Recientemente el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, abrió la discusión pública del documento sobre las Normas y Enmiendas Emitidas por el IAASB durante los periodos 2019 a 2021 con plazo para la remisión de comentarios del cuatro de octubre de 2021.

Como parte de la propuesta que modifica la normativa del Aseguramiento de la Información se encuentra el Anexo 5 que comprende la NIA 315 (Revisada 2019) Identificación y Valoración del Riesgo de Incorrección Material

Esta Norma Internacional refiere la valoración del riesgo y actividades relacionadas para obtener información con el fin de identificar, valorar y responder a los riesgos de incorrección material debida a fraude.

Las modificaciones
Esta norma aplica en el ámbito internacional para encargos que cubran estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2021 (par. 10).

Mejora las definiciones incorporadas (par. 12).

Requiere que el auditor diseñe y aplique procedimientos de valoración de riesgos con el fin de obtener evidencia de auditoría que proporcione una base adecuada para identificar y valorar los riesgos de incorrección material, debida a fraude o error, tanto en los estados financieros como en sus afirmaciones, y el diseño de procedimientos posteriores de auditoría (par. 13).

Requiere que se obtenga conocimiento de la entidad y su entorno, del marco de información financiera aplicable, y del sistema de control interno de la entidad (par. 19 y ss.); • Incluye ejemplos a través de la guía de aplicación.

Pasa de incluir dos anexos, a seis anexos, 1) consideraciones para el conocimiento de la entidad y su modelo de negocio, 2) conocimiento de los factores de riesgo inherente, 3) conocimiento del sistema de control interno de la entidad, 4) consideraciones para el conocimiento de la función de auditoría interna de la entidad, 5) consideraciones para el conocimiento de TI, y 6) consideraciones para el conocimiento de los controles generales de TI.

Modifica las NIA 200, 210, 230, 250, 260, 265, 240, 300, 402, 330, 500, 501, 530, 550, 540, 600, 620, 701, 720.

Las principales modificaciones, se encuentran relacionadas con a) requisitos mejorados relacionados con el ejercicio del escepticismo profesional, b) aclaración de que el proceso de evaluación de riesgos proporciona la base para la identificación y evaluación de los riesgos de incorrección material, y el diseño de procedimientos de auditoría, c) enfoque separado en la comprensión del Marco Aplicable de Información Financiera, d) distinguir la naturaleza y aclarar el alcance del trabajo necesario para los controles directos e indirectos en el sistema de control interno, e) aclarar qué controles deben identificarse para evaluar el diseño de un control y determinar si el control se ha implementado, f) requisitos basados en principios centrados en “qué” se necesita hacer, g) el material de aplicación destaca consideraciones de proporcionalidad y escalabilidad bajo un encabezado separado, que ilustra la ampliación para situaciones más complejas y la simplificación para situaciones menos complejas.

Para conocer el Anexo 5, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 14 de octubre 2021, el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamentan los artículos 46, 47 y 48 de la Ley 2155 de 2021 y se sustituyen los Capítulos 1, 2 y 3 del Título 4 de la Parte 6 del Libro 1 y los artículos 1.6.2.8.5., 1.6.2.8.6., 1.6.2.8.7., 1.6.2.8.8. y 1.6.2.8.9. del Capítulo 8 del Título 2 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente a las terminaciones especiales y conciliaciones con la DIAN.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Por medio del Concepto 526 del 27 de septiembre de 2021, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio pautas sobre el Reconocimiento de retenciones por regalías. La consulta es la siguiente:

“Teniendo en cuenta que además de ser un Agente de retención en la fuente, el comercializador de minerales es Agente de retención de regalías, a estas retenciones se les debe dar el mismo tratamiento contable y tributario por parte del comercializador?”.

Para conocer la respuesta del CTCP y el Concepto 526 completo, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 477 del 27 de septiembre de 2021, en la cual responde a una consulta relacionada a la TRM a utilizar para el reconocimiento de mercancía importada. La consulta textual fue la siguiente:

“La presente es para solicitar aclaración sobre el reconocimiento de los inventarios y a que TRM registrar la compra de mercancía importada, esto teniendo en cuenta la cobertura que realiza la compañía con la adquisición de forwards, según lo anterior, ¿se podría reconocer un inventario con la tasa pactada en el contrato de compra de forwards sin ser este un pago anticipado o se le debe dar el manejo según lo dispuesto en el concepto 2020-0814 del 29 de agosto del 2020?”.

Para conocer la respuesta del CTCP y el Concepto 477 completo, haga clic aquí.

Recientemente el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, abrió la discusión pública del documento sobre las Normas y Enmiendas Emitidas por el IAASB durante los periodos 2019 a 2021 con plazo para la remisión de comentarios del cuatro de octubre de 2021.

Como parte de la propuesta que modifica la normativa del Aseguramiento de la Información se encuentra el Anexo 4 que comprende la NIGC 2 sobre Revisiones de Calidad del Encargo.

Esta Norma Internacional de Gestión de la Calidad (NIGC) trata sobre: (a) El nombramiento y elegibilidad del revisor de calidad del encargo; y (b) Las responsabilidades del revisor de calidad del encargo relativas a la realización y documentación de una revisión de calidad del encargo.

Las modificaciones
Se establecen los requerimientos para nombrar y elegir al revisor de calidad del encargo.

Se establece la responsabilidad del revisor de calidad del encargo en lo relacionado a la realización y documentación de una revisión de calidad del encargo.

El objetivo de la revisión es proporcionar a la firma una seguridad razonable de que a) la firma y su personal cumplen con sus responsabilidades de conformidad con las normas profesionales y requerimientos legales y reglamentarios aplicables, y b) los informes emitidos por la firma o por los socios de los encargos, son adecuados a las circunstancias (par. 6).

El revisor de calidad del encargo, no puede ser un miembro del equipo del encargo, y no cambia la responsabilidad del socio del encargo (par. 9).

Esta norma aplica en el ámbito internacional para encargos que cubran estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2022 (par. 11).

El objetivo es designar a un revisor de calidad del encargo, para realizar una evaluación objetiva de los juicios significativos hechos por el equipo del encargo y las conclusiones a las que llegó (par. 12).

Para conocer el Anexo 4, haga clic aquí.

Martes, 28 Septiembre 2021 16:26

Mitos y Realidades de las Criptomonedas

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Mitos y Realidades de las Criptomonedas

¿Por qué algunos países empiezan a tomar el Bitcoin como moneda de curso legal?

 

 

boton temario

 

  • ¿Qué es Bitcoin y por qué vale tanto?
  • Cuáles alternativas existen al Bitcoin.
  • Problema del doble gasto y la centralización.
  • ¿Qué es el Blockchain y cómo funciona?
  • ¿Qué son los contratos inteligentes?
  • ¿Es realmente el lavado de dinero un problema en el mundo del Blockchain?
  • Riesgos asociados al invertir en este tipo de activos.
  • ¿Por qué un país (El Salvador) lo adoptó como moneda oficial? ¿Qué posibles oportunidades o retos tiene Colombia si decide adoptar esta posición?
  • Cuáles son las principales ventajas y desventajas de usar criptomonedas como monedas de curso legal.
  • Posibles estrategias de inversión para abordar el mercado de criptoactivos.

 

 

 

boton expositores

Tomás Henao Ramírez

Economista de la Universidad EAFIT, Ganador de la beca Baden - Württemberg Stipendium, 2018. Estudiante de segundo año de la maestría en Economía con énfasis en Economía Cuantitativa.

En su experiencia se destaca haber sido aprendiz de nuevos negocios y auxiliar de estrategia en BRINSA, actualmente analista de pricing en el Grupo BIOS.

 

Luis Miguel Arroyave

Abogado de la Universidad Pontificia Bolivariana, previamente asistente legal en Punto Jurídico y actualmente asistente legal y gestión de la innovación en Bancolombia.

 

 

 

boton infogeneral

  • MODALIDAD:  Virtual
  • FECHA:           10 de noviembre 2021
  • HORARIO:      6:00 p.m. a 8:00 p.m.        
  • VALOR:           $60.000 más IVA

 

 

boton descuentos

  • 5 % Dos asistentes bajo la misma factura
  • 10% Tres asistentes bajo la misma factura
  • 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura

 

  

boton inscripciones 

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443

WhatsApp:  3006519641

 

 

boton mediosdepago   

Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.

Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0

  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
  • Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045

 

Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil  icef.pagoagil.co

 

 

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  • Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF 

Página Web: www.icef.com.co

Telefono:     (4)4442926

Celulares:     3206751610 – 3124235443

WhatsApp:   3006519641

Correos:      Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

boton politicas

  • Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
  • Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
  • Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
  • Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

 

El Ministro del Trabajo Ángel custodio Cabrera anunció una campaña para la promoción del trabajo decente en el país. Se trata del trabajo preventivo, para buscar mecanismos alternativos para resolución de conflictos laborales mediante la implementación de espacios de diálogo social.

Según cifras de la cartera laboral, en el país hay cerca de 2.500 empleadores querellados por la no afiliación y el no pago de aportes a seguridad social de los trabajadores.

Según el ministro del Trabajo Ángel Custodio Cabrera: “Estas solicitudes no solo tienen un impacto en los tiempos de los procesos de la rama judicial, donde usualmente no se resuelven de manera inmediata y pueden durar incluso años; en el mismo sentido generan congestión en las territoriales del Ministerio, afectando así la capacidad y eficiencia en la respuesta que le damos a la ciudadanía”.

“Hoy con esta campaña nacional, buscamos que, a través de la vía preventiva y el diálogo, podamos en primer lugar proteger los derechos laborales y por otro, resolver en tiempo récord muchos de los conflictos laborales en los que están involucrados empleadores y trabajadores”, anotó el Ministro.

En cumplimiento con el Programa de Liberación del Acuerdo de Cartagena, los Certificados de Origen de bienes automotores (vehículos y autopartes) ensamblados y producidos en depósitos de transformación o ensamble; deben estar acompañados de los formatos FT-COA-2726 y FT-COA-2727, con destino Colombia.

Estos documentos se pueden descargar directamente desde la página web de la DIAN, en la sección "Origen de Mercancías", ubicada en: https://www.dian.gov.co/aduanas/aspectecmercancias/Paginas/OrigenMercancias.aspx

El formato: FT-COA-2726 (Versión 1), corresponde al "Documento para expedición certificado de origen - vehículos ensamblados en depósitos de transformación ensamble".

Y el FT-COA-2727 (Versión 1), corresponde al "Documento para expedición certificado de origen – autopartes producidas en depósitos de transformación o ensamble".

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, invitó a todos los usuarios que se dedican a la fabricación de vehículos y autopartes en depósitos de transformación o ensamble, a descargar y diligenciar los mencionados formatos, requisitos necesarios para la expedición del Certificado de Origen.

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FORO: Beneficios en el pago de Tributos Territoriales (Ley 2155 de 2021)

Aplicación en los municipios del Valle de Aburrá.

  

 

boton temario

 

  1. Análisis de los Beneficios tributarios en el pago de tributos territoriales.
  • Aspectos financieros de las entidades territoriales.
  • Modificación al Régimen Simple de Tributación – RST.
  • Condición especial de pago de multas de tránsito.
  • Disminución en sanciones e intereses.
  • Aplicación del principio de favorabilidad en etapa de cobro.
  • Terminación anticipada de los litigios en vía administrativa y judicial.
  1. Aplicación de los beneficios de pago de la ley 2155 de 2021 en municipios de:
  • Medellín
  • Envigado
  • Itagüí
  • La Estrella
  • Sabaneta

 

 

 

boton expositores

 

Daniel Escobar Valencia (Director de Estudios de Asocapitales)

Abogado de la Universidad de Medellín y Especialista en Legislación Tributaria de la Universidad Pontificia Bolivariana. Realizó un curso post-grado y avanzado en Derecho Tributario Internacional y Europeo, en Maastricht University – Bruselas. Se ha desempeñado como Director de Fiscalización de Itagüí, Subsecretario de ingresos de la Alcaldía de Medellín, en donde también fue Secretario de Hacienda encargado, en varias oportunidades.

Fue miembro en la Comisión de Expertos creada por la Ley de Crecimiento Económico, para proponer una nueva reforma al Sistema Tributario Territorial. Actualmente, es el Director de Estudios de Asocapitales.

 

Norbey Vargas Ricardo (Socio Dorector de CETRIT) 

Contador Público de la Universidad de Antioquia, Especialista en Gestión Tributaria de la Universidad de Antioquia, Abogado de la Universidad de Medellín, Magister en Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana. Socio Director de las Firmas Estrategia Fiscal S.A.S., Razón Jurídica S.A.S., el Centro de Estudios de Tributos Territoriales y EdukantE S.A.S.

Docente en los posgrados de Impuestos de la Universidad de Antioquia, Universidad de Medellín, UPB, Católica de Oriente, EAFIT, Autónoma Latinoamericana y Uniciencias, miembro del Instituto Colombiano de Derecho Tributario ICDT, conferencista en temas de impuestos nacionales y territoriales.

Autor del libro Estatuto Tributario Municipio de Medellín, Editado por el ICEF.

 

Andrés David Alzate Londoño (Municipio de Envigado) 

Abogado, Especialista en Derecho Administrativo y Contratación Estatal, Tecnólogo en Administración Financiera.

Funcionario de la Secretaría de Hacienda desde 2012, ha sido asesor jurídico en CEFIT - Centro de Formación Integral para el Trabajo y actualmente es Director de Impuestos y Fiscalización del Municipio de Envigado.

 

Henry Alejandro Morales Gómez (Municipio de Medellín) 

Abogado de la Universidad de San Buenaventura, Magíster en Gobierno de la Universidad de los Andes, Especialista en Derecho Societario de la Universidad EAFIT y Especialista en Servicios Públicos de la Universidad Externado de Colombia.

Ha sido asesor tanto de entidades públicas como privadas en gestión regulatoria y políticas públicas; Director de Talento Humano, Director Nacional de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial del Ministerio del Trabajo; Consultor de la Organización Internacional del Trabajo, Secretario de Despacho y docente e investigador en las Universidades de San Buenaventura y EAFIT.

 

Juan Carlos Pérez Osorio (Municipio de La Estrella) 

Contador Público de la Universidad Cooperativa de Colombia y Especialista en Evaluación y Formulación de proyectos de la Universidad de Medellín, Asesor contable y tributario en el Sector Privado, con 25 años de experiencia en el Sector Publico, desempeñándose como Auditor de la Contraloría Municipal de Itagüí, Secretario de despacho del Municipio de Itagüí, Secretario de Empleo del municipio de Itagüí, Secretario de Deportes del municipio Itagüí, Alcalde encargado municipio Itagüí, Alcalde encargado municipio de La Estrella, Contralor auxiliar en el Departamento de Antioquia, Contador de las Terminales de Transporte de Medellín, Subdirector Administrativo y Financiero en el Instituto de Deportes de la Estrella, Experiencia en Banca en Barcelona España. Actualmente secretario de Hacienda del municipio de la Estrella.

 

Victoria Eugenia Bravo Gallego (Municipio de Itagüí)

Abogada de la Universidad de Antioquia, Especialista el Procesal Civil de la Universidad Externado de Colombia y Especialista en Legislación tributaria de la Universidad Autónoma.

Orientada especialmente a la asesoría tributaria y administrativa en entidades públicas de orden departamental y municipal en lo relacionado con impuestos territoriales y procedimiento. Ha laborado en la Oficina de Rentas de la Gobernación de Antioquia (desde junio de 2013 a diciembre de 2015), en la Oficina de Fiscalización del municipio de Itagüí en calidad de asesora, desde el año 2016 hasta julio de 2020, como abogada en la Subsecretaría de Ingresos del municipio de Medellín entre el año 2019 y 2020. Actualmente soy la jefe de la oficina de fiscalización en el municipio de Itagüí, cargo que desempeño desde el mes de julio de 2020.

 

 

Kevin Castro Espinoza (Municipio de Sabaneta)

Abogado, actualmente Subdirector de Cobranzas y Ejecuciones Fiscales.

 

 

 

boton infogeneral

  • FECHA:           14 de octubre de 2021
  • HORARIO:      5:00 p.m. a 9:00 p.m.        
  • MODALIDAD:  Online Vía ZOOM                  
  • VALOR:           $80.000 más IVA

 

 

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  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
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Página Web: www.icef.com.co

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  • Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

 

Viernes, 24 Septiembre 2021 14:34

Módulo: Impuestos Territoriales

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Módulo: Impuestos Territoriales

 

  

 

boton temario

  • Impuestos departamentales y municipales
  • Impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros
  • Impuesto predial
  • Impuestos de registro
  • Elementos del tributo
  • Sistemas de retención
  • Procedimiento tributario
  • Declaraciones Tributarias
  • Programas de control

 

 

boton expositor

 

Norbey Vargas Ricardo

 

Contador Público de la Universidad de Antioquia, Especialista en Gestión Tributaria de la Universidad de Antioquia, Abogado de la Universidad de Medellín, Magister en Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana. Socio Director de las Firmas Estrategia Fiscal S.A.S., Razón Jurídica S.A.S., el Centro de Estudios de Tributos Territoriales y EdukantE S.A.S.

Docente en los posgrados de Impuestos de la Universidad de Antioquia, Universidad de Medellín, UPB, Católica de Oriente, EAFIT, Autónoma Latinoamericana y Uniciencias, miembro del Instituto Colombiano de Derecho Tributario ICDT, conferencista en temas de impuestos nacionales y territoriales.

Autor del libro Estatuto Tributario Municipio de Medellín, Editado por el ICEF. 

 

 

 

boton infogeneral

  • MODALIDAD:  Online
  • FECHA:            noviembre 12 y 13 de 2021
  • HORARIO:       viernes 5:30 p.m. a 9:00 p.m.
                           sábado 8:00 a.m. a 11:30 m.
  • VALOR:            $ 95.000

 

 

boton descuentos

  • 20%   egresados, administrativos y docentes
  • 15%   egresados de extensión (ICEF o de UNAULA)
  • 5%   grupos de 3 personas
  • 7%   grupos de 5 personas 7%
  • 15%   grupos de 10 personas o más 15%

 

  

boton inscripciones 

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443

WhatsApp:  3006519641

Universidad autónoma Latinoamericana en EDUCO www.unaula.edu.co   

 

 

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  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
  • Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045

 

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Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil  icef.pagoagil.co

 

 

boton mayoresinfor

  • Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF 

Página Web: www.icef.com.co

Telefono:     (4)4442926

Celulares:     3206751610 – 3124235443

WhatsApp:   3006519641

Correos:      Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

  • Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA

Página Web: www.unaula.edu.co

Celular:       3015215938

Correos:      Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

  

 

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Medellín - Antioquia | Colombia
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