Proyecto de decreto, modifica Normas de Información Financiera para el Grupo 1
Richard santaEl Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, publicó recientemente el proyecto de decreto “Por el cual se modifica el marco técnico de las Normas de Información Financiera para el Grupo 1 del Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, Decreto 2420 de 2015, y se dictan otras disposiciones”.
Este decreto, siguiendo el estricto ordenamiento jurídico y el debido proceso establecido, responde a la remisión de oficios electrónicos CTCP --2021-000007 del 14 de enero de 2021 y CTCP con radicado No. 2-2021-000527 del 14 de enero de 2021 dirigidos a los Ministros de Comercio, Industria y Turismo y de Hacienda y Crédito Público, respectivamente, el “Documento de Sustentación de la propuesta a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público (MHCP), y de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) – sobre Interpretaciones y Enmiendas Emitidas por el IASB por el periodo 2019 - 2020 y la Reforma de la Tasa de Interés de Referencia—Fase 2 ”.
Quiere entonces el proponente incorporar en la legislación nacional las interpretaciones y enmiendas NIIF emitidas por el IASB por el período 2019 – 2020 y la reforma de la tasa de interés de referencia – Fase 2, previo el cumplimiento del debido proceso establecido en la Ley 1314 de 2009, de tal manera que con normas de aceptación mundial, con las mejores prácticas y rápida evolución de los negocios, las entidades que conforman el Grupo 1 cuenten con informes financieros útiles para las decisiones económicas por parte de todos los interesados, contribuyendo así a mejorar su competitividad y desarrollo armónico empresarial.
En curso discusión pública sobre Combinaciones de negocios bajo control común
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, se encuentra en el proceso de recepción de comentarios que hacen parte del mecanismo de discusión pública del GTT 92 Combinaciones de entidades o negocios bajo control común. La documentación técnica relacionada con este tiene asidero en la publicación del IASB en noviembre de 2020 sobre el particular (Combinaciones de negocios bajo control común).
La publicación establece los puntos de vista preliminares del organismo sobre los posibles requerimientos de información que ayudarían a las empresas a proporcionar mejor información sobre las combinaciones de negocios bajo control común. La Junta está buscando comentarios que le ayuden a establecer la mejor forma para desarrollar este tema en las siguientes etapas de este proyecto.
De acuerdo con la NIIF 3 esta norma no aplica a combinaciones de negocios de entidades o negocios bajo control común, lo cual se define como combinaciones de negocios en las que todas las entidades o negocios que se combinan están controlados, en última instancia, por una misma parte o partes, tanto antes como después de la combinación de negocios, y ese control no es transitorio. La discusión principal del proyecto se enfoca en establecer cuál debe ser el método de contabilización que debería ser aplicado, y en qué tipo de entidades podría ser aplicable el método de adquisición (método de compra), esto puede ser muy relevante, dada la importancia que tendría en el país los cambios en la contabilización de las reestructuraciones empresariales. La decisión de utilizar el método de adquisición, u otro método, como el de unificación de intereses (método del predecesor), genera importantes diferencias en las estructuras financieras y de rendimiento, que surgen con posterioridad a la combinación de los negocios.
En este proceso de discusión, el CTCP, como parte del Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera ha abierto la discusión pública para consolidar una posición frente al tema. Esta se compartirá con los otros integrantes de Glenif para remitir al IASB una propuesta o comentario regional integrado que se remitirá a IASB.
Considerando lo anterior, el CTCP dispone para revisión y discusión pública los documentos que han sido publicados por el IASB y por el GLENIF, que son el documento de consulta, en español y en inglés y un resumen de las preguntas que se detallan en el documento, que podría ser útil para consolidar las respuestas. Los documentos del proyecto pueden ser consultados en el enlace: http://www.ctcp.gov.co/proyectos/contabilidad-e-informacion-financiera/organismos-internacionales
La entidad recibirá comentarios hasta el 15 de abril a través de los correos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
DIAN da indicaciones sobre presentación certificados de origen
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a los usuarios aduaneros exportadores que hayan adquirido firmas digitales con posterioridad al 30 de diciembre del 2020 y no puedan presentar sus declaraciones juramentadas de origen y/o solicitudes de emisión de certificados de origen, que la gestión de estos documentos se debe hacer en forma manual, aplicando los procedimientos establecidos en las declaratorias de contingencias parcial No. CP20210105-001 y total CT20210106-001, del 5 y 7 de enero de 2021 respectivamente, los cuales se podrán consultar en los siguientes links:
Contingencia Parcial Expedición de Certificados de Origen
https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-Contingencia-Parcial-Expedicion-de-Certificados-de-Origen.aspx
Contingencia total para presentación Declaraciones Juramentadas de Origen
https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-Contingencia-total-para-presentacion-Declaraciones-Juramentadas-de-Origen.aspx
Aclara la entidad que, para las solicitudes de certificados de origen 250 SGP; 283 EFTA y 290 Unión Europea los usuarios deberán acudir a la sede de la Dirección Seccional de su jurisdicción, con el fin de solicitar el formato correspondiente. Los demás, se gestionarán en archivo PDF con firmas y sellos digitalizados, de acuerdo al procedimiento descrito en las contingencias.
Resolución 040, plazo para reporte de información financiera a 31 de diciembre
Richard santaLa Contaduría General de la Nación emitió la Resolución No. 040 del 5 de marzo de 2021, Por la cual se modifica el plazo indicado en la Resolución 033 de febrero 26 de 2021 expedida por la Contaduría General de la Nación, para los reportes de Información Contable Pública, Estados Financieros con sus notas y Evaluación de Control Interno Contable, con corte a diciembre 31 de 2020, a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública CHIP, para algunas entidades.
SEMINARIO VIRTUAL: DECLARACIÓN DE RENTA PERSONA NATURAL
Escrito por Fernando Salazar
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DECLARACIÓN DE RENTA PERSONA NATURAL
Carlos Arturo Rodríguez Vera Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación; fue Sub Contador General de la Nación. Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista en varias Universidades e Instituciones del país.
MODALIDAD: Online
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DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. NÓMINA, FACTURA, documento soporte y RADIAN (Factoring)
Escrito por Fernando Salazar
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DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS NÓMINA, FACTURA, DOCUMENTO SOPORTE Y RADIAN (Factoring)
Ya se conocen y fueron publicadas por la DIAN, las resoluciones para la implementación del documento soporte de pago de NÓMINA ELECTRÓNICA, así como la transmisión electrónica del documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura electrónica de venta o documento equivalente y otras modificaciones a los sistemas de FACTURACIÓN ELECTRÓNICA. Así mismo el registro de factura electrónica de venta como título valor - RADIAN. Esto demanda la necesidad por parte de los, asesores tributarios, desarrolladores de software, entidades públicas y privadas de estudiar, evaluar y preparar la implementación de lo que se denomina los “LOS NUEVOS DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS TRIBUTARIOS” los cuales sin duda alguna tiene un alto componente tecnológico e innovador, para nuestras empresas. Por lo anterior, hemos invitado al Dr. Álvaro Sánchez Uribe, quien tiene amplia experiencia y destacado conocedor de estos temas, para que nos indique cuales son las necesidades y bondades que tienen su implementación, así mismo, para que con otros expertos en el tema aborden el marco conceptual y expongan de manera practica y a título de ejemplos como operaria la desmaterialización y transmisión electrónica de la nómina electrónica.
Álvaro Sánchez Uribe Magíster en Derecho programa en tributación de la Universidad Externado de Colombia, Especialista en Derecho Tributario y Aduanero de la Universidad Católica de Colombia, Contador Público de la Universidad de Ibagué, con más de 25 años de experiencia, se ha despeñado en el campo fiscal ocupando cargos directivos técnicos en la DIAN. Catedrático en Posgrados en Gerencia de Impuestos, Derecho Tributario, Revisoría Fiscal y Auditoría Externa, Diplomados en materia tributaria y Conferencista, en las materias y temas de Sistemas de Facturación, Procedimiento Tributario, Auditoría Tributaria, Impuesto de Renta, Impuesto sobre las Ventas IVA - En varias universidades del país.
MODALIDAD: Online
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El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 25 de marzo de 2021, el Proyecto de Decreto “Por el cual se sustituye el Capítulo 23 del Título 1 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente a la devolución de IVA a turistas en 2021.
Proyecto de Decreto, componente Inflacionario e interés presunto
Richard santaHasta el 26 de marzo el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamentan los artículos 35, 38, 39, 40, 40-1, 41, 81, 81-1 y 118 del Estatuto Tributario y se sustituyen unos artículos del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”, sobre el componente Inflacionario e interés presunto.
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DIPLOMADO EN CONTRATACIÓN ESTATAL
Se certifica con el 80% de asistencia
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DIPLOMADO EN DERECHO LABORAL
Se certifica con el 80% de asistencia
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