Jueves, 07 Octubre 2021 12:15

Módulo: Tributación Internacional

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Módulo: Tributación Internacional

 

  

 

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  • Convenios de doble imposición.
  • Intercambios de información: FATCA, BEPS, otros.
  • Procedimiento para el estudio de la tributación global.

 

 

boton expositor

 

Fredy Bernardo Ríos Salazar

 

Contador Público Universidad EAFIT, Postgrados en Derecho Tributario Internacional Universidad Externado de Colombia y Legislación Tributaria Universidad Pontificia Bolivariana. Estudios en Derecho Internacional Tributario Universidad AUSTRAL (Argentina). Diplomados en Tributación Internacional, Impuestos, Derecho Comunitario Europeo, Procedimiento Aduanero y Cambiario, Derecho de los Negocios y Cátedra Bursátil. Con 23 años de experiencia dedicados al tema tributario. Trabaja con la Universidad Sergio Arboleda y es docente de cátedra Universidad EAFIT por más de 19 años. Miembro del Comité de Tributaristas de la ANDI Medellín. Actualmente labora para Grupo Bancolombia como director de Impuestos Corporativos.

 

 

 

boton infogeneral

  • MODALIDAD:  Online
  • FECHA:            noviembre 19 y 20 de 2021
  • HORARIO:       viernes 5:30 p.m. a 9:00 p.m.
                           sábado 8:00 a.m. a 11:30 m.
  • VALOR:            $ 95.000

 

 

boton descuentos

  • 20%   egresados, administrativos y docentes
  • 15%   egresados de extensión (ICEF o de UNAULA)
  • 5%   grupos de 3 personas
  • 7%   grupos de 5 personas 7%
  • 15%   grupos de 10 personas o más 15%

 

  

boton inscripciones 

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443

WhatsApp:  3006519641

Universidad autónoma Latinoamericana en EDUCO www.unaula.edu.co   

 

 

boton mediosdepago   

Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.

Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0

  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
  • Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045

 

Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil  icef.pagoagil.co

 

 

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  • Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF 

Página Web: www.icef.com.co

Telefono:     (4)4442926

Celulares:     3206751610 – 3124235443

WhatsApp:   3006519641

Correos:      Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

  • Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA

Página Web: www.unaula.edu.co

Celular:       3015215938

Correos:      Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

  

 

boton politicas

  • Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
  • Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
  • Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
  • Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

 

Por medio del Decreto 1206 del 5 de octubre de 2021, el Ministerio de Hacienda adiciona unos parágrafos transitorios a los Artículos 2.12.3.16.3, 2.12.3.8.2.11 y 2.12.3.6.3 del Decreto Único 1068 de 2015, Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en relación con las provisiones adicionales al nivel del cubrimiento del pasivo pensional y la flexibilización de algunos requisitos para el desahorro de recursos del FONPET.

Para conocer le Decreto 1206, haga clic aquí.

El Ministerio del Trabajo en alianza con el SENA, lanza el programa Saber Hacer Vale que beneficiará a 3050 colombianos y migrantes con la certificación de más de 20 actividades en diferentes áreas de conocimiento para ampliar sus posibilidades de vincularse laboralmente.

“Esta es una oportunidad para cualificar las competencias que tienen muchos ciudadanos nacionales y migrantes. Con esta iniciativa queremos impulsar la mano de obra calificada y disminuir los índices de desempleo en el país”, indicó el ministro del Trabajo Ángel Custodio Cabrera Báez.

El proceso de evaluación y certificación de competencias se realiza a través del Servicio Nacional de Aprendizaje- SENA- y se lleva a cabo bajo los parámetros y estándares establecidos por esta entidad.

Los interesados en hacer parte de Saber Hacer Vale podrán certificarse, sin costo en las siguientes áreas: gestión administrativa y documental, servicios de la salud, mercadeo, seguridad y vigilancia privada, construcción e infraestructura, Business Process Outsourcing - BPO, turismo, procesamiento de alimentos, agua potable y saneamiento básico. Ver listado de normas de competencia laboral haciendo clic aquí.

El proceso de evaluación y certificación de esta primera convocatoria se realizará de manera virtual y contará con la entrega de algunos incentivos, por parte del Ministerio del Trabajo, como bono de conectividad. Se estima que la duración de este sea de cuatro semanas y seis semanas para aquellos que sigan vinculados al programa a través de las capacitaciones cortas.

Para el jefe de la cartera laboral, el reconocimiento de aprendizajes previos, empírica y autodidacta, puede consolidarse como una fuerza productiva importante dentro del mercado laboral colombiano, que, al ser certificado por una institución como el SENA, otorgará un valor agregado a sus habilidades.

Recientemente el Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP – abrió la discusión pública del documento sobre las Normas y Enmiendas Emitidas por el IAASB durante los periodos 2019 a 2021.

Como parte de la propuesta que modifica la normativa del Aseguramiento de la Información se encuentra el Anexo 7 que comprende el Manual de Pronunciamientos Internacional de Control de Calidad, Auditoría, Revisión, otros encargos de Aseguramiento y Servicios Relacionados, compuesto de tres volúmenes.

Este anexo se emitió para facilitar el conocimiento del alcance y la autoridad de los pronunciamientos que emite el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB).

Las modificaciones
En desarrollo del proyecto de actualización de las normas del Aseguramiento de información, y en la compilación que debe realizarse el CTCP también espera también revisar otros asuntos que pueden facilitar una mejor comprensión de estos marcos técnicos, por ejemplo:

Las fechas de aplicación se han conservado como inicialmente están establecidas por parte de IAASB. No obstante, en Colombia dichas fechas no han sido las aprobadas por la legislación, por lo que se hace necesario, establecer las fechas aplicables para Colombia, con el objetivo de no generar conflictos en su aplicación;

El anexo 4, incorpora todas las Normas de Aseguramiento de Información, que según el artículo 5 de la Ley 1314 de 2009 se conforman por las normas éticas, las normas de control de calidad, las normas de auditoría y revisión de información financiera histórica y las otras normas de aseguramiento distintas de lo anterior, ello hace necesario, que para lograr una mejor comprensión y aplicación se separen las diferentes normas, que tratan temas distintos en anexos diferentes.

Actualmente el anexo cuatro usa expresiones de la versión de España, las cuales no son tan comúnmente usadas en Colombia, tales como “inmovilizado material”, “existencias”, “fondo de comercio”, “profesional de la contabilidad” entre otras.

Consulte el Anexo 7
Volumen I
Volumen II
Volumen III

Con beneficios como la exención del impuesto predial para contribuyentes que sean propietarios y poseedores de viviendas en edificaciones evacuadas como consecuencia de fallas estructurales y la disminución de un 50% en el canon del mismo para la población en situación de “pobreza oculta”, entra en vigor el Acuerdo 036 aprobado por el Concejo de Medellín.

El pasado 30 de julio, por iniciativa de la Administración Municipal, el Concejo sancionó el Acuerdo 036 de 2021 el cual tiene efecto en contribuyentes que presenten condiciones especiales con una reducción en el pago del impuesto predial.

El abecé con las características que deberán cumplir los beneficiarios e información para acceder a los incentivos está disponible en el portal de la Alcaldía de Medellín: www.medellin.gov.co

La medida busca aliviar la situación económica de, aproximadamente, 5.000 contribuyentes que han sido evacuados temporal o definitivamente de sus viviendas. El 83 % de estas personas accedieron a su vivienda a través de créditos hipotecarios, lo que hace más difícil su situación. Para ellas, el acuerdo prevé la exención del impuesto predial hasta el año 2023.

El acuerdo contempla, además, beneficios para herederos cuya sucesión haya sido liquidada. Asimismo, se elimina el requisito de acción legal previa en contra de constructoras, para los afectados por edificaciones siniestradas o implosionadas.

El abecé explica también cómo acceder al beneficio dirigido a las personas mayores de 60 años, propietarias de un solo predio residencial ubicado en estratos 4, 5 y 6, con ingresos no superiores a un salario mínimo legal mensual vigente (catalogadas en pobreza oculta), quienes podrían obtener un descuento del 50 % en el pago de su impuesto predial.

Se invita a los ciudadanos que se consideren afectados para que se acerquen a la Administración Municipal, pues estas son exenciones que se otorgan a pedido de la parte interesada.

Recientemente el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, abrió la discusión pública del documento sobre las Normas y Enmiendas Emitidas por el IAASB durante los periodos 2019 a 2021 con plazo para la remisión de comentarios del cuatro de octubre de 2021.

Como parte de la propuesta que modifica la normativa del Aseguramiento de la Información se encuentra el Anexo 6 que comprende la NISR 4400 (Revisada) Procedimientos previamente acordados.

Esta Norma Internacional refiere las responsabilidades del profesional ejerciente cuando se le contrata para realizar un encargo de procedimientos acordados; y) la forma y contenido del informe de procedimientos acordados.

Las modificaciones

Esta norma aplica en el ámbito internacional para encargos que cubran estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 1 de enero de 2022 (par. 11).

Aplica a procedimientos acordados sobre materias financieras o no financieras (par. 2 y A1-A2).

Establece relaciones con las normas de control de calidad y con requerimiento del código de ética (par. 17).

Se mejora la definición de un encargo de procedimientos acordados (par. 4).

Un encargo de procedimientos acordados no implica la obtención de evidencia con el propósito de que el contador público exprese una opinión o una conclusión de aseguramiento en cualquier forma (par. 6).

El objetivo del procedimiento es a) acordar con la parte contratante los procedimientos a ser realizados, b) desarrollo de los procedimientos acordados, y c) comunicar los procedimientos realizados y los hallazgos relacionados (par. 12).

Se mejoran las definiciones (par. 13).

Se establece al socio del encargo como responsable de la calidad del encargo (par. 19).

Se establecen requisitos para antes de aceptar o continuar un encargo de procedimientos acordados, el profesional ejerciente deberá obtener un entendimiento del propósito del encargo (par. 21) y se establecen requisitos para que el profesional ejerciente acepte o continúe el encargo (par. 22).

Se establece la necesidad de considerar si solicita manifestaciones escritas (par. 28).

Se establecen requisitos cuando se usa el trabajo de un experto (par. 29), el contenido del informe de procedimientos acordados (par. 30), los requisitos de documentación (par. 35), y se establece una guía de aplicación.

Para consultar el Anexo 6, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación, CGN, puso a discusión las propuestas de modificación de las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público.

Estas propuestas de modificación se originan en la actualización con las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público y con las Normas Internacionales de Información Financiera, versión 2020; en revisiones internas; y en la retroalimentación de entidades públicas. De igual manera, se permite informar que la aplicación de las modificaciones propuestas se tiene prevista a partir del año 2022.

Para conocer el documento de la Contaduría, haga clic aquí.

Por medio de la Resolución 104 del 29 de septiembre de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, levanta la suspensión de términos prevista en el literal a) del artículo 2º de la Resolución 55 de 2020, modificado por los artículos 1º de la Resolución 62 de 2020 y 1 y 2 de la Resolución 079 de 2021, sobre la suspensión del término de almacenamiento debido a la pandemia.

Para conocer la Resolución 104, haga clic aquí.

La Resolución 103 del 28 de septiembre de 2021 modifica la Resolución No. 029 del 26 de marzo de 2021 por medio de la cual se adopta el esquema general de administración, ejecución y seguimiento del Programa de Modernización de la DIAN y se delegan unas funciones.

Para conocer la Resolución 103, haga clic aquí.

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Planeación del cierre fiscal a la luz de la reforma tributaria 2021

 

 

boton temario

 

Es indispensable desarrollar una planeación Fiscal antes de realizar el cierre del año y más aún con la expedición de la Ley de inversión social que tiene unos impactos contables y de impuesto diferido para el 2020 en los estados financieros, en virtud del incremento porcentual de la tarifa de las sociedades en el impuesto de renta. 

Durante el espacio de dos días, tendremos la oportunidad de abordar estos y otros temas:

  • Impuesto de Normalización Tributaria.
  • Activos en el exterior.
  • Aspectos relevantes en la conciliación de activos, pasivos, ingresos y costos.
  • Limitación de costos y gastos.
  • Rentas exentas vigentes (Economía Naranja).
  • Limitaciones de pago en efectivo.
  • Compras y servicios del exterior.
  • Tarifas especiales.
  • Cálculo impuesto diferido.
  • Novedades en el Régimen simple de tributación.
  • Factura electrónica: Sistema de facturación y documento equivalente
  • Documentos con no obligados a facturar.
  • Nómina electrónica.
  • RADIAN

 

 

Procedimiento Fiscal.

  • Determinación oficial del impuesto sobre la renta y complementarios mediante facturación.
  • Inscripción en el RUT.
  • Intercambio automático de información.
  • Beneficiario final: definición y registro único.
  • Beneficio de auditoría.
  • Terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios.
  • Conciliación de procesos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios.
  • Favorabilidad sancionatoria en la etapa de cobro.
  • Adicionalmente, se desarrollará la reducción de sanciones y tasas de intereses en obligaciones de carácter nacional y de orden territorial, así como a los incentivos de carácter social que concedió la ley de Inversión Social. Reducción transitoria de sanciones e intereses de obligaciones administradas por la DIAN y tributos territoriales.

 

 

boton expositores

 

Jesús Orlando Corredor Alejo

Abogado de la Universidad Nacional de Colombia, Contador Público de la Universidad Javeriana, Especialista en Tributación de la Universidad de los Andes, reconocimiento en suficiencia investigativa de la Universidad de Salamanca España. Curso de intensificación en derecho Tributario Internacional, Universidad Austral de Buenos Aires Argentina. Aspirante al Título de Doctor en Derecho Tributario de la Universidad de Salamanca España. Profesor universitario. Asesor de impuestos en diversas compañías nacionales y multinacionales.

Ex-presidente del Instituto Nacional de Contadores Públicos, así como Vicepresidente del Consejo Técnico de la Contaduría Pública y miembro del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Derecho Tributario, miembro de la Comisión de integración económica y fiscal de la AIC (International accounting association).

Fue Conjuez del tribunal administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta. Columnista del diario La República, Portafolio, La Patria. Autor de varios libros como Lecciones cortas de Derecho Tributario, Apuntes de Derecho Tributario Colombiano, Breviario de derecho tributario y El impuesto de Renta en Colombia en dos tomos el primero dirigido a las sociedades y demás obligados a llevar contabilidad y el segundo dedicado a Personas Naturales, entre otras muchas obras.

 

Fabio Londoño Gutiérrez

Abogado y Contador Público de la Universidad de San Buenaventura, especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Pontificia Bolivariana en convenio con la Universidad de San Buenaventura y en Gerencia Tributaria del ICESI.  Doctor en Derecho Tributario de la Universidad de Salamanca (España). Profesor en las especializaciones de Gestión Tributaria de la Pontificia Universidad Javeriana de Cali y de Impuestos de la Universidad del Cauca y conferencista invitado a la especialización en Derecho Tributario en la Universidad de los Andes, al programa de maestría de derecho tributario de la Universidad Andina Simón Bolívar en La Paz (Bolivia) y a la Universidad de Barcelona (España). Socio fundador de la firma Restrepo y Londoño S.A.S.

 

 

MODERADORA:

 

Maria Eugenia Sánchez Estrada

Abogada Universidad de San Buenaventura de Cali, Magíster en Ciencias Penales. Actualización en Derecho Tributario Internacional Universidad de Maastricht Holanda, Curso de Fiscalidad Internacional en Salamanca España. Especializaciones en Legislación Tributaria, Derecho Probatorio, y Derecho Aduanero y Cambiario.  Docente de las Universidades EAFIT, Pontificia Bolivariana, Medellín, ICESI, Javeriana y Libre de Cali. Miembro del Comité de Tributaristas de la ANDI, ICDT.  Asesora Tributaria de importantes empresas a nivel nacional, Gerente de Impuestos de la firma LCM Consultores Asociados, Actualmente Conjuez del Consejo de Estado.

 

 

 

boton infogeneral

  • MODALIDAD: Virtual
  • FECHA:          3 y 4 de noviembre 2021
  • HORARIO:     5:00 p.m. a 8:00 p.m.        
  • VALOR:          $170.000 más IVA

 

 

boton descuentos

  • 5 % Dos asistentes bajo la misma factura
  • 10% Tres asistentes bajo la misma factura
  • 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura

 

  

boton inscripciones 

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443

WhatsApp:  3006519641

 

 

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  • Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
  • Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
  • Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

 

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