Jueves, 28 Enero 2021 13:38

DIPLOMADO EN SEGURIDAD SOCIAL Y UGPP

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DIPLOMADO EN SEGURIDAD SOCIAL Y UGPP

 

 

 

boton temario

  • Módulo 1       Derecho Constitucional de la Seguridad Social                                         
  • Módulo 2       El sistema de seguridad social
    - Pensión Regimen de ahorro individual
    - Regimen de prima media con prestación definida        
  • Módulo 3       El sistema de seguridad social. Salud                                                       
  • Módulo 4       El sistema de seguridad social. Riegos Laborales                           
  • Módulo 5       El sistema de seguridad social. Servicios sociales complementarios y Protección Social  
  • Módulo 6       Calificación de origen y accidentes laborales, y la responsabilidad del empleador frente a los riesgos laborales                
  • Módulo 7       Aspectos procesales y probatorios de la seguridad social                                
  • Módulo 8       La UGPP como una entidad de vigilancia y control                         

 

 

 

boton expositores

 

Jorge Hernán Betancur

 

Elizabeth Agudelo Henao

Abogada de la Universidad Pontificia Bolivariana, Especialista en derecho tributario de la Universidad Externado de Colombia, Especialista en derecho de los seguros de la Universidad Javeriana.
Actualmente se desempeña como jefe de regulación de la vicepresidencia jurídica de Protección. Miembro del comité tributario de Asofondos. Con más de 9 años de experiencia en el sector financiero y tributario.

 

Ana María Zapata Pérez 

Abogada de la Universidad de Medellín, Especialista en derecho del trabajo y de la seguridad social de la Universidad Pontificia Bolivariana. Realizó el curso para Expertos Latinoamericanos en Relaciones Laborales de la Universidad Castilla La Mancha, Universidad Bolonia y el Centro de Formación OIT de Turín. Docente en diferentes universidades del país como EAFIT, UPB, Antioquia, Libre de Pereira, ICESI de Cali, entre otras. Actualmente es Magistrada del Tribunal Superior de Medellín, Sala Laboral.

 

Alberto Duque

 

Jorge Gómez Rico

Conocimientos en derecho laboral individual y colectivo, procesos ante las autoridades judiciales y trámites ante autoridades administrativas, acciones constitucionales, reclamaciones y asesorías en seguridad social, experiencia en intervención y defensa en procedimientos disciplinarios laborales internos.

 

José Domingo Ramírez

 

Sandro Sánchez

Abogado especialista de seguridad social.

 

Hugo Alexander Bedoya

Magistrado del tribunal superior de medellín.

 

Alexander Coral Ramos

Abogado, experto en Régimen de Propiedad Horizontal, Derecho Laboral y Comercial, con posgrados en Derecho Administrativo y Constitucional, autor de varios libros de derecho y de P.H., profesor universitario en pregrado y posgrado, conferencista a nivel nacional de diversas universidades y empresas entre otras, del portal Actualicese.com. Consultor Jurídico de diversas copropiedades comerciales, mixtas y residenciales, al igual que de empresas del sector industrial, comercial, cañero y construcción.

 

Daniel Diosa Martínez

Abogado, especialista en derecho tributario de la Universidad Externado de Colombia. Consultor legal y tributario de compañías multinacionales y locales. Se ha desempeñado como docente en Derecho Tributario en pregrado y posgrado de la Universidad EAFIT, Universidad de Medellín, Universidad Autónoma Latinoamericana UNAULA, entre otras. Conferencista e investigador en el área del derecho tributario para Legis, ACEF, Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, ICEF, entre otras. Actualmente se desempeña como Director de Tributación de la firma Internacional RSM / Audit / Tax Consulting.

 

 

 boton infogeneral

 

  • Plataforma:  TEAMS
  • Inicia:           febrero 23 de 2021
  • Días:              martes y miércoles de 6:00 p. m. a 9:00 p. m.
  • Intensidad:   80 horas
  • Inversión:     $ 1.200.000  

                

Se certifica con el 80% de asistencia

 

 

 

boton descuentos        

  • 20%   egresados, administrativos y docentes
  • 15%   egresados de extensión (ICEF o de UNAULA)
  • 5%     grupos de 3 personas
  • 7%     grupos de 5 personas
  • 15%   grupos de 10 personas o más

 

 

boton inscripciones

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente  link: Inscripciones ICEF, o en los teléfonos (4) 4442926, WhatsApp 3006519641 o en la Universidad Autónoma Latinoamericana en EDUCO www.unaula.edu.co      

 

 

boton mediosdepago

Realice su pago a través del botón de la página web de ICEF pagos en línea

Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF NIT 900161280.

  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
  • Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045

 

Si realiza transferencia o consignación, favor enviar el soporte al correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Tarjetas de crédito Pago ágil  icef.pagoagil.co

 

 

 

boton mayoresinfor

 

  • Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF

Teléfonos: (4) 444 29 26

Celulares: 3124235443 - 3206751610

WhatsApp: 3006519641

Página Web: www.icef.com.co

Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

  • Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA

Celulares: 3015215938

Página Web: www.unaula.edu.co

Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para facilitar el cumplimiento de compromisos tributarios por parte de los contribuyentes, la Alcaldía de Medellín dispuso en su página web www.medellin.gov.co las facturas de los impuestos de industria y comercio, y predial, los cuales pueden ser consultados, descargados y pagados por canales virtuales o en las entidades financieras autorizadas.

El impuesto de industria y comercio es mensual y el primer documento de cobro de este año vence el 29 de enero, de acuerdo con el calendario tributario de 2021.

Para el impuesto predial, la Administración Municipal ofrece actualmente un descuento del 5 % si el contribuyente cancela el valor anualizado que se muestra en la factura. El 26 de marzo es la fecha límite para pagar el valor del primer trimestre o el año completo con el beneficio.

Estas dos rentas son las más importantes para la ciudad y constituyen el 74 % de los ingresos tributarios del Municipio de Medellín; además son fundamentales para el cumplimiento de los proyectos del Plan del Desarrollo.

El subsecretario de Ingresos, Henry Morales Gómez, expresó que “la invitación es a continuar cuidando nuestra salud y la de nuestras familias, haciendo uso de los canales virtuales que la Alcaldía tiene disponibles”.

El portal de la Alcaldía de Medellín y la aplicación HaciendaMed no solo facilitan la consulta y el pago sino la obtención de certificados como paz y salvo de predial y estar al día en industria y comercio.

Para pagar se debe ingresar a www.medellin.gov.co; elegir el botón “pago de impuestos” ubicado al lado izquierdo de la página; ingresar con usuario (cédula) y contraseña, o si aún no se tiene contraseña, activar la opción “registrarse” y completar el formulario. Finalmente, se selecciona la factura y se realiza el pago por el botón Place to Pay.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 1138 del 04 de enero de 2021, que tiene como tema central los gastos de puesta en marcha sociedades de contadores públicos.

En su respuesta, la entidad señaló que “Los gastos de puesta en marcha de una sociedad de contadores o una persona jurídica prestadora de servicios contables deben ser reconocidos como un gasto en el estado de resultados, ello es aplicable para entidades clasificadas en los Grupos 1, 2 o 33, otra cosa distinta son los activos intangibles generados internamente, cuya capitalización procede en la etapa de desarrollo solo para entidades clasificadas en el Grupo 1. Para entidades del Grupo 2 y 3 esto no es aplicable”.

Para conocer el Concepto 1138, haga clic aquí.

Hasta el 26 de febrero de 2021, la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) amplió el plazo para que las entidades distritales reporten la información correspondiente al segundo semestre de 2020 acerca de las estampillas de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas 50 años, Pro Cultura, Pro Personas Mayores y Cincuenta Años de Labor de la Universidad Pedagógica Nacional, así como de la Contribución Especial de Obra Pública.

La decisión, que se tomó mediante la Resolución 0032 del 21 de enero de 2021, pretende darles más tiempo a aquellas entidades que han experimentado dificultades en la generación y consolidación de la información que sirve de base para dicho reporte, de acuerdo con los términos establecidos en la Resolución SDH-000415 de 2016 que unificó el procedimiento para el reporte de la información de dichas estampillas.

Es de recordar que la entrega de la información quedó establecida para realizarse dentro de los diez primeros días hábiles de los meses de enero y julio de cada año, cuando se reportaría la información correspondiente al semestre inmediatamente anterior. Asimismo, que la información de la contribución de obra pública se debe presentar dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes.

Para conocer la Resolución 032, haga clic aquí.

La Cámara de Comercio de Bogotá recordó que como parte de los alivios brindados por el Gobierno Nacional al sector empresarial para el año 2021, las micro, pequeñas y medianas empresas que estén registradas en las Cámaras de Comercio del país y que hayan renovado su matrícula mercantil para el 2020 tendrán un descuento del 5 % sobre el valor de la tarifa en la renovación de acuerdo con el Decreto 1756 del 23 de diciembre de 2020.

Lo anterior aplica para personas naturales, jurídicas y Entidades sin Ánimo de Lucro, para establecimiento de comercio, sucursales y agencias, siempre y cuando la renovación se realice en los tres primeros meses del año, es decir al 31 de marzo.

De otro lado, los certificados de existencia y representación legal y los de matrícula mercantil, expedidos por las Cámaras de Comercio tendrán un descuento del 5% sobre el valor de las tarifas.

La cancelación de la matrícula mercantil y los cambios de información en el registro público mercantil (mutaciones) tendrán un descuento del 7 % sobre el valor de la tarifa. Ese mismo descuento aplica para la inscripción en el registro mercantil de los actos, libros y documentos, tales como nombramientos, reformas estatutarias, entre otros.

Mediante Resolución 0005 del 22 de enero de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, amplió hasta el próximo 30 de junio el plazo para que los contribuyentes actualicen en el Registro Único Tributario, RUT, las actividades económicas que desarrollan.

Con esta nueva disposición, la Entidad modifica la fecha que establecía el Artículo 2 de la Resolución 0114 de 2020, con la cual se informó de los cambios de la Clasificación de Actividades Económicas CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme de Actividades Económicas), establecidas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, y que en el caso de los Pensionados, creó el código 0020, necesario para diferenciarlos del código de actividad de asalariados.

La DIAN está actualizando automáticamente, de oficio, el RUT de los Pensionados que presentaron la Declaración de Renta durante el año 2020, informando ingresos por concepto de pensión en la cédula de pensiones.

El RUT se puede actualizar mediante autogestión en los canales virtuales de la DIAN; sin embargo, los ciudadanos pueden programar citas para su actualización, que serán atendidas mediante correo electrónico. https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/

Consulte el abecé y paso a paso de cómo actualizar el RUT con o sin firma electrónica.

https://www.dian.gov.co/impuestos/Documents/Abece-Actividades-Economicas.pdf

https://www.dian.gov.co/tramitesservicios/Tramites_Impuestos/RUT/Documents/Actualiza_RUT_2020.pdf

La DIAN reitera que para actualizar el RUT ningún ciudadano requiere desplazamientos ya que la Entidad, debido a la situación de pandemia que afronta el país, ha concentrado su atención, exclusivamente a través de canales virtuales que permiten la realización de trámites y servicios. Este trámite no tiene ningún costo económico. https://muisca.dian.gov.co/WebArquitectura/DefLoginOld.faces

Consulte aquí la Resolución 005 del 22 de enero de 2021.

Por medio de la Resolución 004 del 20 de enero de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, habilita los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y cambiarias correspondientes al año 2021.

Para conocer la Resolución 004, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que con la expedición de la Resolución N° 000114, del 21 de diciembre de 2020, se adoptaron los cambios de la Clasificación de Actividades Económicas CIIU (Código Internacional de Actividades), propuestas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, y en el caso de los pensionados, se creó un nuevo código que es el código 0020, necesario para diferenciarlos del código de actividad de asalariados, como hasta el momento sucede.

Es importante resaltar que la DIAN está actualizando automáticamente, de oficio, el RUT de aquellos pensionados que presentaron la Declaración de Renta durante el año 2020 informando ingresos por concepto de pensión y que no perciban salarios, sin perjuicio, de que el pensionado actualice el RUT virtualmente.

La entidad hace un llamado a consultar la información publicada a través de los canales oficiales y no creer en noticias falsas, en las que, entre otras, se dice que se aplicarán sanciones a quienes no lo hagan antes del 31 de enero, si bien la norma contempla sanciones, el principal objetivo de esta invitación es mantener actualizada la información en el RUT.

El mensaje de invitación a actualizar el RUT le está llegando a muchos contribuyentes, no solo a los pensionados, debido a los cambios expuestos en la mencionada resolución.

La DIAN aclara que para actualizar el RUT ningún ciudadano requiere desplazamientos ya que la Entidad, debido a la situación de pandemia que afronta el país, ha concentrado su atención, exclusivamente a través de canales virtuales que permiten la realización de trámites y servicios. También reitera que este trámite no tiene ningún costo económico.

https://muisca.dian.gov.co/WebArquitectura/DefLoginOld.faces

El RUT se puede actualizar mediante autogestión en los canales virtuales de la DIAN; sin embargo, los ciudadanos pueden agendar citas para su actualización que serán atendidas mediante correo electrónico.

https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/

Consulte el abecé y paso a paso de cómo actualizar el RUT con o sin firma electrónica.

https://www.dian.gov.co/impuestos/Documents/Abece-Actividades-Economicas.pdf

https://www.dian.gov.co/tramitesservicios/Tramites_Impuestos/RUT/Documents/Actualiza_RUT_2020.pdf

La Superintendencia Financiera emitió la Carta Circular 07 del 22 de enero de 2021, la cual tiene como referencia la revelación de los gastos en la Ficha Técnica.

El siguiente es el texto de la Circular 07:

Como es de su conocimiento, la ficha técnica constituye uno de los principales mecanismos de información a los inversionistas de un fondo de inversión colectiva (FIC), conforme a lo establecido en los artículos 3.1.1.9.1 y 3.1.1.9.8 del Decreto 2555 de 2010 y el numeral 3.2. del Capítulo III, Título VI de la Parte III de la Circular Básica Jurídica (CBJ).

La misma debe ser diligenciada conforme a lo dispuesto en el Anexo 6 del Título VI de la Parte III de la CBJ relativo al Instructivo y Formato de la Ficha Técnica y con ello se busca que cada FIC revele de manera estandarizada su información básica, de tal forma que los inversionistas y el público en general puedan realizar análisis comparativos y tomar sus decisiones informadas de inversión.

En materia de “gastos” de los FIC y su revelación, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 3.1.1.8.1. del Decreto 2555 de 2010, según el cual: “Sólo podrán imputarse al fondo de inversión colectiva los gastos que sean necesarios para el funcionamiento y gestión del mismo”. Estos gastos a cargo del FIC, conforme al parágrafo 1° del mismo artículo, deben estar relacionados de manera pormenorizada en el reglamento.

Concordante con lo anterior, el referido instructivo de la CBJ reitera en el numeral 6.17 que los gastos o expensas a cargo del FIC son los necesarios para su correcta administración y gestión, y precisa que estos incluyen la remuneración de la sociedad administradora y del gestor externo o gestor extranjero, en caso de existir. Así mismo, establece que para su cálculo deben tomarse “los valores registrados en la cuenta 51 del Catálogo Único de Información Financiera con fines de Supervisión durante el último año (12 meses corridos), sobre los activos promedio del FIC para el mismo período.”

Al respecto, atendiendo el contenido y alcance del concepto de “gastos” del artículo 3.1.1.8.1 del Decreto 2555 de 2010, los valores del CUIF a tener en cuenta para efectos de la revelación de dicho rubro en la Ficha Técnica deben responder a los necesarios para la administración y gestión del FIC. En tal sentido, conceptos como las desvalorizaciones, atendiendo a que corresponden a los resultados financieros de la gestión de los activos, difieren por su naturaleza de los gastos imputables de la norma en cita.

Dichos conceptos, así como cualquier otro que no se ajuste a la definición que nos ocupa, deben ser discriminados y detallados a través de los otros medios dispuestos para el cabal cumplimento de los deberes de información y asesoría respecto de los inversionistas del FIC. Lo anterior, a fin de asegurar la suficiencia y transparencia en el suministro de la información tal y como lo dispone el artículo 3.1.1.9.1 del Decreto en mención.

Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de la normatividad sobre el registro contable y las instrucciones relacionadas con el cálculo del valor de la unidad en el Capítulo XI de la Circular Contable y Financiera (C.E. 100 de 1995.)

Cordialmente,

JUAN CARLOS ALFARO LOZANO
Superintendente Delegado Adjunto para Mercado de Capitales

Sábado, 23 Enero 2021 11:01

SEMINARIO NÓMINA ELECTRÓNICA

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SEMINARIO: DOCUMENTO SOPORTE DE PAGO DE NÓMINA ELECTRÓNICA

 

 

El 11 de febrero de 2021 se expidió la Resolución No.0013 de la Dian, mediante la cual se implementa y desarrolla la funcionalidad del documento soporte de pago de NÓMINA ELECTRÓNICA. También fue publicada la Resolución No. 0015 de la Dian que desarrolla el registro de la factura electrónica de venta como título valor.

Por lo anterior, resulta necesario que los asesores tributarios, desarrolladores de software, entidades públicas y privadas conozcan, evalúen y prepararen la implementación de la NOMINA ELECTRONICA y anexos técnicos, los cuales sin duda alguna tiene un alto componente tecnológico e innovador, para nuestras empresas.

Por lo anterior, hemos invitado al Dr. Álvaro Sánchez Uribe, quien tiene amplia experiencia de estos temas, quien nos informará y aclarará inquietudes alrededor de la implementación de estos nuevos documentos

 

 

boton temario

  • La Nómina Electrónica para efectos tributarios. Análisis del proyecto
  • La Transmisión electrónica del documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a facturar
  • La Factura Electrónica de Venta y sus modificaciones anunciadas para el año 2021
  • El Registro de la Factura Electrónica de Venta como Título Valor – RADIAN -

 

 

boton expositor 

Álvaro Sánchez Uribe

Magíster en Derecho programa en tributación de la Universidad Externado de Colombia, especialista en derecho tributario y aduanero de la Universidad Católica de Colombia, contador público de la Universidad de Ibagué, con más de 25 años de experiencia, se ha despeñado en el campo fiscal ocupando cargos directivos técnicos en la DIAN.

Catedrático en Posgrados en gerencia de impuestos, derecho tributario, revisoría fiscal y auditoría externa, diplomados en materia tributaria y conferencista, en las materias y temas de sistemas de facturación, procedimiento tributario, auditoría tributaria, impuesto de renta, impuesto sobre las ventas IVA - en varias universidades del país.

 

 

    

boton infogeneral 

  • MODALIDAD:                 Online
  • FECHA:                          martes 16 de febrero de 2021
  • HORARIO:                     4:30 p.m. a 9:00 p.m.        
  • VALOR:                          $ 127.000 más IVA

 

 

boton descuentos

  • 5 %    Dos asistentes bajo la misma factura
  • 10%   Tres asistentes bajo la misma factura
  • 15%   Cuatro o más asistentes bajo la misma factura

 

 

 

boton inscripciones 

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443 - 3155710366   WhatsApp:  3006519641

 

 

boton mediosdepago

Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.

Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0

  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
  • Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045

 

Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil  icef.pagoagil.co

 

 

boton mayoresinfor

  • Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF

Página Web:          www.icef.com.co

Teléfono:               (4) 4442926

Celular:                 3206751610 – 3124235443

WhatsApp:            3006519641

Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

  • CALI

Celular:        3155710366

Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

 

boton politicas

  • Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
  • Pago:  En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
  • Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.

 

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