Mostrando artículos por etiqueta: Reducción Jornada laboral

El Ministerio del Trabajo adelanta una serie de investigaciones a grupos empresariales como: Nutresa, compañía de galletas NOEL S.A.S, Pintuco S.A.S y MEALS (Mercadeo de Alimentos de Colombia S.A.S), por presuntamente no aplicar en su reglamento interno con vigencia al 16 de julio del presente año, la reducción de la jornada laboral estipulada en la ley 2101 del 2021.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, hace un llamado a las y los empleadores para que cumplan la ley y eviten la precarización de las trabajadoras y trabajadores.

"En nuestras distintas Direcciones Territoriales hemos recibido querellas por parte de algunos sindicatos, trabajadores y trabajadoras, sobre el incumplimiento en la reducción de la jornada laboral, la cual debería implementarse según la Ley desde el pasado 16 de julio, pasando de 48 a 47 horas semanales. Desde la cartera laboral insistimos en el mejoramiento de la calidad de vida de las y los trabajadores, no podemos seguir permitiendo la precarización y las violaciones a los derechos, por el contrario, debemos avanzar para que Colombia sea un país donde la ley se cumpla y de la misma manera las empresas sean más productivas y sostenibles, con generación de empleos dignos y decentes”, explicó la Ministra del Trabajo.

Durante las inspecciones laborales se les han solicitado a las empresas: certificados de existencias, listado numerado de trabajadores, comprobantes de nómina donde se especifiquen los pagos de horas extras, recargos nocturnos, festivos y dominicales, copias de afiliación a seguridad social y el certificado de actualización de la jornada laboral.

El Ministerio garantiza el debido proceso a las partes. Los empleadores que incumplan podrían recibir sanciones de hasta 5 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La entidad tiene a disposición para recibir las querellas la página web: www.mintrabajo.gov.co o de manera presencial en las 33 Direcciones Territoriales.

El próximo 16 de julio empieza la aplicación de la Ley 2101 de 2021, por medio de la cual se reduce la jornada máxima laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario, ni afectar los derechos adquiridos y garantías de los trabajadores; es decir, se podrá laborar hasta 47 horas semanales.

La ley modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo y establece la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo de 42 horas a la semana. Actualmente, se hace referencia a la jornada de 48 horas.

El cambio será de manera gradual así: desde el próximo 16 de julio de 2023, una hora; desde el día 16 de julio del año 2024, será de 46 horas; en el día 16 de julio del año 2025, pasará a 44 horas y finalmente, a partir del 16 de julio de 2026, será de 42 horas semanales máximas.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, precisó: “No es perjudicial para aquellos empleadores que quieran acogerse de forma anticipada a la reducción de la jornada máxima propuesta por la norma y se recuerda, que la reducción de jornada no implica una disminución salarial”.

La ley 2101 de 2021 se refiere a la jornada laboral máxima de los trabajadores y trabajadoras del sector privado, es decir, a las personas naturales que han suscrito contratos laborales con empresas privadas y

no aplica para las y los servidores públicos salvo los que trabajen en empresas del Estado y cuyas relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo.

“Esta ley tampoco afecta o modifica las jornadas laborales inferiores de trabajadores con horarios especiales, como la de menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo”, explicó el viceministro de relaciones laborales e inspección, Edwin Palma.

Esta ley permite que Colombia se acerque a los estándares internacionales y a lo recomendado por la Organización Internacional del Trabajo, dará más tiempo libre a los trabajadores y trabajadoras y, mejorará la productividad en las empresas.

Aumenta valor de la hora diaria
La disminución de la jornada máxima laboral implica, el aumento del valor de la hora diaria, toda vez que, por menos tiempo laborado, el trabajador continuará devengando la misma remuneración.

Los empleadores deben realizar el cálculo del nuevo valor de la hora de trabajo para liquidar el valor de las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos, respetando siempre el principio de favorabilidad.

El viceministro Palma Egea, reiteró: “Cualquier duda sobre el particular, podrá ser atendida a través de nuestras inspecciones laborales disponibles en todo el territorio nacional”.

Dato
La reducción de la jornada laboral y su aplicación se seguirá teniendo en cuenta en la iniciativa de reforma laboral, que se presentará nuevamente al Congreso de la República.

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.