Decreto 2360, fija el salario mínimo mensual legal para 2020
Richard santaEl Ministerio de Trabajo publicó el Decreto 2360 del 26 de diciembre de 2019, por el cual se fija el salario mínimo mensual legal que regirá en 2020.
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Decreto 2361, establece el auxilio de transporte para 2020
Richard santaPor medio del Decreto 2361 del 26 de diciembre de 2019, el Ministerio de Trabajo estableció el auxilio de transporte para 2020.
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El Gobierno sancionó la Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019, por medio de la cual se adoptan normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones, conocida como reforma tributaria.
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Ley 2009, incluye servicios y productos financieros sin costo
Richard santaLa Ley 2009 del 27 de diciembre de 2019 señala, sin costo adicional, un paquete de productos y/o servicios financieros por el pago de la cuota de manejo de las tarjetas débito y crédito.
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El presidente Iván Duque anunció que el aumento del salario mínimo para 2020 se realizará por decreto y será de un 6%, igual porcentaje será para el auxilio de transporte.
El salario mínimo en 2020, con subsidio de transporte, será de $980.657.
Decreto 2345, sobre imporenta de personas naturales no residentes en Colombia
Richard santaEl Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 2345 del 23 diciembre de 2019, por medio del cual se reglamentan los artículos 260-5, 260-9, 356-3, 364-5, 378, 381, 512-1, 512-6, 555-2, 579, 579-2, 580, 588, 591, 592, 595, 596, 598, 599, 600, 602, 603, 605, 606, 607, 800, 803, 811, 876, 877, 910 Y 915 del Estatuto Tributario, articulo 170 de la Ley 1607 de 2012, artículos 221 y 222 de la Ley 1819 de 2016, se sustituye el artículo 1.6.1.5.6, del Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1, se modifica el epígrafe y se sustituyen y adicionan unos artículos a la Sección 2 de! Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente al impuesto de renta para personas no residentes en Colombia.
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DIAN realiza acciones de control al fraude y a la evasión
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en ejercicio de sus actividades de control respecto de la prestación de servicios profesionales, ha detectado la práctica de fraude tributario por parte de algunos contribuyentes, entre ellos, algunos despachos de abogados que facturan sus servicios en el exterior, y que a la luz de la normatividad vigente, se consideran servicios prestados en Colombia.
Así lo denunció el Director de Fiscalización de la DIAN, Luis Carlos Quevedo Cerpa, quien indicó que estos reciben el pago por concepto de sus honorarios en cuentas en el exterior sin ser registrados contablemente, y menos aún reflejados en sus denuncios rentísticos, derivando así, un no pago de impuestos en nuestro país.
De otra parte, se pudo identificar la facturación de operaciones en Colombia, por un valor correspondiente a una fracción del total del servicio prestado, afectando así su obligación constitucional de contribuir en términos de justicia y equidad.
Quevedo Cerpa aseguró también que como resultado de las investigaciones adelantadas, y ante la contundencia de las pruebas recaudadas, uno de estos contribuyentes, vinculado con el continente europeo, corrigió voluntariamente sus declaraciones tributarias, llevando como un mayor valor de ingresos la suma de $4.200 millones.
Estos resultados son una demostración de la capacidad de investigación de la DIAN y de la posibilidad de evidenciar prácticas irregulares bajo criterios certeros y en escenarios muy específicos de la sociedad.
Ley 2004, acoge eliminación de doble tributación con Italia
Richard santaEl gobierno promulgó la Ley 2004 del 28 de noviembre de 2019, por medio de la cual se aprueba el "convenio entre el gobierno de la República de Colombia y el gobierno de la República Italiana para la eliminación de la doble tributación con respecto a los impuestos sobre la renta y la prevención de la evasión y elusión tributarias y su protocolo, suscritos en Roma, el 26 de enero de 2018.
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MinComercio y 29 cámaras de comercio se unen para fortalecer Comisiones de Competitividad
Richard santaCon el fin de sumar esfuerzos para fortalecer el Sistema Nacional de Competitividad e Innovación (SNCI), el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Confecámaras y 29 cámaras de comercio del país firmaron el Convenio 376 de 2019, en el que se ratifica el rol de estas últimas como secretarías técnicas de las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovación, siguiendo las disposiciones del Decreto 1651 de 2019 del SNCI.
En el marco del convenio, las 29 cámaras se comprometen a velar por la permanente disposición de un equipo técnico que apoye a las CRCI en la gestión e implementación de las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovación, así como a la transferencia de conocimiento, el apoyo a las comunicaciones y la realización de eventos relacionados con el trabajo de cada CRCI.
“Con este convenio, seguimos fortaleciendo las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovación. Con las secretarías técnicas, ejercidas por las cámaras de comercio, aseguramos la sostenibilidad y el acompañamiento permanente, para que estas instancias de coordinación regional y cooperación público-privada y académica, a nivel departamental, logren implementar los proyectos e iniciativas de las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovación, e impactar directamente en la competitividad de los territorios y en el bienestar de los colombianos”, resaltó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.
Por su parte, el presidente de Confecámaras, Julián Domínguez, señaló que la firma del convenio constituye un hito que evidencia una vez más el compromiso de la Red de Cámaras de Comercio con la productividad y la competitividad de los departamentos y del país y agregó: “es necesario promover la implementación de los programas y proyectos, que conforman las agendas, y apoyar a los departamentos en la definición de sus apuestas estratégicas en materia de competitividad, para promover actividades productivas que aporten a la región en términos de especialización productiva, emprendimiento, dinamismo y supervivencia empresarial”.
Las 29 cámaras de comercio firmantes del convenio son: Amazonas, Arauca, Armenia, Barranquilla, Bogotá, Bucaramanga, Cali, Cartagena, Casanare, Cauca, Cúcuta, Chocó, Florencia para el Caquetá, Ibagué, La Guajira, Manizales por Caldas, Medellín para Antioquia, Montería, Neiva, Pasto, Pereira, Putumayo, San José del Guaviare, Santa Marta para el Magdalena, San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Sincelejo, Tunja, Valledupar para el valle del río Cesar y Villavicencio.
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Seminario Actualización Tributaria 2020 URABÁ Febrero 7 y 8 de 2020
PRESENTACIÓN
Necesitamos prepararnos para el cambio normativo que tendremos por la Inexequibilidad de la Ley de Financiamiento y por esto les estamos invitando a una capacitación que trataremos de hacer lo más práctica posible, explicando lo que regirá en materia tributaria para las declaraciones del año gravable 2019 y cuáles son los principales cambios con la nueva legislación para el 2020.
AGENDA Este es el temario propuesto para que se desarrolle en la capacitación de actualización Tributaria y contable:
EXPOSITORES:
JAIME MONCLOU PEDRAZA Contador Público Titulado de la Universidad Central, Especialista en Ciencias Tributarias del Instituto Superior de Capacitación en Derecho Tributario, especializado en Revisoría Fiscal de la Universidad Piloto de Colombia. Asesor y Conferencista del Departamento de capacitación de Asobancaria, Colmena, Banco de Bogotá y AV Villas, entre otras. Catedrático de Impuestos en posgrado de las Universidades Politécnico Grancolombiano, Pontificia Universidad Javeriana, Universidad de la Salle, Universidad Libre de Pereira, Universidad Autónoma Latinoamericana y en entidades reconocidas como Practica, Actualícese, Cámaras de Comercio; ICDT, INCP, ICEF, Accounter, Tu consulta, Novoclik entre otras. Actualmente Gerente y fundador de la firma Monclou Asociados Ltda, fue miembro del Consejo Directivo del ICDT y del Instituto Nacional de Contadores Públicos INCP. Principales publicaciones: Asobancaria, Actualización y Práctica Tributaria Bancos de Bogotá, Popular, Colmena y AV villas. Auditoria a los sistemas de información en Empresas Sociales del Estado, Cartillas Declaración de Renta, Manual Régimen Tributario Especial para entidades sin ánimo de lucro y Cartilla de IVA.
CARLOS ARTURO RODRÍGUEZ VERA Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Pontificia Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación; Socio de la firma IFAS S.A.S.; Exsubcontador General de la Nación. Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades; Diseño y ejecución del Seminario Taller sobre NIIF organizado por la Superintendencia de Sociedades. Profesor de la Especialización de Contabilidad Financiera Internacional en la Pontificia Universidad Javeriana, Docente universitario y conferencista.
INFORMACIÓN GENERAL LUGAR: Auditorio Cámara de Comercio de Urabá FECHAS Y HORARIOS: viernes 7 de febrero de 4:00 pm a 9:00 pm sábado 8 de febrero 7:30 a.m. a 12:30 p.m. VALOR: $295.000 Pagos hasta diciembre 31 de 2019 $325.000 pagos en el 2020
DESCUENTOS: 10% afiliados Cámara de Comercio de Urabá, Fenalco Antioquia y egresados Cede cámara y Uniremington.
El valor incluye libreta, lapicero, calendario, refrigerio, estación de café permanente y certificado.
MAYORES INFORMES
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF * Teléfono: (4) 4442926
* Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641
* Página Web: www.icef.com.co/
* Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Cámara de Comercio de Urabá. * Teléfono: (4) 8280184 Ext.106 y 107 * Celular: 3136235913 * Página Web: www.ccuraba.org.co/ * Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Fenalco Antioquia * Teléfono: (4) 8284004 * Celulares: 3113272822 * Página Web: https://www.fenalcoantioquia.com/ * Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
INSCRIPCIONES: Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 - 3206751610 - 300 651 9641
POLÍTICAS DE VENTA ICEF
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago. Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe enviar al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.'; document.getElementById('cloak99453').innerHTML += ''+addy_text99453+'<\/a>'; //--> ) mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción. Cancelación: Por motivos de fuerza mayor, el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. se reservará el derecho de cancelar un evento o modificar el mismo, mínimo con tres (3) días de anterioridad. Esto aplica en cuanto a lo siguiente: fecha y horarios de realización, el(los) expositor(es) propuestos y el lugar donde se ofrecerá. Los eventos se realizarán cuando se haya alcanzado un número establecido de participantes inscritos. En ambos casos, el personal de inscripciones comunicará a los participantes inscritos, por medio de correo electrónico, el cambio realizado. |