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Las prioridades sociales, medioambientales y tecnológicas que hoy siguen la sociedad y las empresas en el orden mundial, llevaron a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) a actualizar las Líneas Directrices para Empresas Multinacionales sobre la Conducta Empresarial Responsable.

Dentro de los cambios hay recomendaciones para que las empresas estén en línea con los objetivos acordados internacionalmente en materia de cambio climático y biodiversidad.

Igualmente, introducción de expectativas de diligencia debida en el desarrollo, financiación, venta, concesión de licencias, comercio y uso de la tecnología, incluida la recopilación y el uso de datos.

También hay recomendaciones sobre cómo se espera que las empresas actúen con la diligencia debida en los impactos y las relaciones comerciales relacionadas con el uso de sus productos y servicios.

Además, una mejor protección para las personas defensoras de derechos y grupos de riesgo, incluidos aquellos que expresan su preocupación por la conducta de las empresas.

Incluye recomendaciones actualizadas sobre la divulgación de información relativa a la conducta empresarial responsable, así como ampliación de las recomendaciones sobre diligencia debida a todas las formas de corrupción.

Hay sugerencias para que las empresas garanticen que las actividades de los grupos de presión sean coherentes con las Directrices. Así mismo, procedimientos reforzados para garantizar la visibilidad, eficacia y equivalencia funcional de los Puntos Nacionales de Contacto sobre Conducta Empresarial Responsable.

Por otro lado, las Líneas Directrices son la principal norma mundial para los países miembros de la OCDE sobre conducta empresarial responsable y se aplican ampliamente en las políticas públicas y en la práctica empresarial.

Consulte las directrices actualizadas haciendo clic aquí.

La OCDE publicó la evaluación de pares en materia de intercambio automático de información sobre cuentas financieras – CRS 2022 (Peer Review of the Automatic Exchange of Financial Account Information – CRS 2022), en la cual Colombia mantiene la máxima calificación “In Place" (En funcionamiento) en relación con el marco jurídico de CRS, otorgada en la evaluación de 2020.

La evaluación se publicó durante la 15ª Reunión Plenaria del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales. Y este año, adicionalmente, calificó la eficacia en la práctica del marco jurídico CRS del país, obteniendo Colombia también la máxima calificación “On Track" (Cumplidor).

Este resultado sigue posicionando a Colombia en el grupo de países con los más altos estándares para el intercambio de información financiera, y ratifica que la Dirección de Impuestos y Aduanas nacionales -DIAN- cuenta con un marco legal robusto y prácticas eficaces para garantizar el cumplimiento de sus compromisos internacionales en materia de cooperación y lucha contra la evasión fiscal. Es de resaltar que en relación con el año fiscal 2021 y el estándar CRS, a la fecha Colombia ha recibido información de 91 países y ha remitido información a 77.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) presentó el informe Panorama Económico de Colombia, en el cual este organismo internacional hace un análisis a la propuesta de reforma tributaria presentada por el gobierno nacional y que busca recaudar recursos adicionales con el objetivo mantener la estabilidad fiscal del país y reducir las desigualdades y la pobreza.

El informe presenta comentarios que respaldan los objetivos perseguidos con la reforma tributaria, así como una evaluación de los elementos que contempla la propuesta, incluida la lucha contra la evasión y la elusión.

Para conocer el Informe de la OCDE, haga clic aquí.

La OCDE publicó como Tax Policy Review el reporte de la segunda fase de gasto tributario en Colombia, el cual contiene una propuesta en relación con el sistema tributario de referencia ("Benchmark") con respecto al cual se identifican los gastos tributarios, y un análisis de la medición y reporte de los gastos tributarios de la nación. Entendiendo como gastos tributarios las disposiciones en la legislación vigente (i.e. renta exenta, ingresos no constitutivos de renta, deducciones no estándar, descuentos, tarifas reducidas y diferimientos) que se apartan del sistema tributario de referencia.

Durante 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, junto a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE, desarrollaron la Fase II del análisis de los gastos tributarios luego de lo concluido en el informe de la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios, en cuanto a que en Colombia se hace un uso excesivo y sistémico de los gastos tributarios, para corregir las deficiencias estructurales del sistema tributario. Cabe anotar que el informe de la Comisión de Expertos también recomendaba a Colombia que se centrara en una reforma tributaria integral y rompiera la espiral indeseable de introducir continuamente los gastos tributarios mal diseñados.

Dentro de las recomendaciones de la Comisión del 2021, relacionadas con gastos tributarios, se destacan: algunos que no han sido identificados; en tanto que otras concesiones tributarias que podrían considerarse parte del sistema tributario de referencia son reportadas como gasto, lo que da lugar a una estimación sesgada del total de ingresos no percibidos por gasto tributario que Colombia reporta; y se recomienda la publicación de un informe anual independiente sobre este tema, que enumere los gastos y cuantifique los ingresos fiscales no percibidos asociados a estos. Así, se permitiría incrementar la transparencia fiscal, facilitar la rendición de cuentas y apoyar la asignación de recursos públicos basada en datos.

La revisión de los gastos tributarios en Colombia en sus dos fases ha sido financiado con apoyo de la Embajada Suiza, Cooperación Económica y Desarrollo (SECO). En este segundo informe, la OCDE proporciona recomendaciones sobre cómo identificar, medir y reportar los gastos tributarios en Colombia. De este modo, se convierte en un insumo útil para futuros debates sobre eventuales reformas tributarias y para evaluaciones del sistema tributario en el país.

Este informe profundiza en las recomendaciones realizadas por la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios en 2021 en materia de reporte de gasto tributario, y aborda el análisis de los aspectos restantes para que Colombia pueda empezar a publicar un informe independiente sobre los mismos. Igualmente, provee estimaciones concepto a concepto de la pérdida de recaudación por gasto tributario en el Impuesto sobre la Renta para aquellas partidas para las que se disponía de información desagregada. La OCDE calculó los ingresos no percibidos de una amplia gama de gastos tributarios sobre la base de dos muestras despersonalizadas de declaraciones de impuestos de personas jurídicas y naturales, y de información exógena proporcionadas por la DIAN para los fines del informe. Esta propuesta fue aplicada por la DIAN al universo de contribuyentes que presentan declaración de renta a los que se les ha añadido, siempre que ha sido posible, la información relativa a los formularios de información exógena correspondientes. Así las cosas, la DIAN calculó la pérdida recaudatoria asociada siguiendo las recomendaciones de la OCDE.

En resumen, -y por primera vez en Colombia- este segundo estudio incluye, (i) la definición del Benchmark del sistema tributario colombiano con relación al Impuesto sobre la Renta de Personas Jurídicas y Personas Naturales, y el Impuesto al Valor Agregado - IVA, (ii) un listado de gastos tributarios vigentes en el sistema tributario colombiano para estos impuestos, y (iii) la metodología de medición del sacrificio fiscal de los gastos tributarios ítem por ítem (sujeto a la disponibilidad de datos). Vale la pena mencionar que, en el reporte, la OCDE señala la necesidad de mejorar el acceso a la información que posibilite la cuantificación del gasto tributario.

En este sentido, la DIAN buscará publicar anualmente un reporte en dos cortes: 1. En el primer trimestre de cada año: reporte de gastos tributarios en el Impuesto sobre la Renta de Personas Jurídicas y del Impuesto al Valor Agregado - IVA. 2. En el segundo trimestre de cada año: Reporte de gastos tributarios del Impuesto sobre la Renta de Personas Naturales. Las mencionadas fechas se establecieron con base en el calendario tributario de presentación de declaración de impuestos de renta e IVA y el tiempo que le toma a la Subdirección de Estudios Económicos procesarlas. Así las cosas, el primer reporte de gastos tributarios detallado debería ser publicado en el 2023, y contendría información del año gravable 2021.

En el siguiente link podrán encontrar el segundo informe sobre gasto tributario: https://www.oecd.org/tax/tax-policy/oecd-tax-policy-reviews-colombia-2022-054722db-en.htm

Colombia, junto a otros 135 países del Marco Inclusivo de BEPS de la OCDE y el G20, se adhirió al acuerdo global sobre el Pilar Uno y el Pilar Dos, un hito en la historia de la tributación internacional, que sienta las bases del régimen fiscal de las Empresas Multinacionales en la era digital.

El acuerdo al que se llegó en la 13ª Reunión del Marco inclusivo implica un avance al lograr un consenso global sobre las nuevas reglas de tributación internacional de grupos multinacionales.

Bajo el Pilar Uno, estas reglas establecen un nuevo concepto de nexo que reconoce el derecho que tienen las jurisdicciones de mercado a gravar las rentas que se originan en su territorio, derecho éste que no puede estar ya condicionado a la existencia de presencia física de las multinacionales en sus territorios. Para las empresas incluidas en el ámbito de aplicación del llamado Monto A, el 25% de sus ganancias residuales, definidas como ganancias superiores al 10% de los ingresos, se asignarán a jurisdicciones de mercado. Así mismo, la solución global reconoce la importancia de otorgar certeza tributaria a los contribuyentes y contempla mecanismos para la eliminación de la doble tributación.

Por su parte, bajo el Pilar Dos, los 136 países que se han unido al consenso, han acordado un sistema coordinado de reglas para garantizar el pago de un impuesto mínimo global cuya tarifa es del 15%, independientemente de dónde desarrollen sus actividades las multinacionales. El Pilar Dos está compuesto por dos reglas domésticas, la Regla de inclusión de ingresos y la regla sobre pagos insuficientemente gravados (reglas GloBE) y una regla de convenio, la regla de sujeción a impuesto, las cuales permitirán garantizar el cumplimiento de esta tributación mínima global.

Con este acuerdo se busca terminar la competencia fiscal entre jurisdicciones que se han embarcado en una carrera por ser más competitivas en sus tarifas de renta corporativa para atraer las actividades económicas hacia sus territorios, impactando gravemente el recaudo tributario de muchos países al erosionar sus bases y trasladar utilidades a jurisdicciones de manera no justificada.

Al respecto, el ministro de Hacienda y Crédito Público, José Manuel Restrepo señaló que: "Es de resaltar el amplio consenso frente a este impuesto global para las multinacionales, el mundo está avanzando en una tributación más progresiva y alineada con la actualidad. Colombia se beneficiará con la recuperación de recursos tributarios que dejamos de percibir por convenios internacionales".

Por su parte, el director General de la DIAN, Lisandro Junco Riveira, señaló "Colombia celebra este logro y quiere reconocer y agradecer el intenso trabajo de la OCDE y de todos y cada uno de los delegados de los 140 países miembros del Marco inclusivo. Reiteramos igualmente el compromiso del país en la búsqueda de un sistema tributario internacional más justo y de soluciones globales que permitan obtener mayores y mejores resultados para todos nuestros países".

Por último, el Ministro de Hacienda afirmó que "aunque aún falta la implementación del acuerdo, que será en 2023, es un enorme paso para avanzar en equidad global, especialmente con las naciones que son más vulnerables. Celebramos la decisión, que permitirá que menos de 10 mil multinacionales paguen impuestos en los países donde obtienen sus ganancias".

Colombia ha participado activamente, a través de la DIAN, desde el inicio en el diseño y discusión de estas nuevas reglas en el Marco Inclusivo en los diferentes Grupos técnicos de Trabajo de la OCDE. Lograr un consenso global, de 136 países con diferentes estructuras y diferentes intereses, no ha sido una tarea fácil, pero todos los países han reconocido la necesidad y los beneficios de llegar a una solución global y evitar la proliferación de medidas unilaterales que tienen altos impactos negativos. Este consenso es un paso adelante hacia un sistema tributario internacional más justo.

Colombia se ha convertido formalmente en miembro de la OCDE, el país número 37 en ser parte de la Organización en sus 60 años de historia. El país completó los procedimientos internos de ratificación de la Convención de la OCDE y depositó su instrumento de adhesión. Esto concluye exitosamente el proceso de adhesión que inició en 2013.

 

Los países miembros de la OCDE invitaron a Colombia a afiliarse a la Organización en mayo de 2018. La invitación se hizo después de un proceso de adhesión de cinco años, durante el cual se sometió a revisiones en profundidad por parte de 23 Comités de la OCDE y puso en marcha reformas estructurales para armonizar su legislación, sus políticas y sus prácticas públicas a las normas de la OCDE, en particular sobre cuestiones laborales, de reforma de su sistema de justicia, de gobierno corporativo de las empresas de propiedad estatal, de anti-soborno, de comercio, así como de establecimiento de una política nacional sobre químicos industriales y gestión de residuos.

 

Más allá de los aspectos técnicos, el proceso de adhesión ha servido como un catalizador para que Colombia lleve a cabo reformas importantes para mejorar el bienestar de sus habitantes, tales como la reducción de la informalidad en el mercado laboral, la mejora de la calidad y la relevancia de la educación y la capacitación, así como para la sostenibilidad de largo plazo del sistema de salud.

 

Al recibir la buena nueva, el Secretario General de la OCDE, Angel Gurría, comentó: “Nos complace mucho dar la bienvenida a Colombia como miembro 37 de la OCDE. La adhesión de Colombia reafirma nuestro compromiso de unir a los países que se esfuerzan por alcanzar los más altos estándares en las políticas públicas mundiales para mejorar el bienestar y la calidad de vida de sus ciudadanos. Dada su historia reciente, Colombia puede estar orgullosa de lo que es realmente un logro excepcional.”

 

“El proceso de adhesión brindó a Colombia la oportunidad de debatir los principales temas y retos de política pública en un contexto multilateral y de aprender de las experiencias de los países de la OCDE. A la vez, este diálogo enriqueció el conocimiento y la experiencia política de la OCDE”, añadió Gurría.

 

Con la adhesión de Colombia, el número de países miembros de la OCDE aumentó a 37. Será el tercer país miembro de la región de América Latina y el Caribe, junto con México y Chile. Un cuarto, Costa Rica, está entrando en las últimas etapas de su proceso de acceso a la Organización.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales recordó que en virtud de la Resolución 060 de 2015 y en desarrollo de la "Ley sobre el Cumplimiento Fiscal relativo a Cuentas en el Extranjero (FATCA)", a partir del próximo lunes 30 de julio y hasta el viernes 3 de agosto, se inician los vencimientos para el reporte de información que deben hacer las Instituciones Financieras de Colombia, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.

 

De igual manera, en cumplimiento de la Resolución 00119 de 2015, las Instituciones Financieras obligadas a reportar información en cumplimiento del "Acuerdo Multilateral del Autoridades Competentes" bajo el estándar común de reporte (CRS) de la OCDE, deberán remitirla como máximo, entre el lunes 30 de julio y el lunes 13 de agosto, de acuerdo con el último dígito del NIT.

Como parte de los compromisos y requisitos que condujeron al ingreso de Colombia a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la Superintendencia de Sociedades puso en marcha una nueva estrategia de lucha contra la corrupción y el delito de soborno internacional y se la presentó a delegados de ese organismo.

 

El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, explicó los avances del País en los últimos meses para prevenir, detectar y sancionar conductas ilícitas en las que puedan incurrir compañías domiciliadas en Colombia, que tengan negocios en el exterior.

 

Estas políticas están en consonancia con la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE.

 

"En múltiples sesiones del grupo de trabajo sobre soborno transnacional, llevadas a cabo en la OCDE, la Superintendencia atendió las inquietudes de ese organismo, en torno a los instrumentos con que cuenta para identificar, perseguir y sancionar conductas ilícitas relacionadas con la corrupción empresarial, de modo que el país se sintonizó con los estándares impuestos por ese organismo", explicó el Superintendente Reyes Villamizar.

 

Por lo demás, en reciente visita, Drago Kos, Presidente del grupo de trabajo sobre soborno internacional de la OCDE dirigió talleres de capacitación con los funcionarios de la Superintendencia.

 

Así mismo, la entidad ha incorporado avances tecnológicos y normativos en esta materia, como la consolidación del laboratorio forense. Igualmente, ha implementado la ley 1778 de 2016, que le otorga amplias facultades a la Superintendencia de Sociedades para ejercer sus labores relacionadas con estos asuntos.

 

La Superintendencia cuenta con la facultad de aplicar sanciones a "cualquier persona jurídica, que por medio de empleados, contratistas, administradores o asociados, dé, ofrezca, o prometa, a un servidor público extranjero, sumas de dinero o cualquier objeto de valor pecuniario a cambio de que éste realice, omita o retarde un acto relacionado con sus funciones", precisó el Superintendente Reyes Villamizar. Las sanciones por estas conductas, fueron establecidas en multas que pueden superar los 50 millones de dólares.

 

Cabe recordar que, en la misma ley "antisoborno", se le asignaron a la Superintendencia atribuciones relativas a la prevención de esta clase de conductas. Por ello, la Superintendencia les ha exigido a más de 500 compañías que supervisa, la adopción de programas de ética empresarial para crear conciencia acerca de la gravedad de estas conductas y para facilitar la detección temprana de prácticas que, además de atentar contra el orden público, pueden destruir la reputación de las compañías.

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