Martes, 06 Mayo 2014 06:44

En mayo 9 comienzan vencimientos de impuestos

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A partir del próximo 09 de mayo,  y hasta el 22 del mismo mes, comenzará el quinto período de  vencimientos para declaración, presentación y pago de impuestos ante  la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.

La autoridad tributaria recordó a los contribuyentes que en ese  período deberán presentarse las declaraciones y pagos de los siguientes impuestos:

  • Retención mensual en la fuente
  • Declaración y pago mensual y cuatrimestral del Impuesto sobre la renta para la Equidad- CREE
  • Impuesto al Valor Agregado - IVA (bimestral y cuatrimestral, así  como el primer pago anual del 30%)
  • Impuesto al consumo bimestral
  • Pago de la séptima cuota del impuesto al patrimonio
  • Impuesto a la gasolina y al ACPM
  • Gravamen a los movimientos financieros
  • Séptima cuota impuesto al patrimonio

En este mes, los cerca de 52.300 contribuyentes obligados a declarar renta y  con un patrimonio líquido a 01 de enero de 2011 igual o superior a $ 1.000  millones, deberán pagar la séptima cuota del impuesto al patrimonio.

Como se recordará, dicho impuesto está destinado a conjurar y prevenir la extensión de los efectos del estado de emergencia declarado mediante el Decreto  4580 del 2010 originado en el fenómeno de “La Niña” atendiendo a los  damnificados por la ola invernal de 2011. Por concepto de este impuesto, la DIAN  espera recaudar en cada una de las siguientes cuotas (7a y 8a), $2.25 billones.



Declaración y pago IVA
Igualmente, la administración tributaria insistió en recordar a los  contribuyentes que tienen la obligación de presentar la declaración y pago del  impuesto al valor agregado (IVA) tener en cuenta las periodicidades para el  cumplimiento de dicho impuesto 

Estas son:



Tenga en cuenta las siguientes recomendaciones

  • Quienes estando obligados a la periodicidad cuatrimestral o anual y  presentaron declaración bimestral en marzo, esta declaración no tiene  efecto legal.
  • Quienes estando obligados a la periodicidad cuatrimestral y presentaron  declaración bimestral en marzo deberán presentar la declaración en mayo  incluyendo las operaciones correspondientes al período enero - abril y pagar la diferencia frente a lo que canceló en marzo.
  • Quienes están obligados a realizar la declaración y el pago anual deberán  presentar la declaración en el mes de enero de 2014. Si no lo hicieron, deberán cumplir con este trámite lo antes posible, pues los intereses y  sanciones se incrementan diariamente.
  • Sin embargo, en mayo de este año deberán cancelar el 30% de ese  impuesto. Ese valor resultará de aplicar el 30% a la sumatoria de los saldos  a pagar de los bimestres 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de 2013.
  • Evite que se causen sanciones por extemporaneidad, así como interés de  mora.
  • Para las declaraciones bimestral, cuatrimestral, o anual se deberá utilizar el  mismo formulario de IVA (Formulario 300), sólo debe marcar la periodicidad  en la casilla 24.
  • Los contribuyentes presentaron declaraciones del periodo gravable enero -  febrero, en el mes de marzo, cuando su periodicidad ahora es cuatrimestral  o anual, por lo cual deberán hacer las declaraciones y/o pagos pertinentes.
Finalmente, la DIAN recomendó a los obligados a cumplir con estas  obligaciones tributarias en dentro de los plazos establecidos, a fin de evitarse  sanciones por extemporaneidad e intereses de mora. También indicó que los  servicios informáticos electrónicos de la Entidad funcionan 7 días a la semana, 24  horas al día.
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