La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, busca contactar a 286 contribuyentes, entre personas naturales, jurídicas y entidades asimiladas, que realizan operaciones de cambio y acumulan deudas cercanas a los 142 mil 200 millones de pesos (aproximadamente USD 34.595.144).

Estas obligaciones provienen de 1.354 operaciones de comercio exterior, cuyas sanciones cambiarias por mora podrían superar los 50.000 millones de pesos colombianos.

Esta iniciativa hace parte de la estrategia para fortalecer el recaudo fiscal y fomentar el cumplimiento de las obligaciones cambiarias y, para ello, este 17 de junio, en Bogotá, la entidad realizará una jornada masiva de orientación y socialización a estos contribuyentes, sobre los beneficios de acogerse a las sanciones reducidas contempladas en el Régimen Sancionatorio Cambiario (Decreto Ley 2245 de 2011).

La jornada se llevará a cabo en la sede de la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá, ubicada en el Centro Empresarial Connecta 26, Avenida Calle 26 N.º 92–32, módulo G5, piso 3. Para quienes no puedan asistir de manera presencial y deseen participar en esta actividad, la entidad habilitará una transmisión virtual a través de la plataforma Microsoft Teams, accediendo aquí.

Con estas acciones la DIAN busca promover y facilitar a los contribuyentes la regularización de sus obligaciones fiscales, evitarle sanciones penales y verificar el cumplimiento de los beneficios contemplados en el Régimen Sancionatorio Cambiario. Este permite una reducción de la sanción hasta del 40 %, siempre y cuando no se haya realizado una Visita Administrativa de Control Cambiario o formulado cargos, previo a determinar el presunto incumplimiento.

En este contexto, la autoridad tributaria, aduanera y cambiaria adelanta un programa de investigación administrativa de carácter cambiario. Por ello, durante las jornadas se brindará información general sobre el régimen y se resolverán dudas relacionadas con las investigaciones en curso, con el propósito de facilitar la normalización de la situación fiscal de los contribuyentes.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 167 del 12 de junio de 2025, en el cual se pronuncia sobre una consulta referente a la competencia profesional del C.P. en una auditoría financiera.

Para conocer el Concepto 167, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto "Por el cual se modifica el parágrafo 2 del artículo 1.6.1.2.5. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, en lo relacionado con la información del Registro Único Tributario -RUT que puede ser compartida para el ejercicio de funciones públicas”.

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 25 de junio de 2025 hasta las 12 de la noche.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Mediante el Concepto 156 del 11 de junio de 2025, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio sus apreciaciones sobre una consulta realizada referente al Ejercicio Profesional del Contador Público. en P.H.

Para conocer el Concepto 156, haga clic aquí.

Por medio del Decreto 0639 del 11 de junio de 2025, la Presidencia de la República convoca a una consulta popular nacional y se dictan otras disposiciones.

Para conocer el Decreto 639, haga clic aquí.

Por medio del Concepto 158 del 11 de junio de 2025, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, se pronunció por una consulta sobre las Actividades similares propias del ejercicio del Contador Público.

Para conocer el Concepto 158, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 141 del 10 de junio de 2025, por el cual responde a una consulta sobre el Reconocimiento y medición del impuesto sobre la renta.

Para conocer el Concepto 141, haga clic aquí.

En el marco de la discusión del articulado de la reforma laboral en su cuarto y último debate en la plenaria del Senado, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, señaló que hay que insistir en algunos temas: “un asunto que para el gobierno es de honor, es una causa de los jóvenes y aprendices del SENA, el carácter laboral y la protección de la misma, como institución de formación para el trabajo”.

Se refirió a eliminar el trabajo por horas o el trabajo parcial, porque es una estrategia de precarización laboral en el mundo del trabajo; así como el Piso de Protección Social.

“Nos pronunciamos a favor no solo de la formalización de las madres comunitarias, de las trabajadoras de los jardines infantiles, de las manipuladoras de alimentos del programa de alimentación escolar y de los trabajadores de transportes y de carga, tal y como fue acordado en un paro de este sector de la producción del país”, reiteró el ministro Sanguino.

Agregó: “igualmente, se busca prohibir la práctica anti sindical, como es la del contrato sindical que entre 2019 y 2023 significó la contratación directa, saltándose la Ley de Contratación Pública, precarizando e incluyendo en el sector público una contratación de más de 3.500 contratos que ascendieron a 3.4 billones de pesos”.

Esos asuntos complementados con las licencias médicas, las de paternidad y de maternidad, y el acuerdo para los trabajadores de reparto, entre otros.

“Quiero invitar a los senadores y senadoras de la coalición del gobierno, que concentremos la discusión sobre estas proposiciones; estas son las líneas rojas y el alma de la reforma laboral democrática del Gobierno del Cambio y quiero por supuesto, reiterar el mensaje del presidente de la República en el día de hoy, la consulta popular es el seguro de vida de esta reforma laboral y de las reformas sociales”, puntualizó Sanguino Páez.

Ha dicho el presidente, anotó el Ministro, “si hay una reforma laboral al alcance de los sueños y de los derechos de los trabajadores, seguramente no sería procedente una consulta popular; mientras ello no ocurra, convocaremos a los colombianos y colombianas para que hagan la reforma laboral en las urnas con sus manos, con su voz, con su aliento y con su capacidad de decidir los destinos de Colombia”.

Por medio de la Resolución 217 del 3 de junio de 2025 la DIAN precisa los requisitos, el procedimiento y las condiciones para la cancelación de oficio de la inscripción del Registro Único Tributario (RUT) por inactividad tributaria.

Para conocer la Resolución 217, haga clic aquí.

La cobertura del Sistema de Protección a la Vejez con la Ley 2381 para el año 2052, correspondería al 87% y las personas protegidas serán más de trece millones, expuso el ministro de Trabajo Antonio Sanguino, durante su intervención en el reciente Consejo de Ministros.

Explicó, la estructura del modelo de pilares que comprenden el Solidario, Semicontributivo, Contributivo y de Ahorro Voluntario Complementario.

Las proyecciones de beneficiarios para el año 2025 serán más de 2.686.460 personas pobres, extremadamente pobres y vulnerables en el Pilar Solidario y 130.983 personas en el Pilar Semicontributivo.

Con la medida transitoria hasta el año 2036 de prestación anticipada, se espera beneficiar este año 62.820 personas y con el Pilar Contributivo se contará con 91.323 nuevas personas, que gracias al umbral propuesto accederán a una pensión.

El titular de la cartera laboral, compartió que hacen parte de la preparación para la entrada en vigencia de la Ley 2381, los Comités de Transición Operativa, compuesto por las Carteras de Trabajo, Hacienda, Salud y Departamento de Prosperidad Social – DPS, Colpensiones, ACCAI (Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual), Superintendencia Financiera, que a la fecha han realizado 21 mesas de trabajo.

Así mismo, el Comité de Reglamentación, que lleva 39 sesiones de estudio, conformado por representantes de los ministerios de Trabajo, Hacienda y Salud; Colpensiones, UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales), URF (Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera), Superintendencia Financiera, DPS, Asofondos y las ACCAI.

Dentro de la normatividad expedida, se destacan: el Decreto Único Reglamentario, DUR, 514 de 2024 para el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común; y el Decreto 0574 de Minhacienda, que recoge las normas aplicables a la Administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo.

Página 1 de 480

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.