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Resoluciones (540)

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 060 del 12 de junio de 2015, mediante la cual se establece para el año gravable 2014 y siguientes, el contenido y características técnicas para la presentación de la información que debe suministrar el grupo de instituciones obligadas a la entidad; para ser intercambiada de conformidad con la Ley 1666 de 2013 y en desarrollo del “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América para Mejorar el Cumplimiento Fiscal Internacional e Implementar el Intercambio Automático de Información respecto a la Ley sobre el Cumplimiento Fiscal relativo a Cuentas en el Extranjero (FATCA)” y se fijan los plazos para su entrega.

 

Para conocer la Resolución 060 completa, haga clic aquí.

El Ministerio de la Protección Social emitió el pasado seis de abril la Resolución 1015 de 2015, mediante la cual se hacen cambios normativos que impactan el diligenciamiento de la Planilla Integrada de Liquidación de Aporte, PILA.

 

Entre los cambios se encuentran:
En el momento que diligencie el número de documento de sus colaboradores en la PILA se realizará la validación de la coincidencia del número y tipo de identificación del cotizante en la base de datos única de afiliados BDUA, si para el documento que diligenció el código de la EPS reportado en PILA no coincide con la EPS en BDUA, y/o la fecha de afiliación a la EPS registrada es inferior o igual al periodo de cotización diligenciado, automáticamente el operador reemplazará el código de la EPS si el diligenciado es diferente al que se encuentra en la BDUA, sin posibilidad de que pueda ser modificado, entendiendo que la EPS encargada de la prestación de servicios de salud será quien tenga al cotizante cargado en la BDUA.

Si en la PILA coincide el tipo y número de identificación que presenta la BDUA y no hay coincidencia carácter a carácter en los nombres y apellidos del cotizante. En este caso el operador de información le comunicará al aportante los nombres y apellidos registrados en la BDUA, será el aportante quien deberá realizar las modificaciones de los nombres y apellidos de acuerdo con la información que tenga disponible.

 

Para los recaudos de UPC adicional, si coincide el tipo y número de identificación del cotizante adicional de la planilla, el operador de información reemplazará el valor de la UPC adicional con la información registrada en la Base de Datos Única de Afiliados, quiere decir que será válida para PILA el valor de la UPC adicional que calcule la BDUA y así deberá ejecutar el pago del aporte.

 

Si los aportes a realizar corresponden a meses en mora (cartera) el aportante tendrá la opción de seleccionar la EPS; la cual debe corresponder a la entidad a la cual adeudan dichos periodos y deberá efectuar los pagos con planilla tipo N

 

Para conocer completa la Resolución 1015 del 6 de abril de 2015, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 000034 del 27 de marzo de 2015, mediante la cual se prescriben formularios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, correspondientes al año 2015.

 

Entre los formularios mencionados en la presente resolución, se encuentran 140 sobre Declaración Impuesto sobre la renta para la equidad CREE; 440 sobre Declaración de Impuesto a la Riqueza y Complementario de Normalización Tributaria; 490 sobre Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales; y habilita los formularios 300 y 350 correspondientes a 2014, entre otras disposiciones.

 

Para conocer la Resolución 000034 del 27 de marzo de 2015 completa, haga clic aquí

La UAE Junta Central de Contadores emitió la Resolución 129 de 2015, por medio de la cual estableció el reglamento para el funcionamiento interno del tribunal disciplinario de la entidad y derrogó la Resolución 464 del 30 de agosto de 2013.

 

Dicha Resolución incluye temas como la composición, funciones, periodo de los miembros, elección, cargos administrativos y especifica los temas relacionados con las ponencias, deliberaciones, resoluciones,

 

Para conocer la Resolución 129 de 2015 completa de la Junta Central de Contadores, haga clic aquí.

Mediante la Resolución 139 del 24 de marzo de 2015, la Contaduría General de la Nación incorporó, como parte del Régimen de Contabilidad Pública, el Marco normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores; y que no captan ni administran ahorro del público; y se define el Catálogo General de Cuentas que utilizarán las entidades obligadas a observar dicho marco.

 

Para conocer la Resolución 139 del 24 de marzo de 2015, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación, CGN, en el marco de sus competencias legales y constitucionales, incorpora como parte del Régimen de Contabilidad Pública, la estructura del Catálogo general de cuentas para las Empresas que cotizan en el mercado de valores o que captan o administran ahorro del público, bajo el ámbito de aplicación de la resolución 743 de 2013 y modificatorias.

 

Este Catálogo General de Cuentas se utilizará para efectos de homologación y reporte de información a este organismo de regulación contable, en las condiciones y plazos que este defina.

 

Dicho Catálogo está incluido en la Resolución 117 del 11 de marzo de 2015 de la Contaduría General de la Nación. Para conocer la Resolución completa, haga clic aquí.

El ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garzón, afirmó que teniendo en cuenta que más de un millón de colombianos que se encuentran hoy entre los 18 y 28 años de edad, las estrategias del Gobierno Nacional están en este momento encaminadas a buscar mecanismos para proveer ocupación a estos colombianos.

 

Destacó las estrategias, "40.000 mil Primeros Empleos", "Transporte para el Empleo" y "Talentos para el Empleo", las que consideró todo un bloque de búsqueda para proveer empleo a los jóvenes colombianos.

 

El titular de la cartera laboral advirtió sin embargo, que esto no quiere decir que el Gobierno esté descuidando otros sectores de población que no esté en este rango de edad y que por el contrario, también hoy tienen acceso a acompañamiento del Gobierno a través del Servicio Público de Empleo (SPE).

 

El Ministro Garzón, destacó la estrategia de los 40 mil nuevos empleos como un mecanismo a través del cual 40 mil jóvenes colombianos van a tener oportunidad de hacer frente a uno de los principales retenes con los que se encuentran al momento de buscar trabajo: La falta de experiencia.

 

Reveló que en menos de una semana de haberse abierto la convocatoria para que las empresas manifiesten su deseo de ser tenidas en cuenta en el programa de los 40.000 empleos, ya 77 de ellas han hecho pública su manifestación.

 

Sostuvo que van a ser muy exigentes al momento de escoger esas empresas, teniendo en cuenta que el objetivo, es que las mismas, le garanticen continuidad a esos trabajadores que va a pagar el Estado durante seis meses.

 

El viceministro de Empleo y Pensiones, Luis Ernesto Gómez Londoño, quien es el responsable de ejecutar la estrategia, se comprometió que a partir del 15 de abril del presente año se abrirá la convocatoria para los jóvenes que aspiran a su primer empleo en todo el territorio nacional a través de los 302 puntos de atención del Servicio Público de Empleo (SPE), en el país.

 

Bloque de Búsqueda
Según el Ministro del Trabajo, Luis Eduardo Garzón, la construcción del bloque de búsqueda en favor del empleo de los jóvenes, incluye además otros dos programas: "Transporte para el Empleo" y "Talentos para el Empleo".

 

El programa "Transporte para el Empleo", permite que las personas que visiten un centro de empleo en Bogotá, Cali y Medellín y que tengan entrevistas de trabajo tengan la posibilidad de pagar el transporte, por lo que recibirán una tarjeta con un cupo cercano a los 24 mil pesos.

 

El programa "Talentos para el Empleo", ofrece 13 mil cursos de formación en habilidades para el trabajo a personas entre 18 y 45 años. Se trata de cursos de validación del bachillerato, manejo de computadores y finanzas, habilidades que han sido identificadas como esenciales para la búsqueda de empleo.

 

Quienes quieran aplicar a estas becas de formación pueden acercarse a los Centros de Empleo de Bogotá, Barranquilla, Cali, Cúcuta, Medellín, Pasto y Sincelejo.

 

"Esos son los tres programas, entre otros de los que se lideran desde el Ministerio del Trabajo. Aquí todo es bloque de búsqueda en favor del empleo de los jóvenes", señaló el Ministro.

 

Para conocer la Resolución 347 de 2015, en que se basan estos planes, haga clic aquí.

La Junta Central de Contadores, mediante la Resolución 1780 del 30 de diciembre de 2014, estableció los nuevos precios de la tarjeta profesional y el certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de Contadores públicos, entre otros trámites, para el año que inicia.

 

Las tarifas establecidas son las siguientes:

  • Tarjeta profesional: $250.000
  • Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de Contadores Públicos: $22.000
  • Tarjeta de registro de las entidades que prestan servicios al público en general propios de la ciencia contable como profesión liberal: $3.222.000
  • Certificado de la Vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de personas jurídicas: $43.000
  • Duplicados de la tarjeta de Contador Público: $25.000
  • Duplicado de la tarjeta de registro para personas jurídicas: $322.000

Para conocer la Resolución 1780 del 30 de diciembre de 2014 completa, haga clic aquí. 

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