Mostrando artículos por etiqueta: Exportaciones
Resolución 010061, DIAN sobre exportación de ganado a Venezuela
Por medio de la Resolución 010061 del 3 de septiembre de 2025, la DIAN modifica el numeral 2 del arlículo 369 de la Resolución 46 de 2019, referente a la exportación de ganado bobino a Venezuela.
Resolución 108, DIAN sobre emisión de concepto para exportación de chatarra
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 108 del 6 de octubre de 2021, por medio de la cual se modifica el artículo 651-1 de la Resolución 46 de 2019, referente a la emisión del concepto favorable o desfavorable para la exportación de desperdicios y desechos de chatarra de fundición de hierro o acero y lingotes de chatarra de hierro o acero.
Decreto 1047, establece una prohibición a las exportaciones de carbón a Israel
Por medio del Decreto 1047 de 14 de agosto de 2024, el Ministerio de Comercio establece una prohibición a las exportaciones de carbón a Israel.
Decreto 686, medidas transitorias en sistemas especiales de importación -exportación
A través del Decreto 686 del 22 de mayo de 2020, el Ministerio de Hacienda adopta disposiciones transitorias en materia de sistemas especiales de importación -exportación, consumidor, turismo y zonas francas, para mitigar los efectos causados por la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19".
Para conocer el Decreto 686, haga clic aquí.
Decreto 285, actualiza Plan Vallejo y se impulsa la exportación de servicios
A través del Decreto 285 del 26 de febrero de 2020, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo moderniza el Plan Vallejo (un instrumento para impulsar el comercio exterior), lo sistematiza y lo hace más accesible a las Mipymes, principalmente del sector de los servicios.
La mencionada norma adapta el Plan Vallejo a las circunstancias actuales de mercado y flexibiliza la fijación de la lista de bienes que se benefician del programa.
Así, se permite la importación temporal de insumos como maquinaria y equipo industrial, equipos de cómputo y sus accesorios, equipamiento para los sectores de la salud y las telecomunicaciones. También cobija compras externas del sector aeronáutico, al igual que de instrumentos de medición, para luego lograr la exportación de servicios.
Al flexibilizar la fijación de una lista de bienes, lo que se busca es que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo defina por resolución, ya no por Decreto, los servicios que podrán usar el programa. Tal como ocurre en bienes, el compromiso de exportación será, como mínimo, un valor equivalente a 1,5 veces el valor de los bienes importados.
“Con esta medida, seguimos avanzando en la aplicación de nuestra Política de Comercio Exterior ‘Colombia Exporta’, que busca aumentar las exportaciones de bienes y servicios no minero energéticos, diversificar la oferta, ampliar el tejido exportador y facilitar el comercio”, señaló el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.
Además, el nuevo Decreto elimina la exigencia de la garantía que solo se exigía a los exportadores de servicios pero no a los de bienes, las licencias de importación, limitante de la actividad económica principal.
“Un sector exportador de servicios que se verá especialmente beneficiado es el turismo. Los inversionistas en proyectos hoteleros se quejaban de que la lista de bienes admisibles era muy estrecha, lo cual afectaba los planes de inversión o expansión. El Plan Vallejo de Servicios era rígido y esto limitaba su potencial como dinamizador de exportaciones. Con el Decreto se flexibiliza”, explicó el Ministro.
Desde diciembre del 2015, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo asumió nuevamente la administración del Plan Vallejo, que antes estaba en manos de la Dian. Desde ese momento y hasta la fecha, el Ministerio ha aprobado 88 nuevos planes y ha modificado 158 programas, la mayor parte del sector agroindustria y manufacturas. Hoy son 540 empresas plan vallejistas. De ese total, 12 corresponden a servicios.
Para conocer el Decreto 285 haga clic aquí.
Colombia abre nuevas oportunidades de exportación en Estados Unidos
El Gobierno de Estados Unidos expidió una nueva orden ejecutiva que abre una oportunidad significativa para las exportaciones colombianas.
El cambio más relevante está en el Anexo III, que contempla productos a los que se podría reducir el arancel al cero por ciento en el marco de las negociaciones comerciales que hoy adelanta Colombia con Estados Unidos. Esto permitiría que exportaciones clave como café, flores, banano, plátano, aguacate y limón Tahití ingresen sin aranceles, fortaleciendo la competitividad del aparato productivo, impulsando la producción nacional y generando más empleo e ingresos en las regiones. En total, estas oportunidades representan USD 4.536 millones en exportaciones, equivalentes al 24,6% del total hacia Estados Unidos y al 65,2% de las no minero energéticas.
Con la llegada de la ministra Diana Morales al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se adelantó un ejercicio técnico riguroso, se establecieron las bases de la negociación y, por primera vez, se generó la voluntad política necesaria para abrir un nuevo capítulo en la relación bilateral. Gracias a este impulso, hoy Colombia participa en un proceso formal que prioriza los productos con mayor impacto en las regiones.
De manera complementaria, la actualización del Anexo II mantiene protegidas exportaciones por USD 9.807 millones, equivalentes al 53,2% del total de las ventas a Estados Unidos, principalmente en bienes minero energéticos.
DIAN presentará plan canguro exportador
El Plan Canguro Exportador es un programa para orientar a los ciudadanos en los trámites de exportación y en los aspectos básicos de acceso al servicio informático electrónico de salida de mercancías.
En el programa se ofrece acompañamiento a los ciudadanos en el trámite de exportación y la información que deben entregar al diligenciar los formularios aduaneros a través del servicio informático electrónico de salida de mercancías, desde su inicio con la Solicitud de Autorización de Embarque (SAE) hasta la obtención de la Declaración de Exportación (DEX).
¿Cuál es el objetivo del Plan Canguro Exportador?
El objetivo de esta estrategia es entregarle herramientas a los ciudadanos y usuarios para mejorar la logística y la utilización de los servicios tecnológicos para el control y la facilitación de las operaciones de exportación.
El programa también promueve la actuación directa en las exportaciones que realicen las personas naturales y jurídicas a nivel nacional, en especial las MIPYMES. Así se reducen los tiempos en las operaciones de comercio exterior.
¿Cómo se accede al Plan?
Para acceder al Plan acérquese a los Puntos de Contacto de la DIAN, donde las divisiones de servicio al ciudadano lo orientarán.
Envíos Urgentes o Envíos de Entrega Rápida en Reforma Tributaria
La DIAN informó que en virtud de lo establecido por el artículo 53° de la Ley 2155 de septiembre 14 de 2021, a partir del 14 de septiembre de 2021 entró en vigencia la exclusión del IVA en la importación de bienes por la modalidad de tráfico postal, envíos urgentes o envíos de entrega rápida cuyo valor no supere los doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 200).
El beneficio aplica para las mercancías que no tengan fines comerciales, procedan de los países con los cuales Colombia tiene suscritos acuerdos o tratados vigentes de libre comercio y que en virtud de los mismos, se obligue al no cobro de este impuesto.
Exportaciones inferiores a € 6.000 no requieren Certificado EUR1
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recordó a los exportadores colombianos tener en cuenta los beneficios que otorga la Unión Europea y los países EFTA (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), para sus envíos inferiores a €6.000 euros. Uno de los cuales contempla gestionar la Declaración de Origen en la factura o cualquier otro documento comercial.
En tal sentido, se aclara que no es necesario tramitar un Certificado de Circulación de Mercancías EUR1, para poder acceder al trato arancelario preferencial que otorgan estos dos acuerdos comerciales a productos que cumplan sus normas de origen.
Es importante igualmente tener en cuenta los textos exigidos por cada uno de los acuerdos, a diligenciar en la factura o documento comercial determinado para declarar el origen, de la siguiente forma:
Acuerdo Comercial entre Colombia y Perú, por una parte y la Unión Europea y sus estados miembros, por otra
(versión española)
"...El exportador de los productos incluidos en el presente documento (autorización aduanera o de la autoridad gubernamental competente Nº…(1)) declara que, salvo indicación en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial (2)
(3) (Lugar y fecha)
(4) (Firma del exportador)
(Deberá indicarse de forma legible nombre y apellidos de la persona que firma la declaración)
(Ver Apéndice 4 del Anexo II)
Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y la AELC (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza) -
versión castellano
"...El exportador de los productos incluidos en el presente documento (autorización Nº…(1)) declara que, salvo indicación en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial…(2)
(3) (Lugar y fecha)
(4) (Firma del exportador)
(Adicionalmente, el nombre de la persona que firma la declaración debe ser indicado claramente)
(Ver Apéndice 3b al Anexo V)
De esta forma, la DIAN invita a los exportadores a hacer uso de este importante beneficio a través del cual ahorran tiempo y costos, y de manera especial, redunda en la protección a la salud propia y de todas las personas que intervienen en los procesos de exportación.
Guatemala da tratamiento arancelario preferencial a productos colombianos
El látex de caucho y productos del sector textil y confecciones ya pueden ingresar con alguna preferencia arancelaria a Guatemala. Este primero de mayo entró en vigor la profundización suscrita con ese país el 2 de noviembre del 2018.
La puesta en marcha de esta profundización se da luego de que cada país culminara los respectivos procesos internos para reglamentar las Decisiones 16 y 17, suscritas entre Colombia y Guatemala, al amparo del TLC que está vigente con los países del Triángulo Norte.
Los bienes mencionados podrán entrar a Guatemala libres de arancel o quedarán bajo cronogramas de desgravación que van de tres a siete años. Esto va en línea con la estrategia de aprovechamiento de acuerdos comerciales y mercados estratégicos, que hace parte de la política de comercio exterior, Colombia Exporta Más.
Entre las empresas que exportan productos del sector textil y confecciones a ese destino se encuentran: Manufacturas Eliot, Textiles Lafayette, STF Group, Arturo Calle, Industrias Inca, Crystal, Protela, Coats Cadena Andina, Fabricato, Encajes SA, Textil Colombia, entre otras.
Y del sector de caucho: Sempertex, Eterna, Protex, Indulatex, Latexport SAS, entre otras, se verán beneficiadas con el látex de caucho, el cual tendrá libre acceso arancelario de manera recíproca entre ambos países.