La Contaduría General de la Nación emitió la Carta Circular No. 002 del 29 de enero de 2016, mediante la cual imparte instrucciones para la preparación de notas a los Estados Contables de carácter específico a 31 de diciembre de 2015.

 

Para conocer la Circular 002 completa, haga clic aquí.

Con el fin de ampliar la cobertura y tener más cercanía con los empresarios y la ciudadanía en general, la Cámara de Comercio de Bogotá ha dispuesto del #383 para que desde cualquier disposítivo móvil y sin costo adicional, los usuarios puedan comunicarse con la entidad y así conocer toda la información de los productos y servicios de la Cámara de Comercio de Bogotá.

 

El #383 inicialmente estará disponible para los operadores Tigo, Movistar y Claro, y le permitirá a los clientes tener acceso a la Línea de atención al cliente y contar con la asesoría de un agente que le brindará información oportuna y dará respuesta a sus inquietudes.

 

Los horarios de atención serán de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 6:00 p. m. - sábados de 9:00 a. m. a 1:00 p. m.

 

Horarios por temporada de renovaciones:

• Entre el 14 y el 31 de marzo de 7:00 a. m. a 7:00 p. m.
• Sábados de 9:00 a. m. a 1:00 p. m.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a la ciudadanía que personas, de forma irregular, están usando datos de identificación de ciudadanos masivamente y sin autorización, para acaparar citas dentro del sistema de agendamiento de la DIAN y luego lucrarse con su venta.

 

Esta situación está afectando la disponibilidad cercana de agenda para algunos trámites principalmente en Cali y Medellín, dificultando la normal atención en los puntos de contacto y restringiendo el acceso oportuno a los ciudadanos que necesitan hacer uso del servicio de asignación de citas para asistir a la atención presencial ante la DIAN, y que desean hacerlo sin costos ni intermediarios.

 

Se recuerda a los ciudadanos - clientes, que tanto el servicio de agendamiento de la DIAN, como los trámites para los que debe solicitarse cita, son totalmente gratuitos, por lo que cualquier actividad relacionada con el acaparamiento de las citas a partir de datos ficticios o sin autorización por parte de quien figura como agendado, está prohibida y causará la cancelación de la cita.

 

Estas conductas que atentan contra la integridad del servicio y la fe pública, son tipificadas y están penalizadas por el ordenamiento jurídico nacional:

• El Código Penal Colombiano – Ley 599 de 2000 en el TÍTULO IX “Delitos Contra la Fe Pública”, CAPÍTULO TERCERO “De la Falsedad en Documentos” Artículo 296. Falsedad personal. El que con el fin de obtener un provecho para sí o para otro, o causar daño, sustituya o suplante a una persona o se atribuya nombre, edad, estado civil, o calidad que pueda tener efectos jurídicos, incurrirá en multa, siempre que la conducta no constituya otro delito.

 

• Así mismo, el Decreto 19 del 10 de enero de 2012 – Ley Antitrámites “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública” precisa: Que tanto los particulares en el ejercicio de sus derechos o en el cumplimiento de sus deberes, como las autoridades en el desarrollo de sus funciones tienen el deber de obrar bajo los postulados de la buena fe,es decir que deben sujetarse a los mandatos de honestidad, lealtad y sinceridad.

 

Por lo anterior, se invita a la ciudadanía a poner en conocimiento de la DIAN este tipo de situaciones anómalas a través de la página de la DIAN en su servicio de quejas, reclamos, sugerencias, peticiones: http://www.dian.gov.co/contenidos/servicios/quejas_y_soluciones.html

De conformidad con el artículo 5º del Decreto 1289 del 17 de junio de 2015, a partir del 18 de diciembre del mismo año el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo asumió la competencia relacionada con la administración, control, verificación del cumplimiento y mantenimiento de requisitos, entrega sanción, cobro de obligaciones, decisión de recursos, representación judicial y demás actuaciones administrativas de los Sistemas Especiales de Importación – Exportación, Zonas Francas, Zonas Económicas Especiales de Exportación y Sociedades de Comercialización Internacional cuya competencia estaba asignada a la DIAN.

 

Así mismo, se informa que la DIAN continuará administrando, custodiando y haciendo efectivas las garantías que amparen impuestos, tributos, sanciones y demás obligaciones de su competencia, en relación con los beneficiarios de los Sistemas Especiales de Importación – Exportación, Zonas Francas, Zonas Económicas Especiales de Exportación y Sociedades de Comercialización Internacional.”

 

Para cualquier información puede comunicarse a la línea gratuita 018000958283, al PBX (+571) 6067676 o al FAX (+571) 6067522

El presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley 1777 del primero de febrero de 2016, por medio de la cual se definen y regulan las cuentas abandonadas y se les asigna un uso eficiente a estos recursos.

 

Para conocer la Ley 1777 completa, haga clic aquí.

Las micro, pequeñas y medianas empresas cuentan ya con una Guía para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, SG-SST-, diseñada por la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, con el apoyo de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y agremiaciones del país.

 

La herramienta que busca promover y proteger la salud de los trabajadores se estructuró con el ánimo de que empleadores o contratantes de los sectores público y privado desarrollen un proceso lógico y por etapas del nuevo Sistema, basado en la mejora continua para gestionar los peligros y riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo, reduciendo al mínimo los incidentes, accidentes y enfermedades laborales que se puedan presentar.

 

Para cumplir con estos requisitos, las empresas deben tener en cuenta: lo que se aprendió, qué errores no se pueden repetir, qué aciertos se deberían estandarizar, qué se puede mejorar y cómo lo pueden hacer.

 

Este instrumento de 43 páginas, contiene 10 pasos que se deben seguir para la implementación del nuevo Sistema SG-SST y culminar la totalidad del proceso a más tardar el 31 de enero de 2017, así lo determinó esta semana el Gobierno Nacional, luego de ampliar el plazo por 1 año. Además, unificó el plazo para todas las empresas sin importar el tamaño de las mismas.

 

Es de recordar que el Sistema SG-SST busca prevenir las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones laborales, la protección y promoción de la salud de los trabajadores.

 

Tiene por objeto mejorar las condiciones de los trabajadores y el entorno en el que desarrolla su labor, lo que conlleva a la promoción y el bienestar físico, mental y social de los mismos.

 

Igualmente, aclara las obligaciones de los empleadores en cuanto a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores; la responsabilidad de las ARL de brindar asesoría y asistencia técnica en la implementación del proceso; lo relacionado con el cuidado integral y la salud de los trabajadores y explica el procedimiento para conservar los registros y documentos que soportan el Sistema.

 

Contiene anexos para evaluar el sistema y la metodología para identificar los peligros en la Mipyme, así como ejemplos de la política y objetivos de seguridad y salud en el trabajo, programa de auditorías y de acciones preventivas o correctivas del proceso.

 

Según la directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, Andrea Torres Matiz, "esta cartera elaborará otras Guías dirigidas a diferentes sectores que servirán de ayuda para la implementación del proceso".

 

Consultar la Guía: http://www.mintrabajo.gov.co/publicaciones-mintrabajo.html

Viernes, 05 Febrero 2016 02:05

Medios Magnéticos año gravable 2015

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mediosmagili2

 

El próximo el 29 de marzo inician los vencimientos de medios magnéticos para los grandes contribuyentes y el 12 de abril para las personas naturales y Jurídicas, Ilimitada y el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF se unen para realizar un Seminario-Taller, en el que pretendemos brindar las herramientas necesarias para la presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2015.

 

PEDRO JOSE FRANCO CARDENAS (DIAN)

  • Modificaciones a la resolución 220/2014 Resol.111/2015
  • Sujetos obligados y contenido de la Información.
  • Nuevos contenidos y Sujetos a informar Art.631-3
  • Especificaciones técnicas.
  • Formatos XML
  • Plazos y vencimientos
  • Sanciones
  • Taller Conciliación Fiscal y Contable formato 1001

 

EDWIN CASTAÑEDA OLAVE (Ilimitada)

  • Paso a paso para la parametrización,
  • Generación.
  • Revisión.
  • Exportación de la información exógena en archivos XML del año 2015 en el programa de Contai de Ilimitada
  • Con los cambios presentados en las resoluciones 220 del 2014 y la 111 del 2015 Incluyendo los nuevos formatos  2275 Ingresos no constitutivos, 2276 Certificado de Ingresos y Retenciones y 2278 Compra de bonos electrónicos

 

INFORMACIÓN GENERAL:

LUGAR:                   Auditorio Centro Comercial San Diego

                                Cl 34 Nro. 43 66 Torre Norte Piso 11

FECHA:                   Martes 8  y Miércoles 9 de marzo.

HORARIO:              5:00 p.m. a 9:00 p.m.

INVERSIÓN:           $170.000.oo más IVA

 

Descuentos

10% a quienes cancelen antes del 2 de marzo

10% facturas con 4 asistentes o más.

Nota: los descuentos no son acumulables, aplica un solo descuento

 

INSCRIPCIONES:

ICEF-Diligencie el formulario inscripción de la página de ICEF o en los teléfonos (4)4442926  celulares 3206751610 – 3006519641

ILIMITADA-Comunicándose con la señora Mónica Grisales al teléfono (4) 4446422 opción 2

Realice la consignación a través del  botón de pagos de la pagina de ICEF: https://www.psepagos.com.co/t_icef/pagos.asp

También puede consignar en la Cuenta Corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia  693 6360 2045 a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900.161.280—0.

Envié copia de la consignación al fax (4)4442926 o al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

MAYORES INFORMES:

ILIMITADA

Teléfono (4) 4446422    Mónica Grisales

Página Web www.ilimitada.com.co

Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o con

 

INSTITUTO COLOMBIANO DE ESTUDIOS FISCALES - ICEF

Teléfono (4) 444 29 26

Celular 3206751610 – 3006519641

Página Web: www.icef.com.co

Dirección electrónica:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. – Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

Viernes, 05 Febrero 2016 01:46

Taller práctico Declaraciones de Renta

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declaracio20151declaracion_de_renta 

 

DECLARACIONES DE RENTA, CREE, RIQUEZA Y NORMALIZACIÓN, ACTIVOS EN EL EXTERIOR

PARA SOCIEDADES, 

¡AJUSTES Y NUEVOS FORMULARIOS!

 

 

OBJETIVO:

El objetivo es brindar adecuadas herramientas prácticas y recomendaciones claves para la preparación de las diferentes declaraciones y la racionalización de la determinación de las bases e impuestos.

 

CONTENIDO:

 

1- DECLARACIONES DE RENTA Y CREE 2015:

 

- Declaraciones Personas Jurídicas: Nuevos efectos prácticos y diferencias en la depuración de la renta base para el cálculo del CREE frente a la del Impuesto de Renta, tratamiento y aplicación, rentas exentas e ingresos presuntos, precauciones y modificaciones en el manejo de costos fiscales, depreciaciones, rechazo de gastos pagos a trabajadores independientes, deducciones especiales no aceptadas, efectos en renta presuntiva, cambios en los descuentos tributarios por el CREE, efectos de la última doctrina y jurisprudencia, entre otros.

 

-  Rentas de fuente nacional y de fuente extranjera aplicadas a Renta y CREE.

 

-  Efectos para los socios en el dividendo gravado y no gravado.

 

- Formulario 140: Declaración de Impuesto Sobre la Renta para la equidad  CREE y los efectos de la sobretasa y el juego de    anticipos.

- Formulario 110 y Formato 1732: Declaración de Renta y Complementarios año 2015, Formato Integrado 1732 y sus anexos.

 

 

2- DECLARACIONES DE RIQUEZA Y NORMALIZACIÓN Y LA DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR A 1º DE ENERO DE 2016:

También profundizaremos en los principales cambios de las declaraciones de Riqueza y Normalización, aplicación de techos y pisos en la base gravable máxima o mínima, caso práctico, efectos de la Normalización, efectos y oportunidad en la declaración de patrimonio en renta y CREE y cuidados en la oportunidad e inclusión en la declaración de Activos en el exterior, efectos de la última doctrina y jurisprudencia, entre otros.

  • - Formulario 440 de Declaración de Riqueza y Normalización.
  • - Formulario 160 de Declaración de Activos en el exterior.

 

EXPOSITOR:

JAIME MONCLOU PEDRAZA

Contador Público Titulado de la Universidad Central, Consultor con especializaciones en Revisoría Fiscal y en Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia, Miembro y Consejero Directivo del Instituto Colombiano de Derecho Tributario - ICDT y del Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP.

Docente de pregrados y posgrados de varias universidades como Pontificia Universidad Javeriana, Universidad de la Salle, Universidad Piloto de Colombia, Universidad Sur Colombiana del Huila y Universidad Libre de Pereira. Amplia experiencia en seminarios y conferencias sobre Actualización y Planeación Tributaria, dictadas con reconocidas entidades como: Banco de Bogotá, Practica, Actualícese, Accounter, Asociación de Contadores Públicos del Huila, Cámara de Comercio, Instituto Nacional de Contadores Públicos INCP, Instituto Colombiano de Derecho Tributario ICDT, Tu Consulta, Novoclick, Simposio de Revisoría Fiscal, Asociación Colombiana de Facultades de Contaduría Pública, Asfacoop, Gestión Integral Académica, Sterling Asociados.

Principales publicaciones: Asobancaria, Actualización y Práctica Tributaria (1995-2002); Bancos de Bogotá, Popular, Colmena y AV villas (1997–2003). Auditoria a los sistemas de información en Empresas Sociales del Estado (2000–2006). Cartillas Declaración de Renta 2010 al 2013. Manual Régimen Tributario Especial 2009 al 2011 para entidades sin ánimo de lucro, Cartilla de IVA 2010 al 2013.

 

INFORMACION GENERAL:

LUGAR:            Auditorio Centro Comercial San Diego

                          Cl 34 Nro. 43 66 Torre Norte Piso 11

FECHA:            Jueves, 10 de marzo del 2016

HORARIO:       4:00 p.m. a 9:00 p.m.

VALOR:            $160.000 más IVA

 

El valor incluye memorias, cuadernillo, lapicero, refrigerio, estación de café permanente, certificado y parqueadero

 

DESCUENTOS:    10% a quienes paguen antes del 3 de marzo. 

                              10% facturas con más de cuatro asistentes.

 

 

INSCRIPCIONES:

1.   Diligencie el formulario de inscripción presionando click aquí o en los teléfono (4)4442926 - 3206751610 -  3006519641

2.   Realice la consignación a través de nuestro botón de pagos presionando click aquí

3.  También puede consignar en la Cuenta Corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia  693 6360 2045 a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF, envié copia de la consignación al fax (4) 444 29 26 o al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Mayores Informes:

INSTITUTO COLOMBIANO DE ESTUDIOS FISCALES - ICEF 

•     Teléfono (4) 444 29 26

•     Celular 3206751610 – 3006519641 

•     Página Web: www.icef.com.co

      Dirección electrónica:  icef@une.net.co

 

 

 

 

 

 

 

 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recuerda a todas las personas naturales, jurídicas o asimiladas, entidades sin ánimo de lucro con régimen especial y demás entidades que a 31 de diciembre de 2015 estén calificados como "Grandes Contribuyentes", que de acuerdo con el Decreto 2243 del 24 de noviembre de 2015 deberán pagar entre el 9 y el 22 de febrero, la primera cuota del impuesto sobre la renta y complementarios, por el año gravable 2015, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

 

Según la administración tributaria, a nivel nacional son 3.770 contribuyentes quienes tienen esta calificación. Vale recordar que el Decreto 2243 de 2015 invirtió el orden de presentación y pago de las declaraciones tributarias, debiendo ser presentadas en primer lugar por aquellos contribuyentes cuyo NIT termina en cero (0) y así en orden descendente hasta llegar al dígito uno (1).

 

Esta es la primera de tres (3) cuotas en las que los Grandes Contribuyentes deben cancelar el valor correspondiente al Impuesto sobre la Renta y Complementarios.Es importante señalar que el valor de esta primera cuota no podrá ser inferior al 20% del total del saldo a pagar determinado en su declaración de renta del año gravable 2014 (casilla 83 del Formulario 110).

 

No obstante, si al momento del pago de la primera cuota el contribuyente ya ha elaborado un proyecto de declaración en el que ha determinado que para el año gravable 2015 arroja saldo a favor, podrá optar por no efectuar el pago de la primera cuota, siendo de su entera responsabilidad si posteriormente al momento de la presentación de la declaración se genera un saldo a pagar.

La Junta Central de Contadores recordó a los contadores públicos que de acuerdo con la resolución 973 de 2015, deben actualizar los datos entre enero y febrero de 2016, para que su certificado sea emitido de forma adecuada.

 

La entidad aclaró que así se hayan actualizado los datos en diciembre de 2015, debe hacerse nuevamente en los dos primeros meses de 2016.

 

Si no tiene datos que actualizar, debe entrar a la página web de la entidad para confirmar que ha revisado y no tiene modificaciones, haciendo clic en la casilla “de acuerdo”.

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