La Superintendencia Financiera expidió la Resolución 0405 de 2026 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las siguientes modalidades de crédito:
Crédito de consumo y ordinario
Se certifica en 17,01% efectivo anual para la vigencia entre el 1 y el 31 de marzo de 2026, la cual representa un aumento de 19 puntos básicos (0,19%) frente a la vigente en febrero de 2026 (16,82%).
Certificaciones para otras modalidades
Las siguientes certificaciones del Interés Bancario Corriente estarán vigentes entre el 1 y el 31 de marzo de 2026.
Modalidad / Efectivo anual
Crédito de consumo de bajo monto / 42,62%
Crédito productivo de mayor monto / 27,20%
Crédito productivo rural / 20,94%
Crédito productivo urbano / 38,69%
Crédito popular productivo rural / 47,54%
Crédito popular productivo urbano / 58,55%
Tasas no certificadas por la SFC basadas en el Interés Bancario Corriente
El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884)[2] y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).
Modalidades de crédito / Interés remuneratorio y de mora / Usura
Crédito de consumo y ordinario / 25,52% / 25,52%
Crédito de consumo de bajo monto / 63,93% / 63,93%
Crédito productivo de mayor monto / 40,80% / 40,80%
Crédito productivo rural / 31,41% / 31,41%
Crédito productivo urbano / 58,04% / 58,04%
Crédito popular productivo rural / 71,31% / 71,31%
Crédito popular productivo urbano / 87,83% / 87,83%