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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que, a partir del 01 de diciembre próximo, los ciudadanos que requieran ser atendidos en el Punto de Contacto de la Dirección Seccional de Impuestos de Sincelejo, deberán programar su cita a través del servicio de agendamiento de la Entidad, mediante el cual serán atendidos los siguientes trámites:

 

A través de este servicio serán atendidos trámites como:
• Inscripción o Actualización RUT persona Natural y/o Mecanismo Digital (Emisión y Renovación
• Inscripción o Actualización RUT persona Jurídica
• Solicitudes especiales (cancelación de RUT, cese de actividades en ventas y cambio de régimen
• Facturación.
• Multitrámite (Varios trámites personales en forma simultánea: Inscripción o actualización RUT, Mecanismo Digital y Facturación.

 

Las citas podrán ser programadas través del portal de la DIAN, www.dian.gov.co, en el enlace Agendación Citas, y de las líneas de asistencia al cliente: en Bogotá al teléfono 4878200 o a la línea nacional 01 900 555 8484 de lunes a viernes de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados y festivos de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.

 

Para mayor información comuníquese al Contact Center en Bogotá 057(1) 5462200 - 057(1) 6059830 o la línea nacional: 01 900 555 0993 o 01 900 111 5462

La Comisión Primera del Senado de la República aprobó este martes en tercer debate el proyecto de ley que establece fuertes sanciones a las personas naturales y jurídicas que incurran en actos de corrupción transnacional.

 

De acuerdo con el proyecto, las personas naturales que incurran en soborno transnacional tendrán prisión de entre nueve y 15 años y multa de entre 650 y 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término.

 

En tanto, para personas jurídicas, la Superintendencia de Sociedades podrá imponer multas hasta de 200.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando éstas, por medio de uno o varios de sus empleados o administradores, sobornen a un servidor público.

 

En ese sentido, el Proyecto de Ley No. 159 de 2014 se ocupa de establecer un régimen administrativo sancionatorio para las personas naturales y jurídicas que incurran en la conducta de soborno transnacional y ajustar y complementar el tipo penal de cohecho contenido en Código Penal.

 

El mencionado régimen sancionatorio queda a cargo de la Superintendencia de Sociedades para todas las personas jurídicas, así como las personas naturales que actúen en beneficio de las mismas, a excepción de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera.

 

Así mismo, el proyecto señala las entidades que pueden ser sancionadas, las sanciones que pueden ser impuestas, los criterios para graduarlas y el procedimiento a aplicar.

 

Además, establece los beneficios que pueden ser concedidos a quienes colaboren eficazmente en la sanción del soborno transnacional y señala los medios de asistencia jurídica a los cuales pueden acudir las superintendencias.

 

Ahora el proyecto pasa a debate en la Plenaria del Senado de la República.

 

Un paso más hacia la OCDE

El Proyecto de Ley No. 159 de 2014, que el cinco de mayo fue aprobado en primer debate por la Comisión Primera de la Cámara, representa un paso fundamental hacia el ingreso de Colombia a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

 

Mediante la Ley 1573 de 2012, el Congreso de la República aprobó la “Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales”, como parte de los compromisos asumidos con la OCDE.

 

Esta convención impone una serie de obligaciones al Estado colombiano, entre las cuales se encuentra ajustar su ordenamiento jurídico para sancionar efectivamente a las personas naturales y jurídicas que incurran en actos de soborno transnacional.

La Sección Cuarta del Consejo de Estado falló una acción de nulidad el la cual indicó que los intereses moratorios y las sanciones recaudadas por el porcentaje del impuesto predial de la Ley 99 de 1993 no hacen parte de la sobretasa en favor de las Corporaciones Autónomas Regionales que debe transferir el Distrito Capital.

 

Síntesis del caso: En ejercicio de la acción de nulidad, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, demandó apartes del Concepto No 2009IE33476 del 19 de octubre de 2009 proferido por la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Hacienda de la Alcaldía de Bogotá, relativo al porcentaje del impuesto predial recaudado que el Distrito Capital que debe ser transferido a las Corporaciones Autónomas Regionales. Los argumentos del demandante se sintetizan así:

 

a) en virtud del artículo 44 de la Ley 99 de 1993, se debe transferir a las Corporaciones Autónomas un porcentaje sobre el total del recaudo por concepto de impuesto predial, sin distinción entre lo recaudado por impuestos, intereses o sanciones, de manera que lo previsto en el Concepto acusado vulnera dicho precepto legal al excluir de la transferencia los intereses y sanciones;

 

b) tanto en la transferencia de un porcentaje del impuesto predial como en la destinación al medio ambiente de una sobretasa, no es admisible diferenciar los ingresos por sanciones e intereses;

 

c) la actuación de la Secretaría de Hacienda viola los principios de la buena fé y de confianza legítima, ya que la medida es arbitraria, repentina e improvisada.

 

Extracto: “El artículo primero del Decreto 1339 de 1994, que reglamentó el artículo 44 de la Ley 99 de 1993, dispuso que, para destinar un porcentaje del impuesto predial a favor de las corporaciones autónomas regionales, los municipios pueden optar por una sobretasa o un porcentaje del total del impuesto predial recaudado. Los artículos 2 y 3 del Decreto 1339 de 1994 prevén las condiciones en que se debe girar la sobretasa y el porcentaje total del recaudo.

 

Las normas citadas reiteran lo dicho en el artículo 44 de la Ley 99 de 1993. Respecto de la sobretasa, que se calcula sobre la misma base que se tiene en cuenta para tasar el impuesto predial, esto es, sobre el avalúo de los bienes. Y como está previsto que la sobretasa se recaude de manera conjunta con el impuesto predial, el artículo 2 del Decreto 1339 de 1994 dispone que si el contribuyente incumple el pago de la sobretasa incurre en mora en las mismas condiciones en que se incurre por la mora en el pago del impuesto predial.

 

Es por esto que la norma exige que los intereses por mora causados por el pago inoportuno de la sobretasa se giren a la correspondiente corporación autónoma. En el caso del “porcentaje del total de recaudo del impuesto predial”, se reitera que se calcula a la tarifa prevista en el respectivo acuerdo municipal sobre el total recaudado por concepto de impuesto predial.

 

Debe entenderse que ese recaudo no incluye los intereses de mora ni a las sanciones por cuanto estos rubros no corresponden al concepto de ingresos tributarios, como lo precisó el a quo, y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en el concepto 016 del 3 de noviembre de 2003, al aclarar, con fundamento en el artículo 27 del Decreto 111 de 1996, que los intereses de mora, por definición hacen parte de los ingresos no tributarios. Lo anterior por cuanto, los intereses de mora tienen naturaleza punitiva y resarcitoria pues su objeto es indemnizar el perjuicio causado por la mora en el pago de la obligación crediticia, en este caso, del impuesto.

 

Sentencia del 8 de octubre de 2015. Exp. 25000-23-27-000-2012-00456-01 (20345) M.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas. Medio de control de nulidad.

 

NOTA DE RELATORÍA: Se negaron las pretensiones de la demanda contra el Concepto N° 2009IE33476 proferido por la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Hacienda de la Alcaldía Mayor de Bogotá

El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas presentó este durante el lanzamiento de Proyecto F de Asobancaria, las iniciativas del Gobierno Nacional para contribuir con la reducción del uso del efectivo en Colombia.

 

El Ministro señaló que desde el Gobierno se trabaja en la digitalización de algunos de los pagos del Estado, como nóminas o impuestos.

 

“La estrategia que es de menor complejidad y mayor impacto es la de las cuentas maestras. Entonces es decirle a las entidades que giran recursos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, que esos giros los hagan electrónicamente. Ahí hay un campo atractivo para trabajar”.

 

Así mismo, explicó que se está avanzando en temas como los peajes electrónicos y manifestó que ya hay mesas de trabajo entre el Ministerio de Transporte, la Unidad de Regulación Financiera, la Superintendencia Financiera y Asobancaria para lograr que los colombianos puedan transitar por las vías del país sin usar efectivo para el pago de los peajes.

 

Recordó que en programas como Familias en Acción ya se están entregando los recursos de manera electrónica pero se ha encontrado que los beneficiarios cuando reciben la plata, retiran todo el dinero.

“Ya estamos pensando cómo hacemos para que las personas no sólo tengan acceso a una cuenta sino para que la utilicen. Estamos identificando barreras que dificultan los pagos digitales en los pequeños comercios. Tanto de los ciudadanos al comerciante, como del comerciante a sus proveedores”.

 

Destacó el interés del Foro Económico Mundial en profundizar en los temas de inclusión financiera y por ello anunció que realizarán un estudio para identificar las barreras que impiden que los comerciantes tengan mayor aceptación de pagos electrónicos.

 

“Acabamos de hacer un acuerdo con el Foro Económico Mundial que está muy interesado en profundizar en la agenda de inclusión financiera y en los próximos dos meses vamos a realizar una serie de seminarios para entender los problemas que no permiten avanzar en este aspecto”.

 

Igualmente, el alto funcionario destacó los avances en la política de inclusión financiera, impulsada por el Gobierno Nacional y señaló que ésta, al igual que otras iniciativas del Gobierno, tiene como pilar fundamental el trabajo conjunto entre el sector público y el privado.

 

En ese sentido manifestó que Proyecto F de Asobancaria, es un ejemplo de ese trabajo conjunto que permitirá avanzar en la meta de reducir el uso del efectivo para que los colombianos no tengan que enfrentar los costos, la inseguridad y las ineficiencias propias del uso excesivo del dinero físico.

 

“Usar mucho efectivo es malo, tiene muchos inconvenientes. Uno de ellos es que lo que paga en efectivo no se declara, eso explica porque en Colombia tenemos tasas de evasión tan altas. Hay una gran parte de la base gravable que está evadiendo porque no registra las transacciones que se hacen en efectivo. Muchas transacciones en efectivo también hacen que el nivel de intermediación financiero no sea el óptimo”, puntualizó el Ministro.

En octubre 2015, el recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN alcanzó la cifra de $7,3 billones, $1,04 billones más respecto al mismo período de 2014 con una variación nominal de 16.7%.

 

La variación se logró gracias al incremento del 21.4% de la Retención en la Fuente de Renta, IVA y Timbre que se traduce en una contribución del 8.9% a la variación del recaudo total. Le siguen los tributos externos con un crecimiento del 16.9% y una contribución a la variación del 4.5%.

 

Del recaudo asociado a los tributos internos se destacaron los ingresos por Retención en la Fuente que pasaron de $2.6 billones en octubre de 2014 a $3.2 billones en el mismo mes de 2015; en cuanto a los tributos externos en las operaciones de comercio exterior: arancel e IVA externo, el recaudo aumentó respecto a octubre de 2014 en cerca de $283 mil millones, alcanzando el valor de $1,96 billones.

 

El recaudo de los impuestos nacionales enero - octubre de 2015
Para el período enero – octubre de 2015, el recaudo bruto acumulado creció un 8.5% frente al mismo periodo de 2014, al pasar de $ 98.0 billones a $106.3 billones, cerca de $ 8.4 billones adicionales.

 

Ahora bien, el tributo de mayor tasa de crecimiento es el de Renta CREE con 17.4%, que significó un aumento de $1 billón en relación con el mismo período de 2014. Por su parte, los tributos al comercio exterior aumentan 17.3%, aproximadamente $2.5 billones más que en el periodo enero - octubre de 2014.

 

Renta Naturales
En 2015, 2.086.085 contribuyentes presentaron declaración de renta por el año gravable 2014, de los cuales el 59,5% (1.241.499) declararon impuesto a cargo mayor a $0 por una cuantía de $6,56 billones; mientras que para el 40.5% restante, su actividad generadora de renta no condujo a liquidación alguna de impuesto.

 

Por su parte, 619.944 contribuyentes que equivalen al 29.7%, declararon saldo a pagar mayor a $0 en la suma de $1,40 billones; lo anterior, permite afirmar que en términos del monto declarado como impuesto a cargo, sólo el 21.4% fue declarado como saldo a pagar, lo que permite establecer que el restante 78.6% ya fue cancelado vía retención en la fuente, imputación de saldos a favor no solicitados y, o anticipo de impuestos.

 

El 63.5% de los contribuyentes (1.325.389) dedujo retenciones en la fuente por valor de $5,79 billones, equivalentes al 88.3% del impuesto a cargo.

 

La DIAN dispuso como es costumbre, las diferentes ayudas para Informar, Educar y Apoyar a los declarantes Personas Naturales, facilitando el que pudieran declarar y pagar oportunamente de acuerdo con el calendario tributario. Se destacan los Productos del Micrositio con las preguntas frecuentes para establecer categoría de contribuyentes, los plazos para declarar y pagar, así como el procedimiento de determinación del impuesto; el Programa Ayuda Renta, Consulta de Información Exógena y los diferentes capítulos de la Serie “Lo prometido es deuda” en donde con un lenguaje sencillo y coloquial se explicó a los declarantes los conceptos básicos.

 

Se dispuso al igual que los últimos ocho (8) años, en el portal Web el programa “Ayuda Renta”, para las personas naturales declarantes de renta no obligadas a llevar libros de contabilidad.

 

En esta oportunidad, el número de descargas del Programa Ayuda Renta que registra la página Web de la DIAN durante el período agostooctubre 2015 fue de 457.507, cifra que corresponde al 21.9% del total de declarantes de renta.

 

Como parte de la campaña se enviaron 398.609 invitaciones por correo electrónico; 2.030.273 mensajes IVR; 5.481 contribuyentes capacitados en conferencias lideradas por el Nivel Central; 280.525 mensajes a celulares; mensajes invitando a declarar diez (10) días antes del vencimiento y recordatorios a 3 días del vencimiento y mensajes de agradecimiento una vez cumplida la obligación.

 

Condición Especial de Pago
Vale señalar que para facilitar que los contribuyentes aprovecharan los beneficios contemplados en la Ley 1739 de 2014, tales como la Condición Especial de Pago que redujo 60% en intereses y sanciones, así como las terminaciones y conciliaciones por mutuo acuerdo y normalización de declaraciones de retención ineficaces, la DIAN adelantó jornadas de atención adicionales, y la Feria de Servicios “La DIAN a su alcance en un solo lugar”, llevada a cabo los pasados 21, 22 y 23 de octubre en todo el país, la DIAN logrando recaudar cerca de $ 300.000 millones.

 

En el evento, alrededor de 7 mil contribuyentes se pusieron al día en impuestos como Renta, IVA, Retención en la Fuente y Patrimonio, correspondientes a los períodos gravables 2012 y anteriores pagando de contado del 100% de la obligación principal y el 40% de intereses y sanciones actualizadas, obteniendo el 60% de descuento con corte a 23 de octubre de 2015.

 

Ante estos resultados, la DIAN invita a los colombianos a que continúen comprometidos con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, lo que permitirá contribuir al desarrollo del país.

El Programa Negocios Responsables y Seguros de la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) y la UNODC ha capacitado a 6.000 empresarios sobre la importancia de prevenir el lavado de activos.

 

En el marco del Día Nacional de la Prevención del Lavado de Activos, la CCB y la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) lanzaron los Modelos de Riesgos de Lavado de Activos para las Entidades Sin Ánimo de Lucro (Esales) y para el sector inmobiliario.

 

Este delito ha significado la exclusión del sistema financiero, pérdida de clientes e incluso la pérdida del patrimonio y la extinción de dominio de bienes de empresarios. Por ello, las entidades aliadas brindan a los empresarios una serie de herramientas para prevenir el lavado de activos.

 

Para el caso de las Esales, el Modelo se constituye en el primer paso para el cumplimiento de la recomendación que hizo para Colombia el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) según el cual los países deben asegurar que las ESALES no sean utilizadas para el lavado de activos.

 

El vicepresidente de Articulación Público Privada de la CCB, Jorge Mario Díaz, explicó que la iniciativa Negocios Responsables y Seguros, liderado por la UNODC y la CCB, lleva seis años trabajando por mitigar los riesgos que afectan la actividad empresarial, especialmente aquellos asociados a las actividades ilícitas como el lavado de activos, la corrupción, la extorsión y el contrabando.

 

Díaz recordó que, “gracias a esta labor el programa ha logrado impulsar acciones de política pública, así como herramientas de prevención y estrategias de sensibilización, para que empresarios y ciudadanía comprendan que es necesario reducir al máximo el riesgo y las consecuencias económicas y sociales del lavado de activos en el sector real”.

 

En ese sentido el ejecutivo destacó los resultados de la Encuesta de Percepción de Seguridad Empresarial, medición con la que la CCB, cada dos años, viene construyendo un estudio acerca de la percepción de los empresarios frente a la importancia de prevenir el lavado de activos.

 

De hecho, según la más reciente versión de la encuesta, realizada en 2014, el 50% de los empresarios dijo contar con herramientas directas para prevenir este delito, frente a un 12% que así lo manifestó en 2012. Es decir, hubo un incremento de 38 puntos en el indicador.

 

Por otra parte, la CCB y la UNODC realizaron un balance de su gestión al frente del programa y recordaron que a la fecha 6.000 empresarios han recibido formación sobre herramientas de prevención de lavado de activos, al tiempo que han hecho la publicación de un documento general y tres especializados sobre el tema, dirigidos a los sectores de infraestructura, transporte de carga terrestre y juegos de azar, que se suman a los dos presentados en el evento.

 

Campaña No Voy Yo
Durante el evento y con la presencia del director de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), Luis Edmundo Suárez y el representante de la UNODC, Bo Mathiasen, la CCB hizo el lanzamiento oficial de la campaña de Cultura de la Legalidad, la cual a través del mensaje “No Voy Yo con el lavado de activos, la corrupción, el contrabando y la extorsión”, busca sensibilizar a los ciudadanos sobre qué es el lavado de activos y sobre cuáles son los delitos relacionados con esta práctica que afectan la actividad empresarial.

Desde el primero de noviembre entraron en vigencia los cambios que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, hizo a su plataforma de atención a los contribuyentes, en lo referente al agendamiento de trámites a nivel nacional y la solicitud de citas.

 

Por eso, la entidad publicó dos infografías en las cuales explica claramente cada uno de los cambios de acuerdo a la ciudad, indicando el horario y las líneas de atención de cada sede.

 

Para conocer el Agendamiento para trámites a nivel nacional, haga clic aquí.

 

Para conocer la forma de Programar citas, haga clic aquí.

El Ministro de Trabajo, Lucho Garzón, confirmó que su despacho ha recibido cartas de algunas empresas asegurando que no tienen más alternativa que despedir a sus servidores, frente a lo cual los llamó a que busquen y estudien alternativas distintas a tratar como parte de sus pasivos a los trabajadores.

 

Precisó que en su Cartera no hay procedimiento aun estudiando solicitudes de despidos colectivos, pues hasta el momento sólo han informado de la situación por la que atraviesan, sin solicitar permiso al Ministerio del Trabajo para proceder a la desvinculación de personal.

 

"Hay que buscar alternativas y no pensar que el principal activo que es el trabajador sea el responsable, eso no es justo", afirmó Garzón, quien recalcó que su tarea no es generar desempleo, sino empleo.

 

Sostuvo que, por ello, hay que buscar alternativas para que los nuevos representantes, los nuevos contratistas y los nuevos empleadores, asuman esos trabajadores que en empresas como Hyundai, Pacific, Dimantec y Archie ´s están hoy frente al riesgo de perder su empleo.

 

"Los trabajadores le han prestado a esas empresas un gran servicio, y no pueden ser ahora tratados como parte de sus pasivos", afirmó Garzón.

 

Recalcó además que insistirá con los empresarios en que se haga ese gran esfuerzo de buscar todas las alternativas posibles para evitar que los trabajadores se queden sin empleo.

El Gobierno Nacional a través del Ministerio del Trabajo acaba de actualizar los formatos para emitir dictamen y evaluar la pérdida de la capacidad laboral y ocupacional, originadas por lesiones de riesgos laborales de los trabajadores colombianos.

 

Esta es una herramienta fundamental para la expedición del dictamen que les facilita a los médicos realizarlo de manera más objetiva y acorde a los avances normativos y técnicos definidos en el nuevo Manual Único de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional, expedido por el Gobierno Nacional el año pasado.

 

Según lo explicó el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda Villegas, "Lo novedoso de la aplicación es que le permite al trabajador conocer en detalle cómo se realizó su calificación y los fundamentos que se tomaron para su resultado final".

 

Los nuevos formatos tendrán que ser diligenciados por los trabajadores que se encuentren en proceso de calificación por pérdida de la capacidad laboral y ocupacional de todos los sectores, ya sea público, oficial, semioficial y privado, independientemente de su tipo de vinculación laboral, clase de ocupación, edad, tipo y origen de discapacidad o condición al Sistema de Seguridad Social Integral.

 

Estos a su vez, serán remitidos a las juntas de calificación de invalidez, así lo señala la Resolución 3745 del presente año.

 

La directora de Riesgos Laborales, Andrea Torres Matiz, confirmó que los nuevos formatos comienzan a utilizarse de inmediato, los cuales están disponibles en la página web de la entidad, link: http://fondoriesgoslaborales.gov.co/seccion/normatividad/resoluciones.html

 

Es de recordar que actualmente la calificación se realiza con base en el Manual Único de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional, expedido el año pasado por el Gobierno Nacional, la cual es remitida por las Juntas de Calificación de Invalidez, aportando los criterios técnicos, científicos de evaluación y calificación de pérdida de capacidad laboral porcentual ante una deficiencia, discapacidad y minusvalía ocasionadas como consecuencia de una enfermedad o accidente.

 

Son cuatro formularios establecidos con rutas claras para la calificación de acuerdo con la etapa de ciclo vital de las personas, es decir, aporta tablas diferentes para niños, adolescentes, adultos y adulto mayor, teniendo en cuenta su ocupación y labor, lo que permite un dictamen más equitativo.

 

Además, contienen información general del dictamen, de la entidad calificadora, datos generales y antecedentes laborales del calificado, examen físico y valoración del rol laboral y/o ocupacional; y concepto del dictamen pericial y grupo calificador.

La Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales, DIAN, publicó para comentarios el proyecto de decreto “Por el cual se reglamentan los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario.”; dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre este proyecto de resolución del 5 al 8 de noviembre de 2015, en el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí. 

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