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El presidente de la República, Iván Duque Márquez, acompañado por el ministro de Hacienda y Crédito Público, José Manuel Restrepo, sancionó la Ley de Inversión Social con la que se garantizan $15,2 billones para la atención de los más vulnerables, la reactivación económica y la estabilidad de las finanzas públicas.

La Ley garantiza la continuidad del Ingreso Solidario hasta diciembre de 2022, la reactivación del Subsidio a la Nómina hasta diciembre de 2021 y el fomento a la creación de empleo, especialmente juvenil y femenino, poblaciones con los índices más altos de desempleo en el país.

Por ejemplo, en cuanto a reducción de la pobreza, se proyecta que el impacto de la iniciativa reducirá los niveles de pobreza extrema de 15,1% en 2020, a 6,7% en 2022. También disminuirán los niveles de pobreza moderada de 42,5% en 2020, a 34,3% en 2022. En total, con Ingreso Solidario se beneficiarán 4,1 millones de hogares, equivalentes a 14,3 millones de personas.

En cuanto al programa que busca generar condiciones para contratar jóvenes, mujeres y a la población en general, se proyecta beneficiar 500 mil jóvenes, 216 mil mujeres y generar otros 265 mil puestos de trabajo, recuperando alrededor de 1 millón empleos y recuperar los niveles de desempleo a cómo estaban antes de la pandemia.

En materia de educación, el proyecto incluye la matrícula gratuita como política de Estado, para estudiantes en condición de vulnerabilidad que beneficiará a 695 mil estudiantes del país. De igual forma, los jóvenes también se beneficiarán de medidas de alivio en los créditos otorgados por el ICETEX.

Cabe resaltar que además, se incluyeron medidas para fortalecer el mecanismo de Regla Fiscal, a través de una mayor capacidad técnica e independencia con la creación del Comité Autónomo de la Regla Fiscal, el anclaje de deuda pública que permita converger a niveles prudenciales y el fomento a la equidad de género en la conformación de dicho comité.

Para conocer la Ley 2155, haga clic aquí.

Con la entrada en vigor de la Ley 2155 de 2021 (Ley de Inversión Social), los contribuyentes que presenten mora en el pago de obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, a 30 de junio de 2021, y cuyo incumplimiento se haya ocasionado o agravado como consecuencia de la pandemia, pueden acceder a la reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés, contempladas en el artículo 45 de la Ley de Inversión Social.

Los alivios determinados en esta ley reducen en 80% el valor de las sanciones y la tasa de interés moratoria establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario, que será liquidada diariamente a una tasa de interés diario equivalente al 20% de la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Para que estos beneficios sean efectivos, el contribuyente debe realizar el pago de la obligación tributaria a cargo hasta el 31 de diciembre de 2021.

De igual manera, los contribuyentes interesados en solicitar facilidad de pago, la cual se otorga una vez se acredite el cumplimiento de los requisitos que exige el procedimiento legalmente determinado, podrán acceder a los beneficios antes mencionados durante toda la vigencia del acuerdo, siempre y cuando, este mecanismo de facilitación haya sido solicitado máximo hasta el 10 de diciembre de 2021.

"El llamado es a que los contribuyentes que tienen obligaciones pendientes con la DIAN, accedan de inmediato a la reducción del 80% en las sanciones y la tasa de interés de mora y realicen el pago, aprovechando este beneficio en los tiempos determinados" indicó Julio Lamprea Fernández, Director de Gestión de Impuestos.

Cabe señalar que la reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés aplica para obligaciones fiscales del orden nacional, que presenten mora en el pago, entre otras, las obligaciones que sean objeto de corrección o presentación extemporánea, los anticipos del Régimen Simple de Tributación, las obligaciones incluidas en actos administrativos y las obligaciones incluidas en sentencias judiciales, cuyo vencimiento fue hasta el treinta (30) de junio de 2021.

Así mismo, se incluyen las sanciones autoliquidadas y las determinadas por la DIAN actualizadas en los términos del artículo 867-1 del Estatuto Tributario y que correspondan a hechos ocurridos con anterioridad al 30 de junio 2021.

Para ponerse al día con la reducción transitoria de la sanción y de tasa de interés, el contribuyente deberá realizar el pago ante las Entidades Autorizadas para Recaudar, mediante la utilización de los formularios 490 o 690, según corresponda.

De esta manera, la Ley de Inversión Social presenta alternativas a los contribuyentes para impulsar y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones y así, desde la DIAN cumplir con el compromiso de garantizar la sostenibilidad fiscal del Estado.

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