Servicios de hotelería y turismo no deben cobrar IVA a usuarios
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recordó que la Ley de Turismo (Ley 2068 de 2020) establece una exención transitoria del Impuesto Sobre las Ventas, IVA, para servicios de hotelería y turismo hasta el próximo 31 de diciembre del presente año, o incluso, un plazo superior dependiendo de si estos establecimientos se acogen por cumplir los requisitos para pertenecer al Régimen Simple de Tributación (RST).
La DIAN ha tenido conocimiento de irregularidades con el cobro de IVA en servicios hoteleros, hechos que serán objeto de investigación por parte de la entidad.
Así entonces, hacemos un llamado a toda la ciudadanía para que denuncien cualquier hecho irregular. La DIAN seguirá adelantando campañas contundentes en contra de toda forma de irregularidad.
Lo último de Richard santa
- Corte Constitucional suspende decreto de emergencia económica e impuestos
- Concepto 332, determinación del patrimonio inicial en sociedades en etapa de constitución
- Policía debe reconocer pensiones de sobrevivientes a hijos en condición de discapacidad
- Consejo de Estado confirma vigencia de mesada 14 en régimen de la Fuerza Pública
- Ecuador encarece en más de 900% el transporte de crudo de Colombia