Alcaldía de Medellín hará descuento por pronto pago de Impuesto predial
Richard santaLa Secretaría de Hacienda de la Alcaldía de Medellín, indicó que el Descuento Pronto Pago consiste en fijar un descuento del 5% a los contribuyentes que paguen anticipadamente el valor total por concepto de Impuesto Predial Unificado para la vigencia fiscal 2017, esto no incluye el valor correspondiente a la sobretasa.
Los contribuyentes deberán realizar dicho pago del Impuesto Predial Unificado entre el día de publicación del presente Decreto y hasta el día 29 de marzo de 2017.
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REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS UNIVERSIDAD AUTONOMA LATINOAMERICANA MEDELLIN La Superintendencia de Industria y Comercio amplio el plazo hasta el próximo 30 de junio, para que todas las empresas inscritas ante la Cámara de Comercio registren sus bases de datos en dicha entidad, conforme lo establece la Ley 1581 de 2012, reglamentada por el Decreto 1074 del 2016. Hemos organizado un Seminario Teórico - Práctico para apoyar a las diferentes organizaciones en el desarrollo e implementación y así poder dar cumplimiento al registro nacional de base de datos ante la SIC.
Metodología Seminario – Taller teórico - práctica:
EXPOSITORES: ANA MARIA MESA ELNESER Profesional en Derecho, con experiencia desde el año 2004 en el área de Derecho Informático y Nuevas Tecnologías, además de las áreas complementarias en Civil, Comercial y Propiedad Intelectual. El desarrollo de asesoría empresarial, adicionalmente un enfoque potencial en áreas innovadoras del derecho tales como: Seguridad Informática, Protección de Datos Personales, Seguridad de la Información, Forense Digital (Legal), y Derecho Informático campo Sustancial y Procesal. El campo de acción de mi conocimiento especializado en la seguridad informática y la investigación forense digital me ha permitido desarrollar y materializar los saberes y conocimientos en articulación con experiencia en docencia universitaria en los niveles de Pregrado para programas de Derecho e Ingeniería Informática y Posgrado en diferentes módulos aplicables a Derecho e Ingeniería de Sistemas. Igualmente me he desempeñado como directora de semilleros de investigación en el área del Derecho Informática, Seguridad Informática y Computación Forense. Docente empresas del sector privado y entidades del sector público, entre ellas tenemos universidades como EAFIT, Universidad Autónoma, Universidad de Medellín, Universidad Católica de Oriente, Fundación de egresados de la Universidad Distrital – FEUD
JUAN CARLOS GONZALEZ MESA Profesional Licenciado en informática de Universidad de Medellín, Administración de empresas Universidad CEIPA, Especialista en Auditoría de Sistemas Universidad Eafit Diplomado en Riesgos y Control Universidad Eafit. Aliado – consultor en el área de seguridad de la información - protección de datos personales y Auditoría en LAW-TIC Asesor en: identificación de riesgos de seguridad de la información, identificación y valoración de controles en materia de seguridad de la información, desarrollo de planes de tratamiento. Identificación y valoración de controles para la mitigación de riesgos operativos. Responsable de la configuración y administración del aplicativo ERA con respecto a la metodología de riesgos de Comfenalco. Evaluador del control interno de la organización, teniendo como criterios de auditoría la normatividad vigente, las normas de auditoría generalmente aceptadas y las políticas definidas al interior de la organización. Evaluación de proyectos. Participo como auditor líder en el proyecto de implementación del ERP SAP.
INFORMACION GENERAL: LUGAR: Universidad Autónoma Latinoamericana FECHA: Febrero 21, 22 y 23 del 2017 HORARIO: 5:00 pm a 9:00 pm VALOR: $ 250.000 Netos
INSCRIPCIONES: Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones o en el teléfono: 57 (4)4442926. Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web o Realiza transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280 Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045 y envié copia de la misma al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
MAYORES INFORMES INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES – ICEF • Teléfono: (4) 444 29 26 • Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 • Página Web: www.icef.com.co • Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.-Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |
El no cobro y recaudo del IVA son delito penalizado con cárcel
Richard santaLa Fiscalía General de la Nación y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, le recordaron a la ciudadanía que, a partir de este año, el no cobro y recaudo del IVA son delito, y podría contemplar penas entre 4 y 9 años.
En materia de evasión de impuestos, uno de los principales cambios de la Reforma Tributaria, es la penalización a aquellas personas obligadas (comerciantes, restaurantes, profesionales independientes, entre otros) que decidan no cobrar el impuesto al valor agregado (IVA) y el Impuesto Nacional al Consumo (INC).
En este orden de ideas, la FGN y la DIAN iniciaron reuniones de articulación para trabajar en conjunto en el alcance de las nuevas previsiones que contempla la Reforma Estructural Tributaria 2016.
Esta decisión se tomó luego que el Fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, en diciembre del año pasado, cuando se revisó el artículo de la reforma tributaria, señaló “la importancia de castigar la práctica de algunos comerciantes que les preguntan a los ciudadanos si quieren comprar los productos sin IVA o sin factura”.
“Cuando hay evasión del IVA y en la medida en que se aumenta en tres puntos hay mayor proclividad para la evasión, hay que considerar la evasión del IVA como un tipo penal”, aseguró el Fiscal General de la Nación.
Para el Director General de la DIAN, Santiago Rojas Arroyo, esta será una valiosa herramienta para combatir una de las mayores formas de evasión de este impuesto.
En abril inician vencimientos para declaración de Industria y Comercio en Medellín
Richard santaLa Secretaría de Hacienda de Medellín recordó a los contribuyentes que a partir del 17 de abril comienzan los vencimientos para presentar la declaración y liquidación de Industria y Comercio, correspondiente a los ingresos brutos del año 2016.
¿Quiénes deben declarar?
El Impuesto de Industria y Comercio debe ser declarado por todas las personas jurídicas y sociedades de hecho que hayan iniciado el desarrollo de actividades industriales, comerciales, de servicio y financieras en el Municipio de Medellín, en el año 2016 o anteriores.
Adicionalmente, debe ser declarado por las personas naturales que tengan actividades industriales, comerciales o de servicio en el Municipio de Medellín y que sean del Régimen Simplificado (Acuerdo 64 de 2012 - Art. 27)
También deben declarar quienes realicen el hecho gravado a través de consorcios, uniones temporales o patrimonios autónomos.
Si el desarrollo de estas actividades es a partir del año 2017 deberán declarar en el año 2018.
Para presentar la declaración deben suministrar como requisito la fotocopia de su RUT o de la cédula en caso de ser persona natural.
La sanción por no declarar es equivalente al 60% del total del impuesto anual a cargo (Acuerdo 64 de 2012 – Art. 195).
Sitios donde se puede declarar
La declaración de Industria y Comercio se puede presenciar de varias formas. De manera virtual ingresando a www.medellin.gov.co, botón Declare y pague. Esto le brinda mayor agilidad, seguridad y comodidad, le evita los errores aritméticos y le permite el pago inmediato y en línea del reajuste originado.
También se puede declarar entregando el formulario impreso (forma tradicional). Este es GRATUITO. Lo puede descargar ingresando a www.medellin.gov.co, opción Declare y pague.
Puntos de entrega y recepción de formularios de declaración
Para recibir la declaración de Industria y Comercio están habilitados los siguientes espacios: el Centro Administrativo La Alpujarra en la oficina de Servicios Tributarios (contigua a las instalaciones del Concejo de Medellín), los Mascerca de Guayabal y La Floresta: desde el 1 de febrero; los Mascerca de Belén y El Poblado, la Cámara de Comercio, Fenalco y Unicentro, desde el 1 de abril y el Centro Comercial San Diego del 17 al 28 de abril.
Para obtener mayor información los contribuyentes pueden comunicarse a la Línea Única Gratuita de Atención a la Ciudadanía 4 44 4144 en Medellín o a la línea gratuita nacional 018000411144.
La Cámara de Comercio de Medellín recordó que la inscripción en el registro ante la entidad debe renovarse cada año, entre el 1º de enero y el 31 de marzo, según lo estipula la Ley, de esta manera su empresa o entidad se hace visible ante los demás y su negocio existe formalmente.
Realice la renovación en 4 sencillos pasos:
- Digite la cédula/NIT de la empresa, entidad o comerciante persona natural, sin dígito de verificación, o el número de matrícula o inscripción. Tenga en cuenta que solo debe ingresar uno de los datos solicitados.
- Seleccione el representante legal o titular responsable de realizar la renovación e ingrese su clave segura. Si aún no la tiene, solicítela haciendo clic en el botón correspondiente.
- Diligencie completamente el formulario con la información solicitada.
- Realice el pago a través de cualquiera de los medios habilitados:
- Internet.
- Bancos en convenio, para conocerlos haga clic aquí.
- Cajas Éxito, Carulla, Surtimax y Super Inter.
- Puntos Vía Baloto.
- Puntos de apuestas Gana.
Junta Central de Contadores denuncia fraude a nombre de la entidad
Richard santaLa Junta Central de Contadores informó que personas inescrupulosas han estado enviando correos electrónicos a sus usuarios, indicando sobre una supuesta cancelación de su Tarjeta Profesional. Por tal razón, recordó que las comunicaciones oficiales son emitidas únicamente por los correos institucionales identificados con el @jcc.gov.co.
Cualquier inquietud o comentario, comuníquese con la Entidad en la ciudad de Bogotá al teléfono (571) 6444450 Ext. 211 de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. jornada continua o escriba al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Explicación CTCP sobre cambios de grupo basadoen Decreto 2420 de 2015
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Publica, CTCP, indicó que en cumplimiento del artículo 1.1.1.5 del Decreto 2420 de 2015, desde el primero de enero de 2017, las entidades pertenecientes al Grupo 1 que cumplan las condiciones para pertenecer a otro grupo, podrán hacer el cambio, teniendo en cuenta que el periodo de permanencia de tres años, que permitía dos períodos comparativos de información financiera, se ha cumplido.
Considerando lo anterior, las entidades que por requerimientos legales, cumplimiento normativo o por motivos voluntarios, cumpliendo desde luego los requisitos correspondientes, requieran efectuar el cambio de grupo, deberán preparar un nuevo estado de situación financiera de apertura (ESFA) por las diferencias de políticas contables originadas en el cambio de grupo, el cual se elaborará al inicio del periodo siguiente al cual se decida o sea obligatorio el cambio.
Así mismo, las entidades que decidan permanecer en el Grupo 1 deberán informar de ello al organismo que ejerza el control y vigilancia, o dejar la evidencia pertinente para ser exhibida ante las autoridades facultadas para solicitar información, si no se encuentran vigiladas o controladas directamente por ningún otro organismo.
Los Contadores Públicos y las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable a los cuales se les hubiere expedido la tarjeta profesional o tarjeta de registro según sea el caso, deberán actualizar sus datos registrados ante la Junta Central de Contadores, JCC, de forma anual y antes del 1 de marzo de cada año.
Así lo estableció la Resolución N° 973 de 2015, que reglamenta la inscripción en el registro profesional y la expedición de la tarjeta profesional de Contador Público y la tarjeta de registro de las Entidades que presten servicios propios de la Ciencia Contable.
Si es persona natural, actualice sus datos haciendo clic aquí.
Si es persona jurídica, actualice los datos haciendo clic aquí.
Seminario – Taller Actualización Laboral y Seguridad Social
Escrito por Fernando Salazar![]() |
SEMINARIO – TALLER ACTUALIZACIÓN LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL Medellín La propuesta planteada a continuación responde a las necesidades diarias de actualización en temas del Sistema de Seguridad Social en Salud, para el personal que tiene la responsabilidad de la contratación laboral, afiliación, pago de cotizaciones oportunas y precisas al sistema general de seguridad social, permitiéndoles tener el conocimiento de la normatividad que se aplica y evitando circunstancias especiales de notificaciones y sanciones económicas por parte de autoridades de control y vigilancia como es actualmente la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTION PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCION SOCIAL –UGPP
AGENDA ACADÉMICA
1. Revisar las disposiciones legales actuales en torno al tema de las Afiliaciones, como es el decreto 2353 del 3 de diciembre de 2015 “Por el cual se unifican y actualizan las reglas de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, se crea el Sistema de Afiliación Transaccional y se definen los instrumentos para garantizar la continuidad en la afiliación y el goce efectivo del derecho a la salud”. Creación del Sistema de Afiliación Transaccional Nueva composición del grupo familiar del afiliado cotizante (ampliación) Traslado entre EPS Movilidad entre Regímenes Periodo de Protección laboral (nueva reglamentación) Acceso a los servicios de salud ( no urgencias)
2. A la fecha, con la expedición del Decreto 2353 del 3 de diciembre de 2015, hay nuevos requisitos para el reconocimiento y pago de la prestación económica derivada de la incapacidad por enfermedad general, licencias de maternidad y paternidad.
3. Ley 1393 de 2010 articulo 26 al 30 “CAPITULO III “Medidas en materia de control a la evasión y elusión de cotizaciones y aportes”
4. Acuerdo 1035 de octubre 29 de 2015- UGPP- “Por el cual se define, formula, y adopta, para la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social — UGPP, la política de mejoramiento continuo en el proceso de determinación, Liquidación y pago de los aportes al Sistema de la Protección Social”.
5. Resolución 2388 de junio 10 de 2016 Por la cual se unifican las reglas para el recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales.
6. Decreto 1990 de diciembre 6 de 2016 “Por medio del cual se modifica el artículo 3.2.1.5., se adicionan artículos al Título 3 de la Parte 2 del Libro 3 y se sustituyen los artículos 3.2.2.1., 3.2.2.2. Y 3.2.2.3 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud, en relación con las reglas de aproximación de los valores contenidos en la planilla de autoliquidación de aportes; se fijan plazos y condiciones para la autoliquidación y pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, respectivamente”.
7. Resolución 5858 de noviembre 28 del 2016. Por la cual se modifica la Resolución 2388 de 2016 en relación con el plazo para su implementación y sus anexos técnicos”.
8. Explicación práctica en el programa de ilimitada
EXPOSITORES: MARIA PATRICIA RUA PEREZ Abogada universidad de Medellín, Especialista seguridad social del CES, laboro en Coomeva EPS durante 17 años, con una amplia experiencia como docente, actualmente conferencista de la Universidad de Medellín
EDWIN CASTAÑEDA OLAVE Administrador de empresas, ha sido docente universitario, QA ilimitada S.A.S (Quality Assurance) empresa con la cual lleva 21 años.
INFORMACION GENERAL: LUGAR: Auditorio Centro de Fe y Culturas Calle 10 Sur 45 - 178 FECHA: Jueves 2 de marzo del 2017 HORARIO: 3:00 pm a 8:00 pm VALOR: $ 190.000 más IVA DESCUENTOS: 10% facturas con 4 asistentes.
El valor incluye memorias, certificado, libreta, lapicero, refrigerio, estación de café permanente y parqueadero.
INSCRIPCIONES: Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones o en el teléfono: 57 (4)4442926. Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web o Realiza transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280 Cuenta corriente de Davivienda 0v370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045 y envié copia de la misma al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
MAYORES INFORMES: Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF • Teléfono: (4) 4442926 • Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 • Página Web: www.icef.com.co • Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
POLITICAS DE VENTA
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago. Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe darnos aviso mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción |
De
ABC del Procedimiento Arbitral Especial de la Supersociedades
Richard santaEl procedimiento arbitral especial en la Superintendencia de Sociedades le permitirá resolver disputas con su contraparte en apenas 4 meses y con un importantísimo ahorro en costos como honorarios, gastos de administración y secretaría.
Para explicar cómo funciona el procedimiento y acercar sus ventajas a la comunidad empresarial a Supersociedades pone a su disposición una cartilla explicativa que le permitirá entenderlo en solo minutos. Puede descargarla de forma gratuita.
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