacional de Turismo.
Por su parte, el plazo de renovación para el Registro Único de Proponentes será el viernes 5 de abril.
Indicación para actualizar RUT de facturadores electrónicos
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a todos los contribuyentes que, la solicitud de actualización de RUT asociada a la responsabilidad 37 (Obligado a facturar electrónicamente), debe ser solicitada mediante comunicación suscrita por el representante legal de cada empresa, y enviada al buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
DIAN actualizó el RUT de facturadores electrónicos seleccionados en Resolución 72
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que Si usted fue seleccionado por la Resolución No. 072 de 2017 y no solicitó plazo adicional por inconvenientes de tipo tecnológico, la entidad realizó de oficio la actualización del RUT con la responsabilidad 37 (Obligado a facturar electrónicamente).
A partir de la fecha, usted puede solicitar los rangos de numeración para cumplir con dicha obligación. Recuerde que desde el momento en que inicie su facturación electrónica, no podrá continuar facturando por talonario o computador.
Este sistema de facturación coexiste con los documentos equivalentes autorizados por las normas tributarias.
Desde este momento, la DIAN podrá hacer exigible la facturación electrónica a los contribuyentes aquí mencionados.
Inician vencimientos de impuestos nacionales de mayo
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a las Personas Naturales y sucesiones ilíquidas que en el presente mes tienen vencimientos para presentar y pagar la obligación del Impuesto a la Riqueza.
El plazo para presentar la declaración y pagar la primera cuota del Impuesto a la Riqueza - año gravable 2018, por parte de las personas naturales y sucesiones ilíquidas, atendiendo el último dígito del Número de Identificación Tributaria -NIT del declarante que consta en el certificado del Registro Único Tributario - RUT, inicia este 9 de mayo con el dígito 0 y finalizan el 23 de mayo con el dígito 1.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN recordó igualmente que el plazo para el pago de las declaraciones tributarias que arrojen un saldo a pagar inferior a cuarenta y una (41) Unidades de Valor Tributario UVT ($ 1.359.000 valor año 2018), vence el mismo día del plazo señalado para la presentación de la respectiva declaración, debiendo cancelarse en una sola cuota.
Responsables de IVA Bimestral
Por otro lado, los responsables de presentar y pagar la Declaración Bimensual del Impuesto Sobre las Ventas -IVA, correspondiente al período marzo-abril, deben hacerlo entre el 9 y el 23 de mayo, de acuerdo con el último dígito de su NIT.
Están obligados a este impuesto, los grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2017, sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT ($2.931.028.000).
Para los responsables por la prestación de servicios financieros y las empresas de transporte aéreo regular, que en al año 2013 se les autorizó el plazo especial de que trata el parágrafo 1 del artículo 23 del Decreto 2634 de 2012, el plazo para presentar la declaración del segundo bimestre del Impuesto Sobre las Ventas y cancelar el valor a pagar, vencerá el día 25 de mayo de 2018.
Responsables de IVA Cuatrimestral
Los responsables de presentar y pagar la Declaración Cuatrimestral del Impuesto Sobre las Ventas -IVA, correspondiente al periodo enero-abril, deben hacerlo entre el 9 y el 23 de mayo, de acuerdo con el último dígito de su NIT.
Están obligados a este impuesto, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2017 sean inferiores a noventa y dos mil (92.000) UVT ($2.931.028.000).
Tanto los responsables bimestrales como cuatrimestrales del IVA, no están obligados a presentar la declaración del impuesto sobre las ventas siempre y cuando durante este período no hayan efectuado operaciones sometidas al impuesto, ni operaciones que den lugar a impuestos descontables, ajustes o deducciones.
Responsables Impuesto Nacional al Consumo
Los responsables a declarar y pagar de manera bimestral, período (marzo-abril), el impuesto nacional al consumo, deben hacerlo entre el 9 y el 23 de mayo, de acuerdo con el último dígito de su NIT.
Responsables de Retención en la Fuente
Igualmente, los responsables de presentar y pagar la Declaración Mensual de Retenciones en la Fuente (Formulario 350), correspondientes a abril, deben hacerlo entre el 9 y el 23 de mayo, de acuerdo con el último dígito de su NIT.
Están obligados a este impuesto, los agentes de retención del Impuesto Sobre la Renta y Complementario y, o Impuesto de Timbre, y, o Impuesto Sobre las Ventas a que se refieren los artículos 368, 368-1, 368-2, 437-2 y 518 del Estatuto Tributario, así como los Autorretenedores del Impuesto Sobre la Renta y Complementario de que trata el artículo 1.2.6.6. del Decreto 1951 de 2017.