Por medio del Decreto 0533 de 29 de abril de 2024, el Ministerio del Trabajo Por el cual se sustituye la Sección 10 del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, y se reglamenta el Incentivo para la creación y permanencia de nuevos empleos formales.

Para conocer el Decreto 0533, haga clic aquí.

El Ministerio de la Igualdad y la Equidad publicó el Decreto 0530 de 29 de abril de 2024, Por el cual se reglamenta el Programa Nacional Casas para la dignidad de las mujeres, a que se refiere el artículo 339 de la Ley 2294 de 2023.

Para conocer el Decreto 0530, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, lanzó el informe Panorama del contrabando en Colombia, en el que se presentan estadísticas del contrabando en el país y las acciones que la entidad ha desarrollado para contrarrestarlo.

Según el informe, entre 2018 y 2022, el 10 % del valor de las mercancías que ingresaron al país fue contrabando y este superó los $8.800 millones de dólares en 2022.

El estudio evidencia que el contrabando técnico por subfacturación es la principal modalidad de este delito, con un promedio anual de $6.234 millones de dólares (2018-2022) y una participación del 90 % en el total del contrabando estimado. En esta modalidad, la mercancía de contrabando entra al país con una declaración de importación que reporta un valor inferior a su valor real, de lo que se infiere que los contrabandistas se aprovechan de las flexibilidades del actual estatuto aduanero y de las limitaciones de personal para la inspección en aduanas.

Frente a este panorama, el documento también recoge las acciones que la DIAN está desarrollando para combatir el contrabando de manera eficaz. Son las siguientes:

- Reforma estructural de la norma aduanera.
- Modernización de la plataforma tecnológica de gestión del comercio.
- Articulación con otras entidades e instituciones del Estado.
- Renovación institucional de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera (POLFA).
- Fortalecimiento del recurso humano aduanero.
- Gestión de datos para la identificación de riesgos.
- Nuevos equipos tecnológicos para inspección.

Finalmente, la entidad invita a los ciudadanos a consultar el informe Panorama del contrabando en Colombia, disponible haciendo clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 055 del 29 de abril de 2024, por medio del cual respondió a una consulta sobre la Inhabilidad revisor fiscal en una liga deportiva.

Para conocer el Concepto 055, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP- le da la bienvenida a Sandra Consuelo Muñoz Moreno como nueva consejera en representación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. La nueva dignataria reemplaza a Carlos Augusto Molano Rodríguez quien terminó su periodo de cuatro años el 31 de diciembre de 2023. Fue designada a través de la Resolución número 0906 del 17 de abril de 2024 y hasta 2027.

Muñoz Moreno tiene un amplio recorrido profesional en el desarrollo de asesorías profesionales en contabilidad, auditoría y revisoría fiscal, así como amplia experiencia docente. Ya es conocida del Consejo Técnico de la Contaduría Pública por su experiencia en el ejercicio de la Secretaría Técnica del Comité de Expertos en Criptoactivos y, en especial, en la emisión del Documento de Orientación Técnica No. 20 (Criptoactivos: Gestión Contable en Colombia).

Cuenta con la formación necesaria para contribuir en la adecuada gestión de los aspectos misionales del CTCP, sustentada en su vasto recorrido profesional que incluye el título como contador Público, especialización en Ciencias Tributarias, magister en Tributación y la actualización en Tributación Internacional de una reconocida universidad del exterior. Además, se ha preocupado por mantenerse actualizada en los temas auditoría.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, con la participación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) oficializó el nombramiento del nuevo facilitador de la Comisión de Tratamiento de Conflictos, CETCOIT, Beethoven Herrera Valencia.

Herrera Valencia fue elegido por los integrantes de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, y escenario para reactivar dicha comisión especial.

La comisión fue creada el 31 de octubre de 2000 a través de acuerdo en la Comisión Permanente Concertación de Políticas Salariales y Laborales, encargada de atender los conflictos suscitados en relación con los temas de libertad sindical, derecho de asociación y negociación colectiva.

Así mismo, es una comisión tripartita integrada por representantes de los empleadores, centrales de trabajadores y Gobierno en cabeza del Ministerio del Trabajo. Los miembros de la Comisión Especial deben reunir las características de representatividad de cada sector y de amplio conocimiento de los marcos normativos y sociales de las relaciones laborales.

La titular de la cartera laboral precisó: “El Doctor Beethoven Herrera ha sido una persona muy conocida en sus investigaciones, su rigurosidad y como intermediario para solucionar los conflictos. Colombia es uno de los países que más conflictos ha tenido en el Comité de Libertad Sindical de la OIT, hablamos de 217 casos, 11 activos, 21 en seguimiento y 185 casos cerrados. Por esta razón, para la comunidad internacional ha sido importante que Colombia sea ejemplo de diálogo social”.

Esta experiencia exitosa en Colombia ha sido conocida por la Dirección de Normas Internacionales del Trabajo y del Comité de Libertad Sindical, quienes han visitado al país y han manifestado la importancia de replicarla en otros países.

Uno de los objetivos de la CETCOIT, es contribuir a la resolución de conflictos, para que tanto las centrales de trabajadores como los sindicatos, eligiendo este mecanismo, puedan por voluntad de las partes suscribir acuerdos y cumplirlos de buena fe, restablecer la confianza y mejorar sus relaciones laborales, de modo que estas organizaciones sindicales no vean la necesidad de presentar quejas ante los órganos de Control de la OIT, ni ante la justicia ordinaria o inspecciones de trabajo, contribuyendo así a descongestionar esas instancias, a ahorrar recursos y evitar procesos engorrosos e innecesarios que se pueden solucionar a través del diálogo social y la concertación.

La CETCOIT, tiene un facilitador independiente, por consenso tripartito, se designó en el año 2012 como facilitador al abogado Eduardo Cifuentes Muñoz. Posteriormente fue nombrado como presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, y en su reemplazo asumió el cargo José Noé Ríos, a quien el Gobierno del presidente Gustavo Petro, lo nombró como embajador de Colombia en Cuba, quedando vacante dicho rol, quien ahora lo ocupará Beethoven Herrera.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 28 de abril de 2024, el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el régimen de reservas técnicas de las entidades aseguradoras y se dictan otras disposiciones”.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, alertó a la ciudadanía sobre la circulación, en las últimas horas, de una URL falsa que busca suplantar una de las páginas del portal web de la entidad, con el objetivo de captar datos personales y financieros de la ciudadanía, con posibles fines delictivos.

La URL falsa está siendo enviada a través de redes sociales y aplicativos de mensajería instantánea. Aparece con la dirección https://www.dian-co-go.com/ y solo se despliega en dispositivos móviles para pedirle a los ciudadanos que consulten su estado de cuenta con la DIAN. Cuando los usuarios escriben su número de cédula, la página muestra una información falsa de obligaciones tributarias, supuestamente, pendientes.

La DIAN está adelantando todas las acciones correspondientes para recoger la evidencia y reportar el caso a las autoridades, con el objetivo de que dicha página sea bloqueada de manera urgente.

Por todo lo anterior, la entidad hace las siguientes recomendaciones a la ciudadanía:

Evite entrar al portal web de la DIAN a través de enlaces que reciba en correos electrónicos o mensajes.

Para ingresar al portal web de la DIAN, digite siempre la dirección www.dian.gov.co en la barra de su navegador.

Confirme constantemente la URL en la barra de direcciones de su navegador y asegúrese de que sea la correcta.

Revise el certificado de seguridad SSL, ubicado antes de la URL, en la barra de direcciones.

Cuando se presente un incidente sospechoso de ciberdelincuencia repórtelo al CAI virtual de la Policía https://caivirtual.policia.gov.co/

Conozca las recomendaciones de seguridad de la información en el sitio web: https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/Seguridad-de-la-Informacion/Paginas/Inicio.aspx

Se celebró la primera sesión de 2024 con el propósito de articular las actividades del Comité de Expertos NIIF del Consejo Técnico de la Contaduría Pública con el Plan de Trabajo del propio CTCP. En esta, de acuerdo con el orden del día, se eligió el nuevo presidente y secretaria Técnica para la presente vigencia.

En el primer caso, de acuerdo con el protocolo establecido para este tipo de elecciones, Boris René Cárdenas fue elegido por unanimidad para la Presidencia en reemplazo de Martín Chocontá.

Para la Secretaría Técnica, fue elegido el Instituto Nacional de Contadores Públicos -INCP- a través de su presidenta, Luisa Fernanda Salcedo. En este caso, también fue elegida por unanimidad y reemplaza en la posición a Sandra M. Fetecua.

En relación con la agenda de trabajo, previa intervención del consejero del CTCP, Jairo E. Cervera, se propuso la revisión de las normas y enmiendas NIIF que aún no están vigentes en Colombia, actividad que hace parte del Plan de Trabajo del Consejo para el primer semestre de 2024. Entre las normas a revisar están:
Enmienda NIC 1. Pasivos no corrientes con condiciones pactadas.
Enmienda NIIF 16. Pasivo por arrendamiento en una venta con arrendamiento posterior.
Enmienda NIC 7 y NIIF 7. Acuerdos de financiación a proveedores.
Enmienda NIC 21. Ausencia de convertibilidad.
Enmienda NIC 12. Reforma fiscal internacional – reglas del modelo del segundo pilar (OCDE).

En el último espacio de la sesión Omar Benitez, integrante del Comité, presentó una aproximación al proyecto de Instrumentos Financieros con Características de Patrimonio (NIC 32).

En el segundo debate de la Plenaria del Senado de la República, se aprobaron los primeros 58 artículos del proyecto de ley de reforma pensional de los 94 que contiene la iniciativa, entre ellos, la creación de un Fondo de Ahorro para proteger el pago de las pensiones y se estableció el umbral de 2.3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes para cotizar a Colpensiones.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, expuso 10 puntos de la reforma pensional:

1. Se construye un único Sistema Integral de Protección a la Vejez, cuyo administrador será Colpensiones. Se establecer una rectoría robusta del Sistema con un mecanismo de monitoreo permanente que permita evaluar los parámetros y recomendar periódicamente al Ejecutivo y al Congreso ajustes a los mismos de ser necesario.
2. Resuelve el problema que existe de competencia entre dos regímenes pensionales lo que ha generado desequilibrio en el Sistema, primero, por cuanto concede mesadas pensionales muy diferentes para personas con las mismas condiciones de cotización y de edad. Segundo, porque los fondos privados, que reciben mayoritariamente los recursos de las cotizaciones, no están pensionando, y el régimen público es quien está asumiendo el pago de las pensiones, cumpliendo con su objeto social, pero sin los ingresos suficientes por cotizaciones. Esta última situación ha llevado a un desequilibrio financiero que ha obligado a la Nación a hacer un gasto adicional.
3. El proyecto de reforma pensional además resuelve el problema de los grandes subsidios a las altas pensiones en el sistema público (Colpensiones), al limitar el subsidio para todos los que cotizan sobre más de 2.3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes.
4. Incrementa la cobertura en protección real a la vejez, a través de tres mecanismos: renta solidaria, renta vitalicia, y pensión. Principalmente, el mecanismo de la prestación anticipada optimiza la cobertura pensional. En el primer año de la reforma se pasa de una cobertura del 24 % al 53.73 % (4.662.000 personas aproximadamente) y al 2052 una cobertura del 87 % (más de 13 millones 700.000 personas mayores).
5. Elimina la pobreza extrema en la población mayor en Colombia. La renta solidaria corresponde al valor por debajo del cual se considera en pobreza. 2 millones 600 mil adultos mayores serán beneficiarios hasta que fallezcan.
6. La iniciativa de ley amplia un 22 % la probabilidad de que una mujer en Colombia logre la pensión. Reconoce la dedicación de la mujer al cuidado de los hijos, acoge las sentencias de la Corte Constitucional, tiene enfoque de género y elimina las diferencias que existen hoy, en las mesadas entre hombres y mujeres (que cotizaron sobre los mismos tiempos) en los fondos privados. Da un mayor subsidio a la mujer (30%) en la construcción de una renta vitalicia, en caso de no lograr una pensión.
7. Con el umbral dispuesto en la reforma, es decir, 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, se contribuye a la sostenibilidad del Sistema Pensional, que hoy no existe.
8. Garantiza la solidaridad para todos, la universalidad y la eficiencia, principios del artículo 48 de la Constitución Nacional los cuales hoy no se están cumpliendo.
9.Fortalece e incentiva el ahorro individual pensional. Todo colombiano logrará cobertura de algún tipo en función de su ahorro y los más vulnerables tendrán un mayor apoyo del Estado.
10. El proyecto de ley protege el ahorro pensional ya existente (aproximadamente 405 billones) y construye nuevo ahorro. Se frena la caída del ahorro que hoy existe en el Fondo de Ahorro Individual debido a los traslados masivos de los fondos privados hacía Colpensiones. La totalidad del mismo seguirá administrada por los fondos privados. Se construye un nuevo ahorro colectivo público (Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo. art. 24) que será la garantía de la pensión de los que hoy son jóvenes.

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