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DIAN recaudó más de $6 billones por Renta de grandes contribuyentes en abril
Richard santaEn abril de 2025, durante los vencimientos para declarar y pagar la segunda cuota del Impuesto de Renta por parte de los grandes contribuyentes, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) logró un recaudo de más de $6 billones.
Con corte a abril de 2025, el 97% de las declaraciones esperadas para el año gravable 2024 fueron presentadas, con un total de 2.356 grandes contribuyentes que cumplieron su obligación con oportunidad.
“Este resultado representa un incremento cercano al 30% frente al recaudo del mismo periodo en 2024; la DIAN reconoce y agradece el especial compromiso y esfuerzo de los grandes contribuyentes en la presentación y pago oportuno del Impuesto sobre la Renta correspondiente al año gravable 2024, este aporte es fundamental para la estabilidad financiera del país, impulsa el crecimiento económico y permite respaldar la inversión social", dijo Edicson Alejandro Ortiz, director de Grandes Contribuyentes de la DIAN.
Entre los sectores económicos que más aportaron a este resultado se destacan las actividades financieras y de seguros, el transporte y almacenamiento, la explotación de minas y canteras, y el comercio al por mayor y al por menor, incluyendo la reparación de vehículos automotores y motocicletas.
Colombia y Ecuador implementan nuevo Certificado de Origen
Richard santaEn cumplimiento de la Resolución No. 2455 de 2024 de la Comunidad Andina (CAN), que adopta un nuevo formulario del Certificado de Origen para el comercio intracomunitario, los gobiernos de las Repúblicas de Colombia y del Ecuador han acordado la implementación de dicho formato a partir del 30 de abril de 2025.
Este avance se enmarca en el proceso de modernización y digitalización del comercio en la región andina, el cual ya había comenzado con el intercambio de Certificados de Origen Digitales (COD) entre Colombia y el Estado Plurinacional de Bolivia. En esta nueva etapa, se incorpora Ecuador al sistema, permitiendo así una mayor eficiencia y trazabilidad en las operaciones comerciales.
Implementación en Colombia
A partir de éste 30 de abril, Colombia emite Certificados de Origen en el nuevo formato (Código 295) en versión digital, a través del sistema informático de origen, para las exportaciones dirigidas a Ecuador. Este proceso se realizará bajo las mismas condiciones vigentes, cumpliendo con las Normas de Origen y los Criterios de Calificación de las Mercancías establecidos en la Decisión 416 de 1997.
Con la adopción del nuevo formato, las declaraciones juramentadas realizadas bajo los esquemas actuales tendrán validez hasta el 29 de abril de 2025. A partir del 30 de abril, los productores y exportadores deberán emitir sus declaraciones utilizando el nuevo formato (Código 295) para aquellas mercancías destinadas a Ecuador, que deseen acogerse al trato preferencial establecido en el acuerdo de la CAN, seleccionando en el sistema informático el esquema 55.
Una vez aprobado el COD, estarán disponibles para consulta del exportador los siguientes archivos:
XML: corresponde al certificado de origen digital, el cual debe ser enviado al importador para continuar con el trámite en destino.
PDF: documento referencial, sin valor probatorio, ya que carece de firma y sello de un funcionario autorizado.
Implementación en Ecuador
Por su parte, Ecuador emitirá temporalmente, a partir del 30 de abril de 2025, los Certificados de Origen en formato físico con firmas y sellos manuscritos, mientras concluyen los desarrollos informáticos que le permitirán integrarse a la plataforma INTERCOM y realizar el intercambio digital de CODs. Según lo informado por el gobierno ecuatoriano, se proyecta que dicha integración entre en fase de producción controlada el 15 de julio del presente año.
Cabe destacar que Colombia aceptará certificados de origen digitales emitidos por las autoridades competentes de Ecuador en el formato anterior, siempre que tengan fecha de expedición hasta el 29 de abril de 2025.
Intercambio con Perú
En cuanto al intercambio digital de Certificados de Origen en el nuevo formato entre las Repúblicas de Colombia y del Perú, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informará oportunamente sobre las condiciones y términos que se establezcan entre ambos gobiernos.
DIAN inició plan piloto de Aduanas Verdes con control de mercancías de fauna y flora
Richard santaCon el objetivo de fortalecer la lucha contra el comercio ilícito de mercancías reguladas de fauna y flora, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) inició el primer plan piloto operativo de la iniciativa Aduanas Verdes, mediante acciones de control interinstitucional ejecutadas en el puesto de control aduanero del Puente Internacional de Rumichaca en Ipiales (Nariño), paso fronterizo con Ecuador.
Este plan piloto estuvo enfocado en la aplicación de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) y contó con el acompañamiento de la Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente de la Fiscalía General de la Nación, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), la Policía Fiscal y Aduanera (POLFA) y la Corporación Autónoma Regional de Nariño.
Omar David Flórez Isaza, subdirector de Servicios y Facilitación al Comercio Exterior de la DIAN, aseguró que en Ipiales la entidad cuenta con la única funcionaria pública en Colombia acreditada formalmente como asesora técnica y operativa de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) en comercio ilegal de vida silvestre. Esta profesional replicó sus conocimientos sobre inspección y detección de mercancías de flora y fauna entre los representantes de las entidades participantes en el piloto.
Con la iniciativa Aduanas Verdes, la autoridad aduanera busca hacer cumplir los más de siete convenios multilaterales suscritos por Colombia para garantizar un comercio lícito, sostenible y eficiente de mercancías ambientalmente sensibles, como residuos, productos químicos y especies de fauna y flora, entre otros. Los próximos pilotos se realizarán en Cartagena, Barranquilla y Bogotá a lo largo del año, e incluirán procesos de formación y acciones de control.
La DIAN avanza con esta iniciativa para fortalecer las habilidades técnicas de los funcionarios ubicados en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos de todo el país, quienes constituyen la primera línea de defensa contra el comercio ilícito de mercancías reguladas.
Proyecto de decreto, MinHacienda sobre interés presunto y el componente inflacionario
Richard santaEl Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto. "Por el cual se reglamentan los artículos 35, 38, 39, 40, 40-1, 41, 81, 81-1 y 118 del Estatuto Tributario y se sustituye el artículo 1.2.1.7.5. del Capítulo 7, los artículos 1.2.1.12.6. y 1.2.1.12.7. del Capítulo 12, y el artículo 1.2.1.17.19. del Capítulo 17 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, sobre el interés presunto y el componente inflacionario”.
La entidad recibirá comentarios hasta el 6 de mayo de 2025.
Grupo de Posicionamiento de la Profesión Contable se pronuncia sobre proyectos de ley
Richard santaComo técnicamente inconvenientes calificó el Grupo de Posicionamiento de la Profesión Contable los proyectos de ley que actualmente cursan en el Congreso y que buscan reformar la Ley 43 de 1990.
Este es el texto enviado por el grupo:
Los representantes y miembros de las entidades abajo firmantes, órganos que integran el Grupo de Posicionamiento de la Profesión Contable en Colombia, manifestamos a la opinión pública y al Congreso de la República nuestra posición técnica frente a las recientes iniciativas legislativas orientadas a reformar la Ley 43 de 1990, en particular los proyectos de ley 189 de 2024 y 597 de 2025C.
Consideramos que dichas iniciativas resultan técnicamente inconvenientes por las siguientes razones fundamentales:
Primero, respecto al proyecto de ley 189, observamos con preocupación los requisitos propuestos para la expedición de la tarjeta profesional del contador público, al permitir acreditar experiencia en áreas ajenas a las ciencias contables, con el argumento, entre otros, de promover una mayor equidad y competitividad en el ámbito de la profesión contable. Esta flexibilización pone en riesgo un pilar esencial del sistema económico: la confianza pública. En Colombia, como en muchas otras jurisdicciones del mundo, la garantía del interés público y la estabilidad de los mercados descansan sobre la labor del contador público, quien actúa como garante de la fe pública bajo estrictos requisitos de formación, experiencia profesional y acreditación.
En varios países, estos requisitos son más exigentes y restrictivos que los actualmente establecidos en la Ley 43 de 1990. Adicionalmente, la información contable tiene un impacto directo en la determinación de los impuestos, por lo que resulta indispensable que el contador, como responsable de prepararla y firmarla, tenga la experiencia e idoneidad requeridas. Cualquier flexibilización, sin un análisis prospectivo de carácter técnico e institucional, pondría en riesgo la calidad de la información contable y financiera, la información tributaria y la confianza de los actores económicos y de la ciudadanía en el ejercicio profesional y en las instituciones.
Segundo, es necesario aclarar que el hecho de no contar con tarjeta profesional no impide a una persona desarrollar diversas actividades laborales relacionadas con la ciencia contable y similares. Lo que establece la ley vigente es que, para ejercer como Contador Público, se requiere cumplir con los requisitos legales de formación y experiencia que habilitan para la obtención de la tarjeta profesional. Esta distinción no restringe el acceso al trabajo, pero sí protege el interés público al garantizar que quienes ejercen como contadores públicos lo hagan con los niveles de idoneidad técnica, experiencia y responsabilidad ética que la función exige.
Tercero, la UAE Junta Central de Contadores, como entidad responsable de la función misional de registro, ha avanzado en el diseño de acciones para orientar y clarificar los criterios para la acreditación de la experiencia en actividades relacionadas con la ciencia contable, especialmente frente a la expresión de actividades enunciadas como “similares” según el artículo 2 de la Ley 43 de 1990. Esta revisión busca asegurar condiciones más eficientes para la expedición de la tarjeta profesional, sin debilitar los principios fundamentales que rigen la profesión, ni comprometer el interés público.
Cuarto, en relación con el proyecto de ley 597 de 2025C, recientemente radicado, no recoge la visión de los abajo firmantes ni las propuestas de los gremios que suscriben esta comunicación, lo cual contribuiría a superar las dificultades estructurales del proyecto, garantizando la legitimidad de su contenido, su solidez técnica y la sostenibilidad de sus efectos.
En este orden de ideas, también genera preocupación lo relacionado con la reorganización de los organismos de la profesión contable; para tal efecto, resultaría necesario establecer una hoja de ruta institucional que permita, ante posibles modificaciones a la estructura y funciones de los organismos de la profesión, realizar un análisis profundo de la evolución de su misionalidad, su capacidad administrativa y su viabilidad financiera, con la participación de las autoridades para este propósito.
Por todo lo anterior, invitamos respetuosamente al Congreso de la República a reconsiderar el curso legislativo de estos proyectos de ley, por carecer de una base técnica, social e institucional sólida. En caso de mantenerse la discusión de estas iniciativas, solicitamos que se convoquen audiencias públicas técnicas en todo el territorio nacional, con participación activa de los gremios, la academia, los organismos públicos, los entes de control, los contadores en ejercicio (de acuerdo con las bases de datos de la UAE JCC) y todos los actores relevantes para el fortalecimiento de la profesión contable en Colombia.
Consideramos que cualquier propuesta de reforma a la profesión contable debe estar legitimada mediante: a) la inclusión de todos los actores relevantes, y b) un proceso sistemático de reflexión, participación e inclusión. Las acciones conjuntas que emprendemos tienen como propósito asegurar que los procesos formativos, profesionales y de gobernanza se alineen con criterios y estándares de excelencia y con la responsabilidad social inherente a la profesión.
Con consideración y aprecio,
- Sandra Milena Barrios - Directora General de la U.A.E. Junta Central de Contadores
- Jimmy Jay Bolaños Presidente - Consejo Técnico de la Contaduría Pública
- Mauricio Gómez Villegas - Contador General de la Nación
- José Obdulio Curvelo Hassán - Presidente – Asociación Colombiana de Facultades de Contaduría Pública
- Flor Stella Quiroga - Coordinadora del Comité Nacional de Gremios de los Contadores Públicos de Colombia
- INSTITUTO NACIONAL DE CONTADORES PÚBLICOS – INCP - Luisa Fernanda Salcedo Presidente
- COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO - Sandra Milena Burgos Ch. Presidente
- COLEGIO COLOMBIANO DE CONTADORES CAPÍTULO NORTE DE SANTANDER - Tilcia Bayona Camacho Presidente
- COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COLOMBIA CONPUCOL - José Eriberto Cano Castaño Presidente Nacional
- ASOCIACIÓN DE CONTADORES DEL VALLE DEL CAUCA ADECONTA - Andrés Cuervo Garzón Presidente
- ASOCIACIÓN DE CONTADORES PÚBLICOS DEL HUILA – ASCONPHU - Juan Dávila Muñoz Presidente
- ASOCIACIÓN DE CONTADORES EGRESADOS UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA- ACUDA - Martha Cecilia Álvarez Presidente
Gobierno presentó preguntas de la Consulta Popular sobre Reforma Laboral
Richard santaEl ministro del Interior, Armando Benedetti, acompañado del ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, presentaron las preguntas de la Consulta Popular impulsada por el Gobierno nacional, iniciativa que incluye elementos claves de la propuesta de Reforma Laboral.
El proyecto de Consulta Popular, que es promovido por el presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, consta de 12 preguntas que reflejan el espíritu de transformación laboral promovido por el actual Gobierno.
Las preguntas son:
¿Está de acuerdo con que el trabajo de día dure máximo 8 horas y sea entre las 6:00 a. m. y las 6:00 p. m.?
☐ Sí ☐ No
¿Está de acuerdo con que se pague con un recargo del 100 % el trabajo en día de descanso dominical o festivo?
☐ Sí ☐ No
¿Está de acuerdo con que las micro, pequeña y medianas empresas productivas, preferentemente asociativas, reciban tasas preferenciales e incentivos para sus proyectos productivos?
☐ Sí ☐ No
¿Está de acuerdo con que las personas puedan tener los permisos necesarios para atender tratamientos médicos y licencias por periodos menstruales incapacitantes?
☐ Sí ☐ No
¿Está de acuerdo en que las empresas deban contratar al menos 2 personas con discapacidad por cada 100 trabajadores?
☐ Sí ☐ No
¿Está de acuerdo con que los jóvenes aprendices del SENA y de instituciones similares tengan un contrato laboral?
☐ Sí ☐ No
¿Está de acuerdo que las personas trabajadoras en plataformas de reparto acuerden su tipo de contrato y se les garantice el pago de seguridad social?
☐ Sí ☐ No
¿Está de acuerdo con establecer un régimen laboral especial para que los empresarios del campo garanticen los derechos laborales y el salario justo a los trabajadores agrarios?
☐ Sí ☐ No
¿Está de acuerdo en eliminar la tercerización e intermediación laboral mediante contratos sindicales que violan los derechos laborales?
☐ Sí ☐ No
¿Está de acuerdo que las trabajadoras domésticas, madres comunitarias, periodistas, deportistas, artistas, conductores, entre otros trabajadores informales, sean formalizados o tengan acceso a la seguridad social?
☐ Sí ☐ No
¿Está de acuerdo en promover la estabilidad laboral mediante contratos a término indefinido como regla general?
☐ Sí ☐ No
¿Está de acuerdo con constituir un fondo especial destinado al reconocimiento de un bono pensional para los campesinos y campesinas?
☐ Sí ☐ No
La consulta popular será radicada oficialmente por el presidente Gustavo Petro, el próximo 1 de mayo, como un homenaje a la clase trabajadora colombiana en el marco del Día Internacional del Trabajo.
DIAN hará efectiva garantía de pago a contribuyentes por incumplimiento en facilidades de pago
Richard santaDel 21 al 25 de abril la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) llevará a cabo la Jornada Nacional de Cobro “Al día con la DIAN, le cumplo al país", en esta ocasión la entidad ejecutará medidas como hacer efectiva la garantía de pago a 14.883 contribuyentes, cuyas obligaciones presentan mora y suman más de $3.4 billones, así como con quienes tienen facilidades de pago incumplidas.
Estos contribuyentes y sus deudores solidarios estarán sujetos a medidas como avaluó, embargo, secuestro y remate de bienes, además de quedar inhabilitados para solicitar nuevas facilidades de pago sobre estas obligaciones.
Principales acciones de la jornada:
- Embargos y avalúos: Se iniciará el proceso de avalúo de 587 bienes de 461 contribuyentes, con obligaciones pendientes por $220.075 millones.
- Depósitos judiciales: Se gestionarán 5.200 depósitos judiciales por más de $61.240 millones para ser aplicados a las obligaciones en mora de 600 contribuyentes.
- Verificación de pagos: Se revisará el cumplimiento de facilidades de pago otorgadas, sancionando a quienes tengan cuotas vencidas o nuevas obligaciones impagas.
Por ello, el director general encargo de la DIAN, Luis Eduardo Llinás Chica, enfatizó: "Es fundamental que los contribuyentes en mora se acerquen a la DIAN y tomen las acciones necesarias para regularizar su situación. Esta jornada busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y evitar sanciones para quienes aún pueden ponerse al día."
Consecuencias del incumplimiento
Quienes están en mora y persisten en esta situación se ven expuestos a acciones como:
- Embargos sobre cuentas bancarias y bienes.
- Inclusión en el Boletín de Deudores Morosos del Estado (si la deuda supera los $ 7.117.500 –5 SMMLV– y tiene más de 6 meses de mora).
- Continuación del proceso penal si aplica.
Los contribuyentes pueden consultar su estado de cuenta y alternativas de pago haciendo clic aquí.
Recaudo de impuesto predial en Medellín aumentó 15% en primer trimestre
Richard santaEntre enero y marzo de 2025, el recaudo del impuesto predial en Medellín fue de $692.000 millones, lo que representa un crecimiento del 15 %, en comparación con lo recaudado durante el mismo periodo del año anterior, de acuerdo con datos revelados por la Administración Distrital. De este valor, $11.000 millones corresponden a intereses por mora, dado que los ciudadanos se están poniendo al día con sus compromisos.
“La cultura tributaria de Medellín sigue fortaleciéndose. Cerramos el primer trimestre de 2025 con buenos reportes de recaudo del impuesto predial. Nos alegra saber que la gente paga oportunamente confiando en la transparencia y el buen proceder de esta Administración, porque los recursos están bien invertidos en programas y proyectos sociales y de infraestructura para el desarrollo de nuestra ciudad”, dijo la subsecretaria de Ingresos, Liliana Zapata Jaramillo.
En el trimestre aumentó la cantidad de personas que aprovecharon el descuento del 5 % en el pago anualizado del predial, sumando 289.624 contribuyentes; es decir, 16.406 más que en 2024.
Este año, el 53 % de los pagos se realizó a través de canales digitales, como el botón paga fácil, el portal web y el whatsapp de la Alcaldía 301 604 4444, lo cual evidencia el aprovechamiento de las herramientas virtuales para realizar los trámites de manera rápida, fácil y segura, sin necesidad de desplazarse.
Para quienes prefieren realizar estos trámites de forma presencial, la Secretaría de Hacienda dispuso puntos de atención en los centros comerciales El Tesoro, Los Molinos, Florida y Premium Plaza, habilitados para pagos con tarjetas débito y crédito de cualquier franquicia.
En 2025, la Alcaldía de Medellín espera recaudar 1.21 billones en el impuesto predial, los cuales se sumarán a las demás rentas para garantizar la inversión histórica de 8,79 billones que apalancarán diferentes programas sociales y de infraestructura para el desarrollo de la ciudad.
De estos recursos se destinarán $416.144 millones para la infraestructura educativa, con lo cual se pondrá en marcha la construcción y ampliación de nueve sedes educativas y la renovación de 64 espacios que favorecerán los ambientes de aprendizaje.
Para mejorar la movilidad a través de un sistema de transporte público eficiente y sostenible, se asignarán $402.000 millones al Corredor de la 80. La Alianza Medellín Cero Hambre recibirá $428.641 millones para velar por la seguridad alimentaria de los más vulnerables. El programa Buen Comienzo contará con más de $378.000 millones para fortalecer la atención para la primera infancia y para madres gestantes y lactantes. Además, 175 escenarios deportivos serán recuperados con una inversión de $204.110 millones.
El pago oportuno de los impuestos le evita al contribuyente cobros adicionales, como intereses por mora, así como procesos de cobro coactivo y posible embargo de sus bienes. El cumplimiento de estas obligaciones permite que el Distrito fortalezca las apuestas para que las personas tengan una mejor calidad de vida.
Proyecto de Decreto, modifica tarifas de retención en la fuente y autorretención
Richard santaEl Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios hasta el 25 de abril de 2025 Por el cual se sustituyen el artículo 1.2.4.4.1. del Capítulo 4 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1, los artículos 1.2.4.6.7. al 1.2.4.6.9. del Capítulo 6 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1, el inciso 3 y el literal i) del artículo 1.2.4.9.1. del Capítulo 9 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1, el artículo 1.2.4.10.8. del Capítulo 10 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1 y el artículo 1.2.6.8. del Título 6 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, en lo relacionado con las tarifas de autorretención y bases mínimas para practicar retención en la fuente.
Sello Plazos Justos, empresas aún pueden inscribirse y solicitarlo
Richard santaLas empresas que pagan a sus proveedores en tiempos menores a 45 días aún pueden inscribirse para obtener el Sello Plazos Justos Empresa que Paga a Tiempo. Este distintivo es un reconocimiento que el Gobierno nacional, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, otorga a las personas naturales y jurídicas que pagan a sus proveedores en los plazos establecidos por la ley de plazos justos.
El Sello Plazos Justos Empresa que Paga a Tiempo fortalece la reputación empresarial, puesto que demuestra compromiso y transparencia en las transacciones comerciales.
Este reconocimiento, junto con el Ranking de Pago en Plazos Justos, tiene el objetivo de proteger y apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), al promover que las grandes empresas cumplan con el pago de sus facturas en un plazo máximo de 45 días.
Con estos instrumentos, el ranking y el sello, se busca visibilizar y reconocer a las empresas que cumplen la normativa y contribuyen a dinamizar la economía.
Las empresas pueden solicitar el sello en cualquier momento del año. Por esto, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo invita a los empresarios para que se postulen en la página web Plazos Justos.
Una vez obtenido, el sello tiene una vigencia de dos años y puede renovarse de manera continua.
Paso a paso para solicitar el sello
1. Registrarse. Ingresar a la página web de Plazos Justos y registrar la empresa. Recibirá un enlace de activación por correo electrónico, el cual debe habilitar. Si encuentra algún error en el registro, escriba a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
2. Identificar las facturas. Revisar todas las facturas de pago a proveedores que la empresa hizo durante el año inmediatamente anterior e identificar aquellas que cumplen con la obligación de Pago en Plazos Justos, es decir que fueron pagadas en 45 días o menos, y que no hacen parte de las excepciones que la normativa determinó.
Por ejemplo, esta obligación no aplica para compras entre grandes empresas, para los pagos de intereses, las deudas sometidas a reestructuraciones empresariales ni las operaciones mercantiles en el marco del Sistema de Seguridad Social, que tendrán un plazo máximo de 60 días. Recomendamos consultar cuáles son las excepciones en la sección Normativa en la página web de Plazos Justos.
3. Postular la empresa. Iniciar sesión en www.plazosjustos.gov.co con el usuario y contraseña habilitada. Luego, hacer clic en el botón ‘Sello’ y diligenciar el formulario electrónico.
Importante: no es necesario adjuntar las facturas en físico ni sus soportes. Estos documentos solo se pedirán posteriormente, si la empresa es seleccionada dentro del proceso de seguimiento y control.
4. Declarar de buena fe. Al finalizar la inscripción en la página web de Pago en Plazos Justos, se enviará a los correos electrónicos del representante legal y del contador, o revisor fiscal de la empresa, una declaración digital. Ambos deberán firmarla electrónicamente, declarando de buena fe, que los pagos se realizaron dentro del plazo establecido.
5. Reciba el sello. Si la empresa cumple los requisitos, será enviada, vía correo electrónico, la autorización del uso del sello, que tendrá una vigencia de dos años, renovables continuamente.
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Antecedentes penales no pueden ser impedimento para acceder a cuenta de ahorros
Richard santaLa Corte Constitucional emitió un fallo en el cual señala que Los antecedentes penales no pueden convertirse en una carga perpetua que limite el ejercicio de derechos fundamentales, ni pueden constituir un obstáculo permanente para el desarrollo de un proyecto de vida digno, amparando así los derechos fundamentales de un ciudadano que, por tener antecedentes penales, enfrentó la negativa de los bancos para abrirle una cuenta de ahorros.
De acuerdo con los detalles del caso publicados por la Corte, Augusto acudió varias veces ante Bancolombia, Nequi y Davivienda para abrir una cuenta de ahorros. En todos sus intentos, los bancos se negaron al advertir que el cliente no cumplía con sus políticas del SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo) debido a antecedentes penales derivados de una condena impuesta en 2017. Al respecto, Augusto manifestó que, tras cumplir su pena, se dedicó a trabajar en la venta de alimentos para eventos y a dar asesoría contable y tributaria a un hogar del adulto mayor.
Por solicitud de los bancos y con el fin de demostrar su actividad económica, Augusto acreditó que ya había cumplido su condena y que justificaba el origen lícito de sus ingresos. Sin embargo, nunca obtuvo respuesta. Esta circunstancia le impidió acceder al sistema financiero, lo cual, a su vez, generó obstáculos en su actividad laboral. Para recibir los pagos de sus clientes, se le exigía tener una cuenta bancaria a su nombre. Al no contar con una, se vio obligado a depender de terceros para gestionar sus ingresos. Por lo anterior, el ciudadano presentó una acción de tutela en la que solicitó que los bancos accionados analizaran a fondo la documentación aportada y le dieran una respuesta a su solicitud.
En este caso, la Sala Primera de Revisión, integrada por la magistrada Natalia Ángel, quien la preside, la magistrada Diana Fajardo y el magistrado Juan Carlos Cortés, concluyó que la negativa de los bancos a abrir una cuenta a Augusto vulneró sus derechos fundamentales y reiteró que una entidad financiera no puede imponer barreras de acceso automáticas a una persona solo por el hecho de tener antecedentes penales. La negativa de vinculación debe sustentarse en criterios objetivos y razonables, y debe considerar el riesgo acorde con el perfil particular de cada persona.
La Corte también llamó la atención sobre el riesgo de trasladar todos los controles del SARLAFT a la fase previa a la contratación. Al respecto, se advirtió que, si las entidades concentran allí toda la gestión del riesgo, pueden imponer barreras desproporcionadas para quienes buscan participar legítimamente en la vida económica. En esa medida, el sistema de prevención de riesgos contempla una fase de control, que permite hacer seguimiento a las operaciones del usuario sin impedirle de forma anticipada el acceso a productos financieros.
La decisión resalta que el acceso a servicios financieros no es un privilegio, sino una condición necesaria para ejercer otros derechos y garantizar la reincorporación social de quienes cumplieron con su condena. La Corte enfatizó en que “quien ha cumplido su pena tiene derecho a un nuevo comienzo, sin que el sistema pueda imponerle sanciones adicionales que lo condenen a la exclusión económica y social. Lo anterior, dado que la reinserción no es solo un objetivo abstracto del derecho penal; sino que es una obligación constitucional que exige que la sociedad, en conjunto, ofrezca oportunidades reales a quienes buscan reconstruir su vida, después de haber cumplido con una sanción penal”.
Además de ordenar la apertura de la cuenta solicitada, la Corte impartió medidas estructurales. En particular, se ordenó: (i) a las accionadas revisar sus procedimientos internos para evitar decisiones automáticas y discriminatorias y (ii) a la Superintendencia Financiera expedir una circular con lineamientos claros sobre el acceso al sistema financiero de personas con antecedentes penales para asegurar un equilibrio entre la prevención de riesgos y la inclusión social.
Concepto 050, Inversión a largo plazo – Tratamiento contable
Richard santaA través del Concepto 050 del 4 de abril de 2025, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio respuesta a una consulta sobre la inversión a largo plazo – Tratamiento contable.
CTCP actualizó el Reglamento Interno y el de los Comités Técnicos ad honorem
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, organismo de normalización técnica en materia de contabilidad, información financiera (incluida la relacionada con sostenibilidad) y aseguramiento de la información, anunció la actualización de su Reglamento Interno y de los Comités Técnicos ad honorem.
En el caso del Reglamento Interno, en uso de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por los numerales 6º del Artículo 33 de la Ley 43 de 1990 y 11º del Artículo 1º del Decreto 3567 de 2011, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, expidió una nueva versión de su Reglamento Interno que le permite cumplir con su obligación al respecto.
En el caso del otro reglamento, tiene por objeto establecer los principales criterios y procedimientos para la conformación y funcionamiento de los Comités Técnicos Ad honorem, en los términos de la Ley 1314 de 2009.
Los nuevos reglamentos rigen a partir de la fecha de su aprobación, y dejan sin efecto los reglamentos internos anteriores del CTCP. Fueron aprobados en sesión celebrada el día 11 de marzo de 2025, como consta en el Acuerdo No. 11 de 2025. Fueron firmados por el consejero Presidente Jimmy Jay Bolaño Tarrá y los consejeros Sandra Consuelo Muñoz M., Jairo Enrique Cervera R. y Jorge Hernando Rodríguez H.
Contribuyentes ya pueden acceder al prevalidador de conciliación fiscal 2024 de la DIAN
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa que se encuentra disponible la nueva versión del Prevalidador Reporte_Conciliacion_Fiscal_F2516V8_AG2024_v1.0.0-2025-1 del año gravable 2024.
El Reporte de Conciliación Fiscal debe ser diligenciado y presentado a través de los servicios digitales de la DIAN, por los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario obligados a llevar contabilidad o quienes de manera voluntaria decidan llevarla y que declaren en el formulario 110, cuyos ingresos brutos fiscales obtenidos en el período gravable objeto de conciliación sean iguales o superiores a 45.000 UVT ($2.117.925.000 año 2024).
En esta herramienta digital, desarrollada por la DIAN, se reportan los saldos contables y fiscales, así como las diferencias entre la aplicación de las normas contables y las disposiciones del Estatuto Tributario.
Instrucciones para el uso del prevalidador
Para utilizar la herramienta, siga estos pasos:
- Acceda al portal de la DIAN: www.dian.gov.co
- Diríjase a la pestaña transaccional / Otros servicios / Prevalidadores - Opción Impuestos y haga clic en "Reporte Conciliación Fiscal F2516v8 (Año gravable 2024)".
- Descargue el archivo en formato ZIP. Una vez descargado, ábralo e instálelo en su computador.
- Diligencie la información requerida en el prevalidador
- Presente el archivo XML generado a través de los servicios digitales de la DIAN.
Recuerde que esta información debe presentarse previo a la presentación de la declaración de renta y complementarios, dentro de los plazos establecidos por la ley, y que la entidad tendrá disponible sus servicios digitales para hacerlo a partir de este 28 de marzo.
Para mayor claridad acerca de los plazos, consulte el Calendario Tributario DIAN