Lunes, 18 Septiembre 2017 08:37

Conviértase en consultor o formador de la CCB

La Cámara de Comercio de Bogotá ha abierto una convocatoria, hasta el 8 de octubre de 2017, para consolidar el Directorio de consultores/asesores y formadores/capacitadores, conformado por profesionales idóneos, interesados en ofrecer servicios la entidad pueda requerir sobre las especialidades que enumeramos a continuación.

 

La entidad invita a registrarse, diligenciando el formulario de registro con el perfil o perfiles específicos que apliquen:

 

Especialidades para asesorías y consultorías:
Legales y normatividad
Producción y calidad
Gestión de Talento Humano
Financiero y financiamiento y contabilidad
Innovación
Mercadeo y ventas nacional e internacional
Estrategia Empresarial
Tributario
Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos: en el ámbito empresarial, jurídico, juvenil, educativo, comunitario y social

 

Especialidades para capacitación y formación:
Estrategia empresarial
Financiero y financiamiento, y contabilidad
Gestión de talento humano
Producción y calidad
Innovación
Mercadeo y ventas nacional e internacional
Legales y normatividad
Tributario
Administración y competencias empresariales/gerenciales
Ambiental
Informática y Tecnología
Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos: en el ámbito empresarial, jurídico, juvenil, educativo, comunitario y social
Atención y Servicio al cliente
Hidrocarburos

 

Tenga en cuenta que para hacer parte del Directorio de consultores/asesores y formadores/capacitadores, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Ser aceptado como proveedor potencial de la Entidad.
2. Cumplir con el perfil específico al que aplique.

La Superintendencia de Sociedades notificó a 106 compañías sobre la apertura de pliegos de cargos por no reportar el programa de ética empresarial exigido en el marco de la Ley 1778 de 2016.

 

La medida administrativa afecta a grandes empresas entre las que se encuentran: 62 fábricas, 26 constructoras de obras civiles, 7 laboratorios farmacéuticos, 4 firmas del sector minero energético y 3 empresas de tecnología.

 

“Estamos comprometidos a fondo en la lucha contra la corrupción transnacional y con el cumplimiento de las nuevas normas anti soborno. En consecuencia, la Superintendencia de Sociedades adelanta una estricta vigilancia para velar por la transparencia de las sociedades colombianas en el extranjero”, dijo el superintendente de sociedades Francisco Reyes Villamizar.

 

En sus descargos las compañías deben explicar por qué no han cumplido las órdenes de la entidad en este aspecto y adjuntar las pruebas que justifiquen sus afirmaciones.

 

La Delegatura de Asuntos Económicos y Contables de la Superintendencia de Sociedades reportó que 317 sociedades (58%) cumplieron con la implementación del programa de ética empresarial, mientras que 108 empresas (22%) diseñaron el programa pero no lo han puesto en marcha. Finalmente 106 (20%) incumplieron el requerimiento.

 

“Las compañías que incumplieron con este requisito no sólo se enfrentan a posibles multas sino que están dando un mensaje muy negativo frente a su compromiso con la transparencia”, agregó Reyes.

 

Sobre el programa de ética empresarial

Un total 531 empresas están obligadas a implementar un programa de ética empresarial que incluya los principales compromisos de la organización para la prevención del soborno.

 

En general se trata de empresas con activos e ingresos superiores a los 75.000 salarios mínimos legales vigentes y una planta de al menos 1.000 empleados. Pertenecen a los sectores: industria, tecnologías de la información, infraestructura, farmacéutico y minero energético.

 

La Delegatura de Asuntos Económicos y Contables de la Superintendencia de Sociedades adelantó en el último mes jornadas conjuntas con 120 empresarios acerca del riesgo de no implementar el código de ética empresarial y de la importancia de la prevención del soborno.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, indicó, por medio de un comunicado, que no se ha proferido resolución de donación de mercancías a nombre de ninguna entidad pública del orden departamental ni municipal en el Guaviare, tampoco a particulares.

 

La aclaración se realiza a raíz de una publicación en redes sociales, en la que se hace referencia a la entrega a la comunidad de donaciones gestionadas ante la DIAN por personas naturales.

 

Vale la pena destacar que la disposición de mercancías a través de la modalidad de donación, se realiza únicamente a partir del ofrecimiento por parte de la Subdirección de Gestión Comercial, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, dirigido a las entidades del orden nacional que pertenezcan al sector administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, al Ministerio de Defensa Nacional y a la Policía Nacional, o a las entidades públicas del orden departamental o municipal y en ningún caso se realiza a personas naturales.

 

Es importante tener en cuenta que, según lo dispuesto en el artículo 637 del Decreto 390 del 07 de marzo de 2016, la DIAN podrá disponer de las mercancías decomisadas o abandonadas a favor de la Nación, mediante la venta, donación, asignación y/o destrucción de las mismas según se determine la modalidad de disposición.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, divulgó el proyecto de resolución “Por la cual se reglamentan unos artículos del Decreto 2147 de 2016”, referente a zonas francas y el régimen aduanero.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 26 de septiembre de 2017; a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

Martes, 12 Septiembre 2017 09:07

9.3% crece recaudo de impuestos en agosto

En agosto, el recaudo de los tributos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, fue de $7,7 billones, un 9.3% más que en agosto del 2016, cuando se recaudaron $7.0 billones.

 

El recaudo por tributos aduaneros aumentó 19.7%, pasando de $1,6 billones en agosto de 2016 a $1,9 billones en el mismo período de 2017, mientras que los tributos internos cuyo recaudo fue de $5.8 billones crecieron a una tasa del 5.8%.

 

La mayor contribución a la variación del recaudo del mes de agosto corresponde a la retención en la fuente a título de Renta, IVA y Timbre, que presenta un incremento de 10.1%, pasando de $3,5 billones en agosto de 2016 a $3,9 billones en agosto de 2017. Con dicha tasa de crecimiento, la retención en la fuente como mecanismo de cobro anticipado de los impuestos, explica 5.1 puntos porcentuales de los 9.3 puntos que aumenta el recaudo del mes de agosto. Le siguen los tributos al comercio exterior que crecen 19.7% y contribuyen a la variación del recaudo con 4.5%.

 

Enero- agosto
Para el acumulado enero-agosto, el crecimiento es de 6.5%. En efecto, el recaudo de los ocho (8) primeros meses del año ascendió a $93,2 billones, frente a los $87,6 billones del mismo período de 2016.

 

Por concepto de tributos a la actividad económica interna el recaudo alcanzó los $79,5 billones y creció 6.0% frente a 2016, en tanto que por tributos aduaneros (arancel e IVA), se recaudaron $13.7 billones, creciendo 9.2%.

 

Los impuestos que contribuyeron en mayor medida al crecimiento del recaudo son: el Impuesto al Valor Agregado –IVA que pasó de $16,8 billones en 2016 a $20,5 billones en 2017 mostrando una variación nominal de 22.0% y explicando 4.2% del crecimiento total del recaudo. Son tres los factores que explican entre otros, el desempeño del IVA. El primero de ellos, el incremento de la tarifa general que pasó del 16% al 19%; el segundo, los resultados de la gestión de la DIAN, que desde comienzos del año ha venido adelantando campañas de cobro y de control del tributo y en tercer lugar, los efectos inducidos por tipificar como delito penal en la Ley 1819 de 2016 la conducta de no cobrar el IVA.

 

El Impuesto de Renta y Complementarios mostró un crecimiento nominal del 37.8%, pasando de $9,8 billones en 2016 a $13,5 billones en 2017, y una contribución a la variación de 4.2%. El aumento se explica principalmente por la sobretasa renta que reemplazó la anterior sobretasa al CREE, concepto que debió liquidarse y pagar como anticipo en las declaraciones de impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2016, presentadas en el mes de abril.

 

De igual forma se destaca el recaudo por Retención en la Fuente a título Renta, IVA y Timbre que mostró en el período enero-agosto un incremento de 6.1%, al pasar de $30,0 billones a $31,8 billones.

 

Recaudo por Gestión
La ejecución de los Planes de Cobro y de Control a la evasión y el contrabando, así como las Jornadas Integrales de Control y Servicio, “Al día con la DIAN le cumplo al país” realizadas cada mes, han implicado cerca de tres millones de acciones, que hasta el pasado 31 de julio arrojan un recaudo de $4.4 billones.

 

Dentro de estas acciones, vale destacar 1.6 millones de correos electrónicos, 700 mil llamadas desde el Centro Nacional de Cobro; 390 mil mensajes SMS a celulares;43.900 visitas a morosos; 72.350 citaciones a oficinas de cobranzas; 28.586 embargos a cuentas bancarias y cerca de 2.000 visitas y acciones de registro y control de fiscalización.

 

La gestión específica en materia del Impuesto al Valor Agregado – IVA permitió establecer que a la fecha cerca de 37 mil responsables de IVA le adeudan a la Entidad $833 mil millones. Y de éstos, hay 2.453 responsables de IVA obligados a declarar los bimestres I, II y III de 2017, que, aunque presentaron la declaración de IVA, a la fecha no han pagado $335.000 millones, es decir, cobraron el IVA del 19% a los consumidores, pero no lo consignaron.

 

Segunda cuota Impuesto a la Riqueza
La DIAN hace un llamado a los ciudadanos responsables del Impuesto a la Riqueza, para que a partir del 8 de septiembre y hasta el 21 del mismo mes del presente año, cumplan con el pago de la segunda cuota de esta obligación. Quienes presentaron la declaración del Impuesto a la Riqueza y Complementario de Normalización Tributaria el pasado mes de mayo, solamente deberán pagar la segunda cuota de este impuesto, sin presentar nuevamente la declaración, diligenciando para tal efecto un recibo de pago (Formato 490).

La Superintendencia Financiera emitió la Carta Circular 71 del 8 de septiembre de 2017, la cual tiene como referencia la modificación de Componentes del Índice Agregado de Renta Variable Local (IARVL).

 

El siguiente es el texto completo de la Circular 71:

 

De conformidad con lo dispuesto en los subnumerales 1.10.2.3.1.2. al 1.10.2.3.1.4. del Capítulo III Título III Parte II de la Circular Básica Jurídica, a esta Superintendencia le corresponde establecer los componentes del Índice Agregado de Renta Variable Local (IARVL), evaluar los criterios de elegibilidad de un índice para hacer parte del IARVL, e informar acerca de la inclusión o exclusión de un índice, así como el momento a partir del cual tiene efecto en el cálculo del IARVL.

 

En consecuencia, esta Superintendencia informa que a partir del 31 de diciembre de 2017 se adiciona el Índice MSCI Colombia Risk Weighted al Índice Agregado de Renta Variable Local (IARVL).

 

La presente carta circular rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Cordialmente,

JULIANA LAGOS CAMARGO

Directora de Investigación y Desarrollo

La Superintendencia de Sociedades advierte sobre el aumento de los casos de intervención de pirámides ilegales y la proliferación de falsas multinivel que prometen inversiones en publicidad virtual, pero que podrían ser captadoras ilegales.

 

Mientras en 2016 se registraron 109 intervenciones administrativas por esquemas piramidales (17 empresas y 92 personas naturales), hasta agosto del presente año la cifra aumentó a 159 procesos (36 empresas y 123 personas naturales).

 

Debido a la estricta vigilancia que ha venido ejerciendo la Superintendencia de Sociedades sobre la actividad multinivel, los promotores de estos esquemas han optado por aprovechar las tecnologías de la información (Telegram, Facebook, WathsApp, etc) para promocionar la vinculación de personas desde el extranjero.

 

A la fecha no existe en Colombia ninguna compañía o sucursal de sociedad extranjera que opere legalmente como multinivel en la comercialización de espacios publicitarios en Internet, ni en la realización de trabajos en la red como “ver videos”, “responder encuestas” y mucho menos “participar en juegos virtuales”.

“Hacemos un llamado al público para que esté alerta y no caiga en manos de posibles captadores ilegales. En los últimos meses hemos advertido sobre posibles estafas piramidales con publicidad virtual, venta de diamantes y venta de metales preciosos. También hemos advertido sobre la proliferación de clubes de inversión en criptomonedas”, advirtió el Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.

Subsisten pirámides de “garaje”
Además del auge de pirámides por internet y tras los controles que se han venido implementando, en las últimas horas la Superintendencia de Sociedades recibió reportes de un nuevo y presunto caso de captación identificado como “Cadena o Telar” en Caloto en el Departamento del cauca.

 

Se trataría de un esquema tradicional de captación, para someter a intervención en el que se convoca a “inversionistas” de para vincularlos y que estaría siendo promovido por 4 personas.

 

Cómo reconocer si se trata de una pirámide

La Superintendencia reitera que cualquier negocio que ofrezca rentabilidades extraordinarias o multiplicar el dinero sin esfuerzo, implica un elevado riesgo y es la primera señal de alerta de un esquema de captación ilegal.

 

Otra señal de un posible esquema piramidal es el ofrecimiento de rendimientos por el simple hecho de vincular a su red de amigos o conocidos, sin que sea necesario vender ningún producto o servicio.

Solamente las compañías vigiladas por la Superintendencia de Sociedades multinivel, pueden desarrollar redes de mercadeo en el marco de la Ley 1700 de 2013.

 

Estas sociedades son constantemente inspeccionadas y la entidad se reserva el derecho de exigirles cambios a sus planes de compensación en cualquier momento.

La Supersociedades invita al público en general a denunciar esquemas de captación ilegal en la línea de atención (1) 2201000, la línea gratuita nacional 01 8000 114319 y en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Como parte del desarrollo de estrategias y programas en materia de educación y cultura tributaria, la Universidad Mariana y la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas inauguró el Núcleo de Apoyo Contable y Fiscal – NAF en el Auditorio Jesús de Nazareth de la Universidad Mariana, Calle 18 N° 34 – 104.

 

Los NAF como iniciativa de responsabilidad social diseñada e implementada por la Receita Federal, administración tributaria de Brasil, se encuentran en operación en Universidades de Brasil, El Salvador, Ecuador, Costa Rica, Honduras, Guatemala, México, Chile y Colombia.

 

Este acercamiento involucra a 19 estudiantes del Programa de Derecho de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y de la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas, quienes crearán un espacio de atención a la ciudadanía, donde estudiantes y docentes ofrecerán orientación básica en materia fiscal a Personas Naturales y jurídicas de forma gratuita, asistiendo a los ciudadanos en el uso correcto de los servicios en línea que ofrece la DIAN.

 

Los principales beneficiados con este convenio serán los habitantes del Municipio de San Juan de Pasto y los municipios circunvecinos del Departamento de Nariño, que necesitan conocer y acceder a los servicios de la Entidad, para formarse como contribuyentes responsables y conscientes de su deber con el Estado.

 

Los estudiantes brindarán a los ciudadanos sin costo alguno, una oferta de trámites y servicios como:

  • Orientación sobre el uso de los servicios en línea del Portal DIAN.
  • Acompañamiento y orientación en trámites de Inscripción, Actualización y Cancelación del Registro Único Tributario.
  • Orientación en actividades económicas y responsabilidades.
  • Acompañamiento y Orientación en el diligenciamiento de declaraciones de renta de personas naturales.
  • Orientación tributaria para sucesiones ilíquidas.
  • Orientación básica sobre el trámite de devoluciones y compensaciones.
  • Orientación básica sobre el servicio de facturación en línea.
  • Información general básica sobre trámites y servicios Tributarios, Aduaneros y Cambiarios TAC.
  • Orientación en responsabilidades sobre IVA e impuesto al consumo.

 

La atención al público será en Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación “Padre Reinaldo Herbrand” Cra 24 # 14 – 50 de lunes a viernes de 8:00 am a 12:00 m y 2:00 pm a 6:00 pm y sábados de 8:00 a.m a 12 m.

 

Para mayor información los usuarios pueden escribir al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o llamar al 3206666570 o al 7226253.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 18 de septiembre de 2017, el Proyecto de Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el patrimonio adecuado de sociedades fiduciarias, sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías, sociedades comisionistas de bolsa, sociedades administradoras de inversión y entidades aseguradoras".

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación, CGN, invitó a las partes interesadas y al público en general, a hacer sus comentarios con respecto al proyecto de Resolución por la se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativo para Entidades en Liquidación.

 

Para el efecto, se ponen a disposición los documentos relacionados con el proyecto de Resolución; el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera de las Entidades en Liquidación; las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos de las Entidades en Liquidación; y el formulario respectivo.

 

El Proyecto de Resolución por la cual se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativo para Entidades en Liquidación, puede ser consultado haciendo clic aquí.

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