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Miércoles, 19 Agosto 2020 10:25

Concepto 606, CTCP sobre ingresos sindicales

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública emitió el Concepto 606 del 18 de agosto de 2020, por el cual da respuesta a la siguiente consulta: ¿Cuál es el tratamiento contable de los ingresos provenientes de los contratos sindicales?

En su respuesta, la entidad señala que “El procedimiento de reconocimiento de los ingresos de una entidad sin ánimo de lucro se debe asimilar a los procedimientos establecidos NIIF para Pymes en la Sección 23 Ingresos de Actividades Ordinarias”.

Para conocer el Concepto 606, haga clic aquí.

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Por medio del Concepto 555 del 12 julio de 2020, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio respuesta a una consulta referente a la contabilización de fondos sociales.

Para conocer el Concepto 555, haga clic aquí.

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A través del Concepto 530 del 12 de julio de 2020, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública dio respuesta a una consulta referente al tratamiento de los activos biológicos, relacionado con los caballos.

Para acceder al Concepto 530, haga clic aquí.

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Miércoles, 05 Febrero 2020 13:13

Concepto CTCP sobre venta a plazos bajo NIIF

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio respuesta a una consulta que tiene como tema central la venta a plazos bajo NIIF. La siguiente fue la consulta realizada:

 

“Quisiera consultar cual es el tratamiento contable de Ventas a Plazos bajo NIIF?

El caso práctico es el siguiente
1. Se adquiere un inventario para la venta por valor de $5.000.000 (Incluido IVA 19%)
2. El inventario para la venta tiene dos precios de lista a) si se vende de contado se vende en $.6.000.000 (incluido IVA), mientras que si se vende a plazos por ejemplo 24 meses cuesta 8.000.000 (incluido IVA), pagaderos así: cuota inicial $600.000 y 24 cuotas iguales de $308.333
1. En qué momento debe reconocerse el ingreso en la venta a 24 meses
2. Cómo se debe contabilizar el pago de la cuota inicial y las 24 cuotas restantes?
3. Bajo NIIF ¿se debe diferir el ingreso? cual es el tratamiento del IVA?
4. ¿Hay lugar a aplicar impuestos diferidos? Se le debe dar el tratamiento como si fuera un leasing
financiero? (…)”

 

Para conocer la respuesta del CTCP, haga clic aquí.

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Viernes, 18 Octubre 2019 07:50

Concepto 028367, honorarios del revisor fiscal

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 028367 del 3 de octubre de 2019, por el cual responde a una consulta referente a los honorarios del revisor fiscal. El siguiente es el resumen de este concepto:

 

En síntesis, todos aquellos aspectos que apuntan al cumplimiento y a la prestación de un servicio basado en la excelencia adecuado a las necesidades de los usuarios, que permita el tratamiento específico para cada tema en particular, así como el análisis y la solución de los problemas de manera rápida y, la atención inmediata de los requerimientos de cada contratante. Para ello se hace necesario que se analicen los costos de las horas de dedicación de los profesionales involucrados en el trabajo, ya sean especialistas o simples ejecutantes y se tengan en cuenta cada uno de los factores enunciados precedentemente, a fin de fijar una tarifa de honorarios profesionales acorde con la labor que se contrata.

 

Para conocer el Concepto 028367 completo, haga clic aquí.

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Por medio del Concepto 028111, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, aclaró una consulta acerca de las funciones y quejas sobre el revisor fiscal. El siguiente es el resumen de este Concepto:

 

Las funciones del Revisor Fiscal se encuentran relacionadas en el Código de Comercio. La obligatoriedad de tener esta figura de control, se encuentra definida en la Ley 43 de 1990 y en el Código de Comercio (Artículos 207 al 213). La función disciplinaria en relación con las actuaciones de los Contadores Públicos corresponde a la UAE - Junta Central de Contadores, quien actúa como autoridad disciplinaria. En consecuencia, quienes resulten afectados por las actuaciones de los contadores públicos, en su calidad de contadores públicos o revisores fiscales, pueden informar a la Junta Central de Contadores (JCC) del incumplimiento de las obligaciones profesionales, en los términos de la Resolución 667 de 2017, de la JCC, que reglamenta el procedimiento sancionatorio seguido por el tribunal disciplinario de esta autoridad de vigilancia.

 

Para conocer el Concepto 028111 completo, haga clic aquí.

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Miércoles, 16 Octubre 2019 09:41

Concepto 027953, CTCP sobre impuestos diferidos

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 027953, por medio del se refiere al siguiente tema:

 

Para efectos eminentemente contables, las directrices para el reconocimiento de los impuestos corrientes y diferidos, que se originan por diferencias entre las bases contables y fiscales, son las establecidos en los anexos 1 y 2, del Decreto Único Reglamentario -DUR 2420 de 2015 y sus modificatorios. Tratándose de una entidad que aplica las normas del anexo 1 del DUR 2420, se considerará lo establecido en la NIC 12 Impuestos a las Ganancias, y en la CINIIF 23 Incertidumbre frente a los tratamientos del impuesto a las ganancias. Tratándose de una entidad que aplica las normas del anexo 2 del DUR 2420, se considerarán los lineamientos de la sección 29 Impuestos a las ganancias.

 

Para conocer el Concepto 027953 completo, haga clic aquí.

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 0919 del 22 de julio de 2019, referente a las normas o lineamientos sobre la firma de certificaciones por parte del contador público y del revisor fiscal.

 

En este concepto se da respuesta a la siguiente pregunta:

 

¿Existe un lineamiento legal o de jurisprudencia que permita identificar cuando las certificaciones contables, tributarias y demás que soliciten firma de contador o revisor fiscal deban ser firmadas por el contador que prepara la información y cuando el revisor fiscal?

 

Para conocer la respuesta del CTCP, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 0455 dando respuesta a la siguiente consulta:

 

“Trabajo para una empresa que presta servicio de outsourcing de contabilidad. Algunos de los revisores fiscales asignados a nuestros clientes nos están exigiendo para el cierre de los estados financieros que contemos como empresa de outsourcing la implicación de la norma ISAE 3402. Pregunta: ¿me encuentro obligada a aplicarla, si contamos con controles internos que aseguran la información?”.

 

Para conocer la respuesta del CTCP, haga clic aquí.

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Miércoles, 14 Noviembre 2018 08:47

Concepto 556, CTCP sobre estados financieros certificados

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto No. 556 de 2018, relacionado con los Estados Financieros Certificados.

 

En dicho documento, da respuesta a las siguientes preguntas:

 

1. ¿Los estados financieros siempre deben ir acompañados por una carta de certificación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 37 de la ley 222 de 1995, o solo con la firma en estos se puede dar por entendida también dicha certificación?

 

2. ¿La firma a los estados financieros y certificación de los mismos, para el caso del contador debe contener también el número de documento de identidad o solo con la firma y la indicación del número de la tarjeta profesional es suficiente?

 

Para conocer el Concepto 556 completo, descargue el archivo adjunto a esta nota.

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