El ministerio de Hacienda publicó para comentarios el proyecto de decreto por el cual se adiciona el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las normas aplicables a los negocios fiduciarios.

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 13 de agosto.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Con el fin de contrarrestar el ingreso ilegal de arroz y papa al país por la frontera con Ecuador, además de los controles permanentes que desarrolla la entidad, desde este martes 8 de julio, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) intensificó las acciones de control aduanero en el Puente Internacional de Rumichaca y los principales corredores viales que comunican a la frontera con el centro del país.

Se trata de una estrategia de fiscalización y control que ejecuta acciones operativas puntuales de la autoridad aduanera y, donde además de la DIAN y su Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera, participa el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). En total más de 30 servidores públicos participan de manera coordinada en estas acciones, cruciales para el país.

“Además del control en pasos fronterizos, desarrollamos acciones aduaneras en centrales de abastos y plazas de mercado en todo el corredor geográfico del suroccidente, desde Ipiales en Nariño hasta Cali en el Valle del Cauca, para determinar la legalidad del arroz y la papa; este es un esfuerzo interinstitucional que involucra entidades como el ICA, cuyo apoyo ha sido fundamental para conocer los criterios diferenciadores de estos alimentos y verificar si el producto nacional está siendo mezclado con otro que ingrese al país sin cumplir la normativa aduanera", dijo Luis Eduardo Llinás, director general (e) de la DIAN.

Por su parte, la DIAN, mediante entrevistas a los comercializadores levanta un registro de información que permita identificar a los proveedores locales o extranjeros, productores nacionales e importadores, así como las cantidades que estos registran y los precios del mercado en ambas naciones (Colombia – Ecuador).

Así mismo, en coordinación y con apoyo del Ejército Nacional de Colombia, la DIAN adelanta operativos de fiscalización y control aduanero en pasos ilegales, en busca de prevenir y contrarrestar el ingreso de mercancía de contrabando.

Por medio del Decreto 0771 del 07 de julio de 2025, el Ministerio de Hacienda reglamenta los artículos 35, 38, 39, 40, 40-1, 41, 81, 81-1 y 118 del Estatuto Tributario y se sustituye el artículo 1.2.1.7.5. del Capítulo 7, los artículos 1.2.1.12.6. y 1.21.12.7. de/Capítulo 12, ye/artículo 1.2.1.17.19. de/Capítulo 17 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, sobre el interés presunto y el componente inflacionario.

Para conocer el Decreto 771, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 0769 del 07 de julio de 2025, por medio del cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en lo relacionado con el ofrecimiento y prestación de servicios de órdenes de pago y transferencias de fondos por parte de las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito.

Para conocer el Decreto 769, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 169 del 4 de julio de 2025, por el cual respondió a una consulta sobre el Deterioro y Castigo de Cartera bajo NIIF para las Pymes.

Para conocer el Concepto 169, haga clic aquí.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó para comentarios el proyecto de decreto por medio del cual “se modifican parcialmente los marcos técnicos de las Normas de Información Financiera para el Grupo 1 y de Información Financiera para las PYMES, Grupo 2, del Decreto 2420 de 2015, Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, y se dictan otras disposiciones".

El periodo para la recepción de comentarios va hasta el 17 de julio. Y están habilitados los siguientes buzones: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

La propuesta de decreto tiene fundamento en el “Documento de Sustentación de dirigido por el CTCP a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público (MHCP), y de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) – sobre las Enmiendas Emitidas por el IASB durante el periodo septiembre 2022 a septiembre 2023” remitido en diciembre de 2024.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades presenta al país el informe anual sobre las 1.000 empresas más grandes de Colombia, elaborado a partir de la información financiera reportada con corte al 31 de diciembre de 2024 por las compañías vigiladas por esta entidad y otras superintendencias sectoriales, como la Financiera, de Salud, de Transporte, y de Vigilancia y Seguridad Privada.

Este informe consolida variables clave como ingresos, ganancias, activos, pasivos y patrimonio, y permite caracterizar el desempeño del sector empresarial en distintos sectores y regiones del país.

El total de ingresos consolidados de las 1.000 empresas ascendió a $1.183 billones de pesos, mientras que las ganancias netas alcanzaron los $90 billones. Las 50 empresas más grandes concentraron el 42 % del total de ingresos y el 53 % de las utilidades, lo que evidencia su peso estructural en la economía nacional.

Por sectores económicos, el comercio lidera con $365,9 billones en ingresos y utilidades por $6,7 billones. Le sigue el sector de servicios con ingresos por $306,6 billones y utilidades de $50,7 billones, consolidándose como el de mayor rentabilidad. El sector manufacturero reportó ingresos por $273,8 billones y ganancias por $10,7 billones; hidrocarburos, $183,7 billones en ingresos y $18,3 billones en utilidades; construcción, $36,4 billones en ingresos y $3,0 billones en utilidades; y el agropecuario, $17,2 billones en ingresos y $0,7 billones en ganancias.

En términos territoriales, Bogotá encabeza el ranking con $733,8 billones en ingresos, seguida por Antioquia y la región Caribe. Estos resultados ratifican el protagonismo económico de los grandes centros urbanos e invitan a continuar profundizando estrategias de desarrollo regional y fortalecimiento del tejido empresarial local.

El informe también evidencia avances en materia de sostenibilidad. El 78 % de las 50 empresas más grandes del país reportan actualmente información sobre sus prácticas ambientales, sociales y de gobernanza (ASG), lo que refleja una evolución positiva hacia modelos empresariales más responsables y transparentes.

El Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, señaló: “este informe no solo permite medir el tamaño y la participación de las principales empresas del país. También es una herramienta estratégica para identificar tendencias, monitorear riesgos sistémicos y anticipar escenarios económicos. Desde la Superintendencia ponemos esta información a disposición de la ciudadanía, los medios especializados y la academia, con el objeto de fomentar análisis técnicos, investigaciones sectoriales y decisiones más informadas desde lo público y lo privado. Nuestra labor es fortalecer la institucionalidad económica y contribuir a una mejor comprensión del entorno empresarial colombiano”.

Para conocer el informe completo, haga clic aquí.

Por medio del Concepto 188 del 1 de julio de 2025, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre las Normas contables a aplicar por parte de las PH.

Para conocer el Concepto 188, haga clic aquí.

En el 5to. Congreso Nacional de Actualización Laboral Empresarial 2025, citado por el Centro Jurídico Internacional, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, explicó los aspectos claves que se deben conocer y cumplir según lo dispuesto en la Ley 2466 de 2025-Reforma Laboral.

Dijo, que con la expedición de la reforma laboral se le cumplió a los trabajadores, corrige y recupera derechos que fueron vulnerados y permite honrar compromisos de Colombia con la comunidad internacional. “Esta Ley busca transformar el mundo del trabajo y es un compromiso que se deriva del programa de gobierno del presidente Petro”, añadió.

Sanguino recordó, que se establece el contrato indefinido como regla general, los contratos a término fijo o por obra o labor determinada pueden ir máximo por 4 años, el trabajo diurno va de 6:00 a. m a 7:00 p. m., el nocturno de 7:00 p. m. a 6:00 a. m., implementación que se hará en 6 meses.

Precisó que la remuneración en días de descanso hasta llegar al recargo del 100% por trabajar en dominical-festivo, se hará de forma gradual; así como la laboralización del contrato de aprendices y que los estudiantes de medicina en internado que cumplan con los requisitos establecidos en la norma recibirán una remuneración de al menos un salario mínimo, entre otros.

Por su parte el CEO de Centro Jurídico Internacional, Luis Acevedo Prada, declaró: “la reforma laboral se nos convierte en un desafío para el sector empresarial y para los trabajadores, porque busca formalizar y estabilizar el empleo y mirar la productividad. El reto para las empresas es adaptarse a los nuevos cambios en los procesos y requisitos para que sus formas queden bien organizadas”.

Añadió: “Muchas veces un empleador por tratar de ahorrar dinero termina en demandas o en procesos sancionatorios, perdiendo más dinero del que pensaba estaba ahorrando”.

El Ministro aseguró que “Estamos preparando un proyecto de ley con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con un plan de alivios para las micro y pequeñas empresas, con tasas diferenciales de crédito, en servicios públicos y en incentivos tributarios para la formalización empresarial, y que así, la productividad y rentabilidad de estas unidades se fundamente en el trabajo digno y decente”.

Hasta el 16 de julio, la Contaduría General de la Nación pone a discusión del público el proyecto de resolución que modifica el Catálogo General de Cuentas (CGC) para entidades de gobierno en lo relacionado con los mecanismos de pago de obras por impuestos.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

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