Por medio del Concepto 468 de 2021, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a las siguientes preguntas referentes a los castigos de cartera:
“(…) 1. En qué consiste el denominado "castigo de cartera".
2. ¿Es posible que en una sociedad comercial mediante su asamblea de accionistas apruebe el reconocimiento de
deudas a cargo de sus accionistas y el castigo de esa cartera?
3. ¿Qué validez tiene la determinación de la asamblea de accionistas de aprobar el reconocimiento de tales deudas y el castigo de esa cartera? (…)“
Publicado en
Conceptos
Etiquetado como
Lo último de Richard santa
- DIAN reconsidera beneficios tributarios para vehículos híbridos y eléctricos de uso personal
- Gobierno reactivará negociaciones para un Acuerdo Comercial con Japón
- Colombia abre nuevas oportunidades de exportación en Estados Unidos
- Supersociedades revela que en Bogotá existen 919 grupos empresariales
- Circular 0093, Dependientes que devenguen menos de un salario mínimo pueden cotizar a seguridad social
Inicia sesión para enviar comentarios