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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, dispuso el Formulario 325 “Declaración de Impuesto Sobre las Ventas - IVA de prestadores de servicios desde el exterior”, en el cual estos contribuyentes cumplirán con sus obligaciones tributarias, de acuerdo con el Decreto 2179 de 2018, y el procedimiento establecido en la Resolución 000051 de 2018.

 

Esta obligación se causa en atención a lo dispuesto en la Ley 1819 de 2016, con la cual se incluyó el Impuesto Sobre las Ventas para los servicios prestados y los intangibles adquiridos o licenciados desde el exterior, entendidos estos como prestados, licenciados o adquiridos en el territorio nacional, los cuales causan el respectivo impuesto cuando el usuario directo o destinatario de los mismos tenga su residencia fiscal, domicilio, establecimiento permanente, o la sede de su actividad económica en el territorio nacional.

 

La forma de presentación de la declaración es virtual, a través de los Servicios Informáticos Electrónicos (SIE), con instrumento de firma electrónica IFE e ingresando como usuario registrado en el link https://muisca.dian.gov.co/WebArquitectura/DefLogin.faces

 

Para realizar el pago, el servicio de diligenciamiento le ofrece al contribuyente dos opciones:

• En Colombia, usando el Formulario 490 “Recibo oficial de pago impuestos nacionales”, con el cual puede pagar de manera virtual a través de PSE, o presencial en los bancos autorizados.

• Si va a realizar el pago fuera del país, el Servicio Informático Electrónico (SIE) le generará una pantalla con los valores a pagar en dólares estadounidenses y en pesos colombianos, para que proceda a hacer la consignación correspondiente en la siguiente cuenta: número 70210000000000002, nombre: CITIBANK NA, ABBA: 031100209, SWIFT: CITIUS33, Ciudad: NEW CASTLE - DE, Estado: Delaware.

 

Se recomienda al pagador incluir en la referencia, el número correspondiente al recibo de pago o el “payment reference”, que aparece en la pantalla donde se genera el pago.

El Gobierno Nacional manifestó que de manera concertada con los Congresistas, hará el ajuste correspondiente durante el trámite siguiente de la Ley de Financiamiento para no impulsar el incremento del IVA para trabajadores independientes. El régimen se mantendrá como está actualmente.

 

“Existe una total disposición del Gobierno Nacional para discutir con los ponentes de la Ley de Financiamiento para que no se modifique dicho tope de ingresos brutos al año durante el trámite de esta Ley en las plenarias de Senado y Cámara” dijo el Ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla.

 

Es importante aclarar que actualmente, los contratos por prestación de servicios con ingresos brutos superiores a 120 millones de pesos al año, son gravados con IVA.

Hasta el 24 de noviembre, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recibirá comentarios sobre el proyecto de resolución por el cual se prescribe el formulario 325 para la declaración del impuesto sobre las ventas – IVA de prestadores de servicios desde el exterior.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución a través del correo electrónico:
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Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

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Reactivar la economía, financiar programas sociales, incrementar el empleo formal y la inversión, generar mayor formalización y mayor equidad son los objetivos de la Ley de Financiamiento que el gobierno del presidente Iván Duque Márquez radicó ante el Congreso de la República.

 

El ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera, resaltó que esta Ley de Financiamiento partió de la necesidad de obtener los $14 billones que hacen falta en el presupuesto del 2019 para financiar los programas sociales, dentro de los cuales están Familias en Acción, alimentación escolar, construcción de infraestructura, créditos del Icetex, inversión en el sector agrícola, los subsidios en los servicios públicos y la reinserción de los antiguos combatientes de la subversión, entre muchos otros.

 

“Colombia requiere generar una gran transformación para la equidad, crear muchos empleos, tener un crecimiento económico más robusto y atender y reforzar los prioritarios programas sociales con los que se benefician millones de ciudadanos. Hacia allá apunta esta ley”, dijo el ministro Carrasquilla Barrera. “Se trata de una ley progresiva que busca que aquellos colombianos que reciben más ingresos contribuyan en mayor medida para el funcionamiento del Estado y la redistribución de la riqueza”, expresó.

 

El proyecto de Ley de Financiamiento es un completo conjunto de normas de carácter tributario, de reducción del tamaño del Estado, de mejoramiento de la administración tributaria, de modernización de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de enajenación de activos y de ahorros adicionales.

 

El proyecto propone reducir gradualmente la tarifa del IVA hasta el 17%, conservando los beneficios para productos y servicios relacionados con aspectos fundamentales como salud, educación, transporte, servicios públicos, arrendamientos y servicio doméstico, entre otros.

 

El IVA hoy
Actualmente, las exenciones y exclusiones benefician más al 10% de la población con mayores ingresos. Ellos se ahorran $27 de cada $100 que se dejan de pagar por los bienes excluidos de IVA, mientras que el 10% más pobre de los colombianos solo se beneficia con $4 de cada $100.

 

Adicionalmente, los hogares más pobres destinan el 30% de su gasto a adquirir bienes que tienen una tarifa del 19%, sin recibir compensación alguna. “La estructura actual, con tarifas diferenciadas y tratos desiguales es muy injusta con los sectores más vulnerables”, sostuvo el ministro Carrasquilla.

 

Para corregir esa desigualdad, el Gobierno espera destinar $2,6 billones de pesos para compensar al 30% de los colombianos, 4,3 millones de hogares con menores ingresos, por lo que pagaron por IVA. Así el Estado comenzará a generar un verdadero proceso de redistribución del ingreso, y solucionará uno de los grandes problemas del país.

 

“El coeficiente de desigualdad del país, además de que sigue siendo muy alto, no cambia después de que el Gobierno recauda y ejecuta los impuestos. Eso quiere decir que no estamos cumpliendo con nuestra obligación de hacer que estos recursos lleguen a la población más vulnerable. Eso lo vamos a empezar a cambiar con esta compensación”, explicó Carrasquilla Barrera.

 

Adicionalmente, con la Ley de Financiamiento, el Gobierno cumple con una de las promesas del Presidente Iván Duque Márquez de bajar la carga tributaria a los colombianos, mejorar la competitividad de las empresas e impulsar el empleo. El objetivo, aseguró el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, es mejorar el sistema tributario, de manera que sea más simple, más efectivo y menos costoso y que beneficie el desarrollo empresarial. Para esto, entre otras medidas, se plantea reducir paulatinamente la tarifa de renta corporativa, que quedaría en 32% en el 2020, 31% en 2021 y 30% a partir del 2022.

 

Igualmente, se propone descontar de renta el IVA pagado por la importación de bienes de capital y la eliminación paulatina de lo que pagan las empresas por renta presuntiva. Adicionalmente, en la declaración de renta se podrá descontar el 50% de lo que las empresas pagan por ICA y la mitad de lo que pagan por el Gravamen de Movimientos Financieros (GMF), más conocido como 4 x 1000. A partir del 2022 se podrá descontar el 100% de dichos impuestos.

 

Con el fin de impulsar la inversión en sectores fundamentales para el desarrollo del país, se propone una exención del impuesto de renta por 5 años a quienes hagan inversiones efectivas en empresas de la llamada economía naranja y por 10 años para los nuevos empresarios del campo.

 

De otro lado, el Gobierno ha propuesto en la Ley de Financiamiento una nueva estructura del Impuesto de Renta a personas naturales. Esta reforma unificará las llamadas cédulas tributarias y gravará con una tarifa mayor a los contribuyentes de ingresos más altos; es decir, a aquellos que ganen más de $33 millones al mes.

 

Quienes hoy no pagan, no van a pagar y quienes ganen menos de $33 millones mensuales pagarán lo mismo.

Jueves, 25 Octubre 2018 07:23

Imputarán cargos a morosos con la DIAN

En desarrollo de las acciones del Plan de Cobro y Fiscalización, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, ha denunciado penalmente a 8.164 contribuyentes morosos, que, a pesar de los llamados, no atendieron los diferentes requerimientos persuasivos para efectuar el pago, omitiendo trasladar los dineros de la Nación recaudados por concepto de Impuesto al Valor Agregado -IVA, Retención e Impoconsumo, y que le adeudan a la Entidad cerca de $376.000 millones.

 

Desde el mes de septiembre la DIAN, en conjunto con la Fiscalía General de la Nación, se adelantan acciones para imputar cargos a 177 contribuyentes por el delito de omisión al agente retenedor o recaudador, de estos, 132 corresponden a Bogotá y 35 a Medellín, actividad que se seguirá adelantando en el resto del país.

 

Adicionalmente, en la Jornada "Al Día con la DIAN, le cumplo al país", del presente mes, la Entidad procederá a efectuar 4.000 visitas de investigación de bienes a contribuyentes morosos que adeudan $271.000 millones; y se embargarán las cuentas bancarias de 4.200 morosos, que no atendieron los diferentes llamados para ponerse al día en sus obligaciones fiscales.

 

En materia de fiscalización, entre el 22 y 26 de octubre se tiene previsto cerrar 49 establecimientos de comercio, en todo el país, de responsables del Impuesto Sobre las Ventas y del Impuesto Nacional al Consumo, que no cumplen con la obligación de expedir factura o documento equivalente sobre todas las operaciones comerciales que realizan. Igualmente, se llevarán a cabo 374 visitas de control a contribuyentes que ejecutan actividades comerciales en establecimientos de: producción y comercialización de productos de madera; comercialización de productos de plástico como: tejas, láminas, divisiones, tubos y techos en plástico o PVC, con el fin de revisar obligaciones formales, control de ingresos y facturación.

 

Así mismo, se advierte a los contribuyentes que cuando la deuda determinada corresponda a retenciones, al Impuesto Sobre las Ventas o al Impuesto Nacional al Consumo, y la mora en la cancelación del saldo a pagar sea superior a dos (2) meses, se trasladarán los insumos correspondientes para la instauración de la denuncia penal por omisión al agente retenedor o recaudador y se iniciará el proceso encaminado a la aplicación de la sanción de clausura o cierre de establecimiento, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4 del artículo 657 del Estatuto Tributario.

 

Desde enero la DIAN adelanta el Plan Nacional de Cobro 2018, cuyas acciones conjuntas de cobranzas y fiscalización, han permitido recaudar en los diez (10) primeros meses del año, la suma de $7.1 billones, por concepto de gestión.

En el mes de agosto el recaudo bruto de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, fue de $8,9 billones, 16.7% más que en agosto de 2017. Este crecimiento se explica principalmente por el desempeño del recaudo de Retención en la Fuente a título de renta, IVA y timbre, que alcanzó la suma de $4,5 billones, superior en 14.0% al recaudo de agosto de 2017.

 

Le siguió el Impuesto de Renta de personas naturales cuyo recaudo en el mes de agosto sumó $1,2 billones. Con corte a 31 de agosto, han declarado 1.133.290 contribuyentes, de los cuales, cerca de 300 mil personas adelantaron la presentación de su declaración de renta, antes del vencimiento.

 

De otra parte, aunque en agosto no hubo vencimiento del Impuesto al Valor Agregado, IVA, los recaudos por este concepto aumentaron 107.6%, pasando de $ 230 mil millones a $478 mil millones, en su mayoría pagos por mora de algunos responsables de este impuesto.

 

Enero- agosto
En el período enero – agosto de 2018, el recaudo bruto acumulado de los impuestos administrados por la DIAN fue de $95,6 billones, creciendo 2.5% en relación con el mismo período de 2017, en el que se alcanzó la suma de $93,2 billones, distribuidos en: cerca de $35,0 billones de retención en la fuente; $22,6 billones de IVA;$15,7 billones de renta; $ 14,2 billones de tributos aduaneros, $4,9 billones de GMF y los restantes $3 billones en Impuesto al Consumo ($1,4 billones), a la gasolina y el ACPM ($0,9 billones), a la riqueza ($0,3 billones); y al carbono ($0,2 billones).

 

El recaudo de mejor desempeño corresponde a retención en la fuente a título de renta, IVA y timbre, que aumentó 10.0%, al pasar de $31,8 billones en 2017 a $35,0 billones en 2018. Así mismo, los ingresos por IVA suman $ 22,6 billones, creciendo 10.1% en relación con lo alcanzado en enero-agosto de 2017, en el que se obtuvieron ingresos por $20,5 billones.

 

El recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la cifra de $81,4 billones mostrando una variación nominal de 2.3% frente al 2017 que fue de $79,5 billones. Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA) aumentaron 3.7%, con un recaudo cercano a los $14,2 billones.

 

Complementariamente, en el período enero – agosto el recaudo con títulos de devoluciones de impuestos (TIDIS) ascendió a $5,9 billones, producto de las devoluciones de saldos a favor a los contribuyentes, que se efectúan mediante títulos entregados en períodos anteriores. El pago de impuestos con estos papeles fue superior en $2 billones frente a las cifras contempladas en las estimaciones del recaudo realizadas en diciembre, disminuyendo en ese valor el recaudo en efectivo.

 

Recaudo por Gestión
En la ejecución del Plan Nacional de Cobro 2017, así como las jornadas mensuales de cobro y control “Al día con la DIAN, le cumplo al país", durante agosto la Entidad gestionó cartera a cargo de 63 mil contribuyentes morosos, resaltando: el embargo de acciones de propiedad de 4.187 contribuyentes morosos que adeudan $294.967 millones; remate de bienes de propiedad de más de 200 morosos que adeudan cerca de $72.000 millones; embargo de cuentas bancarias de más de otros 12.000, y cerca de 5 mil visitas a morosos.

 

En materia de fiscalización, se realizaron cierres de 50 establecimientos de comercio de responsables del Impuesto Sobre las Ventas y del Impuesto Nacional al Consumo, que no cumplen con la obligación de expedir factura o documento equivalente.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 22 de septiembre de 2018 el Proyecto de Decreto para “Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para adicionar el Capítulo 12 del Título 1 Parte 3 del Libro 1 y reglamentar la exclusión del impuesto sobre las ventas –IVA en la importación y enajenación de computadores”.

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

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Tal como lo establece el Estatuto Tributario en el parágrafo segundo transitorio del artículo 616-1, los contribuyentes responsables del Impuesto Sobre las Ventas - IVA y del Impuesto Nacional al Consumo deberán iniciar con su facturación electrónica a partir del 1º de enero de 2019.

 

Por tal razón, la Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN- informa que, estos contribuyentes serán registrados, de oficio, en el Servicio Informático Electrónico (SIE) de Factura Electrónica facturador electrónico obligado, con lo cual ya no será posible solicitar la habilitación como facturador electrónico voluntario.

 

No obstante lo anterior, los Contribuyente responsables de IVA e Impoconsumo que estén interesados en iniciar su proceso de implementación de factura electrónica antes del 1 de enero de 2019, podrán solicitar anticipadamente la actualización de su RUT a la DIAN a través del buzón de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. . El trámite se realizará en un término de 8 días hábiles.

Hasta el 14 de junio el Ministerio de Hacienda, recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto "Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar la tarifa de retención en la fuente a título de impuesto de renta por exportación de hidrocarburos y dictar normas sobre retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas -IVA".

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

El Gobierno Nacional hizo oficial este jueves la eliminación del IVA a los paquetes turísticos para viajar en cruceros internacionales que se adquieran en Colombia.

 

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Lorena Gutiérrez, explicó que esta medida cobija a las personas que compran en Colombia cruceros que zarpan del país pero que prestan sus servicios de turismo y recreación en aguas nacionales, internacionales o en el exterior.

 

“Esta medida tiene un impacto muy positivo en la competitividad de Colombia como destino turístico y es resultado de un trabajo articulado entre la Asociación Nacional de agencias de Viajes, Anato, la Dirección Nacional de Impuestos Nacionales, Dian, y el Ministerio”, explicó Gutiérrez.

 

Por su parte, el Director de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, Santiago Rojas indicó que esta decisión beneficia a los viajeros que compran paquetes turísticos de cruceros en Colombia, sin importar si son de nacionalidad extranjera o colombiana.

 

Los paquetes turísticos mencionados abarcan las actividades de recreación tales como el transporte marítimo de pasajeros, el alojamiento, las comidas y las bebidas. Ahora, estas actividades se entienden como servicios prestados en el extranjero, y por lo tanto están exentos del pago del IVA.

 

A su turno, la presidente de la Asociación Nacional de Agencias de Viaje, Anato, Paula Cortés, resaltó la importancia de la medida y su impacto en la industria de viajes y turismo de Colombia.

 

La dirigente gremial destacó que al año en Colombia se venden de 150 a 200 mil paquetes turísticos de cruceros que zarpan desde puertos colombianos, en un número que oscila entre 60 a 80 embarcaciones de este tipo.

 

De acuerdo con las cifras de la agremiación de agencias de viajes, el número de cruceristas nacionales aumenta anualmente entre 10 y 15%. El IVA que se pagaba hasta ahora era de 9.5%, que equivale, aproximadamente, a 80 dólares por paquete.

 

86 cruceros han arribado a Colombia en primer trimestre de 2018

 

Cartagena recibe el 90% de los cruceros que llegan al país, el resto arriba a los puertos de Santa Marta y San Andrés.

 

En el primer trimestre del 2018, han arribado 81 cruceros a Cartagena de Indias, con 156.059 pasajeros, y cinco a Santa Marta, con 4.478 pasajeros, para un total de 86 barcos.

 

La Terminal de Cruceros Cartagena de Indias atiende 30 líneas de cruceros y recibe el 97% de los pasajeros que llegan por vía marítima a Colombia. Un flujo que le inyecta a la economía de la ciudad más de 40 millones de dólares anuales.

 

“El turismo es un motor de desarrollo del país y ya hoy está generando ganancias muy importantes a los colombianos. Con esta medida Colombia se vuelve más atractiva para los viajeros”, concluyó la ministra María Lorena Gutiérrez.

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