Ofrecer las garantías necesarias para competir en igualdad de condiciones y hacer del sector del acero una industria competitiva, de alto valor agregado y con el potencial para transformarse en una industria exportadora de largo plazo, es el propósito que se ha trazado el Gobierno con el Pacto por el Acero que ha puesto en marcha.

Este Pacto, que involucra medidas de defensa comercial, se adelanta de la mano con el sector privado para crear una fábrica de producción de aceros planos con tecnologías más limpias y con el mayor valor agregado, que además promueva los encadenamientos productivos y fortalezca esta industria.

En el marco de ese Pacto, se acaba de expedir un decreto adoptando una salvaguardia para hacer frente a las importaciones de alambrón de hierro o acero, que han causado daño a este sector productivo.

Con del Decreto 1294 del 18 de octubre de 2024, y por recomendación del Consejo Superior de Comercio Exterior en su sesión del 25 de septiembre, se impone un gravamen arancelario ad valorem del 30 %, adicional al arancel de Nación Más Favorecida (5 %), a las importaciones de alambrón de hierro o acero sin alear o demás aceros aleados, provenientes de países con los cuales Colombia no tiene acuerdo comercial vigente.

Esta medida, que previamente también fue recomendada por el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior (Triple A), se establece por el término de 2 años.

A esta decisión se llega después de adelantar una investigación hecha por un equipo técnico de la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en la que se evidenció que en el periodo analizado las importaciones de alambrón que llegaron desde los países con los que no se tiene acuerdo comercial vigente, aumentaron su participación en cerca de 9 puntos porcentuales, el precio de las mismas se redujo en 16,7 % y el precio de venta de las mismas fue inferior al valor del producto nacional en un rango entre 1,91 % y 13,35 %.

Todas estas circunstancias afectaron negativamente a la industria nacional.

Pacto por el Acero
Ahora bien, el Gobierno se la juega en favor de la industrialización del país, razón por la cual inició un trabajo de la mano con las empresas de la industria siderúrgica para la creación de una planta de producción de aceros planos que, incluso, pueda convertirse en líder global en la producción de este tipo de aceros, que sea de alto valor agregado, que impulse los encadenamientos productivos y que cree puestos de trabajo.

“En medio de un proceso de descarbonización como en el que camina el mundo, y que es una de las apuestas del Gobierno del Presidente Gustavo Petro, la creación de una fábrica de aceros planos, con alto valor agregado y que reduzca la emisiones de carbono al ser producido, nos pondría en una condición de ventaja frente a otros países a la hora de exportar acero muy competitivo”, dijo el Ministros Reyes.

Agregó que se trata de un proyecto que requiere “estructuración financiera, que requiere el conocimiento profundo de la industria. Queremos construir sobre lo ya existente en Colombia”.

Por eso, se avanza en un estudio de viabilidad de que estaría listo en el primer trimestre del 2025.

A través de este estudio se evalúan, entre otros temas: la demanda de acero plano en el mercado colombiano y en los países vecinos, así como la competencia; las tendencias de precios del acero en Colombia y los costos de producción local; identificación de potenciales clientes, así como proveedores de materias primas y servicios.

Igualmente, involucra la definición del diseño óptimo de la planta, considerando tecnologías adecuadas y disponibles en el contexto colombiano; la capacidad de producción y los equipos necesarios para cumplir con la demanda proyectada; la disponibilidad y costos de recursos como agua, energía eléctrica (posiblemente proveniente de fuentes renovables en Colombia), y materias primas.

Adicionalmente, la estimación de los costos de construcción de la planta, la adquisición de equipos y la puesta en marcha de la misma.

También, y como en cualquier proyecto de este tipo, una evaluación de los costos operativos, incluyendo materias primas, energía, mano de obra y mantenimiento. Y se debe realizar una evaluación de los posibles impactos ambientales del proyecto en el contexto colombiano, como el uso de recursos naturales y las emisiones, ente otros aspectos.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) alertó con respecto a publicaciones en redes sociales que anuncian remates o subastas a nombre de la entidad buscando, a través de esta suplantación, estafar a quienes consultan dichos anuncios.

La administración tributaria hace este llamado a propósito de información suministrada por una ciudadana de Bogotá sobre el caso de estafa a través de una publicación en la red social Facebook, que contenía un catálogo de motocicletas en el que se indicaba que se remataban por debajo del precio de mercado y se mencionaba a la DIAN.

Esta persona se comunicó con el número suministrado en la publicación. La persona contactada, quien se hizo pasar como servidor público de la DIAN, le dio indicaciones para la supuesta adjudicación de la motocicleta enviando vía WhatsApp una serie de documentos para diligenciamiento y firma, además le proporcionó los datos de las cuentas bancarias para hacer el pago. Infortunadamente, la ciudadana entregó sus datos y parte del dinero solicitado por el estafador.

La DIAN adelanta las acciones correspondientes frente a las autoridades judiciales para instaurar denuncias del caso.

¿Cómo se participa en las subastas DIAN?
Es importante que la ciudadanía tenga en cuenta que la única herramienta a través de la cual se canalizan las ofertas y se lleva a cabo el proceso de subastas organizadas por la DIAN es la plataforma digital El Martillo del Banco Popular https://www.elmartillo.com.co/inicio

Por lo anterior, ningún funcionario de la DIAN, del Banco Popular u otro tercero está autorizado para entregar telefónicamente o por WhatsApp oferta de catálogo de la mercancía, hacer trámites de documentos y mucho menos solicitar dinero por el pago de las mercancías públicas puestas a disposición de los ciudadanos.

Los interesados en participar de las subastas deben registrar su información básica de contacto en la plataforma El Martillo, la cual validará con preguntas de seguridad el registro del participante. Allí se dan a conocer el catálogo y las características de la mercancía que está disponible en la subasta, así como los términos y condiciones para ofertar de manera fácil y segura.

A través del Decreto 1271 de 2024, expedido el 15 de octubre de 2024, los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Hacienda y Crédito Público determinaron la incorporación de la norma de información financiera NIIF 17 -Contratos de Seguro, al Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015.

En su artículo primero, el decreto recién expedido adiciona el Anexo Técnico No. 01 de 2024 del Grupo 1 a los anexos incorporados en el Decreto 2420 de 2015. Asimismo, en el segundo, adiciona el artículo 1.1.4.1.4, que aborda las simplificaciones para la implementación de la NIIF 17, las cuales deben aplicar los preparadores de información financiera del Grupo 1 y que son vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Las simplificaciones, aplicables a los estados financieros individuales y separados, contemplan aspectos como el nivel de agregación, la medición (incluyendo la estimación de los flujos de efectivo futuros, la tasa de descuento y el ajuste por riesgo no financiero), el enfoque general, el enfoque de asignación de prima, el enfoque de comisión variable, la prueba de onerosidad y los ajustes por experiencia y esperados.

En el artículo tres, se explica el manejo de las reservas técnicas y se delega en la Superintendencia Financiera de Colombia la definición de normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de contabilidad y de información financiera, en relación con las salvedades señaladas para dichas reservas, entre otros temas.

En el artículo cuatro define el régimen de transición, estableciendo como fecha de entrada en vigor del decreto el primero de enero de 2027, y brindando condiciones especiales para la presentación de estados de resultados de aquellos preparadores con diferencias netas positivas o negativas entre el régimen previo y el nuevo que incorpora el decreto. Con la entrada en vigor de este decreto, se deroga la aplicación de la NIIF 4.

En la elaboración del Decreto 1271 de 2024 se siguió la recomendación del Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP-, en su calidad de organismo de normalización técnica en materia de contabilidad e información financiera en Colombia, a la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera –URF-, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y a la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, sobre la incorporación de la NIIF 17 al ordenamiento jurídico colombiano.

El CTCP actúa bajo las disposiciones de la Ley 1314 de 2009, que determina la convergencia a estándares internacionales para la regulación de los principios y normas de contabilidad, información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia.

Para conocer el Decreto 1271, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 322 del 16 de octubre de 2024, por medio del cual responde a una consulta referente a Descuentos – Servicios de transporte.

Para conocer el Concepto 322, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 001253 del 24 de octubre de 2022 “Por la cual se establecen los requisitos, causales y procedimiento para otorgar o retirar la calificación como Gran Contribuyente”.

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 25 de octubre de 2024, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

La Dirección Seccional de Aduanas de Medellín, informó que su nueva sede en Envigado recibirá correspondencia física en horario de lunes a viernes de 7:45 a. m. a 3:45 p. m. También habilitó la radicación virtual, excepto para trámites que requieren presentación personal.

El horario está acorde con lo establecido en la Circular Externa No. 000006 del 07 de octubre de 2022.

Adicionalmente, la ciudadanía puede radicar sus documentos de forma virtual a través del buzón Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., exceptuando aquellos trámites administrativos que requieren presentación personal.

Como parte de las acciones que viene adelantando la Secretaría de Hacienda para invitar a todos los ciudadanos a ponerse al día con sus impuestos distritales desde el día de ayer (10 de octubre), se empezó a contactar vía telefónica y por mensajes de texto a 253.786 contribuyentes que a la fecha están en mora con sus impuestos predial y de vehículo de la vigencia 2024.

Los mensajes de texto invitan a dichos contribuyentes a contactarse con la entidad para recibir más información sobre el estado de su proceso y cómo realizar el pago de sus impuestos. Es importante resaltar que los únicos canales de comunicación advertidos por la secretaría tanto en los mensajes de texto como en las llamadas son el número celular 317 430 7897 y la línea de Whatsapp 314 818 2690.

Esto debido a que durante el presente año se ha conocido de intentos de fraude en el que personas inescrupulosas a través de mensajes de texto han pretendido estafar a los ciudadanos y contribuyentes en nombre de la entidad. Por ello, vale la pena tener en cuenta que estas comunicaciones enviadas por la Secretaría de Hacienda no contienen links o enlaces para dirigir a los contribuyentes a ninguna página web, tampoco solicitan números de cuenta o claves de tarjetas débito o crédito, ni mucho menos invitan a hacer pagos a través de cuentas de ahorro o billeteras digitales. Evite caer en estafas.

Finalmente, durante los próximos días, aquellos contribuyentes en mora en el pago de los impuestos predial y de vehículos para la vigencia 2024 recibirán estos mensajes, por ello reiteramos la invitación a ponerse al día en el pago de sus impuestos y así evitar que los procesos de cobro administrativo avancen.

Por medio del Concepto 332 del 15 de octubre de 2024, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, responde a una consulta sobre el Reconocimiento y presentación de los subsidios por el recaudo del aporte parafiscal en las Cajas de Compensación Familiar.

Para conocer el Concepto 332, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 355 del 15 de octubre de 2024, referente a los avalúos de inmuebles – Grupo 2.

Para conocer el Concepto 355, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó para comentarios el proyecto de resolución Por la cual se modifica y adiciona parcialmente la Resolución 000162 del 31 de octubre de 2023.

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta e00l 24 de octubre de 2024, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

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