Más de 9 millones de colombianos están afiliados al Sistema de Riesgos Laborales
Richard santaA mayo de 2015, 9 millones 288 mil 829 colombianos estaban afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales, (SGRL), según lo dio a conocer la directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, Andrea Torres Matiz, en el seminario "Implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, SG-SST".
En el encuentro dirigido a empleadores del sector público y privado, se compararon las cifras con el mismo periodo de 2014, que registró 8 millones 621 mil 759 afiliados, es decir, 667.070 nuevos afiliados, que representa un aumento del 8 por ciento. En 2013 la cifra alcanzó los 8 millones 306 mil 924 trabajadores incorporados al sistema.
Con respecto al departamento del Magdalena se reporta un aumento de afiliados a riesgos laborales. A mayo se registraron 97 mil 222 afiliados, 3 mil 349 accidentes laborales y 3 muertes.
Los sectores que registran mayores casos de accidentalidad y muertes en el departamento son agricultura, inmobiliario, construcción y transporte.
Durante el encuentro también se presentaron los beneficios del Sistema de Riesgos Laborales como prestaciones económicas y asistenciales al trabajador afiliado para cubrir las consecuencias derivadas de un accidente de trabajo o de una enfermedad laboral, acompañadas de actividades de promoción del bienestar laboral y medidas de prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
La funcionaria resaltó que la cartera laboral ha venido modificando el SGRL con el fin de ampliar la cobertura de trabajadores afiliados al sistema así como del informal dentro de las 10 Administradoras de Riegos Laborales (ARL) que funcionan en el país.
El mayor número de afiliados está en la ARL pública, que es Positiva de Seguros con el 40%, otro 40% se encuentra en otras tres ARL privadas, según reportes a diciembre de 2014 y suministrados por las ALR al Ministerio del Trabajo.
En el seminario participaron cerca de 400 personas entre jefes de talento humano, planeación, responsables del área del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo y los integrantes del Comité Paritario de la Seguridad y Salud en el Trabajo de 25 microempresas, 64 pequeñas, 48 medianas y 38 grandes empresas de la región.
Los próximos seminarios se llevarán a cabo en Ubaté (Cundinamarca) e Ibagué el 24 de julio; en Manizales, Barranquilla, Popayán, Armenia, Puerto Asís y Socorro el 28 de julio.
El 29 en Bucaramanga, San Gil y Pereira; y el 30 y el 31 de julio en Cúcuta y Neiva.
Circular 21, reglas especiales para cuentas de campañas políticas
Richard santaLa Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 021 del 15 de julio de 2015, que contiene las reglas especiales para la apertura de cuentas para el manejo de los recursos de las campañas políticas y partidos políticos.
El texto completo de la Circular es el siguiente:
Apreciados señores:
Como es de su conocimiento, la Ley 1475 de 2011 “Por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones”, dispone en su artículo 25 que los recursos en dinero de las campañas electorales, se recibirán y administrarán a través de una cuenta única que el gerente de la campaña abrirá en una entidad financiera legalmente autorizada.
Mediante la Circular Externa 09 del 21 de abril de 2015 esta Superintendencia manifestó que el manejo de los recursos de las campañas a través de cuentas únicas tiene como finalidad garantizar el principio de transparencia que debe rodear la actividad electoral para el correcto ejercicio democrático, y en este sentido reiteró el deber que le asiste a las entidades vigiladas de abstenerse de abusar de su posición contractual evitando incurrir en prácticas que impidan injustificadamente el acceso a los productos y servicios ofrecidos.
En virtud de lo anterior, y en ejercicio de la facultad señalada en el numeral 9° del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, este Despacho considera necesario impartir la siguiente instrucción, con el objetivo de facilitar el acceso a los partidos políticos a cuentas bancarias para el manejo de los recursos de sus campañas:
Adicionar el subnumeral 1.4. al Capítulo I del Título III de la Parte I de la Circular Básica Jurídica, relacionado con las reglas especiales para la apertura de cuentas para el manejo de los recursos de las campañas políticas, en el sentido de establecer que las entidades cuentan con un plazo máximo de 5 días hábiles para pronunciarse de forma definitiva respecto de la solicitud de apertura de las referidas cuentas.
Se anexa la página objeto de modificación.
La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación.
Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia (E)
Durante el semestre enero – junio de 2015, el recaudo de impuesto nacionales creció un 6 por ciento, frente al mismo periodo del 2014, así lo reveló hoy El Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, Santiago Rojas Arroyo, al anunciar que a 30 de junio pasado el recaudo bruto alcanzado fue de aproximadamente $68.0 billones, frente a $63.8 billones en el mismo periodo de 2014.
Rojas mencionó que las metas para el acumulado del semestre que definió el Consejo Superior de Política Fiscal – CONFIS, se están cumpliendo por encima de los 2 billones de pesos.
En cuanto al recaudo bruto correspondiente al mes de junio de 2015, el funcionario precisó que éste fue de $12.3 billones, lo que representa un crecimiento del 10% respecto al mismo mes del año anterior.
Por tipo de impuesto se observa que sobresale el comportamiento de la declaración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) que pasó de $5.8 billones en el primer semestre de 2014 a $6.9 billones en 2015, con un aumento del 18%.
En cuanto al a Retención del CREE, pasó de $3.4 billones en el periodo enero – junio de 2014 a $3.7 billones en 2015, con un aumento del 11%.
El recaudo del Impuesto a la Riqueza sumó $2.7 billones, superando en 150 mil millones de pesos la meta establecida para el semestre, logrando un cumplimiento del 106%. Con el impuesto complementario de normalización tributaria, se logró que los colombianos declararan activos por $2.8 billones, y se recaudaron 280 mil millones de pesos, constituyéndose en un mecanismo efectivo para la lucha contra la evasión.
Finalmente el Director de la administración tributaria, invitó a los colombianos a que continúen comprometidos con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, lo cual le permitirá al país una mayor inversión social.
82% de empresas obligadas a reportar estados financieros bajo NIIF entregó información a SuperSociedades
Richard santaDe las 8.071 empresas a las que la Superintendencia de Sociedades les solicitó estados financieros bajo las Normas Internacionales de Información Financiera ((NIIF), a la fecha 6.626 han enviado este reporte.
El resultado del impacto de la aplicación de los estándares se revelará el próximo 17 de septiembre de 2015, durante el Encuentro Nacional de Construcción Conjunta para la Aplicación de Normas de Contabilidad de Información Financiera Internacional.
En 2015, explicó el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, se solicitó información a un universo tres veces mayor al de 2014. En ese momento se requirieron 2.654 empresas.
Según el informe de la Delegatura de Asuntos Económicos y Contables, de las 6.626 sociedades que enviaron sus reportes, 42,06 por ciento (2.787) son sociedades por acciones simplificadas, 38,83 por ciento (2.573) son sociedades anónimas y 9,37 por ciento (621) son sociedades de responsabilidad limitada.
Por regiones, el 49,56 por ciento (3.284) de las sociedades registra como domicilio Bogotá; 15,74 por ciento (1.043) Antioquia y 11,62 por ciento (770) el Valle del Cauca.
Adicionalmente, de las empresas que reportaron, 21,55 por ciento (1.428) hace parte del sector comercio al por mayor y al por menor; 28,65 por ciento (1.236) del sector manufacturero; 9,75 por ciento (646) de construcción y 7,64 por ciento (506) del sector agropecuario.
“El fortalecimiento de este proceso permitirá consolidar la internacionalización de las relaciones económicas, a partir de las mejores prácticas sobre la materia”, explicó Reyes Villamizar, tras recalcar que con la puesta en marcha de las nuevas normas, las empresas tendrán la posibilidad de brindar información financiera más comprensible, transparente, comparable y confiable para la toma de decisiones económicas por parte del Estado, los accionistas, los funcionarios y los empleados de las compañías.
El restante 18 por ciento que no reportó sus estados financieros bajo los estándares de las Normas Internacionales de Información Financiera recibirá un requerimiento de la Superintendencia de Sociedades, solicitando explicaciones y el envío de la información.
Decreto 1507, modifica plazo para obtener el Registro Único de Intermediarios de Riesgos Laborales
Richard santaMediante el Decreto 1507 del 13 de julio de 2015, el Gobierno modificó el Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, en lo referente al plazo para obtener el Registro Único de Intermediarios del Sistema General de Riesgos Laborales.
El presente Decreto concede hasta el 1 de julio de 2016, para que los corredores de seguros, las agencias y agentes de seguros acrediten los requisitos en materia de idoneidad profesional e infraestructura humana y operativa y para que se registren en el Registro Único de Intermediarios.
Para conocer el Decreto 1507 del 13 de julio completo, haga clic aquí.
Con la expedición del Decreto reglamentario el Gobierno Nacional viabiliza la creación de las nuevas entidades, estableciendo las condiciones que deberán cumplir para captar los recursos del público, los requerimientos de capital para operar y cómo deberán manejar el efectivo, entre otras disposiciones.
Así lo explicó el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría, quien dijo que la reglamentación de la Ley 1735 de 2014 que creó las Sociedades Especializadas en Depósitos y pagos Electrónicos (Sedpe), destinadas a promover la inclusión financiera a través de productos financieros transaccionales, como las transferencias, los pagos, los giros y el recaudo se expidió mediante el Decreto Número 1491 del 13 de julio de 2015.
El titular de la cartera resaltó que el decreto crea un campo de juego nivelado para todos los competidores que presten este tipo de servicios.
En ese sentido, el documento establece que los establecimientos de crédito y las Sedpe podrán ofrecer depósitos electrónicos con trámite simplificado de apertura cuando el saldo que manejen y el monto de los débitos que se realicen en un mes, no excedan los 3 salarios mínimos. Los demás depósitos electrónicos tendrán un trámite de apertura ordinario con la aplicación plena de las normas de conocimiento del cliente.
Adicionalmente, las Sedpe al igual que los establecimientos de crédito y otras instituciones financieras, podrán prestar sus servicios a través de corresponsales, con lo cual, podrán aprovechar las redes y la infraestructura ya existente.
“Gracias a los requerimientos regulatorios más livianos y un objeto social restringido, estas entidades podrán llevar servicios financieros transaccionales como pagos, giros y recaudos, a más colombianos y a más bajo costo, a zonas alejadas de la geografía nacional, y al mismo tiempo permitirá ir construyendo historiales de pagos para la población que les permita posteriormente el acceso al crédito y a otros productos financieros”, explicó el Ministro.
De igual manera, el funcionario hizo énfasis en que con esta regulación el Gobierno Nacional pretende que haya mayor competencia en la prestación de servicios financieros transaccionales con el fin de permitir el acceso a millones de ciudadanos que antes no tenían o no usaban servicios financieros formales, en igualdad de condiciones con las entidades financieras que actualmente operan en Colombia.
El Gobierno Nacional espera que se aproveche la infraestructura tecnológica y las redes disponibles y de esta forma contribuir con la meta del Plan Nacional de Desarrollo de reducir el efectivo.
Para conocer el Decreto 1491 del 13 de julio de 2015, haga clic aquí.
Decreto 1498, modifica parcialmente el arancel de aduanas
Richard santaMediante el Decreto 1498 del 13 de julio de 2015, el Gobierno modificó parcialmente el arancel de aduanas en lo referente a desdoblar algunas subpartidas arancelarias, las cuales quedarán con código, descripción y gravamen diferente.
Para conocer el Decreto1498 del 13 de julio completo, haga clic aquí.
11 de agosto comienzan vencimientos del impuesto de renta de personas naturales
Richard santaA partir del próximo 11 de agosto, y de acuerdo con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria -NIT, inician los vencimientos para que las personas naturales presenten su declaración del impuesto sobre la Renta por el año gravable 2014.
El Director General de la DIAN, Santiago Rojas Arroyo, precisó que de acuerdo a las proyecciones de la administración tributaria, se estima en 2.065.233 las personas naturales obligadas a presentar la declaración y que el recaudo esperado por este concepto es de $1.539.280 millones.
De acuerdo con estas proyecciones, el 68.03% de los obligados se encuentran ubicados en las cinco principales ciudades del país, así: Bogotá 806.042, Medellín 290.095, Cali 134.078, Bucaramanga 104.894 y Barranquilla 69.710. Santiago Rojas aseguró que “la DIAN está en la capacidad de detectar a las personas que, estando obligadas a declarar, no lo hacen y hacerles los requerimientos del caso”.
Uno de los referentes que tiene en cuenta la administración tributaria para llevar el control de los declarantes, y que en este año, entre otros, establecen que un empleado cuyo patrimonio bruto en el último día del año gravable 2014 exceda de 4.500 UVT, es decir, los $123.682.500, o que sus ingresos brutos obtenidos durante el mismo periodo hayan sido superiores a 1.400 UVT ($38.479.000), está obligado a declarar.
Por su parte, la Directora de Ingresos de la Entidad, Cecilia Rico Torres, invitó a los contribuyentes de este impuesto a cumplir anticipadamente con la obligación y no esperar a la fecha de vencimiento, para lo cual pueden a hacer uso de las herramientas dispuestas en la página web www.dian.gov.co, para diligenciar de manera virtual los formularios, evitándose filas, pérdida de tiempo o desplazamientos innecesarios a los Puntos de Contacto DIAN.
“La DIAN ha dispuesto el servicio en línea para que todas las personas naturales sin firma digital actualicen el RUT, sin necesidad de acercarse a los puntos de contacto DIAN, cada vez que modifiquen datos como: dirección, correo electrónico, teléfonos, actividad económica, fecha de inicio de actividad económica y la adición de nuevas responsabilidades, entre otros,” afirmó Cecilia Rico.
Así mismo recordó a los obligados, que para declarar es necesario estar inscrito en el RUT; trámite que pueden adelantar agendando su cita en la página web de la DIAN en el enlace , o acercándose a un Punto de Contacto DIAN y para el cual tan solo es necesario presentar el documento de identidad en original y una fotocopia del mismo.
Finalmente la DIAN recomendó a los contribuyentes estar atentos a las fechas establecidas en el Calendario Tributario para presentar y pagar su declaración, vencimientos que inician este 11 de agosto y terminan el 21 de octubre, el cual lo encuentran dispuesto en el siguiente link: http://www.dian.gov.co/micrositios/renta2015/microrenta2015.html
Decreto 1489, establece tratamiento tributario del gravamen a los movimientos financieros
Richard santaEl Gobierno Nacional expidió el Decreto Número 1489 del 13 de julio de 2015 el cual establece el tratamiento del GMF para el nuevo esquema de Fondos de Inversión Colectiva.
Esta norma permitirá implementar adecuadamente el nuevo esquema de Fondos de Inversión Colectiva, el cual prevé la existencia de actores especializados como lo son el distribuidor y el custodio de los Fondos. El tratamiento tributario establecido mediante el decreto permite la entrada en operación de estas nuevas figuras, sin que se generen impuestos adicionales para la operación.
El Decreto establece que los traslados entre inversiones de la cuenta del distribuidor de un fondo de inversión colectiva a la cuenta del administrador de ese fondo y de la cuenta de este a la cuenta del custodio de dicho fondo, a favor de un mismo beneficiario, están exentas del GMF, en línea con lo dispuesto en el numeral 14 del artículo 879 del Estatuto Tributario.
El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría, señaló que el nuevo esquema de los Fondos de inversión Colectiva creado mediante los decretos 1242 y 1243 de 2013, es una pieza fundamental para el desarrollo del mercado de capitales colombiano ya que asegura una mejor protección de los derechos de los inversionistas, especialmente para aquellos menos informados quiénes ahora podrán contar con un vehículo más estandarizado, con asesoría especializada y la seguridad de un tercero que verifica el cumplimiento de las operaciones.
El funcionario agregó que la entrada en operación del esquema requería de la definición sobre el tratamiento tributario entre los diferentes actores del mismo, es decir, el distribuidor, el administrador y el custodio.
“La expedición del Decreto 1489 es fundamental para la entrada en vigencia del nuevo esquema de Fondos de inversión Colectiva ya que define el tratamiento del GMF para los traslados que se realicen entre los participantes del esquema, y permitirá que tengamos un mercado de fondos más especializado, con mayores garantías, con una mayor diversificación de la base de inversionistas sin que se generen costos tributarios adicionales para los inversionistas” expresó Cárdenas.
Para conocer el Decreto 1489 del 13 de julio de 2015, haga clic aquí.
Taller de Políticas Contables Bajo NIIF - Bogotá
Escrito por Fernando Salazar
TALLER DE POLÍTICAS CONTABLES BAJO NIIF
PRESENTACIÓN
A partir del 1º de enero de 2015 las entidades pertenecientes al grupo 2, deben adelantar el año de transición, durante el cual su contabilidad oficial para todos los propósitos legales se preparará con base en los PCGA locales, pero de forma paralela deberán preparar sus primeros estados financieros comparativos bajo la NIIF para las Pymes (Decreto 3022 de 2013), además de elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA); así mismo, a partir de esta fecha, la contabilidad oficial de las entidades pertenecientes a los grupos 1 y 3, debe ser preparada de acuerdo con las NIIF plenas (Decreto 2784 de 2012, modificado por los Decretos Reglamentarios 1851, 3023, 3024 de 2013, y 2615 de 2014), y el Marco Técnico de Información Financiera para las microempresas (Decreto 2706 de 2012, modificado por el Decreto Reglamentario 3019 de 2013) respectivamente.
Lo anterior implica que el reconocimiento, medición, presentación y revelación de los hechos económicos de las entidades, bajo los nuevos marcos normativos contables, tenga características especiales y requiera un estudio riguroso y un entendimiento profundo de las Políticas Contables que se deben aplicar bajo las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Las políticas contables bajo las NIIF corresponden a los principios, bases, convenciones, reglas y procedimientos específicos que debe adoptar una entidad al preparar y presentar sus estados financieros de propósito general.
OBJETIVO
A partir de la presentación de casos, explicar cómo una entidad debe identificar, elegir y elaborar las políticas contables que debe adoptar bajo las Normas Internacionales de Información Financiera. Así mismo, mediante la aplicación de talleres, presentar el tratamiento contable de los cambios en las políticas contables, los cambios en las estimaciones contables y la corrección de errores.
AGENDA ACADÉMICA
- Identificación, elección y elaboración de las políticas contables bajo las NIIF.
- Tratamiento contable de los cambios en las políticas contables bajo las NIIF.
- Tratamiento contable de los cambios en las estimaciones contables bajo las NIIF.
- Tratamiento contable de la corrección de los errores contables bajo las NIIF.
Lugar: Instituto Colombiano de Derecho Tributario - Calle 75 Nro 8 – 29 Bogota,
Fecha: Agosto 11 y 12 de 2015
Horario: 4:00 a 9:00 p.m.
Duración: 10 horas academicas
Para miembros ICDT, ICDA e IFA $ 280.000 mas IVA
Para particulares $320.000 mas IVA
El costo incluye memorias y material de trabajo para los diferentes ejercicios prácticos.
EXPOSITOR:
CARLOS ARTURO RODRÍGUEZ VERA
Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Pontificia Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); Socio de la firma IFAS S.A.S.; Ex Sub contador General de la Nación; Ex integrante del Grupo de Apoyo Técnico que elaboró el Régimen de Contabilidad Pública. Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades; Diseño y ejecución del Seminario Taller sobre NIIF organizado por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista.
INSCRIPCIONES
Diligencie el formulario de inscripción en: http://icef.com.co/inscripcion
MAYORES INFORMES:
INSTITUTO COLOMBIANO DE ESTUDIOS FISCALES - ICEF
Teléfono (4) 444 29 26
Celular 3206751610 – 3006519641
Página Web: www.icef.com.co
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