Jueves, 26 Junio 2025 07:56

Ley 2466, Gobierno sanciona la reforma laboral

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El presidente de la República, Gustavo Petro, sancionó la reforma laboral que ya es la Ley de la República 2466.

“Hoy es un día importante para la historia de Colombia. Ganamos todos. Hoy la reforma es una realidad. Hay 11.000 estudiantes de medicina que podrán tener un salario mínimo en su internado y más de 310.000 aprendices del SENA contarán con contrato y todas las prestaciones laborales”, precisó el jefe de Estado.

Principales contenidos de la ley laboral:
La jornada diurna que va desde las 6:00 a. m. hasta las 7:00 p. m.; la jornada nocturna que irá entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a. m. con un recargo por trabajo nocturno del 35%.

Recargo dominical y festivos que se pagará al 100 % con una implementación gradual: 01 de julio 2025: 80%; 1 de julio de 2026 de 90% y en la misma fecha en 2027: del 100%.

Laboralización del contrato de aprendizaje. El aprendiz recibirá el 75% del salario mínimo en etapa electiva (debe ser afiliado a salud y ARL) y un salario mínimo en la fase práctica. Tendrá derecho a seguridad social integral, prestaciones sociales y demás beneficios laborales. Un triunfo para el reconocimiento de los derechos de los aprendices SENA que aportan al desarrollo empresarial con su formación y conocimientos.

Los contratos a término fijo tendrán un límite de 4 años, la regla será la suscripción de contratos a término indefinido.

En cuanto al trabajo a través de plataformas digitales, se reconocen dos formas de vinculación: una relación laboral de carácter dependiente y subordinado, regida por el Código Sustantivo del Trabajo; y una relación autónoma e independiente, correspondiente a los repartidores, quienes deberán estar afiliados al Sistema de Seguridad Social.

Se expedirá una política pública de apoyo al trabajo agropecuario
Formalización laboral progresiva de las personas manipuladoras de alimentos del Programa de Alimentación Escolar, PAE; la vinculación de las madres comunitarias, trabajadores de hogares infantiles y madres sustitutas como trabajadores oficiales y la flexibilidad de jornada para trabajadores y responsabilidades familiares del cuidado; entre otras.

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