Miércoles, 22 Febrero 2017 08:09

Presentación de Estados Financieros bajo las NIIF

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presentación estados finacieros

SEMINARIO - TALLER

PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS BAJO LAS NIIF

MEDELLIN

 

Presentación

En los próximos días las entidades pertenecientes al Grupo 2 deberán presentar por primera vez sus estados financieros (incluidas las revelaciones) preparados con base en las Normas Internacionales de Información Financiera aceptadas en Colombia (NIF)[1]

Este hecho es de vital importancia para este grupo de entidades, toda vez que, por primera vez, los gerentes y contadores públicos certificarán los estados financieros preparados bajo los principios de las NIF; las juntas directivas o consejos de administración los evaluarán; los revisores fiscales los dictaminarán; y, las juntas de socios o las asambleas de accionistas los aprobarán.

A partir de estos estados financieros se derivarán efectos tan importantes como los siguientes: distribución de utilidades; constitución de reservas; determinación de la causal de disolución derivada de los ajustes por la aplicación por primera vez de las NIF; cambios en los indicadores financieros; evaluación de la capacidad de endeudamiento por parte del sector financiero; actualización de las cifras del registro mercantil y el registro único de proponentes en las Cámaras de Comercio; efectos tributarios de las normas contables, de acuerdo con la Reforma Tributaria (Ley 1819 de 2016); y, el surgimiento de activos y pasivos por impuesto diferido a las ganancias; entre otros.

El Instituto Colombiano de Estudios Fiscales (ICEF) y la Cámara de Comercio de Urabá, con el concurso del Contador Público y Abogado Carlos Arturo Rodríguez Vera (especialista en estándares internacionales de información financiera y gerencia tributaria), diseñaron un Seminario con el propósito de explicar, de forma didáctica, cómo se deben presentar por primera vez los estados financieros preparados con base en las NIF para entidades pertenecientes al Grupo 2.

 

Agenda Académica

  1. Políticas Contables.
  2. ESFA y aplicación posterior de las NIF.
  3. Elaboración de los estados financieros: Estado de situación financiera, Estado de resultados integrales, Estado de flujos de efectivo; Estado de cambios en el   patrimonio.  
  4. Revelaciones

 

EXPOSITOR: CARLOS ARTURO RODRÍGUEZ VERA

Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Pontificia Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación; Socio de la firma IFAS S.A.S.; Ex Sub contador General de la Nación; Ex integrante del Grupo de Apoyo Técnico que elaboró el Régimen de Contabilidad Pública.

Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades; Diseño y ejecución del Seminario Taller sobre NIIF organizado por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista.

 

INFORMACION GENERAL:

                

Lugar:                        Cámara Colombiana de la Infraestructura

                                   Carrera 43 b Nº 16 - 95          

Fecha:                        Jueves 09 y viernes 10 de marzo de 2017

Horario:                     3:30 p.m. a 8:30 p.m.

Duración:                  10 horas

Inversión:                  $330.000 más IVA

Descuentos:             10% por pronto pago hasta el 01 de Marzo de 2017

                                   10% en Facturas con 4 o más participantes

 

El valor incluye libreta, lapicero, refrigerio, estación de café permanente, certificado y parqueadero.

 

INSCRIPCIONES:

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link:

Inscripciones o en el teléfono: 57 (4)4442926.

Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web o Realiza transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280 Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045 y envié copia de la misma al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

MAYORES INFORMES:

INSTITUTO COLOMBIANO DE ESTUDIOS FISCLES - ICEF

•     Teléfono: (4) 4442926

•     Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 

•     Página Web: www.icef.com.co

•     Dirección electrónica:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.-Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


[1] De acuerdo con el Decreto Reglamentario 2420 de 2015 (modificado por el Decreto Reglamentario 2496 de 2015), las Normas de Información Financiera (NIF) en Colombia, corresponden, en esencia, a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para las entidades del Grupo 1, de la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las Pymes) para las entidades del Grupo 2, y del Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas para las entidades del Grupo 3.

 

Políticas de Venta

Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago.

Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe darnos aviso mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción. 

La Contaduría General de la Nación emitió la Resolución 48 del 14 de febrero de 2017, por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016, modificada por la Resolución No. 043 de febrero 8 de 2017, para el reporte de la información financiera, económica, social y ambiental a través del Sistema Consolidador de Hacienda de Información Publica - CHIP, correspondiente al periodo de Octubre - Diciembre de 2016.

 

Para conocer la Resolución 48 completa, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades advierte sobre la supuesta llegada al país de falsas sociedades multinivel que prometen inversiones en diamantes pero en realidad son captadoras ilegales de recursos.

 

Al respecto, la entidad advierte que a la fecha no existe en el país ninguna sociedad o sucursal de sociedad extranjera registrada como empresa multinivel que esté autorizada para la compraventa de piedras preciosas.

 

Los investigadores de la Superintendencia de Sociedades encontraron material promocional en el que estas falsas empresas multinivel prometen retornos mínimos del 5% semanal (250% al año) “sin mover un músculo”.

 

La Superintendencia de Sociedades advierte una vez más a los inversionistas sobre el riesgo que corren al entrar a negocios con rentabilidades muy superiores a las del mercado.

 

Con base en el Decreto 4334 de 2008, la Superintendencia de Sociedades recalca que quienes promuevan o promocionen por cualquier medio, incluyendo, páginas web, redes sociales y demás métodos promocionales electrónicos, físicos o de voz a voz, esquemas que resulten en la captación masiva y habitual de recursos del público serán responsables penal y civilmente por sus actuaciones.

 

Autoridades de otros países también vienen haciendo un minucioso seguimiento a este tipo de supuestas sociedades y han realizado denuncias sobre captación de dinero del público.

 

Prueba de lo anterior son los reportes de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) de Bolivia y de la Aduana de ese país en los que advierten sobre falsedad de estas “captadoras” por cuanto no registran ingreso de diamantes; ni existen empresas registrada a nombre de las supuestas multinivel en China, en el Registro de Comercio de ese país, ni en el Executive Center de Hong Kong, lugar donde supuestamente estarían sus casas matrices.

 

Al respecto, el superintendente Reyes Villamizar, recordó que las personas naturales no pueden actuar como compañías multinivel, ni como representantes comerciales de esta clase de sociedades extranjeras.

 

Para que una sociedad funcione como multinivel, la compensación o beneficio económico que decida pagar al vendedor independiente, debe corresponder proporcionalmente a sus ventas y no ser entregado por el solo hecho de vincular nuevas personas a la red comercial.

La Superintendencia Financiera de Colombia eliminó 43 formatos que hacían parte de los reportes de información periódica que las entidades vigiladas le deben transmitir.

 

Esta determinación, contenida en la Circular Externa 001 de 2017, tiene como finalidad optimizar y racionalizar los requerimientos a las vigiladas y es el resultado de la revisión que este organismo de supervisión adelantó a los 204 formatos vigentes.

 

Cabe destacar que la eliminación de estos 43 formatos, que representan el 21% de los formatos vigentes de las diferentes industrias, se realiza dentro del nuevo Marco Integral de Supervisión (MIS) y en concordancia con la Ley Antitrámites del Gobierno Nacional.

 

Para conocer la Circular 001 completa, haga clic aquí.

La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, aseguró que las nuevas normas de las zonas francas deben llevar a que se incrementen las exportaciones desde estos lugares e invitó a los empresarios a hacer uso de los beneficios que ofrece la nueva normatividad expedida por la cartera.

 

“Se busca un equilibrio en la balanza comercial por medio de las zonas francas, generando beneficios a través de la internacionalización. En el contexto en el que estamos, es prioritario que los empresarios no se sumerjan únicamente en el mercado nacional”, dijo la ministra Lacouture.

 

La reforma a las Zonas Francas, expedida en el decreto 2147 de 2016, agilizará los procesos para consolidar a Colombia como un país líder de ese sector en la región, para lo que se busca que los empresarios se animen a estar en ellas.

 

La Ministra explicó los siguientes beneficios:

  • Tarifa única del impuesto sobre la renta del 20%.
  • No se causan si pagan tributos aduaneros (IVA y arancel) en las mercancías que se introduzcan a la Zona Franca.
  • Posibilidad de exportación desde Zona Franca a terceros países y al mercado nacional.
  • Las mercancías de origen extranjero introducidas a la zona franca podrán permanecer en ellas indefinidamente.
  • Exención del IVA para las materias primas, partes, insumos y bienes terminados que se vendan desde el territorio aduanero nacional a usuarios industriales de bienes o de servicios de Zonas Francas o entre estos.


“Es indispensable que se conozca el Régimen, se utilice, se aproveche y se mejore, pues no es un sistema estático y necesita modificarse recurrentemente. Es necesario crear alianzas o matrimonios con entidades y gremios. En esta oportunidad, la coordinación entre la Dian, el Ministerio y asociaciones como Analdex, fue fundamental”, indicó la Ministra.

 

Con la Política de Desarrollo Productivo, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se crearon las cadenas productivas en cada región y se busca que las zonas francas sean herramientas para que los productos elaborados en Colombia tengan más oportunidades de llegar a mercados internacionales.

 

Las nuevas medidas fueron bien recibidas por los empresarios quienes destacaron sus beneficios. “Esta nueva normativa se armonizó y hoy es un instrumento mucho más fuerte y sincrónico, que busca diversificar mercados y crecer en el comercio exterior. El mundo atraviesa un periodo de proteccionismo, por lo cual, se deben ver oportunidades en mercados que antiguamente no estaban en el radar”, dijo Javier Díaz, Presidente ejecutivo de Analdex.

 

La Ministra Lacouture resaltó, además, la importancia de tener en el país el III Congreso de la Organización Mundial de Zonas Francas en Cartagena, del 3 al 5 de mayo del 2017, que permitirá a los asistentes estar actualizados sobre cómo se puede generar más empleo, más inversión y exportaciones, dándole foco a cada una de las zonas francas, potenciando la innovación y la productividad, para poder ir por más.

 

Colombia tiene 108 zonas francas declaradas, de las cuales 40 son permanentes y 68 permanentes especiales. Entre todas generan 163 mil puestos de trabajo entre directos e indirectos y según el registro del Dane, entre enero y noviembre de 2016 generaron exportaciones por US$2.551 millones de dólares.

Cerca de 3.400 productos de 65 capítulos del arancel, entre materias primas y bienes de capital, tanto para la industria como para la agricultura, y que no se producen en el país, no volverán a pagar arancel por su importación al país.

 

El anuncio lo hizo la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, como parte del paquete de medidas del Plan Colombia Repunta, con el cual el Gobierno impulsará la economía, la creación de puestos de trabajo y la competitividad del país.

 

La eliminación permanente de esos aranceles, que también impacta en un menor valor del IVA, generará ahorros anuales para los empresarios por cerca de USD 358,6 millones, es decir aproximadamente 1 billón de pesos. La aplicación de esta medida ha permitido importar USD 6.000 millones en bienes desde mercados con los cuales Colombia no tiene acuerdos comerciales vigentes. Es decir, que sin ella, habrían tenido que pagar el arancel del 5% promedio para esos productos.

 

Entre los bienes que se benefician, están máquinas como trilladoras, ordeñadoras y tractores, transformadores eléctricos, motores eléctricos, aparatos de medición, equipos de laboratorio, insumos para la industria química y para la fabricación de medicamentos, generadores, válvulas y materiales para la construcción de vivienda, entre otros.

 

“Es un beneficio para todo el aparato productivo que lo ayuda a ser más productivo y más competitivo. Estas materias primas y esa maquinaria, ayudan a transformar bienes, a agregar valor a productos que se exportan a diferentes mercados”, dijo la Ministra.

 

Desde el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo se adelantan otras tareas que buscan impulsar el crecimiento económico, al aparato productivo y a las exportaciones. Se avanza en la Política de Desarrollo Productivo que esta cartera trabaja con sus entidades adscritas y de la mano con las regiones. Priorizó 6 cadenas de valor en los 32 departamentos del país: químicos, sistema moda, metalmecánica, agroalimentos, industrias 4.0 y turismo.

 

A través de ellas, y poniendo a disposición de los empresarios los mecanismos con los que cuentan el Ministerio y sus entidades adscritas, se impulsan diferentes productos de sectores como el de las confecciones, hortofrutícola, metalmecánica, molinería, industrias en movimiento, plásticos, cosméticos, software, BPO, farmacéuticos, entre muchos otros.

 

En el frente del comercio exterior, se trabaja en el aprovechamiento y profundización de los acuerdos comerciales y en la facilitación del comercio para aprovechar las oportunidades que ofrecen los diferentes mercados internacionales.

 

“La profundización la hemos adelantado con países como El Salvador, Cuba, Brasil y se trabaja también con Argentina y Guatemala. Con este trabajo, cerca de 3.000 productos colombianos han pasado a integrar la lista de bienes que podrán ingresar a mercados de Centro y Suramérica con alguna preferencia arancelaria, lo que mejora la competitividad de los empresarios”, señaló la Ministra.

 

En materia de facilitación al comercio, se trabaja en la eliminación de barreras que afectan las exportaciones, ya se han gestionado el 73% de 1.121 identificadas. En mejoras en el Plan Vallejo que incluyó 636 nuevas partidas, en la implementación de los escáneres en los puertos del país que mejoran los tiempos de inspección de la carga y en los cambios que se dieron en las zonas francas, con los que se unificaron las normas existentes en esta materia, agilizaron tiempos y facilitaron los procesos.

Debido al número de consultas realizadas a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, sobre el impuesto al carbono establecido en la Ley 1819 de 2016, y que entró en vigencia el 1 de enero de 2017, la entidad emitió el Concepto 0140 del 10 de febrero de 2017, con el fin de consolidar la unificación de criterios, orientar y precisar criterios relacionados con este impuesto.

 

Para conocer el Concepto 0140 completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN informó que la nueva regulación aduanera Decreto 390 de 2016, contempla la figura del EXPORTADOR AUTORIZADO, establecida en los acuerdos de libre comercio con la Unión Europea y los Estados AELC (EFTA) Suiza-LiechtensteinNoruega –Islandia.

 

El exportador autorizado podrá certificar el origen de su mercancía mediante declaración en factura o declaración de origen sin necesidad de tramitar certificado de circulación EUR 1, para los acuerdos comerciales que contemplen esta figura.

 

La reglamentación sobre la autorización del exportador autorizado se encuentra en los artículos 5 al 9 de la Resolución 072 del 29 de noviembre de 2016.

 

La DIAN invita a los Exportadores interesados a dirigir sus solicitudes de autorización como Exportador Autorizado con el cumplimiento de los requisitos establecidos a la Coordinación del Servicio de Origen de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, carrera 7 No 6c-54 piso 8, Bogotá D.C. Esta autorización no tiene costo.

Los turistas que tienen planeado viajar a Colombia en su vehículo, tenga debe tramitar la importación temporal del vehículo de turista, para lo cual debe diligenciar el formulario que se encuentra en el siguiente link:

Abrir Formulario

 

Encuentre el formato Excel FT-OA-2394, documento que debe ser diligenciado, impreso y presentado en la aduana de ingreso al país, conforme al instructivo que aparece en la segunda página del mismo formato.

 

Cualquier información adicional será atendida en el buzón Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

La Resolución 043 del 8 de febrero de 2017, publicada por la Contaduría General de la Nación, modifica la Resolución 706 del 16 de diciembre de 2016, referente al control interno contable.

 

Para conocer la Resolución 043 completa, haga clic aquí.

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