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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Circular 004 del 15 de mayo de 2023, por medio de la cual unifica los Códigos de Operaciones en las Zonas Francas.

Para conocer la Circular 004, haga clic aquí.

Por medio de la Circular 006 del 9 de julio de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, crea un código de operación en Formulario de Movimiento de Mercancías para salidas de la Zona Franca de bienes obligados a presentar Declaración Especial de Importación.

Para conocer la Circular 006, haga clic aquí.

La Resolución 096 del 5 de octubre de 2020, expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, establece las especificaciones técnicas para el intercambio de información en el cumplimiento de obligaciones por parte de los usuarios operadores de zona franca, a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN.

Para conocer la Resolución 096, haga clic aquí.

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El Gobierno emitió el Decreto 0047 del 30 de enero de 2024, "Por el cual se reglamenta el parágrafo 6 del artículo 240-1 del Estatuto Tributario y se modifica parcialmente el Decreto 2147 de 2016", referente al plan de internacionalización y anual de ventas de los usuarios industriales de las zonas francas.

Para conocer el Decreto 047, haga clic aquí.

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo Abondano, anunció la expedición del Decreto 278 del 15 de marzo de 2021, que modifica el régimen de zonas francas en Colombia.

La normatividad expedida busca impulsar la implementación de un modelo de zonas francas 4.0, a través del cual se optimizará la competitividad de este instrumento de promoción de inversión en el país, a partir de la promoción de proyectos empresariales ambiciosos orientados a la sofisticación de la producción interna, modernización y repotenciación del aparato productivo e inserción en cadenas locales, regionales y globales de valor.

Así mismo, mediante la simplificación de requisitos y actuaciones para acceder al instrumento, tanto para nuevos proyectos como para la prórroga de las zonas francas existentes; así como el fortalecimiento del marco institucional con la creación de un Comité Técnico de Zonas Francas en el marco del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación.

De acuerdo con el ministro Restrepo, “con este avance estructural en el régimen, el Gobierno contribuye a posicionar al país a la vanguardia en el hemisferio para la atracción de inversión, al contar con un instrumento moderno que hoy cuenta con 120 zonas francas declaradas”.

Explicó que de este número, 41 corresponde a permanentes y 79 a permanentes especiales, de las cuales cinco han sido prorrogadas.

De igual forma, destacó que el instrumento genera más de 136.000 empleos y ha contabilizado alrededor de $48 billones en inversiones ejecutadas los últimos 13 años.

Las novedades

Promover la economía 4.0 y la exportación de servicios es una de las novedades contempladas en la modificación del régimen, con lo cual se habilita el reconocimiento de activos intangibles (conforme con el régimen de propiedad intelectual vigente), como parte de los compromisos de inversión (hasta por el 20 % de la nueva inversión).

También se permite la realización de comercio electrónico en las zonas francas para usuarios de bienes y servicios, mediante la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes.

Por su parte, para nuevos proyectos de servicios, se establece la posibilidad de reducir compromisos de inversión si realiza exportaciones (efectivamente canalizadas por el mercado cambiario cada año).

Adicionalmente, se habilita que zonas francas permanentes especiales de servicios puedan convertirse en zonas francas permanentes, con el objetivo de calificar usuarios que presten servicios (fundamentalmente de exportación), tales como ciencia, tecnología, innovación, cultura y conocimiento, entre otros.

Otra de las novedades es el desarrollo regional, ya que se elimina el requerimiento de área mínima de 20 Has para las nuevas zonas francas permanentes dedicadas exclusivamente a la prestación de servicios en ciudades y municipios con menos de un millón de habitantes.

En tanto, para nuevos proyectos de zona franca que se localicen en municipios con altos índices de pobreza, se reduce el compromiso de inversión hasta en un 30 %. Esta posibilidad también aplica para la solicitud de prórroga de zonas francas existentes en municipios con dicha característica.

Reducción de tiempos y requisitos

El ministro Restrepo sostuvo que uno de los mayores logros que implica la modificación al régimen es la reducción de tiempos y requisitos. En este sentido, explicó que se disminuye en al menos un 15,2 % el monto mínimo de inversión requerido para la declaratoria y prórroga de zonas francas (en función de tipologías de sectores productivos).

Desde el punto de vista del proceso de trámite de nuevas declaratorias, se reduce de 57 a 24 el número de requisitos que deben ser acreditados, así como el tiempo para la declaratoria de 18 a 6 meses aproximadamente.

También se habilitó la oportunidad de acreditar el cumplimiento de compromisos de inversión a partir de la fecha de solicitud de declaratoria (hasta por el 20 % del compromiso).

Adicionalmente, se abrió la posibilidad para la solicitud de nuevas zonas francas en todo tipo de actividades agroindustriales, así como para concesiones aeroportuarias y férreas (este último sujeto a reglamentación).

De la misma manera, se iguala en 30 años el término máximo para la prórroga tanto de zonas francas permanentes, como permanentes especiales, y se da vía libre a que las zonas francas adicionen áreas no colindantes al espacio originalmente declarado, siempre que dichas áreas se encuentren en el mismo municipio o en municipios limítrofes dentro de la misma jurisdicción aduanera.

También se abre la posibilidad para que zonas francas existentes soliciten la ampliación de las actividades económicas para las cuales se autorizó su declaratoria.

De otro lado, en el marco del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación -SNCI-, se habilitó la creación de un Comité Técnico de Zonas Francas, como instancia para promover la competitividad del régimen de zonas francas frente a terceros países, así como para fortalecer la operación del modelo en el país, mediante un diálogo permanente y constructivo con el sector empresarial.

Para conocer el Decreto 278, haga clic aquí.

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El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo puso en marcha un paquete de acciones para dar un nuevo impulso al modelo de zonas francas, diseñado para jalonar el empleo, la inversión y el desarrollo regional. Como parte de estas medidas, fue expedido el Decreto 1054 de 2019 el cual reglamenta la prórroga del instrumento de las zonas francas.

 

En la construcción de este decreto, participaron todos los miembros de la Comisión Intersectorial de Zonas francas, integrada por la Consejería para la Competividad y Sector Privado, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Hacienda, el Departamento Nacional de Planeación – DNP- y la DIAN.

 

Este Decreto -que brinda seguridad jurídica a inversionistas y empresarios localizados en estas áreas-, permite que las zonas francas permanentes accedan a una prórroga que oscila entre 15 y 30 años adicionales, sujeta a compromisos de ejecución de nuevas inversiones. En el caso de las zonas francas permanentes especiales o uniempresariales, el Decreto definió que el término de prórroga oscilará entre 10 y 15 años, dependiendo de los compromisos de ejecución de nuevas inversiones y generación de empleos.

 

De acuerdo con el Decreto, el 8% de los compromisos de nuevas inversiones deberá estar destinado a actividades de ciencia, tecnología e innovación. Este requisito busca promover la adopción de nuevas tecnologías, mejorar la infraestructura de los usuarios y dar respuesta a los retos de competitividad, productividad y sostenibilidad.

 

Además del Decreto, la estrategia para fortalecer las zonas francas incluye la dinamización de la Comisión Intersectorial, la simplificación de trámites de evaluación y aprobación para la declaratoria de nuevas zonas francas, el seguimiento a las condiciones de inversión y la habilitación de una mesa de facilitación del comercio para zonas francas.

 

De otro lado, Pineda destacó la reciente instalación de la Mesa para la Facilitación del Comercio para las Zonas Francas que comenzó a sesionar el pasado 27 de mayo. En la primera sesión, esta Mesa contó con la participación de entidades del sector público (DIAN, la Polfa, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Consejería para la Competitividad y sector privado, Dian, Invima y DNP) y de gremios como el Consejo Gremial Nacional, Fitac, Analdex, Andi y el Consejo Privado de Competitividad, al igual que usuarios de zonas francas de diferentes zonas del país.

 

Concluyó que, de esta primera sesión, se establecieron matrices de compromisos en las que se identificaron oportunidades de mejora y acciones a desarrollar en materia de aduanas y de operaciones de comercio exterior. En las próximas semanas se desarrollará una agenda de trabajo de las entidades integrantes de la Mesa para avanzar en este plan.

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Tres meses antes de la realización de ferias, exposiciones, congresos y seminarios, sus organizadores podrán solicitar la declaratoria del evento como zona franca transitoria. Así lo establece el decreto 1689 del 24 de octubre de 2016, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que reduce los tiempos para la solicitud.

 

La norma modifica los artículos 13 y 14 del decreto 1300 de 2015, que determinaba que para proceder con la declaratoria de una zona franca temporal se debía gestionar la solicitud con exactamente 4 meses de anterioridad.

 

Ahora, para facilitar el proceso, el tiempo se reduce a 3 meses antes de la realización del certamen, sin ser un periodo exacto, es decir que dentro de ese lapso se puede realizar la solicitud.

 

“Las zonas francas se han convertido en un instrumento de impulso importante a la economía nacional. Con esta regulación buscamos agilizar los trámites, para atraer la realización de grandes eventos y fortalecer su competitividad mediante la declaratoria”, afirmó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture.

 

De igual manera, se reitera que el área que se solicite declarar como Zona Franca Transitoria deberá contar con mínimo 30 metros cuadrados para las oficinas donde se instalarán las entidades de control, como por ejemplo la Dian.

 

La zona deberá estar rodeada de cercas, murallas, vallas o canales, de manera que la entrada o salida de personas, vehículos y mercancías deba realizarse necesariamente por las puertas destinadas para el efecto.

 

Por otro lado, el Ministerio tendrá 15 días, después de recibida la solicitud, para aprobar, negar o enviar comentarios.

 

Entre enero y septiembre de 2016, MinComercio declaró 8 zonas francas transitorias para la realización de eventos, así: 6 en Cartagena, uno en Medellín y uno en Bogotá.

Los eventos beneficiados con esta característica han sido el Congreso Náutico Internacional de Colombia 2016, el Congreso Internacional de Tic ANDICOM, la Reunión del Concreto, Colombia Náutica International Boat Show, el VIII Congreso Iberoamericano de Control de Erosión y Sedimentos, el Wsava 2016, Colombiatex de las Américas y el Salón Internacional del Automóvil.

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Viernes, 19 Junio 2015 09:00

Decreto 1292, modifican estructura de la DIAN

EL Decreto 1292 del 17 de junio, emitido por el Ministerio de Hacienda, modificó parcialmente la estructura de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, entregando las funciones de promoción de los instrumentos de exportación, empleo e inversión al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

 

Para conocer el Decreto 1292 completo y cómo será el proceso de transición con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, haga clic aquí.

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El gobierno nacional emitió el Decreto 1289 del 17 de junio de 2015, mediante el cual se modificó parcialmente la estructura del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en lo referente a zonas francas y otras disposiciones.

 

En su artículo primero, establece que el Ministerio deberá “Formular dentro del marco de su competencia las políticas relacionadas con la existencia y funcionamiento de los sistemas especiales de importación y exportación de las zonas francas, las sociedades comercialización internacional, las zonas especiales económicas de exportación, así como los demás instrumentos que promuevan el comercio exterior y velar por la adecuada aplicación de las normas que regulan estas materias".

 

Para conocer el Decreto 1289 completo, haga clic aquí

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La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana, anunció la puesta en funcionamiento de la Plataforma de Zonas Francas, herramienta que virtualiza los trámites para obtener la declaratoria de zonas francas.

El anuncio se realizó durante un evento llevado a cabo en las instalaciones de la ANDI, junto al presidente de este gremio, Bruce Mac Master, y que contó con la asistencia de empresarios de zonas francas, representantes de firmas consultoras y los potenciales usuarios de esta plataforma.

“Los inversionistas van a encontrar que los trámites, la presentación de documentos, la interlocución con los funcionarios encargados de llevar a cabo los procesos y todos los aspectos relacionados con la solicitud de declaratoria de una zona franca se tramitarán a través de esta plataforma. Esto permite que el proceso sea más eficiente y transparente” afirmó la ministra Lombana durante la presentación de la plataforma.

La funcionaria destacó que esta nueva herramienta digital permitirá el acceso al régimen desde todas las regiones del país, disminuyendo de igual forma los costos asociados para los inversionistas.

Por su parte, el presidente de la ANDI mencionó que “la Plataforma de Zonas Francas es una iniciativa en la que confluyen dos factores de competitividad: por una parte, la simplificación y virtualización de trámites y por otra, el instrumento de las zonas francas que es estratégico para la internacionalización de la economía, la atracción de operaciones de nearshoring y nuevos desarrollos industriales de bienes y servicios”.

Este desarrollo se enmarca en el propósito de virtualizar, de manera progresiva, el 100% de los trámites asociados con el régimen de zonas francas.

La plataforma virtual, disponible en www.zf.mincit.gov.co, generará una trazabilidad completa de los trámites de declaratorias que realizan los inversionistas ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

De acuerdo con los resultados obtenidos a partir de encuestas y del trabajo realizado con el sector empresarial representado, entre otros, por la Cámara de Usuarios de Zonas Francas de la ANDI, se incluyó en esta nueva herramienta un módulo de comunicaciones que permite que los solicitantes puedan realizar consultas, agendamientos de citas y generación de radicados que serán atendidos por funcionarios del Ministerio.

De igual manera, la plataforma permitirá a las entidades que hacen parte de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas acceder al expediente de los trámites, lo cual les facilita contar con datos para tomar decisiones de política pública.

Esta nueva herramienta se suma a otros instrumentos que se han puesto en marcha durante el gobierno del presidente Iván Duque para digitalizar y agilizar los trámites que las empresas deben hacer ante autoridades locales y nacionales.

La plataforma hace parte de la política pública Estado Simple Colombia Ágil, se estima que esta estrategia le ha generado ahorros al país y, particularmente a los ciudadanos, por más de $300.000 millones de pesos.

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