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El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 1574 del 05 de agosto de 2022, por medio del cual se reglamenta el parágrafo 1° del artículo 42 de la Ley 769 de 2002, adicionado por el artículo 2 de la Ley 2161 de 2021, en lo relacionado con el procedimiento para la verificación de las condiciones exigidas para acceder al descuento del valor del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).

Para conocer el Decreto 1574, haga clic aquí.

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La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá recordó a los contribuyentes con deudas de impuestos distritales que queda una semana para acceder al descuento temporal de 50% en los intereses de mora, conforme a lo establecido en el artículo 91 de la Ley 2277 de 2022.

La directora de Cobro de la SDH, Kárem Conde, señaló que el beneficio cubre todas las obligaciones vencidas al 13 de diciembre de 2022, de los impuestos distritales de Predial, Vehículos, ICA, ReteICA, Sobretasa a la Gasolina, Delineación Urbana y los demás que recauda la Administración distrital.

Es importante aclarar que para obtener el descuento en los intereses el contribuyente debe pagar la totalidad de cada obligación tributaria; es decir, las deudas que no cancelen a 30 de junio de 2023 se reliquidarán con el 100% de la tasa de interés de mora establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario.

Asimismo, la Entidad pondrá próximamente a disposición de los contribuyentes una herramienta para facilitar la consulta del estado de cuenta y el pago de las deudas de los impuestos Predial y de Vehículos. Solo en casos específicos tendrán que acudir a puntos de atención presencial.

La Administración distrital amplió los plazos para realizar el pago de los impuestos con el 10% de descuento. El del Predial, que estaba previsto para mañana, 24 de junio, se extendió hasta el 15 de julio de 2022, y el de Vehículos pasó del 15 de julio al 12 de agosto.

Sin descuento, las nuevas fechas son las siguientes: 29 de julio para Predial y 26 de agosto para Vehículos.

El secretario de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez, informó que la decisión se tomó para que la gran mayoría de los bogotanos pueda acogerse al pago de estos impuestos con el descuento. “Nuestro mayor compromiso y objetivo es ayudarles a todos los que quieran pagar con el 10% de descuento, por eso decidimos ampliar los plazos”, explicó.

“Aún tenemos contribuyentes que no han podido obtener la factura porque no contamos con la información completa, como es el caso de predios nuevos y predios sin información del responsable, además de ciudadanos que generaron declaraciones erróneas y no se pudieron acoger al pago por cuotas”, añadió.

Asimismo, el secretario agradeció a los ciudadanos que se han acercado a pagar deudas de años anteriores, a fin de ponerse al día con la ciudad. Muchos de ellos piensan que el descuento del 10% también aplica para estos pagos y no es así. Igualmente, reiteró sus excusas a los bogotanos y dio las gracias a todos los que ya pagaron el impuesto y le cumplieron a la ciudad.

A la fecha, la ciudad ha recibido por Predial más de 2,5 billones de pesos y el recaudo total está por encima de los 5,7 billones de pesos. Además, se han recibido 1,8 millones de pagos de parte de los bogotanos.

La Entidad aclara lo siguiente:
1. Las personas que obtuvieron su factura a través de la Oficina Virtual o en el botón “Descarga y paga ya” y les aparece como fecha de vencimiento el 24 de junio podrán pagarla hasta mañana; de lo contrario, deberán descargarla o hacer la declaración en la plataforma.

2. El sistema empezará a cambiar las fechas y este proceso terminará el sábado, 25 de junio. Es importante que quien obtenga las facturas hoy y mañana sepa que estas solo se pueden pagar de forma presencial en los bancos autorizados y por PSE y que, a partir del martes, 28 de junio, podrá hacerlo en la página web de sus bancos.

Si usted es o fue proveedor o contratista de una entidad de la Administración central del Distrito, de un Fondo de Desarrollo Local, de la Veeduría, la Personería o el Concejo —identificados bajo el NIT. 899.999.061-9— y necesita el certificado de descuentos y retenciones nacionales y distritales, aquí le explicamos cómo obtenerlo. Es muy rápido y sencillo.

Ingrese al portal web www.shd.gov.co. En el menú principal, haga clic en “Trámites”. Luego, donde aparece “Servicios virtuales”, elija “Servicios de Tesorería”. Allí se desplegarán dos opciones de certificados, según el periodo que requiera: “anteriores a septiembre de 2020” y “de octubre de 2020 en adelante”. Digite los datos de validación y así obtendrá su certificado.

Pueden seguir este procedimiento quienes hayan realizado un pago de traspaso de vehículo en los Servicios Integrales para la Movilidad (SIM) o los ediles interesados en tener dicho certificado.

También se puede solicitar la expedición del certificado de retención directamente ante la entidad contratante.

En caso de que no pueda obtenerlo por estas vías, puede enviar una solicitud a la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante la dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

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