Durante los dos primeros meses del año, el recaudo bruto acumulado de los tributos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, fue de $29,64 billones, mostrando un crecimiento de 12.8% en comparación con el mismo período de 2019, en el que se lograron ingresos por $26,28 billones.

 

El 79.4% del recaudo se concentró en tres conceptos: retención en la fuente a título de renta, con ingresos por $10,72 billones y una participación del 36.2%; IVA con una participación de 28.1% e ingresos por $8,32 billones, y los tributos asociados al comercio exterior que representaron un recaudo de $4,48 billones y un aporte del 15.1%.

 

De los impuestos mencionados se destaca el recaudo por retención en la fuente a título de renta, que presentó un incremento del 20.0% en comparación con el mismo período de 2019 y contribuyó a la variación con el 6.8%. Es decir, de los 12.8 puntos porcentuales de aumento del recaudo, este concepto aportó 6.8 puntos, mientras que el IVA creció en 10.8% en el mismo período.

 

De manera agregada, el 84.9% del recaudo bruto corresponde a los tributos asociados a la actividad económica interna, aportando $25,16 billones, en tanto que, los tributos asociados al comercio exterior contribuyeron con el restante 15.1%

 

Febrero
En febrero de 2020 el recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN alcanzó la suma de $10,1 billones, creciendo 11.2% en relación con el mismo período de 2019, en el que se recaudó $9,08 billones. El recaudo por retención en la fuente a título de renta se constituyó en el de mejor comportamiento en el período observado, mostrando un incremento de 16.5%, al pasar de $3,38 billones en 2019 a $3,94 billones en 2020 y una contribución de 6.1% a la variación.

 

En el mismo sentido se comportó el recaudo derivado de los tributos aduaneros, que en el período observado representó ingresos por $2,26 billones, que comparado frente al mismo período de 2019 muestra un crecimiento de 11.1% y una contribución a la variación de 2.5 puntos porcentuales.

 

Recaudo por Gestión
En febrero se adelantó la segunda jornada Al día con la DIAN, le cumplo al país, enfocándose en la investigación y embargo de bienes, para lo cual, se llevaron a cabo 3.263 acciones dirigidas a los bienes de contribuyentes que presentaban cartera en mora en cuantía de $187.276 millones.

 

Lo anterior, coadyuvó a que el recaudo por gestión de cartera alcanzara en febrero la cifra de $2,48 billones, representando un crecimiento del 42.5%, frente al mismo periodo del año 2019.

Hasta el 24 de marzo el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta el numeral 4 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario y se sustituyen los artículos 1.2.1.22.44., 1.2.1.22.45. y 1.2.1.22.46. al capítulo 22 del título 1 de la parte 2 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”, relacionado con la exención del impuesto de renta para viviendas de interés social y prioritario.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Los miembros de la Junta Directiva del Banco de la República, el Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Superintendente Financiero de Colombia se reunieron en la mañana del lunes 9 de marzo para analizar la situación económica y financiera, a raíz de los desarrollos recientes en el frente externo, la caída del precio del petróleo y el deterioro de los mercados financieros internacionales, en el contexto de la emergencia sanitaria internacional.  

 

El Gerente informó a los participantes las principales conclusiones de la Global Economic Meeting, teleconferencia convocada por el Banco de Pagos Internacionales y que tuvo lugar previamente. En esta, los principales bancos centrales del mundo, incluyendo los de los mercados emergentes, compartieron la evolución de la situación de sus economías en la actual coyuntura, los frentes en los que vienen trabajando y los mecanismos de coordinación con los que se encuentran operando.  

 

Tras analizar la información disponible las autoridades colombianas consideraron que:

  • Los fundamentos de la economía colombiana se mantienen sólidos y permiten absorber los choques externos descritos sin traumatismos severos sobre la actividad real y la estabilidad financiera.
  • El sistema financiero cuenta con indicadores adecuados de solvencia, liquidez y de gestión de riesgos y con la capacidad de absorber choques importantes de riesgo de mercado, liquidez y de crédito, que son simulados permanentemente por el Comité de Coordinación y Seguimiento del Sistema Financiero.  
  • Las condiciones globales se han deteriorado rápidamente y la tasa de cambio está respondiendo de forma previsible a estos cambios.
  • Se mantendrá una vigilancia continua en los siguientes frentes: la liquidez y la volatilidad del mercado cambiario, las condiciones de liquidez interna y externa y las posibles implicaciones fiscales.   
  • Las autoridades tomarán las acciones pertinentes de forma coordinada y las decisiones se anunciarán conjunta y oportunamente.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se establecen las condiciones para la importación de mercancías y de viajeros con destino al Campeonato Masculino de Futbol Internacional Copa América 2020.

 

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 13 de marzo de 2020, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios hasta el 21 de marzo de 2020, hasta las 12:00 de la noche, “Por el cual se reglamenta los artículos 22, 23, 24, 25 y 26 de la ley 2010 de 2019 y se adiciona unos artículos al Decreto 1625 de 2016, único reglamentario en materia Tributaria”, sobre la exención especial del impuesto sobre las ventas – IVA.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Hasta el 21 de marzo de 2020 el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta el artículo 35 del Estatuto Tributario y se sustituye el artículo 1.2.1.7.5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente al rendimiento mínimo anual de préstamos entre las sociedades y sus socios por el año gravable 2019.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Mediante el Decreto 359 del 05 de marzo de 2020, el Ministerio de Hacienda reglamenta los artículos 55, 126-1, 126-4,206,206-1,235-2,383,387 Y 388 del Estatuto Tributario y se modifica el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente al sistema general de pensiones.

 

Para conocer el Decreto 359, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 358 del 05 de marzo de 2020, por el cual se reglamentan los artículos 511, 615, 616-1,616-2,616-4, 617, 618, 618-2 Y 771-2 del Estatuto Tributario, 26 de la Ley 962 de 2005 y 183 de la Ley 1607 de 2012 y se sustituye el Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, sobre la factura electrónica.

 

Para conocer el Decreto 358, haga clic aquí.

El Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, adoptó  un manual de metodologías  para identificar y valorar riesgos en proyectos de infraestructura, que se convertirán en un instrumento eficiente para la mitigación de riesgo fiscal al cual se encuentra expuesto la Nación.

 

De acuerdo con el director de Crédito Público y Tesoro Nacional César Arias, con la adopción de estas metodologías se pretende alinear la cuantificación de los riesgos a los que se encuentra expuesta la Nación, tales como los de menor recaudo y sobrecostos, acorde con la realidad y el avance de los proyectos que actualmente se encuentran en ejecución, especialmente los proyectos de cuarta generación de concesiones viales.

 

“Adicionalmente, estas metodologías podrán ser referente de buenas prácticas para las entidades territoriales que desarrollen proyectos de infraestructura con participación privada. Sin duda, se trata de un gran avance que le ahorrará dolores de cabeza tanto a la nación como a las regiones, departamentos, ciudades y municipios del país”, indicó Arias.

 

El Banco Mundial y la Embajada de Suiza, Cooperación Económica Suiza (SECO), han venido apoyando este proceso en varios frentes complementarios que contribuyen a los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Entre los que se encuentra el manejo de los riesgos fiscales en proyectos de infraestructura a través de Asociaciones Público-privadas y la movilización de recursos del sector privado con una participación importante del mercado de capitales.

 

En aras de facilitar la aplicación de las metodologías y su óptima difusión, la Dirección de Crédito Público, construyó un manual metodológico, que contempla las mejores experiencias internacionales aportadas por organismos multilaterales tales como: el Banco Mundial, la Cooperación Suiza – SECO y el Tesoro Americano.

De igual forma, se contó con la asesoría y revisión técnica por parte de Juan de Dios Ortúzar experto en tráfico y profesor emérito de la Pontificia Universidad de Chile, así como de Michael Bennon director de Stanford Global Project Center.  Estos dos expertos apoyaron el proceso de elaboración de la metodología, aportando sus conocimientos y experiencias previas respecto a las mejores prácticas que se podrían adoptar.

 

Arias destacó que estas nuevas metodologías son un avance en la política de infraestructura del país, dado que contribuyen a cuantificar y mitigar el impacto fiscal que pueda tener la materialización de los riesgos en estos megaproyectos. Así mismo garantiza la rigurosidad técnica al pasar por el filtro de expertos internacionales y organismos multilaterales.

Por medio de la Resolución No. 033 del 10 de febrero de 2020, la Contaduría General de la Nación modifica el parágrafo 1 del artículo 2º de la Resolución 484 de 2017, modificatoria del artículo 4º de la Resolución 533 de 2015, en lo relacionado con el plazo de presentación del estado de Flujos de Efectivo de las Entidades de Gobierno.

 

Para conocer la Resolución 033, haga clic aquí.

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