No especular sobre nuevos impuestos pidió MinTrabajo al sector solidario
Richard santaEl ministro del Trabajo, Lucho Garzón pidió al sector solidario no especular sobre una eventual creación de impuestos en la anunciada reforma tributaria.
Aclaró que el Gobierno Nacional no ha tomado ninguna decisión al respecto y que de momento lo que se conoce son las recomendaciones de la comisión de expertos que están siendo estudiadas pero que no son de obligatorio acatamiento.
El pronunciamiento lo hizo el Ministro Garzón en el marco de un foro de economía solidaria que realizó el Congreso de la República para analizar el tema de los posibles gravámenes al sector.
El jefe de la Cartera Laboral manifestó también su complacencia con los voceros de las Organizaciones Solidarias que aceptaron su propuesta de promover un censo a nivel nacional para tener claro cuántas de ellas existen en todo el territorio.
Resolución 015, DIAN reglamenta el Operador Económico Autorizado
Richard santaEl Ministerio de Hacienda, a través de la Resolución 015 del 17 de febrero de 2016, publicada el 17 de abril del mismo año, reglamentó el Operador Económico Autorizado, el cual fue establecido por el Decreto 3568 de 2011.
Para conocer la Resolución 015 completa, haga clic aquí.
Colombia lidera propuesta de estandarizar NIIF para entidades sin ánimo de lucro
Richard santaLa estandarización internacional de las prácticas contables y de información financiera de las ESASL es una preocupación mundial, expuesta en varios foros internacionales desde hace algunos años. Así lo fue en el Congreso Mundial de Contadores celebrado en 2014 en Roma, se comentó en la última reunión de los Emisores Nacionales de Normas del Mundo (WNSS por sus siglas en inglés), llevada a cabo por el IASB en Londres en septiembre pasado y últimamente en el Foro Internacional de Emisores de Normas Contables (IFASS por sus siglas en inglés).
En este último evento, celebrado en Toronto, en días pasados, hubo consenso acerca de la necesidad de insistir antes los emisores mundiales para producir un estándar internacional que recoja las particularidades de las ESAL. El Foro decidió conformar un comité de seis países para estudiar este tema y tratar de avanzar en una propuesta normativa. En este grupo quedó incluido Colombia, que estará representado por el Consejero Daniel Sarmiento P., ponente del DOT 014 sobre este asunto, emitido en octubre de 2015 por el CTCP.
Igualmente, el tema fue abordado en el pasado Directorio del GLENIF (Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera), celebrado en Medellín en abril del presente año, donde se acordó iniciar un proyecto de investigación para la región sobre esta temática, que será coordinado por el Consejero Daniel Sarmiento P. con la participación de representantes de los diferentes países de América Latina.
No cabe duda de que este tema será un asunto de trascendencia internacional en los siguientes años, y que el rol protagónico del CTCP insertará al país en las discusiones internacionales sobre la generación de los estándares internacional de información financiera, tal como es el mandato de la Ley 1314.
Inicia plan piloto del nuevo modelo de factura electrónica
Richard santaCon la participación de 58 empresas voluntarias de diversos sectores de la economía, entre los que se destacan alimentos, farmacéuticos, hidrocarburos, servicios, comercio, entre otros, y distintas ciudades del país, tales como Bogotá, Medellín, Cali, Cartagena, Bucaramanga y Manizales, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, da inicio al Plan Piloto del nuevo modelo de Factura Electrónica.
La selección de estas 50 empresas se realizó considerando la manifestación de interés hecha por cada una de ellas y el propósito de integrar un grupo diversificado de compañías en representación de la mayoría de sectores de la economía colombiana, así como a la capacidad técnica y operativa de la DIAN para gestionar de manera eficiente dicho Plan.
Objetivos del plan piloto nuevo modelo factura electrónica
• Probar las condiciones de expedición e interoperabilidad de la factura electrónica establecida por la DIAN.
• Probar la solución tecnológica desarrollada por la DIAN para la masificación y control fiscal de la factura electrónica, realizando el máximo de procesos que hacen parte del servicio informático.
• Probar las condiciones técnicas y funcionales de interoperabilidad entre las soluciones tecnológicas de facturación electrónica, con las que cuenten los participantes del plan piloto frente al sistema técnico de control para la factura electrónica adoptado por la DIAN, en los términos del Decreto 2242 de 2015 y la resolución 0019 de 2016 y sus anexos técnicos.
• Probar los procedimientos técnicos y administrativos dispuestos por la DIAN para optimizar los niveles de servicio y soporte a las necesidades de quienes facturen electrónicamente.
• Identificar, valorar y mitigar los riesgos que puedan surgir en desarrollo de procesos establecidos para la facturación electrónica y su masificación.
El plan piloto tendrá una duración de 6 meses con las siguientes etapas:
Etapa 1: Socialización de documentación técnica
Etapa 2: Diseño y construcción de la solución de facturación electrónica
Etapa 3: Pruebas del ambiente de habilitación
Etapa 4: Fase de operación
Surtidas las actividades del plan piloto, la DIAN espera contar con una solución tecnológica robusta y suficiente para dar inicio a los procedimientos de recepción y control de facturas electrónicas, y del mismo modo, acometer los trámites de habilitación de quienes, de manera voluntaria, desean facturar electrónicamente, y aquellos interesados en constituirse como proveedores tecnológicos mediante el procedimiento de autorización, contenidos en los artículos 10 y 12 del Decreto 2242 de 2015.
El plan piloto de factura electrónica dará los insumos y experiencias necesarias a la Entidad para la puesta en marcha de la operación del nuevo modelo y con ello su masificación.
DIAN hace recomendación para diligenciamiento del formato 1732
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recomendó a los contribuyentes que al diligenciar su solicitud de envío de archivos para el Formato 1732, se aseguren de que si su declaración del Impuesto Sobre la Renta (Formulario 110), corresponde al año gravable 2015, en el campo “año informado” debe colocar también 2015.
Recuerde que en el prevalidador debe corresponder el periodo seleccionado “año informado”, con el de la solicitud de envío de archivos.
Seminario práctico declaración renta persona natural
Escrito por Fernando Salazar![]() |
SEMINARIO PRÁCTICO DECLARACIÓN RENTA PERSONA NATURAL
SEMINARIO PRACTICO DE TERCERAS DECLARACIONES DE RENTA Y DE PERSONAS NATURALES DE EMPLEADOS – IMAN E IMAS, DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA - IMAS Y DEMÁS POR EL AÑO GRAVABLE 2015.
DECLARACIONES DE RENTA, RIQUEZA, NORMALIZACIÓN, ACTIVOS EN EL EXTERIOR, IMAN E IMAS PARA PERSONAS NATURALES 2015 ¡APLICACIÓN PRÁCTICA DE LOS NUEVOS FORMULARIOS 210, 230 Y 240 Y EFECTOS EN LOS 440 Y 160!
Con motivo de los vencimientos para el año 2016 y la presentación de las declaraciones tributarias anuales de personas naturales por el año gravable 2015, en los nuevos formularios, los cuales incluyen la última doctrina y jurisprudencia a la Ley 1607 de 2013, se hace indispensable elaborarlas adecuadamente, además de tener en cuenta los cambios introducidos por la ley 1739 de 2014 y la última jurisprudencia.
OBJETIVO El objetivo fundamental es brindar adecuadas herramientas prácticas y recomendaciones claves para la preparación de las declaraciones de personas naturales con sus últimos cambios y racionalizar la determinación de las bases e impuestos de las mismas, además de tener en cuenta los efectos de la tan sonada NORMALIZACIÓN y la Declaración de Activos en el Exterior.
CONTENIDO 1-DECLARACIONES DE RENTA E IMAN O IMAS AÑO GRAVABLE 2015: Declaraciones Personas Naturales: Determinación practica y depuración simultanea del impuesto de renta con las del IMAN y del IMAS para Categorías Empleados (Asalariados e Independientes, formulario 230) y Trabajadores por Cuenta Propia (Formulario 240) como sistema presuntivo, nuevos requisitos, precauciones y efectos en la renta presuntiva, renta exenta, ingresos no constitutivos de renta, no aplicabilidad de deducciones, firmeza de la declaración anticipada con el IMAS, comparación y determinación de estos impuestos. También se aclarara sobre la elaboración de la declaración de renta de los no pertenecientes a las categorías Empleados (Asalariados e Independientes) y Trabajadores por Cuenta Propia (Segmentados) como régimen ordinario formulario 210, rechazo de gastos pagos a trabajadores independientes, deducciones no aceptadas, nuevos efectos en la información exógena, entre otros. Declaraciones de Activos en el Exterior: Cuando aplican, que y como se declara y en que momento deben ser presentadas.
2- ALGUNOS EFECTOS CLAVES EN LA LIQUIDACIÓN DE LAS GANANCIAS OCASIONALES 2015: Aplicación nuevas tarifas, ampliación de hechos generadores, novedosa forma de depuración de las bases gravables, nuevas exenciones y exclusiones, tratamientos preferenciales, planeación fiscal en ventas de activos fijos, nuevas precauciones y estrategias de optimización.
3- EFECTOS DEL IMPUESTO A LA RIQUEZA Y EL DE NORMALIZACIÓN POR ACTIVOS OMITIDOS Y PASIVOS INEXISTENTES AL 1° DE ENERO DE 2015 Y AL 1° DE ENERO DE 2016: Efectos de lo normalizado en el año gravable 2015 y 2016. Riesgos derivados de los intercambios de información (unilateral, bilateral y multilateral), evítese investigaciones, fiscalizaciones y sanciones (Panamá Papers).
4- ESTRATEGIAS DE LA DIAN PARA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE ANTI EVASIÓN Y NUEVA FISCALIZACIÓN DE LA DIAN: Reflexiones sobre riesgos para personas naturales, alcances de los tratados y convenios de intercambio de información con Panamá y EE.UU (Ley FATCA) y la última jurisprudencia y doctrina.
EXPOSITOR: JAIME MONCLOU PEDRAZA Contador Público Titulado de la Universidad Central, Consultor con especializaciones en Revisoría Fiscal y en Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia, Miembro y Consejero Directivo del Instituto Colombiano de Derecho Tributario - ICDT y del Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP. Docente de pregrados y posgrados de varias universidades como Pontificia Universidad Javeriana, Universidad de la Salle, Universidad Piloto de Colombia, Universidad Sur Colombiana del Huila y Universidad Libre de Pereira. Amplia experiencia en seminarios y conferencias sobre Actualización y Planeación Tributaria, dictadas con reconocidas entidades como: Banco de Bogotá, Practica, Actualícese, Accounter, Asociación de Contadores Públicos del Huila, Cámara de Comercio, Instituto Nacional de Contadores Públicos INCP, Instituto Colombiano de Derecho Tributario ICDT, Tu Consulta, Novoclick, Simposio de Revisoría Fiscal, Asociación Colombiana de Facultades de Contaduría Pública, Asfacoop, Gestión Integral Académica, Sterling Asociados. Principales publicaciones: Asobancaria, Actualización y Práctica Tributaria (1995-2002); Bancos de Bogotá, Popular, Colmena y AV villas (1997–2003). Auditoria a los sistemas de información en Empresas Sociales del Estado (2000–2006). Cartillas Declaración de Renta 2010 al 2013. Manual Régimen Tributario Especial 2009 al 2011 para entidades sin ánimo de lucro, Cartilla de IVA 2010 al 2013.
INFORMACION GENERAL: LUGAR: Auditorio Cámara Colombiana de la Infraestructura CCI Cra. 43B Nro. 16 - 95, auditorio 1° piso, Barrio Manila FECHA: Sábado 11 de Junio del 2016 HORARIO: 7:30 am a 12:30 mm VALOR: $160.000 más IVA. DESCUENTOS: 15% ($136.000) más IVA a quienes paguen hasta el 1 de junio. 10% ($144.000) más IVA a facturas con más de cuatro asistentes. Los descuentos no son acumulables
El valor incluye memorias, cuadernillo, lapicero, refrigerio, estación de café permanente, certificado y parqueadero.
INSCRIPCIONES Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones o en el teléfono: 57 (4) 444 29 26. Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web o Realiza transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280-0 Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045 y envié copia de la misma al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
MAYORES INFORMES • Teléfono: (4) 444 29 26 • Celulares: 320 675 1610 - 300 651 9641 • Página Web: www.icef.com.co • Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.@une.net.co |
Nuevo llamado de la DIAN a que se declaren y normalicen los activos en el exterior
Richard santaPara cualquier colombiano que tenga activos ocultos en el exterior, es un buen negocio declararlos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y evitar así el pago de millonarias sanciones al ser detectado a través de los acuerdos de intercambio de información que tiene Colombia y que son prioridad en la agenda internacional, pues es un problema en el que confluyen todos los países.
El Director General de la DIAN, Santiago Rojas Arroyo, indicó que “éste es el momento oportuno para que los ciudadanos declaren. La ley actual permite normalizar los activos pagando el 11.5% pero el próximo año aumenta la tarifa al 13% y a partir de 2018 desaparece la figura y ya no se podrán normalizar los activos ocultos”.
El funcionario reiteró que la Corte Constitucional declaró exequible el artículo sobre Impuesto a la Normalización dando seguridad jurídica a quien se acoja a esta figura. “Cada vez el cerco para esconder activos en el exterior es más estrecho.
Hoy Colombia tiene acuerdos de intercambio de información tributaría con 93 jurisdicciones que permitirán que a corto plazo la administración tributaria podrá saber dónde están los capitales de cada ciudadano”, enfatizó.
Actualmente en Colombia, la evasión tributaria no es un delito, por lo que el ciudadano que normalice sus capitales en este momento, no será investigado penalmente. Por el contrario, si el contribuyente no se normaliza ahora que tiene la oportunidad, cuando en Colombia se penalice la evasión, como lo hacen la mayoría de los países, deberá enfrentar problemas penales.
Los ciudadanos que normalicen no serán expuestos ante la opinión pública y las autoridades, pues están cobijados por la reserva tributaria y ésta es inviolable.
Los ciudadanos que no normalicen los activos, están expuestos a pagar una sanción onerosa del 200% del valor del activo, una vez sean detectados.
Por su parte, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría indicó que "no es ilegal tener recursos en el exterior; lo ilegal es no declararlos. Los contribuyentes tienen una oportunidad irrepetible de declarar ahora los activos omitidos con una penalidad baja que ha sido aprobada por la Corte Constitucional. Cometerían un error grave quienes no lo hagan".
La DIAN reitera que la tarifa del impuesto de normalización tributaria incrementa año a año, por lo que es conveniente que si desea hacer uso de esta figura, lo haga en el presente año, ya que la tarifa del próximo año será más alta.
Los vencimientos para declarar los activos en el exterior y normalizarlos van del 11 al 24 de mayo próximo, según el Decreto 2243 del 24 de noviembre de 2015.
DIAN aclara sección “Distribución concepto saldos” del formulario 140
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, aclaró que en el formulario 140, Declaración Impuesto sobre la Equidad CREE, en la sección “Distribución conceptos saldos”, las casillas:
59 Valor a pagar por impuesto
60 Valor a pagar por sobretasas
61 Valor a pagar por sanciones
Son de carácter informativo y no inciden en la determinación de la base gravable ni en la declaración privada efectuada por los contribuyentes.
XIX Cohorte Diplomatura en NIIF
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SEMINARIO DEVOLUCION DE SALDOS A FAVOR DECLARACIONES DE RENTA, IVA Y CREE
TEMARIO: Definición de Saldo a Favor, Pago de lo no debido o Pago en exceso.
Quien, Cuando y Donde se puede presentar una devolución de Renta, Venta y Cree ante la DIAN?
Qué formato y trámite es necesario para la devolución?
Actos administrativos
Sobre Facturas
Sentencias - Doctrina de la DIAN
EXPOSITORA: TERESA EMILIA GONZALEZ MAYA Abogada, Ex-Jefe División Fiscalización Tributaria Administración de Impuestos Medellín, Asesora Tributaria, Docente Pregrado Universidad Eafit, Universidad de Antioquia, Universidad Autónoma, entre otras.
INFORMACION GENERAL: LUGAR: Auditorio Cámara Colombiana de la Infraestructura Cra. 43B Nro. 16 - 95, auditorio 1° piso, Barrio Manila Poblado FECHA: Miércoles Junio 8 del 2016 HORARIO: 5:00 p.m. a 9:00 p.m. VALOR NETO: $160.000
El valor incluye memorias, libreta, lapicero, calendario tributario, refrigerio, estación de café permanente, certificado y parqueadero Descuentos: 20% para egresados de la Universidad Autónoma Latinoamericana 15% a quienes cancelen hasta el 27 de mayo del 2016 10% facturas con más de cuatro asistentes. Los descuentos no son acumulables
Inscripciones: 1. Diligencie el formulario de inscripción de todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones o en el teléfono: 57 (4) 444 29 26. 2. Traslado de fondos a través de nuestro botón de pagos en línea en nuestra página web. 3. Realiza consignación a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280 Cuenta corriente de Davivienda 0370 69 99 95 24 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045 Envié copia de la misma al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Mayores informes: • Teléfono: (4) 444 29 26 • Celulares: 320 675 1610 - 300 651 9641 • Página Web: www.icef.com.co • Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.-Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |