Resolución 327, MinSalud inicia etapa 2 del Plan Nacional de Vacunación
Richard santaEl Ministerio de Salud emitió la Resolución 327 del 15 de marzo de 2021nuevo, por la cual se inicia la etapa 2 del Plan Nacional de Vacunación para la inmunización de la población entre 60 y 79 años.
LIBROS
DERECHO TRIBUTARIO 2019, 2020, 2021, 2024, 2025
JESÚS ORLANDO CORREDOR ALEJO
2025 DERECHO TRIBUTARIO COTIDIANO EN LECCIONES PRECISAS Y BREVES
DESCRIPCIÓN
Este texto está acompañado de nuevas 20 lecciones breves, prácticas, sencillas y conclusivas. Temas de primer interés tales como facturación de inventarios que se retiran; saldos a favor e ineficacia de retenciones; efectos tributarios de la reforma pensional; la definición de utilidad para la tributación mínima; promedio de los seis meses para hacer reporte en el certificado de ingresos y retenciones; retención en la fuente en pagos a trabajadores independientes; retención a favor en contratos participativos; readquisición de acciones, entre otros.
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Libro: Derecho Tributario Casual y breve 2025 |
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Libro: Lecciones Breves de Derecho Tributario 2021 |
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Libro: Breviario de Derecho Tributario 2020 |
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Libro: Lecciones Cortas de Derecho Tributario 2019 |
AUTOR:
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Jesús Orlando Corredor Alejo Contador Público de la Universidad Javeriana y Abogado de la Universidad Nacional. Especialista en Tributación de la Universidad de los Andes. Autor de diversos libros tributarios. Profesor universitario. Asesor de impuestos en diversas compañías nacionales y multinacionales. Abogado de la Universidad Nacional de Colombia, Contador Público de la Universidad Javeriana, Especialista en Tributación de la Universidad de los Andes, Reconocimiento en suficiencia investigativa de la Universidad de Salamanca España. Curso de intensificación en derecho Tributario Internacional, Universidad Austral de Buenos Aires Argentina. Aspirante al Título de Doctor en Derecho Tributario de la Universidad de Salamanca España. Ex-Presidente del Instituto Nacional de Contadores Públicos, así como Vicepresidente del Consejo Técnico de la Contaduría Pública y Miembro del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Derecho Tributario, Miembro de la Comisión de integración económica y fiscal de la AIC (International accounting association).Fue Conjuez del tribunal administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta. Columnista del diario La República, Portafolio, La Patria. Autor de varios libros como Lecciones cortas de Derecho Tributario, Apuntes de Derecho Tributario Colombiano, Breviario de derecho tributario y El impuesto de Renta en Colombia en dos tomos el primero dirigido a las sociedades y demás obligados a llevar contabilidad y el segundo dedicado a Personas Naturales, entre otras muchas obras. |
MAYORES INFORMES:
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF
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Teléfono: (4) 4442926
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El ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo Abondano, anunció la expedición del Decreto 278 del 15 de marzo de 2021, que modifica el régimen de zonas francas en Colombia.
La normatividad expedida busca impulsar la implementación de un modelo de zonas francas 4.0, a través del cual se optimizará la competitividad de este instrumento de promoción de inversión en el país, a partir de la promoción de proyectos empresariales ambiciosos orientados a la sofisticación de la producción interna, modernización y repotenciación del aparato productivo e inserción en cadenas locales, regionales y globales de valor.
Así mismo, mediante la simplificación de requisitos y actuaciones para acceder al instrumento, tanto para nuevos proyectos como para la prórroga de las zonas francas existentes; así como el fortalecimiento del marco institucional con la creación de un Comité Técnico de Zonas Francas en el marco del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación.
De acuerdo con el ministro Restrepo, “con este avance estructural en el régimen, el Gobierno contribuye a posicionar al país a la vanguardia en el hemisferio para la atracción de inversión, al contar con un instrumento moderno que hoy cuenta con 120 zonas francas declaradas”.
Explicó que de este número, 41 corresponde a permanentes y 79 a permanentes especiales, de las cuales cinco han sido prorrogadas.
De igual forma, destacó que el instrumento genera más de 136.000 empleos y ha contabilizado alrededor de $48 billones en inversiones ejecutadas los últimos 13 años.
Las novedades
Promover la economía 4.0 y la exportación de servicios es una de las novedades contempladas en la modificación del régimen, con lo cual se habilita el reconocimiento de activos intangibles (conforme con el régimen de propiedad intelectual vigente), como parte de los compromisos de inversión (hasta por el 20 % de la nueva inversión).
También se permite la realización de comercio electrónico en las zonas francas para usuarios de bienes y servicios, mediante la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes.
Por su parte, para nuevos proyectos de servicios, se establece la posibilidad de reducir compromisos de inversión si realiza exportaciones (efectivamente canalizadas por el mercado cambiario cada año).
Adicionalmente, se habilita que zonas francas permanentes especiales de servicios puedan convertirse en zonas francas permanentes, con el objetivo de calificar usuarios que presten servicios (fundamentalmente de exportación), tales como ciencia, tecnología, innovación, cultura y conocimiento, entre otros.
Otra de las novedades es el desarrollo regional, ya que se elimina el requerimiento de área mínima de 20 Has para las nuevas zonas francas permanentes dedicadas exclusivamente a la prestación de servicios en ciudades y municipios con menos de un millón de habitantes.
En tanto, para nuevos proyectos de zona franca que se localicen en municipios con altos índices de pobreza, se reduce el compromiso de inversión hasta en un 30 %. Esta posibilidad también aplica para la solicitud de prórroga de zonas francas existentes en municipios con dicha característica.
Reducción de tiempos y requisitos
El ministro Restrepo sostuvo que uno de los mayores logros que implica la modificación al régimen es la reducción de tiempos y requisitos. En este sentido, explicó que se disminuye en al menos un 15,2 % el monto mínimo de inversión requerido para la declaratoria y prórroga de zonas francas (en función de tipologías de sectores productivos).
Desde el punto de vista del proceso de trámite de nuevas declaratorias, se reduce de 57 a 24 el número de requisitos que deben ser acreditados, así como el tiempo para la declaratoria de 18 a 6 meses aproximadamente.
También se habilitó la oportunidad de acreditar el cumplimiento de compromisos de inversión a partir de la fecha de solicitud de declaratoria (hasta por el 20 % del compromiso).
Adicionalmente, se abrió la posibilidad para la solicitud de nuevas zonas francas en todo tipo de actividades agroindustriales, así como para concesiones aeroportuarias y férreas (este último sujeto a reglamentación).
De la misma manera, se iguala en 30 años el término máximo para la prórroga tanto de zonas francas permanentes, como permanentes especiales, y se da vía libre a que las zonas francas adicionen áreas no colindantes al espacio originalmente declarado, siempre que dichas áreas se encuentren en el mismo municipio o en municipios limítrofes dentro de la misma jurisdicción aduanera.
También se abre la posibilidad para que zonas francas existentes soliciten la ampliación de las actividades económicas para las cuales se autorizó su declaratoria.
De otro lado, en el marco del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación -SNCI-, se habilitó la creación de un Comité Técnico de Zonas Francas, como instancia para promover la competitividad del régimen de zonas francas frente a terceros países, así como para fortalecer la operación del modelo en el país, mediante un diálogo permanente y constructivo con el sector empresarial.
Resolución 023, modifica resolución sobre obligados a reportar información a la DIAN
Richard santaPor medio de la Resolución 023 del 12 de marzo de 2021, se modifica parcialmente la Resolución No. 070 del 28 de octubre de 2019, sobre el grupo de obligados a suministrar información tributaria, a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, por el año gravable 2020, así como el contenido, las características técnicas y los plazos para su presentación.
Para conocer la Resolución 023, haga clic aquí.
Proyecto de decreto, modifica Normas de Información Financiera para el Grupo 1
Richard santaEl Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, publicó recientemente el proyecto de decreto “Por el cual se modifica el marco técnico de las Normas de Información Financiera para el Grupo 1 del Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, Decreto 2420 de 2015, y se dictan otras disposiciones”.
Este decreto, siguiendo el estricto ordenamiento jurídico y el debido proceso establecido, responde a la remisión de oficios electrónicos CTCP --2021-000007 del 14 de enero de 2021 y CTCP con radicado No. 2-2021-000527 del 14 de enero de 2021 dirigidos a los Ministros de Comercio, Industria y Turismo y de Hacienda y Crédito Público, respectivamente, el “Documento de Sustentación de la propuesta a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público (MHCP), y de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) – sobre Interpretaciones y Enmiendas Emitidas por el IASB por el periodo 2019 - 2020 y la Reforma de la Tasa de Interés de Referencia—Fase 2 ”.
Quiere entonces el proponente incorporar en la legislación nacional las interpretaciones y enmiendas NIIF emitidas por el IASB por el período 2019 – 2020 y la reforma de la tasa de interés de referencia – Fase 2, previo el cumplimiento del debido proceso establecido en la Ley 1314 de 2009, de tal manera que con normas de aceptación mundial, con las mejores prácticas y rápida evolución de los negocios, las entidades que conforman el Grupo 1 cuenten con informes financieros útiles para las decisiones económicas por parte de todos los interesados, contribuyendo así a mejorar su competitividad y desarrollo armónico empresarial.
En curso discusión pública sobre Combinaciones de negocios bajo control común
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, se encuentra en el proceso de recepción de comentarios que hacen parte del mecanismo de discusión pública del GTT 92 Combinaciones de entidades o negocios bajo control común. La documentación técnica relacionada con este tiene asidero en la publicación del IASB en noviembre de 2020 sobre el particular (Combinaciones de negocios bajo control común).
La publicación establece los puntos de vista preliminares del organismo sobre los posibles requerimientos de información que ayudarían a las empresas a proporcionar mejor información sobre las combinaciones de negocios bajo control común. La Junta está buscando comentarios que le ayuden a establecer la mejor forma para desarrollar este tema en las siguientes etapas de este proyecto.
De acuerdo con la NIIF 3 esta norma no aplica a combinaciones de negocios de entidades o negocios bajo control común, lo cual se define como combinaciones de negocios en las que todas las entidades o negocios que se combinan están controlados, en última instancia, por una misma parte o partes, tanto antes como después de la combinación de negocios, y ese control no es transitorio. La discusión principal del proyecto se enfoca en establecer cuál debe ser el método de contabilización que debería ser aplicado, y en qué tipo de entidades podría ser aplicable el método de adquisición (método de compra), esto puede ser muy relevante, dada la importancia que tendría en el país los cambios en la contabilización de las reestructuraciones empresariales. La decisión de utilizar el método de adquisición, u otro método, como el de unificación de intereses (método del predecesor), genera importantes diferencias en las estructuras financieras y de rendimiento, que surgen con posterioridad a la combinación de los negocios.
En este proceso de discusión, el CTCP, como parte del Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera ha abierto la discusión pública para consolidar una posición frente al tema. Esta se compartirá con los otros integrantes de Glenif para remitir al IASB una propuesta o comentario regional integrado que se remitirá a IASB.
Considerando lo anterior, el CTCP dispone para revisión y discusión pública los documentos que han sido publicados por el IASB y por el GLENIF, que son el documento de consulta, en español y en inglés y un resumen de las preguntas que se detallan en el documento, que podría ser útil para consolidar las respuestas. Los documentos del proyecto pueden ser consultados en el enlace: http://www.ctcp.gov.co/proyectos/contabilidad-e-informacion-financiera/organismos-internacionales
La entidad recibirá comentarios hasta el 15 de abril a través de los correos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
DIAN da indicaciones sobre presentación certificados de origen
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a los usuarios aduaneros exportadores que hayan adquirido firmas digitales con posterioridad al 30 de diciembre del 2020 y no puedan presentar sus declaraciones juramentadas de origen y/o solicitudes de emisión de certificados de origen, que la gestión de estos documentos se debe hacer en forma manual, aplicando los procedimientos establecidos en las declaratorias de contingencias parcial No. CP20210105-001 y total CT20210106-001, del 5 y 7 de enero de 2021 respectivamente, los cuales se podrán consultar en los siguientes links:
Contingencia Parcial Expedición de Certificados de Origen
https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-Contingencia-Parcial-Expedicion-de-Certificados-de-Origen.aspx
Contingencia total para presentación Declaraciones Juramentadas de Origen
https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-Contingencia-total-para-presentacion-Declaraciones-Juramentadas-de-Origen.aspx
Aclara la entidad que, para las solicitudes de certificados de origen 250 SGP; 283 EFTA y 290 Unión Europea los usuarios deberán acudir a la sede de la Dirección Seccional de su jurisdicción, con el fin de solicitar el formato correspondiente. Los demás, se gestionarán en archivo PDF con firmas y sellos digitalizados, de acuerdo al procedimiento descrito en las contingencias.
Resolución 040, plazo para reporte de información financiera a 31 de diciembre
Richard santaLa Contaduría General de la Nación emitió la Resolución No. 040 del 5 de marzo de 2021, Por la cual se modifica el plazo indicado en la Resolución 033 de febrero 26 de 2021 expedida por la Contaduría General de la Nación, para los reportes de Información Contable Pública, Estados Financieros con sus notas y Evaluación de Control Interno Contable, con corte a diciembre 31 de 2020, a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública CHIP, para algunas entidades.
SEMINARIO VIRTUAL: DECLARACIÓN DE RENTA PERSONA NATURAL
Escrito por Fernando Salazar ![]() |
DECLARACIÓN DE RENTA PERSONA NATURAL
Carlos Arturo Rodríguez Vera Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación; fue Sub Contador General de la Nación. Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista en varias Universidades e Instituciones del país.
MODALIDAD: Online
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DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS. NÓMINA, FACTURA, documento soporte y RADIAN (Factoring)
Escrito por Fernando Salazar ![]() |
DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS NÓMINA, FACTURA, DOCUMENTO SOPORTE Y RADIAN (Factoring)
Ya se conocen y fueron publicadas por la DIAN, las resoluciones para la implementación del documento soporte de pago de NÓMINA ELECTRÓNICA, así como la transmisión electrónica del documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura electrónica de venta o documento equivalente y otras modificaciones a los sistemas de FACTURACIÓN ELECTRÓNICA. Así mismo el registro de factura electrónica de venta como título valor - RADIAN. Esto demanda la necesidad por parte de los, asesores tributarios, desarrolladores de software, entidades públicas y privadas de estudiar, evaluar y preparar la implementación de lo que se denomina los “LOS NUEVOS DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS TRIBUTARIOS” los cuales sin duda alguna tiene un alto componente tecnológico e innovador, para nuestras empresas. Por lo anterior, hemos invitado al Dr. Álvaro Sánchez Uribe, quien tiene amplia experiencia y destacado conocedor de estos temas, para que nos indique cuales son las necesidades y bondades que tienen su implementación, así mismo, para que con otros expertos en el tema aborden el marco conceptual y expongan de manera practica y a título de ejemplos como operaria la desmaterialización y transmisión electrónica de la nómina electrónica.
Álvaro Sánchez Uribe Magíster en Derecho programa en tributación de la Universidad Externado de Colombia, Especialista en Derecho Tributario y Aduanero de la Universidad Católica de Colombia, Contador Público de la Universidad de Ibagué, con más de 25 años de experiencia, se ha despeñado en el campo fiscal ocupando cargos directivos técnicos en la DIAN. Catedrático en Posgrados en Gerencia de Impuestos, Derecho Tributario, Revisoría Fiscal y Auditoría Externa, Diplomados en materia tributaria y Conferencista, en las materias y temas de Sistemas de Facturación, Procedimiento Tributario, Auditoría Tributaria, Impuesto de Renta, Impuesto sobre las Ventas IVA - En varias universidades del país.
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