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El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó el Decreto 1789 del 21 de diciembre de 2021, "Por el cual se reglamenta el artículo 18 de la Ley 2069 de 2020 y se adicionan los artículos 2.2.2.47.9 y 2.2.2.47.10 al Decreto 1074 de 2015, en lo relacionado con el uso de la firma electrónica y digital como una herramienta para facilitar la innovación y la transformación digital".

Para conocer el Decreto 1778, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, recordó a los contribuyentes que el mecanismo de firma digital debe ser renovado cada tres (3) años, a partir de la fecha en que se realizó la descarga.

 

Por esta razón, la administración tributaria invitó a realizar la renovación del mecanismo de firma digital, haciendo uso de los servicios en línea, dentro de los 30 días anteriores al vencimiento del mismo, teniendo en cuenta los siguientes pasos:

 

  • Ingrese a www.dian.gov.co
  • Seleccione la opción Usuarios Registrados
  • En la pantalla de inicio de sesión, en la casilla “Ingresa a nombre de” seleccione la opción “A Nombre Propio”.
  • Verifique los datos de identificación y ubicación del RUT y, en caso de requerir modificaciones, actualice el RUT antes de continuar con el proceso de renovación del mecanismo digital, siguiendo las instrucciones publicadas en la cartilla de Actualización RUT.
  • Si los datos de su RUT no necesitan ser actualizados, continúe inmediatamente con el procedimiento de renovación o ingrese por MENU a la opción Autogestión donde puede consultar la vigencia o renovar el mecanismo digital.
  • Al dar clic en la opción “Renovación de Certificado”, el sistema le solicitará que firme con su certificado digital vigente la transacción y le generará el Acuse de Recibo.
  • Genere el PDF de la renovación y consérvelo a la mano para la activación del mismo.
  • Proceda a realizar la Activación y Descarga del Mecanismo Digital, teniendo en cuenta los datos del formulario de renovación. Por último, siga las instrucciones para descargar el Mecanismo Digital (Cartilla y Video).
  • Si el mecanismo se encuentra vencido, puede renovarlo en Si el mecanismo se encuentra vencido, puede renovarlo en cualquiera de nuestros Puntos de Contacto de la DIAN en todo el país, teniendo en cuenta:
  • Si el punto de contacto cuenta con servicio agendamiento, solicite cita previa.
  • Para realizar su trámite debe presentar documento original de identificación.
  • Proceda a descargar el Mecanismo Digital, siguiendo las instrucciones ver Cartilla y Video.
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, ha dispuesto el servicio en línea para que todas las personas naturales sin firma digital actualicen el Registro Único Tributario -RUT, cada vez que modifiquen datos como: dirección, correo electrónico, teléfonos, actividad económica, fecha de inicio de actividad económica y la adición de nuevas responsabilidades, entre otros, sin necesidad de acercarse a los puntos de contacto DIAN.

 

Este nuevo servicio virtual de la DIAN, es posible gracias a la expedición del Decreto 2620 de 2014 que modificó el artículo 9 del Decreto 2460 de 2013, a fin de facilitar el cumplimiento de las distintas obligaciones formales de los ciudadanos-clientes, facultando a las personas naturales para realizar la actualización del RUT de forma electrónica.

 

La Entidad reitera a toda la ciudadanía que el RUT no pierde vigencia, tal como lo establece el parágrafo del Artículo 6° del Decreto 2460 de 2013.

 

Así mismo, se recuerda que, a través de la página web www.dian.gov.co, puede generarse una copia del RUT, con fecha actualizada, sin necesidad de desplazarse a los Puntos de Contacto.

 

Validez del documento
La DIAN señaló que la copia del documento es válida con la marca de agua “COPIA CERTIFICADO DOCUMENTO SIN COSTO” y no requiere la firma del funcionario de la DIAN. Sólo basta el registro de fecha y hora de la generación del documento que aparece en la parte inferior derecha del formulario.

 

Para la actualización del RUT consulte el paso a paso haciendo clic aquí.

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 398 del 11 de septiembre de 2023, a través del cual responde a una consulta sobre la entrega de Usuarios y Firma digital por parte de un contador público.

Para conocer el Concepto 398, haga clic aquí.

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