El recaudo bruto acumulado de los impuestos administrados por la DIAN para el período enero – junio de 2017 alcanzó la cifra de $74,1 billones, valor que representa una variación nominal de 4.7%, respecto al mismo período de 2016, en el que se logró recaudar la suma de $70,7 billones.

 

Esta variación se explica principalmente por el comportamiento del recaudo del Impuesto de Renta y Complementarios que presentó un crecimiento nominal del 37.5% pasando de $9,1 billones en 2016 a $12,5 billones en 2017, mostrando una contribución a la variación de 4.8%. Parte de este crecimiento se justifica por la liquidación y pago del anticipo de la sobretasa al impuesto sobre la renta y complementarios, creada por el parágrafo transitorio 2 del artículo 100 de la Ley 1819 de 2016, y que corresponde al 6% de la renta líquida gravable (descontando de la base los primeros $800 millones), que reemplazó la anterior sobretasa del CREE.

 

Otro de los impuestos que contribuyó a la variación del recaudo es el Impuesto al Valor Agregado –IVA- que presentó un incremento de 20.4%, pasando de $13,2 billones en 2016 a $15,9 billones en 2017, contribuyendo con el 3.8% a la variación del recaudo del primer semestre, es decir, que de los 4.7 puntos porcentuales en los que aumentó el recaudo a junio de 2017 en relación con el mismo período de 2016, el IVA explica 3.8 puntos porcentuales.

 

La alta contribución del recaudo de IVA al desempeño del recaudo del primer semestre del año es explicada fundamentalmente por tres (3) factores: 1) el incremento de la tarifa general del IVA que pasó de 16% a 19%; 2) los resultados de la gestión de control de declaración y cobro del impuesto que viene desplegando la DIAN desde comienzos del año y 3) los efectos inducidos por la tipificación del no cobro del IVA como delito penal a partir de la Ley 1819 de 2016.

Por retenciones en la fuente a título de renta, IVA y timbre, se recaudaron $23,9 billones representando un incremento de 5.6% respecto al mismo período de 2016 en el que se alcanzó un recaudo de $22,7 billones.

 

En el primer semestre del año, en el mes de mayo, debía pagarse la primera cuota del Impuesto a la Riqueza y Complementario de Normalización Tributaria, equivalente al 50% del impuesto. Fueron 95.032 contribuyentes personas jurídicas y naturales, quienes presentaron declaración del Impuesto a la Riqueza y cuyos pagos ascendieron a $2.0 billones pese a que la tarifa de este impuesto en 2017 bajó sustancialmente para las personas jurídicas, pasando de una tarifa promedio de 0.86% en 2016 a 0.42% en 2017.

 

En lo que respecta al Impuesto de Normalización Tributaria, 8.101 contribuyentes normalizaron activos omitidos y pasivos inexistentes por valor de $11.3 billones y liquidaron un impuesto cercano a los $1.5 billones.

 

De manera agregada, el recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la cifra de $63,9 billones mostrando una variación nominal de 4.4% frente al mismo período de 2016 que fue de $61,2 billones. Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA), se incrementaron en 7.1%, recaudándose $10,2 billones frente a $9,5 billones en 2016.

 

En Junio
Durante el mes de junio el recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN fue de $13,4 billones, de los cuales el impuesto de renta y complementarios aportó el 38% del recaudo del mes con $5,1 billones y por retención en la fuente a título de renta, IVA y timbre ingresaron $3,8 billones.

 

El recaudo de los tributos que corresponden a la actividad económica interna fue de $11,4 billones y los restantes $1,9 están asociados al recaudo de tributos externos en las operaciones de comercio exterior.

 

Recaudo por gestión
Durante el primer semestre de 2017, en desarrollo del Plan de Cobro y del Plan de Choque Contra la Evasión y el Contrabando, la DIAN efectuó 2.817.507 acciones que hasta el 31 de mayo arroja un recaudo de $ 3.1 billones.

 

Dichas acciones incluyeron cerca de 1.6 millones de correos electrónicos requiriendo a contribuyentes omisos, inexactos, con arrastres indebidos en sus declaraciones; recordando la presentación y pago de sus diferentes declaraciones tributarias; aproximadamente 682 mil llamadas desde el Centro Nacional de Cobro; 390 mil mensajes de textos a celulares; 72.350 citaciones atendidas en las oficinas de cobranzas de las Direcciones Seccionales;36.768 visitas a morosos, 23.503 títulos de depósito judicial gestionados; la práctica de 18.164 embargos de sumas de dinero en cuentas corrientes y de ahorros; 6 mil cartas físicas a quienes no tienen correo electrónico registrado en el RUT; 1.784 visitas de fiscalización y 648 diligencias de remate de bienes.

La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 016 del 7 de julio de 2017, mediante la cual modifica los plazos de pruebas obligatorias y transmisión oficial establecidos en la Circular Externa 14 de 2017, mediante la cual se modifica el Formato 459 (Proforma F.1000-126).

 

El siguiente es el texto completo de la Circular 016:

 

Esta Superintendencia, en ejercicio de sus facultades en especial de lo dispuesto en el numeral 5º del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, considera necesario modificar la Circular Externa 14 de 2017 mediante la cual se ajustó el Formato 459 (Proforma F.1000-126). Lo anterior con el fin de establecer nuevas fechas de pruebas obligatorias de transmisión del Formato 459 (Proforma F.1000-126), así como disposiciones relativas a retransmisiones y transmisión oficial, atendiendo las razones de carácter técnico y operativo señaladas por las entidades vigiladas para su implementación. Con base en lo mencionado, se imparten las siguientes instrucciones:


PRIMERA: Las entidades deben realizar pruebas obligatorias de transmisión del Formato 459 (Proforma F.1000-126) entre el 31 de julio y el 11 de agosto de 2017 con información con corte al 31 de mayo de 2017.

 

SEGUNDA: La primera transmisión oficial debe hacerse con información con corte al 31 de agosto de 2017, en el plazo establecido en el instructivo del Formato 459 (Proforma F.1000-126).

 

TERCERA: Para los meses de junio y julio de 2017, las entidades deben transmitir la información en el formato vigente con anterioridad a la fecha de publicación de la Circular Externa 14 de 2017.

 

CUARTA: Las entidades deben retransmitir la información de los meses de abril, mayo, junio y julio de 2017, entre el 4 y el 15 de septiembre de 2017.


La presente circular rige a partir de su publicación.

 

Cordialmente,

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recordó que este martes 11 de julio inician los vencimientos correspondientes a: Retención en la Fuente del mes de junio; IVA Bimestral, Impuesto al Consumo, Precios de Transferencia, Impuesto al Carbono e Impuesto a la Gasolina y al ACPM. Los vencimientos finalizarán el día 25, de acuerdo al último dígito del NIT, como lo establecen los Decretos 2105 de 2016 y 220 de 2017, que fijan los plazos para cumplir con los impuestos nacionales.

 

Declaración mensual de Retención en la Fuente
Los agentes de retención de los impuestos: sobre la renta y complementarios, de timbre, y sobre las ventas, así como los autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementario, deberán declarar y pagar las retenciones y autorretenciones efectuadas en el mes de junio.

 

Declaración y pago bimestral del Impuesto Sobre las Ventas -IVA
Son responsables de este impuesto los grandes contribuyentes y las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2016, hayan sido iguales o superiores a $2.737.276.000 (92.000 UVT), y por tanto, los obligados deberán cancelar el periodo mayo – junio.

 

Declaración y pago bimestral del Impuesto Nacional al Consumo
Los responsables de este impuesto deberán presentar y pagar la declaración correspondiente al bimestre mayo – junio.

 

Declaración informativa de precios de transferencia
Por el año gravable 2016, deberán presentar esta declaración los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios obligados a la aplicación de las normas que regulan el régimen de precios de transferencia, que celebren operaciones con vinculados, conforme con lo establecido en los artículos 260-1 y 260-2 del Estatuto Tributario, o con personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en paraísos fiscales.

 

Esta declaración informativa se presentará en forma virtual a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de DIAN

 

Impuesto Nacional al Carbono
Los responsables de este impuesto deberán declarar y pagar el bimestre mayo – junio el día 21 de julio de 2017.

 

Declaración mensual del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM
Los responsables del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM deberán declarar y pagar el impuesto correspondiente al período junio de 2017, el día 21 del presente mes.

 

La DIAN está comprometida con los contribuyentes para facilitarles la presentación y cumplimiento de sus obligaciones fiscales a través de los Servicios Informáticos Electrónicos, así como de brindarles la asistencia y acompañamiento necesarios en el proceso de diligenciamiento de los formularios, mediante los diferentes canales de atención (telefónico, presencial y chat).

 

Recuerde
De igual manera, y con el propósito de mitigar la posibilidad de que el declarante incurra en incumplimiento tanto de la presentación como del pago, la DIAN recuerda llamándole desde el Call Center de Cobro dos (2) o tres (3) días después del vencimiento del plazo para declarar y pagar, evitando con ello mayores costos financieros para el contribuyente. Recuerde que, si pacta un compromiso de pago verbal con el Centro de Cobro de la DIAN, es importante que lo cumpla para evitar el inicio del proceso coactivo de cobro.

La nueva página web de la Superintendencia de Sociedades cuenta con un diseño más moderno, facilita la navegación en dispositivos móviles y mejora las condiciones de accesibilidad de la población con necesidades especiales.

 

Como consecuencia del cambio el antiguo portal ya no está disponible. Esto quiere decir que los enlaces marcados como favoritos o almacenados en su historial de navegación han dejado de funcionar. La entidad recomienda ingresar directamente a www.supersociedades.gov.co y buscar el sitio de su interés.

 

¿Dónde encuentro las cosas?
Aunque la apariencia del portal es diferente, su estructura continúa siendo la misma de antes y los sistemas de consulta no se verán afectados por el cambio.

 

En la parte superior encontrará el menú de navegación del portal y una sección con las noticias más importantes del día. En segundo lugar, encontrará un acceso directo al SIE, las transmisiones de audiencias y eventos en directo y un calendario con los eventos de la entidad.

 

Más adelante una columna de la derecha de su pantalla contiene los botones: Información general de sociedades, baranda virtual, presentación de informes empresariales, VUSS y Expediente Digital. Otros botones aparecen en el vínculo "ver listado completo"

 

En este enlace encontrará el mapa de navegación de la página http://www.supersociedades.gov.co/SitePages/SiteMap.aspx

 

¿Qué hago si tengo problemas?
Si usted presenta algún inconveniente con la navegación en el nuevo portal, o tiene alguna duda, escríbanos a nuestras redes sociales: En Twitter @SSociedades y en Facebook: www.facebook.com/ssociedades También puede llamarnos a nuestra línea de atención al ciudadano 57(1)2201000.

La Resolución No. 239 de 2017, emitida por la Contaduría General de la Nación, corrige el artículo 1º de la Resolución No. 182 del 19 de mayo de 2017, que incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la preparación y publicación de los informes financieros y contables mensuales, que deban publicarse de conformidad con el numeral 36 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002.

 

Para conocer la Resolución 239 completa, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para sustituir los artículos 1.3.1.10.4; 1.3.1.10.5; 1.3.1.10.6; 1.3.1.10.7; 1.3.1.10.8; 1.3.1.10.9 y 1.3.1.10.10 del Capítulo 10 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1, para reglamentar el numeral 10 del artículo 424 del Estatuto Tributario”.

 

La entidad recibirá comentarios del 6 al 21 de julio de 2017. Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera expidió el 30 de junio de 2017 la Resolución No. 0907 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente período y modalidad de crédito:

 

• Consumo y Ordinario: entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2017.

 

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 21.98%, lo cual representa una disminución de 35 puntos básicos (-0.35%) en relación con la anterior certificación (22.33%).

 

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 32.97% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

 

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 32.97% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa una disminución de 53 puntos básicos (-0.53%) con respecto al periodo anterior (33.50%).

 

Para conocer la Resolución 0907 completa, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó un ABC sobre el impuesto al consumo de bolsas plásticas que comenzó a regir el 1 de julio de 2017, que responde las principales dudas sobre el particular.

 

El siguiente es el texto completo del ABC sobre el impuesto al consumo de bolsas plásticas:

 

¿En qué consiste el Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas?
El Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas se crea con la Ley 1819 de 2016.
Su finalidad es desincentivar el consumo de bolsas plásticas, en procura de la protección del medio ambiente.
Este impuesto se genera al entregar cualquier bolsa plástica, cuya finalidad sea cargar o llevar productos vendidos por el establecimiento comercial que la entregue.

 

¿Quién es responsable del Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas?
Están obligados a pagar este impuesto los responsables del IVA, pertenecientes al régimen común, como por ejemplo los grandes supermercados, grandes superficies, almacenes de comercio de prendas de vestir, calzado, entre otros.
Los responsables del Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas están obligados a cobrarlo y recaudarlo, así como a pagarlo con la presentación de la correspondiente declaración tributaria.
El vendedor, perteneciente al régimen simplificado del IVA, no está obligado a cobrar y declarar este impuesto, ej: el tendero de barrio con ingresos anuales de $104 millones (3.500 UVT) no deberá cobrarlo en su establecimiento pese a que entregue bolsas plásticas con la finalidad señalada en el artículo 512-15 del E.T.

 

¿Quién asume el pago del Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas?
Las personas naturales o jurídicas que opten por recibir bolsas plásticas para transportar los productos adquiridos.

 

¿Qué formulario se debe emplear para declarar el Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas?
La DIAN dispuso el Formulario No. 310 para la presentación de la declaración del Impuesto Nacional al Consumo correspondiente al año 2017. En las casillas 40 a 49 se determina y liquida el impuesto, el cual se debe sumar a la casilla 50.

 

¿Cualquier entrega de bolsas plásticas genera el Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas?
No, no cualquier entrega de bolsas plásticas genera el impuesto. Únicamente se genera respecto de las bolsas plásticas que se entregan con la finalidad de cargar o llevar productos vendidos por los establecimientos comerciales que las suministran.

 

¿Cuáles bolsas plásticas no generan el Impuesto?
1. Aquellas que no son entregadas con la finalidad de cargar o llevar productos adquiridos en el establecimiento que las suministra.
2. Las que sean utilizadas como material de empaque de los productos pre-empacados.
Como por ejemplo, aquellas para las depositar las frutas en los supermercados
3. Las biodegradables certificadas como tal por el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, con base en la reglamentación que establezca el Gobierno Nacional.
4. Las bolsas reutilizables, que conforme a la reglamentación del Gobierno Nacional, posean unas características técnicas y mecánicas que permiten ser usadas varias veces, sin que para ello requieran procesos de transformación.

 

¿Cómo se liquida el Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas?
La Ley 1819 estableció que para el año 2017 se pagará $20 por cada bolsa plástica.
El valor se incrementará en $10 por cada año hasta el año 2020, en el cual se pagará $50 por cada bolsa plástica. Lo anterior, sin perjuicio de la actualización anual de la tarifa en un porcentaje equivalente a la variación del índice de precios al consumidor certificado por el DANE.
En la factura de compra o documento equivalente que expida el comerciante o vendedor con ocasión de la venta de bienes, deberá constar expresamente el número de bolsas y el valor del impuesto causado.

 

¿A partir de cuándo es aplicable el Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas?
A partir del 1° de julio de 2017.

La Junta Directiva del Banco de la República decidió bajar la tasa de interés de intervención en 50 pb y dejarla en 5,75%. En esta decisión, la Junta tomó en consideración principalmente los siguientes aspectos:

 

  • En mayo la inflación anual se situó en 4,37% y el promedio de las medidas de inflación básica en 5,33%, cifras inferiores a las registradas un mes atrás. Las expectativas de inflación de los analistas para diciembre de 2017 y 2018 se sitúan en 4,37% y 3,54%, respectivamente. Aquellas derivadas de los papeles de deuda pública registraron cambios leves y para 2018 están ligeramente por encima del 3%.
  • Los efectos de los fuertes choques transitorios de oferta que desviaron la inflación de la meta se siguen diluyendo. Así lo indica, por ejemplo, la desaceleración del IPC de alimentos. Por su parte, el promedio de las medidas de inflación básica continuó descendiendo más lentamente como consecuencia de la indexación de precios y por el efecto del incremento transitorio en los impuestos indirectos.
  • La contribución del IPC de alimentos al descenso de la inflación anual puede revertirse durante el segundo semestre de este año. Por ello, las proyecciones indican que la inflación anual podría incrementarse en ese semestre.
  • En el último mes, los precios del petróleo descendieron y en lo corrido del año se sitúan por debajo de la proyección que tiene el equipo técnico del Banco para el 2017. La demanda externa sigue débil y se espera que su crecimiento sea algo mayor que el registrado en 2016. En este entorno, las primas de riesgo país han subido y el peso se ha depreciado frente al dólar.
  • La información para el segundo trimestre de ventas al por menor, de confianza de los consumidores y de la encuesta mensual de expectativas económicas indica un crecimiento del consumo más débil que lo estimado. El comportamiento de las importaciones de bienes de capital sugiere que el crecimiento de la inversión distinta a obras civiles y construcción sería bajo. Con esta información es probable que el crecimiento anual del producto esté por debajo de la proyección vigente.

 

Con base en esta información, la Junta ponderó los siguientes factores en su decisión:

 

  • La creciente debilidad de la actividad económica y el riesgo de una desaceleración más allá de la compatible con el deterioro en la dinámica del ingreso originado por la caída en los precios del petróleo. Los indicadores recientes señalan un aumento significativo de los excesos de capacidad de la economía, aunque la incertidumbre sobre el tamaño de estos es elevada.
  • La incertidumbre sobre la velocidad de la convergencia de la inflación a la meta del 3%. Los mecanismos de indexación y la persistencia de la inflación continúan reflejándose en el comportamiento de los indicadores de inflación básica.
  • El nivel actual de la tasa de interés real de política ex-ante es contractivo.


En este entorno, hubo unanimidad de la Junta en seguir reduciendo la tasa de interés de intervención. La decisión de reducir la tasa de interés en 50 pb contó con la aprobación de 4 miembros de la Junta. Los 3 restantes votaron por una reducción de 25 p.b.

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DIPLOMADO EN NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA NIIF

La ley 1314 del 2009 dispuso que las Normas de Información Financiera en Colombia deberían converger  a standares internacionales de aceptación mundial, así mismo, la globalización económica ha presionado la interdependencia de las empresas nacionales con los mercados internacionales, lo que implica para los profesionales contables y los vinculados en el proceso de preparación de información financiera, conocer a fondo la regulación contable que prevalece en el mundo, nuestro propósito es capacitar de una manera práctica y conceptual, el reconocimiento,

 

SEDE:           Universidad Autónoma Latinoamericana

INICIA:          Martes 15 de agosto del 2017

DIAS:            Martes y miércoles

HORARIO:    5:00 pm a 9:00 pm

HORAS:        96 horas

VALOR:         $ 1.700.000

Se certifica con el 80% de asistencia

 

DESCUENTOS:            

20% egresados, administrativos y docentes

30% estudiantes de pregrado activos.

25% estudiantes de posgrados

                                  

CONTENIDO ACADEMICO

                                                         

Módulo 1       MARCO CONCEPTUAL                                           Proceso de Convergencia

                                                                                                         Marco Conceptual   

                                                                                                         Políticas, estimaciones y errores contables

                                                                                                         Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa

                                                          

Módulo 2       INSTRUMENTOS FINANCIEROS                            Instrumentos financieros

                                                         

                                                         

Módulo 3       INVENTARIOS                                                           Inventarios   

                                                         

Módulo 4       PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO                            Propiedad planta y equipo

                                                                                                         Propiedades de Inversión

                                                                                                         Activos no corrientes mantenidos para la venta

                                                                                                         Activos intangibles

                                                                                                         Arrendamientos      

                                                                                                         Deterioro del valor de los activos

                                                         

Módulo 5       PASIVOS                                                                   Obligaciones financieras

                                                                                                         Proveedores y cuentas por pagar

                                                                                                         Obligaciones laborales y beneficios a empleados

                                                                                                         Provisiones, pasivos y activos contingentes

                                                          

Módulo 6       INGRESOS                                                                Ingresos        

                                                                                                         Subvenciones del gobierno

                                                                                                         Cambios de moneda extranjera

                                                                                                         Utilidades     

                                                         

Módulo 7       ACTIVIDADES ESPECIALES                                   Activos Biológicos    

                                                                                                         Contratos de Construcción

                                                                                                         Exploración y evaluación de recursos minerales

                                                         

Módulo 8       IMPUESTO A LAS GANANCIAS                              Impuesto diferido   

                                                         

                                                         

Módulo 9       PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS     Estado de situación Financiera (ESFA)

                                                                                                         Estado de resultado integral y estado de resultados

                                                                                                         Estado de resultados en el patrimonio y ganancias acumuladas

                                                                                                         Estado de Flujo de efectivo

                                                                                                         Notas a los estados financieros

                                                         

Módulo 10     GRUPOS ECONOMICOS                                          Consolidación de estados Financieros

                                                                                                         Inversiones en Asociados

                                                                                                         Negocios conjuntos

                                                         

Módulo 11     ADOPCION POR PRIMERA VEZ                              Transición a la NIF para pymes

 

HOJAS DE VIDA

ANNA LORENA CASTAÑO JARAMILLO.

Contadora Pública, Universidad Javeriana, Magíster en Administración de Empresas, Universidad del Valle, Especialista en Finanzas, Universidad ICESI Especialización en Derecho tributario- Universidad Externado, Certificada Internacionalmente en Estándares Internacionales de Información Financiera (CertIFR), Normas Internacionales de Auditoría (NIAS), Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) por la Association of Chartered Certified Accountants (ACCA), Seminario Formador de Formadores en NIIF, con el Banco Mundial, Seminario Trainer the Trainers con el IASB- International Accounting Standards Board, Diplomado en Normas Internacionales de Información Financiera, Pontificia Universidad Javeriana, con estudios en competencias laborales y mercadeo; Coordinadora para el sur-occidente de la mesa de trabajo académica del Consejo Técnico de la Contaduría Pública. CTCP, Directora IFRS, GRANT THORNTON FAST & ABS, Coordinadora e instructor de diplomados, seminarios y cursos en temas de Normas Internacionales de Información Financiera NIIF – IFRS, (BANCOLOMBIA, COTRAFA, CONFIAR, FESOVALLE, CONTRALORÍA MUNICIPAL- RECUPERAR-CAMACOL)Con experiencia en la dirección administrativa y financiera en empresas de la región; Revisor fiscal y Consultora en áreas de Gestión humana, Contabilidad y Finanzas de entidades oficiales y privadas de diversos sectores de la economía nacional. Gerente de consultoría en la adopción de NIIF - IFRS para Colombia, en las empresas como CEDENAR S.A ESP, ACUAVALLE S.A. ESP., ACUASERVICIOS, EFICACIA, EXTRAS, CLÍNICA CES, MEDICANCER, CLÍNICA VIDA, DATECSA, ESTRATEGIAS MINAS, CONINSA RAMON H, ARESS, ENERMONT, AGENCIAUTO, AUTOAMERICA, AUTOMOTORA, MERCOVIL, UMO, ELECTROCONTROL, TECNAS, CI TALSA, SOCIEDADES COMO PROVAL, PRACEGAR, UNIVERSIDADES COMO LA MEDELLÍN, SALAZAR Y HERRERA, CLARETIANOS, EL ROSARIO, JAVERIANA, entre otros. Docente universitaria por más de 15 años en pregrado, postgrado y extensión, en la Javeriana, Autónoma de Occidente, universidad de Medellín, Universidad de Antioquía, Universidad Eafit, entre otras. Coordinadora del Área de Contabilidad, en elDepartamento de Contabilidad y Finanzas de la Pontificia Universidad Javeriana Cali, Docente de planta de la Universidad de Medellín,  coordinadora de la Maestría en Contabilidad.

 

ANDRÉS FELIPE CARDONA FERNÁNDEZ

Contador Público de la Universidad EAFIT.  Especializado en Finanzas en la Universidad Pontificia Bolivariana – UPB.  Diplomado en Normas Internacionales e Auditoria –NIAS (Universidad de Catalunya), Diplomado en Normas Internacionales de Información Financiera – Niif Fast & Abs (Auditores Y Consultores). "Taller marco normativo contable para las empresas que no cotizan en el mercado de valores y que no captan ni administran ahorro del público", "Formación de auditores internos de sistemas de gestión", "Formación de auditor interno bajo el modelo gp1000:2004", "Actualización contable en el régimen de contabilidad pública y sistema schip", "Gerencia de sistemas de gestión integral en Latinoamérica"Con amplia experiencia en el sector público en la implementación de Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF y en la implementación de los nuevos marcos normativos emitidos por la Contaduría General de la Nación según Resoluciones 414 de 2014 y 533 de 2015. EXPERIENCIA EN NIIF Certificado en Presentación de Información Financiera Internacional otorgado por Association of Chartered Certified Accountants – ACCA. Trabajó para una firma internacional, como consultor IFRS.  Ha dictado capacitaciones en NIIF para empresas privadas y en universidades como la Institución Universitaria Salazar y Herrera, Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF y la Corporación Universitaria de Ciencia y Tecnología de Colombia - UNICOLOMBIA.  Ha asesorado y participado en procesos de implementación de las siguientes entidades: COTRAFA, Cooperativa de Ahorro y Crédito Belén, AGENCIAUTO S.A,  Electro control. 

Inversiones PROVAL S.C.A, PRACEGAR S.C.A, PREBEL S.A, AVINAL S.A, Te HATSU entre otras.  Amplia experiencia en el sector público, ha asesorado y participado en procesos de implementación en las siguientes entidades: - Empresas Públicas de Jericó S.A E.S.P, - E.S.E Hospital San Camilo de Lelis de Vegachi – Antioquia, E.S.P. - Empresa De Servicios Públicos De Giraldo S.A, - Empresa Municipal de Servicios Públicos de Arauca EMSERPA E.I.C.E E.S.P. - Universidad del Valle – UNIVALLE,  Municipio de Envigado – Antioquia, Municipio de San Jerónimo – Antioquia, INDEPORTES Antioquia entre otras. También Trabajó como Contador Público en el Municipio de Jericó – Antioquia. Fue docente en Especialización Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF en la Corporación Universitaria de Colombia.  Módulo NIIF Institución Universitaria Salazar y Herrera.  Diplomado en NIIF Instituto Colombiano de Estudios Fiscales (ICEF),

 

CARLOS ARTURO RODRÍGUEZ VERA

Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Pontificia Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); Socio de la firma IFAS S.A.S.; Ex Sub contador General de la Nación; Ex integrante del Grupo de Apoyo Técnico que elaboró el Régimen de Contabilidad Pública.

Autor del libro "Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?" publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades; Diseño y ejecución del Seminario Taller sobre NIIF organizado por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista.

 

CECILIA MARIA MAYA CANO

 

CRHISTIAN CASTAÑEDA ARANGO

Contador Público de la Universidad Autónoma Latinoamericana. Magister en Contabilidad y Auditoría de Cuentas – Universidad de San Pablo CEU–Madrid España. Especialista en Legislación Tributaria Universidad Autónoma Latinoamericana. Diplomado en Tributación Énfasis Internacional – UNAULA – ICEF. Diplomado en NIAS Universidad Javeriana. Seminario de Normas Internacionales de Contabilidad: UNAULA-ICEF.

Se desempeña actualmente como Socio-Director de CIE Consultores, en trabajos de impuestos e implementación NIIF´S, perteneció por más de cinco años en la Firma Deloitte como Consultor Junior de Auditoría y Senior de Impuestos, fue Coordinador Contable y de Impuestos del Grupo Operadora Avícola (Friko, Superpollo y Pimpollo)

 

JAIRO ALBERTO ALZATE PINO

Contador Público Titulado de la Universidad Autónoma Latinoamericana de Medellín. Especialista en procesos pioneros de Adopción e implementación de normas internacionales de contabilidad e información financiera en Colombia, Brasil, Perú y Bolivia. Candidato a certificarse en Estándares Internacionales de Contabilidad e Información Financiera NIIF – IFRS

Ponente invitado por el Banco Mundial y BID a eventos internacionales, para exponer experiencias empresariales de Adopción e implementación "NIC-NIF / IAS - IFRS". Especialista en Normas Internacionales de Auditoría Interna "CIA" Auditor especialista en Control Organizacional; otorgado por la Universidad EAFIT.

Docente en Universidad EAFIT, Universidad Autónoma Latinoamericana, CEIPA. Director de Proyectos de Consultoría para Implantación de Normas Internacionales de Contabilidad e Información Financiera - NIIF - IFRS; desde año 2007 hasta la fecha. Miembro de la Colegiatura de Contadores Públicos de Colombia.

26 años de trayectoria como Contador General y Auditor en importantes empresas como Grupo Bancolombia y Grupo Empresarial ISA.

 

JOSÉ RODRIGO CASTRO FLÓREZ 

 

LEIDY CAROLINA CAÑAS BARRERA

Contadora Pública y Especialista en Finanzas de la Universidad de Antioquia. 7 años de experiencia profesional en auditoría, revisoría fiscal e implementación a Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para compañías de diferentes sectores, entre ellos sector real, de servicios, minería y de servicios públicos. Actualmente se desempeña como Líder de Consolidación y Reporte en el Grupo Éxito.

Ha participado en el diagnóstico e implementación a NIIF en las empresas del Grupo EPM, Grupo Nutresa, Grupo Suramericana, Grupo Botero Soto; Quintana S.A.S.; y ha sido integrante del equipo de trabajo de conversión de los estados financieros a NIIF del Grupo Cementos Argos.

En su trayectoria profesional ha sido integrante en proyectos de auditoría y revisoría fiscal en compañías como: UNE EPM Telecomunicaciones, Durespo S.A., Landers & Cia S.A., Fogansa S.A., Cooperativa Recuperar, Bodegas Pisende S.A., Senco Latin America S.A., entre otros.

  

MAYORES INFORMES:

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Universidad Autónoma Latinoamericana

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•     Página Web: www.unaula.edu.co

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