Nuestro objetivo con este seminario es elaborar párrafo a párrafo el Dictamen de Revisoría Fiscal conforme a las Normas Internacionales de Auditoria y Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas, resolviendo, además, todos los interrogantes que surgen durante este proceso, de la mano de un gran experto en el tema.

Incluye 4 Modelos de Informes (Limpia, Salvedades, Abstención, Negativa)

 

  • Estructura y fundamento del Dictamen u Opinión de Revisor Fiscal
  • Opinión Limpia, Con Salvedades, Abstención, Negativa
  • Párrafo de Énfasis y otras cuestiones
  • Negocio en Marcha
  • Cuestiones Clave de Auditoría
  • Opinión sobre control interno y cumplimiento legal y normativo

 

Daniel Orlando Hurtado Cabrera

Contador Público, Maestría y Doctorado en Educación Nova Southeastern University, Especialista en Auditoría y Control, Certificado en Auditoria Internacional, IFRS Full, Pymes y Sector Publico por el ACCA Londres y Programa de Normas Internaciones de Auditoría del ICAEW Londres. Funcionario de la Contraloría General de la República, Docente de Postgrados Universidad Jorge Tadeo Lozano, Área Andina, Militar Nueva Granada. Conferencista Instituto Nacional de Contadores Públicos, Colegio de Contadores Públicos de Colombia, LEGIS y Accounter en temas de Aseguramiento. 

 

MODALIDAD:  Online
FECHA:
            jueves 23 de enero 2025
HORARIO:       5:00 p.m. a 9:00 p.m.

VALOR:            $ 175.000 más IVA

 

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Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.

Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

La Superintendencia Financiera expidió la Resolución 2394 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 1 de noviembre al 22 de noviembre de 2024, se certifica en 17,59% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 31 de diciembre de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 101 puntos básicos (-1,01%) frente a la vigente en noviembre de 2024 (18,60%).

Crédito productivo
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 1 de noviembre al 22 de noviembre de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad / Efectivo anual

Crédito productivo de mayor monto: 27,21%
Crédito productivo rural: 17,66%
Crédito productivo urbano: 35,95%
Crédito popular productivo rural: 52,30%
Crédito popular productivo urbano: 58,89%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 31 de diciembre de 2024.

Tasas no certificadas por la SFC basadas en el Interés Bancario Corriente

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).

Modalidades de crédito / Interés remuneratorio y de mora / Usura

Crédito de consumo y ordinario / 26,39% / 26,39%
Crédito productivo de mayor monto / 40,82% / 40,82%
Crédito productivo rural / 26,49% / 26,49%
Crédito productivo urbano / 53,93% / 53,93%
Crédito popular productivo rural / 78,45% / 78,45%
Crédito popular productivo urbano / 88,34% / 88,34%

Para conocer la Resolución 2394, haga clic aquí.

La Junta Directiva del Banco de la República, JDBR, tras su última reunión, reiteró la meta de inflación del 3%

De acuerdo con la Junta, las acciones de política monetaria, que han contribuido a reducir la inflación, seguirán encaminadas a llevar a la inflación a la meta del 3% y a que la actividad económica transite por una senda sostenible en el tiempo.

Algunas de sus conclusiones son:

• La JDBR reitera la meta de inflación del 3% como guía y objetivo de su política.
• La inflación total y las medidas de inflación básica continúan descendiendo en un entorno de recuperación económica.
• La JDBR estima que la inflación continuará descendiendo y que al final de 2025 converja al 3% con un intervalo de incertidumbre de +/- 1%.
• La reducción de la inflación se facilita si quienes determinan precios y salarios incorporan en sus decisiones la reducción esperada de la inflación y su convergencia hacia la meta.
• Las acciones de política monetaria, que han contribuido a reducir la inflación, seguirán encaminadas a llevar a la inflación a la meta del 3% y a que la actividad económica transite por una senda sostenible en el tiempo.

Con un Centro de Monitoreo de Facturación Electrónica y un equipo de 3 mil funcionarios en todo el país, distribuidos en las zonas de más alta afluencia comercial, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- comienza la jornada especial de seguimiento por compras en Black Friday y Navidad.

En este sentido, la DIAN advierte que, si bien esta época ofrece a los colombianos la oportunidad de aprovechar descuentos, no exime a quienes venden bienes y servicios de la obligación de registrar la factura electrónica, la cual garantiza la legalidad de las transacciones y contribuye al recaudo de los impuestos que financian la inversión social del país.

“Durante esta jornada, desde la DIAN estaremos monitoreando en tiempo real las transacciones. Es importante que todos los colombianos sepan que esto se hará durante las 24 horas del día, los 7 días de la semana. De esta manera, los reportes recibidos en nuestro sistema nos permitirán evaluar la dinámica comercial, sobre todo, en esta temporada", afirmó Jairo Orlando Villabona Robayo, director general de la DIAN.

Agregó, además, que, “exigir una factura electrónica por cada compra, garantiza la legalidad de las transacciones y contribuye al recaudo de impuestos que financian la inversión social que el país necesita".

Visitas a establecimientos comerciales
En el transcurso de la jornada, funcionarios de la DIAN que recorrerán los diferentes establecimientos comerciales en todo el país, verificarán el cumplimiento de la obligación de generar factura electrónica, orientando a los compradores de bienes y servicios, que deben tener en cuenta que son solo tres datos los que deben entregar al vendedor: nombre, número de cédula o NIT y correo electrónico.

En caso de que algún establecimiento no entregue factura electrónica o se detecten irregularidades en el proceso, los ciudadanos pueden reportarlo de inmediato a través del canal de WhatsApp: +57 310 872 8457.

A partir del lunes 2 de diciembre de 2024, la DIAN comienza a operar con nuevas líneas de atención telefónica en el Contact Center, de la siguiente forma:

Línea de atención Impuestos: 57 - 601 489 9000

Horario de atención: lunes a viernes 8:00 a. m. a 7:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 12:00 m.

Línea de atención Aduanas: 57 - 601 794 8880

Horario de atención: lunes a viernes 8:00 a. m. a 7:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 12:00 m.

Línea Centro Nacional de Cobro: 57 - 601 794 8883

Tras el Consejo de Ministros realizado con la dirección del señor presidente de la República, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) tomó la decisión de hacer un recorte en el presupuesto de gastos del año 2024 por $28,4 billones, equivalentes a un 5,6% del total del presupuesto aprobado para el año.

Este recorte contempla tanto los $20 billones del aplazamiento presupuestal anunciado en junio, así como $8,4 billones adicionales que surgen como resultado del análisis de la situación económica actual de la Nación.

El recorte, que se da como resultado de la caída en los ingresos tributarios, es una muestra del compromiso del Gobierno Nacional con la disciplina fiscal y el cumplimiento de la Regla Fiscal.

En el rubro de funcionamiento, se recortarán $18,2 billones. Los sectores que tendrán mayores disminuciones en esa área son Hacienda con $11,8 billones, Trabajo con $3,9 billones, Defensa con $606.000 millones, Rama Judicial con $452.000 millones y Fiscalía con $347.000 millones.

Con respecto a la inversión, se hará un recorte de $10,1 billones que estará liderado por el sector de Inclusión Social y Reconciliación con $1,8 billones, seguido de Hacienda con $1,7 billones, Transporte con $1,4 billones, Agricultura con $1,2 billones y Vivienda con $647.000 millones.

Aunque el Confis había sugerido un recorte de hasta $33 billones, la cifra final responde principalmente a la necesidad de contar con recursos para responder a la situación de emergencia invernal recientemente declarada en todo el país.
Asimismo, apunta a la preservación de inversiones fundamentales para garantizar la alimentación infantil, los derechos básicos de niños y niñas, la gratuidad en la educación superior, y la respuesta a las necesidades de agua apta para consumo humano.

El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, proyectó que la inflación mantendrá su senda descendente, y pronosticó que habrá mejoras en el crecimiento económico de Colombia.

De acuerdo con Bonilla, el IPC estaría alrededor de 5% para 2024 y en una línea de 3% para 2025, alcanzando la meta del Banco de la República. Además, prevé un crecimiento entre 1,8% y 2% este año y en torno a 3% para el siguiente.

El jefe de la Cartera resaltó que el sector de infraestructura se ha destacado como uno de los dinamizadores de la economía colombiana, pues ha contribuido significativamente con la generación de empleo y el desarrollo del país.

Además, indicó que hay vigencias futuras para el sector transporte por $155 billones hasta 2053. A su juicio, esto es una muestra de la apuesta que hace el Gobierno Nacional por la reactivación económica.

Por su parte, el sector de Defensa y Policía tendrá recursos por $12,4 billones hasta el mismo año, seguido de Vivienda, Ciudad y Territorio con $6,8 billones.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto "Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 260-7 del Estatuto Tributario y se sustituye el artículo 1.2.2.5.1. del Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, relacionado con la determinación de las jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición y regímenes tributarios preferenciales".

La entidad recibirá comentarios sobre el proyecto de decreto hasta el 10 de diciembre de 2024 hasta las 12 de la noche.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Una factura electrónica es un archivo digital XML. Sin embargo, los facturadores generan adicionalmente una representación gráfica de la factura electrónica que le permite verificar la validez fiscal del documento.

La DIAN publicó los elementos más importantes para identificarla:

1. Revise los datos del emisor y receptor de la factura

Asegúrese de que incluya los datos completos: Nombre o razón social, NIT o CC tanto del vendedor como del comprador. Recuerde que si usted no entrega los datos debe aparecer la frase “Consumidor final".

2. Asegúrese que la descripción de la compra sea la correcta

Revise la descripción de los productos, medio de pago, impuestos discriminados y monto total.

3. Código QR de Verificación

Al escanearlo lo dirige a la página web de la DIAN para comprobar la validez de la factura electrónica.

4. Código Único de Factura Electrónica (CUFE)

Es una cadena de caracteres alfanumérico único de cada factura electrónica para garantizar su autenticidad y trazabilidad en el sistema de la DIAN.

Para validar sus facturas con el CUFE, puede acceder al siguiente enlace: Validación de facturas DIAN

La Factura Electrónica no es una opción, es una obligación ¡Exijala y reciba beneficios fiscales y tributarios!

Para conocer más, ingrese a: https://micrositios.dian.gov.co/sistema-de-facturacion-electronica/factura-electronica/

Por medio de la Resolución 192 del 25 de noviembre de 2024, la DIAN modifica el artículo 13 de la Resolución 44 de 2019, modificado por el artículo 1 de la Resolución3 de 2021, referente a las operaciones aduaneras sujetas a utilizar dispositivos electrónicos de seguridad.

Para conocer la Resolución 192, haga clic aquí.

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