La plenaria del Senado aprobó el proyecto que busca ampliar la vigencia temporal del programa de apoyo al empleo formal – PAEF.

El senador, David Alejandro Barguil, ponente del proyecto, manifestó “esta iniciativa busca beneficiar a tres millones de colombianos afectados por la pandemia. Se protegerá a todas las empresas que se hayan afectado en un 20% en sus ingresos".

Indicó que la extensión será hasta marzo de 2021 del subsidio a la nómina para trabajadores de las empresas afectadas por la pandemia. En sectores turismo, gastronomía, hotelería, artístico, entretenimiento y recreación, el subsidio para cada empleado será del 70%.

Se amplía también el programa para el apoyo a la prima de servicios de diciembre de 2020. De esta manera los trabajadores que ganen hasta un millón de pesos recibirán:

• Subsidio del 50% para su prima de final de año.
• Subsidio del 50% para prima de diciembre de trabajadores que ganan hasta 1 millón de pesos.
• Subsidio del 40% al salario mínimo de cada empleado en todas las empresas afectadas por pandemia.

Para el sector turismo, hotelero y gastronómico el subsidio a la nómina será del 50%

Por su parte el senador Richard Aguilar (Cambio Radical), presentó una proposición sobre los artículos referente al sector cultural y turístico, entretenimientos hoteleros, y de recreación, para que reciban un subsidio del 50%.

El proyecto espera la conciliación de las dos cámaras.

La Corte Constitucional declaró inexequible parte del Decreto Legislativo 807 de 2020 en relación con medidas tributarias transitorias, devoluciones y compensaciones. Inspección Tributaria virtual. Inspección contable virtual. Visitas administrativas virtuales de inspección, vigilancia y control tributario y cambiario.

La norma señala Artículo 1. Modificación del inciso 1 del artículo 1 del Decreto Legislativo 535 de 2020. Modifíquese el inciso 1 del artículo 1 del Decreto Legislativo 535 de 2020, el cual quedará así: «Hasta el diecinueve (19) de junio de 2020, los contribuyentes y responsables del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas -IVA que no sean calificados de riesgo alto en materia tributaria se les autorizará la devolución y/o compensación de los respectivos saldos a favor mediante el procedimiento abreviado dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud de devolución y/o compensación oportunamente y en debida forma.»

En este caso la Corte observó que con la presente norma el Gobierno no justificó adecuadamente lo que se dijo en el Decreto en la parte motiva y lo que dijo el Gobierno en las intervenciones.

En este caso la magistrada Cristina Pardo salvó su voto parcial al considerar que se debía mantener el procedimiento abreviado de devoluciones hasta el final de la emergencia sanitaria y no hasta el 19 de junio de 2020.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que personas inescrupulosas están enviando mensajes falsos a nombre de la entidad, por medio de un buzón que simula el nombre de la DIAN; utilizan como asunto:

"Notificación de evasión de pago de impuestos", en donde le dicen al ciudadano sobre una sanción y multa de 200 salarios mínimos y que si quiere evitarlo debe descargar un documento detallado de un enlace que contiene el mensaje, además el correo falso termina firmado por el Gerente de Factura Electrónica para hacerlo más creíble.

La DIAN ya realizó la denuncia en el COLCERT (Grupo de Respuestas a Emergencias Cibernéticas de Colombia) y otras entidades para su revisión; conoce todas las recomendaciones de esta entidad en el siguiente enlace: https://twitter.com/colCERT/status/1305890578702491648?s=20

La DIAN reitera la recomendación de siempre comprobar la veracidad de los correos enviados para la entidad ingresando a "Verificar correo DIAN".

El Gobierno nacional alista medidas adicionales para darle oxígeno al sector productivo y al empleo de los colombianos en el proceso de reactivación económica. Este lunes, en la segunda Comisión consultiva para el financiamiento empresarial, presidida por la Vicepresidente Marta Lucía Ramírez, los empresarios entregaron un paquete de propuestas que serán estudiadas en las próximas dos semanas.

“Hemos escuchado los planteamientos sobre las garantías, sobre las tasas de interés, sobre la manera en que podemos tener más acceso del sector real a la financiación. Acordamos hoy que el Gobierno va a analizar su viabilidad, cuáles necesitan una ley, o cuáles se pueden acoger con decretos o resoluciones de alguna de las superintendencias: financiera o de sociedades. Si alguna de las propuestas no resulta viable, también lo informaremos así al sector privado. Máximo en 15 días, va a haber un pronunciamiento del Gobierno, recogiendo la totalidad de medidas adicionales que se van a adoptar para el salvamento financiero de las empresas, para la reestructuración de sus créditos”, señaló la Vicepresidente.

El documento presentado por el sector privado enfatizó en la necesidad de estimular la demanda, incluir todo tipo de empresas (grandes, medianas, pequeñas micro e independientes) con productos acordes a las necesidades de cada una, mirar opciones no tradicionales, ampliar el mecanismo de garantías estatales y considerar que existen casos donde la necesidad no es de crédito sino de capitalización.

Una de las prioridades en este proceso, es la población informal, que requiere garantías y apoyo en el camino a la formalización, tarea que ha venido liderando, de la mano de Confecámaras.

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, expresó que otro planteamiento de los empresarios como es la reapertura de todos los sectores sin restricciones también está dentro de las prioridades del Gobierno, el cual insistirá ante los alcaldes, quienes tienen la potestad de tomar estas decisiones. “La premisa es una reapertura pronta con responsabilidad y disciplina en todos los municipios del país”, dijo.

Juan Pablo Zárate, viceministro de Hacienda, recordó que el Fondo Nacional de Garantías dispone de los medios para ampliar sus capacidades hasta $40 o $50 billones, en línea con una de los planteamientos empresariales.

Para los pequeños y medianos empresarios, que aún llevan sobre sus hombros el impacto de la pandemia, este trabajo articulado representa un bálsamo para mantener el crecimiento y el empleo.

“Recibimos con gran optimismo la creación de esta comisión en donde está ANDI, Acopi, Fenalco, los pequeños empresarios, empresarios informales, los comerciantes, los restaurantes, una gran cantidad de agentes de los que arman todo el tejido empresarial de nuestro país, además, del sector servicios, gimnasio, confecciones y textiles. Trajimos a la mesa un poco los dolores, las angustias, las afugias y las necesidades de los empresarios, que fue la tarea que, de alguna forma, nos encomendó el Gobierno. Hicimos una presentación de ocho grupos de solicitudes, recomendaciones, ideas, que esperamos sean estudiadas”, señaló Bruce Mac Master, presidente de la ANDI.

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DIPLOMADO EN IMPUESTOS
Módulo: Régimen Simple

 

 

INFORMACIÓN GENERAL:  

PLATAFORMA:            TEAMS

FECHAS:                      octubre 22 de 2020

HORARIO:                   jueves de 5:30 p.m. a 9:00 p.m.

INVERSIÓN:                $70.000

 

  

DESCUENTOS:    

        

20%  egresados, administrativos y docentes

15%  egresados de extensión (ICEF o de UNAULA)

20%   grupos de 2 personas

30%   grupos de 3 personas

40%   grupos de 4 personas

 

 

TEMARIO:

• Desarrollo normativo
• Finalidad y aspectos esenciales
• Elementos estructurales.
• Composición del RST
• Cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales
• Descuentos tributarios
• Régimen de transición
• Retenciones en el RST
• Aspectos subjetivos y Prácticos.

 

 

EXPOSITOR:

RAÚL CALDERÓN FORONDA

Actual Director Gestión Tributaria en PREMEX, contador y abogado de la Universidad Autónoma Latinoamericana, especialista en Legislación Tributaria, en Gerencia Financiera, en Derecho administrativo, Derecho Comercial y en Normas Internacionales de Información Financiera NIIF de la Universidad Autónoma Latinoamericana, Candidato a Magister en Tributación Internacional, Comercio Exterior y Aduanas de la Universidad Externado de Colombia. Con experiencia en el campo contable y tributario de 13 años. Excelente capacidad analítica en el ámbito de legislación contable y tributaria, con conocimiento del manejo tributario en países como Ecuador, Perú y Guatemala. Ha sido docente de Cátedra de Tributaria en instituciones como Universidad San Buenaventura, Corporación Universitaria Remington y actualmente Universidad Autónoma Latinoamericana.

 

INSCRIPCIONES:

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente  link: Inscripciones, o en los teléfonos (4) 4442926, WhatsApp 3006519641 o en la Universidad autónoma Latinoamericana en EDUCO www.unaula.edu.co  

   

 

MEDIOS DE PAGO:

  • Realice su pago a través del botón de la página web de ICEF pagos en línea
  • Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF NIT 900161280.
  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
  • Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045
  • Tarjetas de crédito Pago ágil  icef.pagoagil.co

 

Si realiza transferencia o consignación, favor enviar el soporte al correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

 

 

MAYORES INFORMES:

 

Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF

  • Teléfonos: (4) 444 29 26
  • Celulares: 3206751610 - 3124235443
  • WhatsApp: 3006519641
  • Página Web: www.icef.com.co
  • Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

 

Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA

  • Celulares: 3024086877
  • Página Web: www.unaula.edu.co
  • Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

La Cámara de Representantes del Congreso de la República de Colombia dio vía libre, en cuarto y último debate, al proyecto de ley por medio del cual se aprueba el Convenio suscrito entre los Gobiernos de la República de Colombia y la República Francesa para evitar la doble tributación y prevenir la evasión y la elusión fiscal, con respecto a los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, suscritos en Bogotá el 25 de junio de 2015.

Este Convenio será un instrumento fundamental para remover los obstáculos creados por la doble tributación internacional al comercio, la inversión y el intercambio en general entres los dos países. Una vez entre en vigor, el Convenio permitirá mejorar la competitividad de nuestras empresas, beneficiará a personas naturales y abrirá nuevas y mayores oportunidades comerciales y culturales para nuestro país.

Adicionalmente, será una herramienta fundamental de cooperación internacional entre las autoridades tributarias de ambos países para, juntos, combatir con mayor vehemencia la evasión y la elusión tributaria.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de la mano con las entidades que integran el sector, modificarán o derogarán circulares identificadas por empresarios y ciudadanos.

El Ministerio abrió una convocatoria para que los colombianos señalen las circulares que generan costos innecesarios y son un obstáculo para la productividad.

“La estrategia Estado Simple, Colombia Ágil ha sido posible gracias al aporte de los colombianos. Desde un principio convocamos a gremios, ciudadanos, academia y empresarios para que nos ayudaran a identificar trámites, barreras y normas donde se requerían acciones de racionalización. En ese sentido, diseñamos las agendas sectoriales que poco a poco se han ido cumpliendo”, recordó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.

La nueva iniciativa también forma parte de la estrategia “Estado Simple, Colombia Ágil” y consiste en un ejercicio participativo de mejora regulatoria y depuración normativa.

A partir de hoy, los colombianos tienen la posibilidad de conectarse a http://servicios.mincit.gov.co/CircularesObsoletas/login.php , donde a través de un sencillo aplicativo podrán registrarse y postular las circulares que inciden negativamente en el desempeño de sus actividades.

El sector comercio, industria y turismo hará un reconocimiento público de las participaciones que conlleven a una intervención.

En tal sentido, los criterios a identificar deben estar asociados a temas como costos innecesarios, falta de claridad sobre las obligaciones que se generan, normas repetitivas, medidas que correspondan a condiciones de mercado que ya no existen, así como decisiones que fueron rebasadas por el avance de la tecnología o que eran de carácter transitorio, pero aún no han sido derogadas.

La información aportada por los ciudadanos será evaluada por las superintendencias, viceministerios y Secretaria General del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. De acuerdo con los criterios establecidos se definirán aquellas circulares que serán objeto de derogatoria o modificación, aplicando los instrumentos jurídicos pertinentes.

Los contribuyentes que a 1 de enero de 2020 tuvieren activos omitidos o pasivos inexistentes en su información tributaria tienen la oportunidad, hasta el 25 de septiembre, de subsanar esta situación a través del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria.

En esta oportunidad, de acuerdo con lo determinado en el Decreto 1010 del 14 de julio de 2020, con el cual se reglamentó lo contenido en la Ley 2010 de 2019 o de Crecimiento Económico al respecto, la tarifa del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria es del 15% de la base gravable, sin embargo, los contribuyentes tienen la oportunidad de repatriar los recursos omitidos del exterior a Colombia antes del 31 de diciembre de 2020 e invertirlos con vocación de permanencia en el país, lo que les permite disminuir la base gravable de estos activos en un 50% liquidando el impuesto con una tarifa de 7.5%.

Es importante tener en cuenta que la vocación de permanencia hace referencia a la inversión y permanencia de los activos en el país por un periodo no menor de dos años.

El contribuyente que tiene el aprovechamiento económico, potencial o real, de los activos omitidos es quien tiene la responsabilidad de declarar, liquidar y pagar el Impuesto de Normalización Tributaria. Sin embargo, la repatriación de los recursos omitidos podrá ser efectuada directa o indirectamente, es decir, por el contribuyente sujeto al impuesto, o la entidad del exterior que es objeto del mismo.

Para efectos patrimoniales, los activos del contribuyente que sean objeto del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria deberán incluirse en la declaración del Impuesto sobre la Renta y complementarios del año gravable 2020 y de los años siguientes cuando haya lugar a ello.

El Decreto 797 de 2020, emitido por el gobierno en el marco de la emergencia sanitaria por la Covid 19 y que establecía que los arrendatarios podían cancelar los contratos de arrendamiento comercial de manera unilateral, fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.

El Decreto, que regía hasta el 31 de agosto de 2020, señalaba que el arrendatario estaba obligado a pagar un tercio de la cláusula penal pactada en el contrato, sin mayor sanción.

La Corte aclaró que la sentencia no será retroactiva.

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DIPLOMADO EN IMPUESTOS
Módulo: Impuesto a las Ventas

 

 

INFORMACIÓN GENERAL:  

PLATAFORMA:            TEAMS

FECHAS:                      octubre 9, 10 y 15 de 2020

HORARIO:                   jueves y viernes de 5:30 p.m. a 9:00 p.m.

                                    sábado de 8:00 a.m. a 12:00 m.

INVERSIÓN:                $190.000

 

  

DESCUENTOS:    

        

20%  egresados, administrativos y docentes

15%  egresados de extensión (ICEF o de UNAULA)

20%   grupos de 2 personas

30%   grupos de 3 personas

40%   grupos de 4 personas

 

 

TEMARIO:

  • Impuesto sobre las ventas

      Fundamentos

      Clasificación de los bienes y servicios

      Elementos del impuesto

      Depuración del impuesto

      Régimen común - Régimen simple

      Retención en la fuente

      Proporcionalidad

      Declaración

 

  • Impuesto nacional al consumo.

      Obligados

      Elementos del impuesto

      Periodo

      Régimen simplificado

 

 

EXPOSITOR:

ALEJANDRO MEJÍA DÍAZ

Contador Público, Abogado, Especialista en Legislación Tributaria, Magister en Tributación; con experiencia en procesos de planificación estratégica y dirección, líder de procesos de aseguramiento de la calidad, con amplios conocimientos y experiencia en materia tributaria. Se desempeñó como Decano de la Facultad de Contaduría Pública de la Universidad Autónoma Latinoamericana durante cinco años, otros once años como Subdirector del Consultorio Contable de la misma Universidad. Delegado del presidente de la República en el Consejo Directivo de la Institución Universitaria de Envigado desde el año 2015.

He participado como profesor y conferencista en el área tributaria en la Universidad Autónoma Latinoamericana, Universidad de Antioquia, Universidad de Manizales, Universidad de Medellín, Universidad Libre de Cali, ADECUM, Instituto Colombiano de Estudios Fiscales -ICEF-. Consultor Tributario Universidad de Antioquia y FV Consulting, Socio Fundador de la firma CR Asesores Legales y Tributarios.

 

 

INSCRIPCIONES:

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente  link: Inscripciones, o en los teléfonos (4) 4442926, WhatsApp 3006519641 o en la Universidad autónoma Latinoamericana en EDUCO www.unaula.edu.co  

   

 

MEDIOS DE PAGO:

  • Realice su pago a través del botón de la página web de ICEF pagos en línea
  • Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF NIT 900161280.
  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
  • Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045
  • Tarjetas de crédito Pago ágil  icef.pagoagil.co

 

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MAYORES INFORMES:

 

Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF

  • Teléfonos: (4) 444 29 26
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