La Superintendencia Financiera, por medio de la Circular Externa 054 del 20 de diciembre de 2016, da instrucciones en relación con la inversión directa o indirecta a través de operaciones de factoring en títulos valores y/u otros derechos de contenido económico no inscritos en el RNVE.

 

El siguiente es el texto completo de la Circular 54:

 

Con el fin de brindar mayor acceso a la información sobre las inversiones directas o indirectas en títulos valores y/u otros derechos de contenido económico no inscritos en el RNVE que realizan las sociedades administradoras de fondos de inversión colectiva (FICs), para que de esta manera los consumidores financieros tomen decisiones sustentadas en información suficiente, clara y concisa, así como con el fin de robustecer el régimen de auditoría interna y de administración del riesgo que responda a las necesidades propias de las inversiones en este tipo de títulos valores, esta Superintendencia, en ejercicio de las facultades señaladas en el artículo 3.1.1.3.1 y el numeral 9º del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones:

 

PRIMERA: Modificar los subnumerales 1.1.2.3., 1.2.2., 1.5.1., 1.5.1.1., 1.5.1.1.5., 1.5.1.1.6., 1.5.1.2., 1.5.1.2.1, 1.5.1.2.1.1., 1.5.1.2.1.2., 1.5.1.2.1.4., 1.5.1.3., 1.8. y 1.9. del Capítulo III del Título VI de la Parte III de la Circular Básica Jurídica (CBJ) en lo relacionado con la inversión en títulos valores y/u otros derechos de contenido económico no inscritos en el RNVE a través de operaciones de factoring, por parte de FICs.

 

SEGUNDA: Adicionar los subnumerales 1.4.4., 1.5.1.1.7., 1.5.1.3.3.4., 1.5.1.3.4., 1.8.1, 1.8.2., 1.10. y 3.3.1., y renumerar los subnumerales 1.5.1.2.1.1. al 1.5.1.2.1.5. del Capítulo III del Título VI de la Parte III de la CJB en lo relacionado con la inversión en títulos valores y/u otros derechos de contenido económico no inscritos en el RNVE a través de operaciones de factoring, por parte de FICs.

 

TERCERA: Los FICs que a la entrada en vigencia de la presente circular se encuentren autorizados y contemplen dentro de su política de inversión operaciones de factoring en títulos valores y/u otros derechos de contenido económico no inscritos en el RNVE, contarán con 6 meses a partir de la fecha de publicación para adecuarse a las instrucciones previstas en los subnumerales 1.2.2., 1.4.4., 1.8.2., 1.10., y 3.3.1. y presentar los reglamentos que requieran ajustes derivados de la implementación de esta norma en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 3.1.1.9.6 del Decreto 2555 de 2010. Estos FICs no estarán obligados a cumplir con las demás instrucciones modificadas.

 

CUARTA: Los FICs que a la entrada en vigencia de la presente circular no se encuentren autorizados deben dar cumplimiento a todas las disposiciones aquí contenidas.

 

QUINTA: La presente circular rige a partir de la fecha de publicación.

 

Se anexan las páginas objeto de modificación.

 

Cordialmente,

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia

La Resolución 714 del 21 de diciembre de 2016 de la Contaduría General de la Nación, deroga la Resolución No. 194 de 2012, y establecen nuevas fechas para el reporte de información de las categorías del Formulario Único Territorial - FUT que se presentan a través del Sistema Consolidador de Hacienda de Información Publica CHIP, conforme al Decreto No. 1536 del 29 de Septiembre de 2016.

 

Para conocer la Resolución 714 completa, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación, CGN, presentó el Instructivo 002 del 21 de diciembre de 2016, el cual contiene las instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2016 - 2017, el reporte de información a la entidad y otros asuntos del proceso contable.

 

Para conocer el Instructivo 002 completo, haga clic aquí.

A partir del 11 de enero, comienzan a regir las nuevas tarifas para los trámites y servicios ofrecidos por la Junta Central de Contadores:

 

  • Tarjeta profesional de Contador Público $286.000
  • Sustitución Matrícula profesional de Contador Público: $286.000
  • Duplicado tarjeta profesional de Contador Público: $29.000
  • Tarjeta de registro entidades prestadoras de servicios contables: $3.689.000
  • Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de Contador Público: $26.000
  • Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de entidades prestadoras de servicios contables: $49.000
  • Actualización de registro entidades prestadoras de servicios contables (cambio de razón social y/o de naturaleza jurídica): $369.000
  • Envío a dirección de tarjeta profesional archivada: $12.100

Por medio de la Resolución 706 del 16 de diciembre de 2016, la Contaduría General de la Nación estableció a la información a reportar, los requisitos y los plazos de envío a la entidad.

 

Para conocer la Resolución 706 completa, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Circular 001 del 4 de enero de 2017, con la cual autoriza el trámite manual para algunas operaciones de exportación, debido a la implementación en el servicio informático electrónico de Salida de Mercancías del Decreto 2153 de 2016, que adopta el nuevo arancel de aduanas.

 

Para conocer la Circular 001 completa, haga clic aquí.

Con el Decreto 2147 del 23 de diciembre de 2016, el gobierno modificó el régimen de Zonas francas y se dictan otras disposiciones, que incluye temas como los tipos de zonas francas y de sus usuarios.

 

Para conocer el Decreto 2147 completo, haga clic aquí.

El Presidente sancionó la Ley 1822 del 4 de enero de 2017, "Por medio de la cual se incentiva la adecuada atención y cuidado de la primera infancia, se modifican los artículos 236 y 239 del código sustantivo del trabajo y se dictan otras disposiciones".

 

Esta Ley, aprobada el 14 de diciembre último por el Congreso y que ya tiene la firma del Jefe del Estado, incentiva la adecuada atención y el cuidado de la primera infancia para lo que se amplía el periodo de licencia de maternidad de 14 a 18 semanas.

 

Igualmente, la normativa establece una semana de licencia obligatoria antes del parto y prevé la ampliación a dos semanas de licencia cuando se trate de un parto múltiple.

 

Para conocer la Ley 1822 completa, haga clic aquí.

La Ley 1823 del 4 de enero de 2017, sancionada por el Presidente, “adopta la estrategia salas amigas de la familia lactante del entorno laboral en entidades públicas territoriales y empresas privadas y se dictan otras disposiciones".

 

Esta Ley adopta la estrategia Sala Amigas de la Familia Lactante, que tendrá aplicación en todas las entidades públicas y en las empresas privadas con capitales superiores a los 1.500 salarios mínimos o que tengan más de 50 empleadas.

 

La normativa sancionada busca que las mujeres en periodo de lactancia dispongan de un espacio digno que cuente con todas las especificaciones técnicas de higiene y salubridad en sus lugares de trabajo, donde puedan extraer la leche materna durante la jornada laboral para luego transportarla a sus hogares.

 

Tal estrategia permitirá que la ausencia temporal de la madre trabajadora no afecte en absoluto la alimentación del bebé, además contribuye a la dignificación de esta actividad fundamental.

 

La norma establece plazos para que tanto las entidades públicas como las empresas privadas hagan las adecuaciones necesarias para la creación de las Salas Amigas y ordena la realización de campañas de capacitación para incentivar la lactancia.

 

Para conocer la Ley 1823 completa, haga clic aquí.

La Secretaría de Hacienda de la alcaldía de Bogotá estableció el Calendario Tributario Distrital para 2017. Entre los aspectos que se destacan, permitirá que el pago del impuesto predial unificado se realice en cuatro cuotas distribuidas a lo largo del año.

 

Además, fija las fechas para el pago del impuesto de industria y comercion así como el descuento del 10% para el pago del impuesto de vehículos automotores del 10% para el pago antes del 5 de mayo.

 

Para conocer el Calendario Tributario Distrital completo, haga clic aquí.

Página 456 de 630

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Hola! Si tienes dudas o deseas conocer más acerca de nuestros eventos, da clic aquí y chatea con nosotros.
Política de tratamiento de datos personales | ICEF S.A.