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El IASB, organismo encargado de la emisión de Normas Internaciones de Información Financiera (NIIF), está llevando a cabo un proceso de discusión pública del proyecto de modificación de norma denominado “Clasificación de Pasivos (Modificaciones propuestas a la NIC 1)”. Por su parte, el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (GLENIF), cuyo representante por Colombia es el CTCP, ha conformado el Grupo Técnico de Trabajo 38 (GTT 38) para analizar esta temática y presentar una posición unificada por Latinoamérica ante el IASB.

 

De acuerdo con lo anterior, el CTCP pone a disposición del público el mencionado proyecto de norma, el cual contiene las preguntas planteadas por el IASB y sobre las cuales pedimos el envío de comentarios a las direcciones electrónicas Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. hasta el 11 de abril de 2015, con el fin de consolidarlos y remitirlos al Glenif.

 

Se advierte que una vez el IASB emita la modificación correspondiente, el CTCP la pondrá en discusión pública para que surta el debido proceso previsto en la Ley 1314 del 2009.

 

Los documentos relacionados con el aludido proyecto de norma pueden ser consultados haciendo click aquí.

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, en calidad de organismo integrante del GLENIF, presentó el resumen de comentarios y conclusiones en Colombia sobre la propuesta del IASB de modificar la NIC 1 para aclarar que la clasificación de los pasivos como corrientes o no corrientes debe basarse en los derechos de la entidad al final del periodo de presentación.

 

Este resumen se remitirá al Glenif -Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera- para que lo consolide, discuta y envíe posteriormente la respectiva carta comentario al IASB con la opinión del grupo.

 

La posición del consejo, después de preguntar a los distintos grupos de interés y analizar los comentarios, es la modificar los párrafos 69d y 73 de la NIC 1 en los términos de la propuesta del IASB, Así mismo, indicó la necesidad de encontrar una definición para la palabra derecho que ayude a comprender los distintos contextos legales en que la norma será aplicada.

 

Para consultar el documento puede hacer click aquí.

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