Por medio del Concepto 118 del 22 de mayo de 2024, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio su concepto sobre una consulta referente a las Ganancias acumuladas bajo NIIF para Pymes.
Hasta un 40% de un salario mínimo pueden recibir empleadores por vincular jóvenes
Richard santaApoyo estatal del 30% de un salario mínimo podrán recibir los empleadores que vinculen a sus nóminas jóvenes entre 18 y 28 años; y un 10% adicional, si alguno de ellos ha estado desempleado los últimos 4 meses.
Así lo anunció, la subdirectora de Formalización y Protección del Empleo, Catalina Sánchez, durante la socialización de los incentivos para la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales, a la que asistieron más de 90 empresarios, que se dieron cita en el Auditorio de la Biblioteca Nacional.
"Queremos eliminar las barreras de acceso que los jóvenes tienen, entre ellas, la falta de experiencia. Se trata de garantizar que se les certifique su vinculación y puedan ingresar más rápido al mercado laboral", anotó Sánchez Bohórquez.
El programa liderado por el Ministerio del Trabajo que busca fomentar el empleo formal, está dirigido a las y los empleadores que mantengan vinculados a los trabajadores adicionales mínimo seis meses.
Se beneficiarán las personas naturales, jurídicas, uniones temporales y aquellas con patrimonios autónomos que demuestren su calidad de empleador, mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA.
Adicionalmente, los empleadores podrán recibir el aporte estatal de 35% de un salario mínimo legal vigente por incluir en su nómina personas con discapacidad; un 20% por anexar en su nómina mujeres mayores de 28 años y 15% por hombres mayores de 28 años.
En el caso de poblaciones de jóvenes, mujeres y hombres mayores de 28 años y personas con discapacidad, incluirá a las personas afrodescendientes, negras, raizales, palenqueras, indígenas, Rrom y campesinas y de la comunidad LGBTIQ +.
Postulaciones
Para postularse al reconocimiento del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales, los empleadores deberán contar con un producto de depósito en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia o por la Superintendencia de la Economía Solidaria.
Aquellos empleadores que vincularon nuevos trabajadores o asociados bajo las directrices del Decreto 1736 del 20 de octubre de 2023, y hayan recibido al menos un pago del incentivo, podrán continuar postulándose, así lo contempla el Decreto 0533.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 057 del 20 de mayo de 2024, por el cual da respuesta a una consulta sobre el reconocimiento de salario en especie.
Proyecto de Resolución, habilitación de cruces de frontera
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de Resolución Por la cual se modifica el artículo 140 de la Resolución 46 de 2019, referente a la habilitación de cruces de frontera.
La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 31 de mayo de 2024, a través del siguiente buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Para comentarios, modificaciones a la Parte III de la Circular Básica Jurídica ya están listas
Richard santaCon la publicación a comentarios del público de la Parte III de la Circular Básica Jurídica (CBJ), la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) culmina esta fase de la estrategia de depuración de la normativa a su cargo del sistema financiero.
Vale la pena mencionar que este proceso lo adelanta el organismo de supervisión con el fin de eliminar aquellas normas que son de su competencia y que resulten obsoletas o duplicadas, ya que pueden estar obstaculizando un mejor desempeño de las entidades vigiladas e impidiendo el acceso de más ciudadanos a los productos y servicios del sistema financiero colombiano.
En este último paso de esta fase, la SFC publicó para comentarios del público las modificaciones propuestas a los títulos y capítulos relacionados con el mercado desintermediado: emisores de valores, sociedades comisionistas de bolsa, proveedores de infraestructura, Sistema Integral de Información del Mercado de Valores (SIMEV), así como instrucciones relativas a la constitución, administración, gestión y distribución de Fondos de Inversión Colectiva (FIC), los cuales integran la Parte III de la Circular Básica Jurídica (CBJ).
El objetivo es que consumidores financieros, agremiaciones, entidades supervisadas, academia o cualquier persona interesada, expongan sus opiniones, sugerencias o propuestas alternativas a la presentadas por el ente de supervisión a más tardar el 7 de junio.
El borrador correspondiente a la Parte III de la CBJ puede ser consultado en nuestro sitio web www.superfinanciera.gov.co, en el que están disponibles las versiones en limpio y en control de cambios para facilitar su identificación y publicidad.
Los comentarios de la Parte III de la CBJ deberán ser remitidos a más tardar el 7 de junio en el formato respectivo, el cual debe enviarse al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando en el asunto el número de radicado 2023130027.
Las propuestas que se reciban y que no tengan relación alguna con la actualización de la CBJ podrán ser evaluados posteriormente por la SFC.
Recomendaciones para diligenciar la proforma de comentarios
1. Espacio para “Comentarios generales”: observaciones o comentarios que no hacen referencia a un capítulo, numeral o instrucción específica de la CBJ.
2. No olvide incluir su información en la columna “Nombre del remitente”.
3. En cada fila de la columna “Título” se despliegan varias opciones. Seleccione una.
4. En la columna “Capítulo” se habilitan los nombres respectivos del Título seleccionado. Elija el que va a comentar.
5. Escriba el numeral o subnumeral específico en la columna “Numeral”.
6. Haga su propuesta en la columna “Descripción del comentario”.
Tenga en cuenta que las columnas “Análisis del comentario” o “Procedencia” son de uso exclusivo de la SFC. No agregue filas, columnas o celdas al formato.
Bogotá superó los $7 billones de recaudo por impuestos en primeros cuatro meses de 2024
Richard santaLa Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) logró un recaudo de 7,06 billones de pesos por impuestos locales en los primeros cuatro meses del 2024 (corte al 26 de abril), lo que representa un 48 por ciento de la meta de 14,65 billones prevista para este año.
El impuesto con mayor recaudo es el Predial, que ya tuvo el primer vencimiento con descuento del 10% y llegó a $3,71 billones de ingresos, equivalente al 83% de la meta de $4,45 billones estimada para el 2024.
El segundo impuesto con mayor recaudo a la fecha es Industria y Comercio, que va en 2,44 billones de pesos, de los 7,14 billones previstos para este año. Este tributo es el que más le aporta ingresos al Distrito a lo largo del año y tiene aún varias fechas vigentes en el Calendario Tributario 2024.
Por el impuesto de Vehículos, que tiene su vencimiento por pronto pago el próximo 24 de mayo, el recaudo va en $445.773 millones. Por el concepto de otros impuestos, la cifra ya supera los $454.439 millones.
La secretaria de Hacienda, Ana María Cadena, exaltó la cultura tributaria de las y los bogotanos que se ha consolidado como uno de los principales pilares de las finanzas de la ciudad. “La responsabilidad de los contribuyentes de Bogotá a la hora de pagar sus impuestos le permite al gobierno Distrital contar con los recursos necesarios para trabajar en bienestar de las y los ciudadanos”, aseguró la funcionaria, al tiempo que hizo un llamado a las personas que no han pagado sus impuestos para que hagan su aporte voluntario del 10 por ciento para fortalecer el plan estratégico de seguridad a través de la compra de drones, cámaras, patrullas y motos. Hasta el momento 10.276 contribuyentes ha apoyado dicha causa.
El Calendario Tributario 2024 tiene vigentes varias fechas que permiten que los contribuyentes que aún no han pagado lo hagan oportunamente y ayuden a fortalecer las finanzas de la ciudad y eviten sanciones e intereses en el futuro.
La Secretaría Distrital de Hacienda les recuerda a las y los contribuyentes que todos los servicios que presta la entidad son gratuitos, por lo que se le sugiere a la ciudadanía evitar el uso de tramitadores que pueden causar costos adicionales innecesarios, o inclusive, estafas.
Proyecto de Resolución, intercambio de información tributaria o de relevancia tributaria
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se rinde informe acerca del efectivo intercambio de información tributaria o de relevancia tributaria y el estado de las negociaciones de tratados y acuerdos internacionales para el intercambio de información tributaria.
Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 29 de mayo de 2024, a través del siguiente buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Trust / Fundaciones de interés privado / Seguros de vida en el exterior
Escrito por SaraMódulo 7 Curso Gestión Patrimonial
- ¿Qué es un trust?
- Cómo se constituye, costos de la figura
- Efectos tributarios del trust
- Qué son las fundaciones de interés privado
- Cómo se constituye, costos de la figura
- Efectos tributarios de las fundaciones
- Casos prácticos
- Diferencias entre el Trust y las fundaciones de interés privado
- Comparativo del trust con la fiducia mercantil
- Qué son los seguros de vida en el exterior
Jaime Enrique Gómez
Es abogado de la Universidad del Rosario. Tiene especializaciones en Derecho Tributario y en Derecho Aduanero y Comercio Exterior de la misma Universidad. Adicionalmente, tiene una Maestría en Tributación (LL.M) de Georgetown University. Socio en Posse Herrera Ruiz. Su práctica profesional se concentra en planeación fiscal e inversión internacional. Tiene experiencia en la estructuración y planeación fiscal de fusiones, adquisiciones y otros proyectos, así como en transacciones de inversión para empresas de los sectores de infraestructura, recursos naturales, finanzas, proyectos inmobiliarios y hoteleros, y consumo masivo. Ha participado en el desarrollo de estructuras de reorganización internacional, estructuración de zonas francas, litigio tributario y planeación de patrimonios familiares. Ha sido panelista en varios foros sobre impuestos, comercio exterior y aduanas.
- FECHA: miércoles 22 de mayo
- HORARIO: 5:00 p.m. a 9:00 p.m.
- INVERSIÓN: $ 275.000 más IVA
- MODALIDAD: virtual
- 5 % Dos asistentes bajo la misma factura.
- 10% Tres asistentes bajo la misma factura.
- 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura.
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF
Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones ICEF
Teléfono: 604 4442926
Celulares: 320 6751610 – 312 4235443 – 300 6519641
WhatsApp 300 6519641
Realice su pago a través del botón de la página web de ICEF pagos en línea
Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF NIT 900161280-0
- Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
- Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045
Si realiza transferencia o consignación, favor enviar el soporte al correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Tarjetas de crédito Pago ágil icef.pagoagil.co
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF
Teléfonos: 604 444 2926
Celulares: 320 675 1610 – 312 423 5443 – 300 651 9641
WhatsApp: 300 651 9641
Página Web: www.icef.com.co
Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
Conozca cambios del formulario 350 para la declaración de retención en la fuente
Richard santaLa DIAN realizará tres cambios en el formulario 350, que cubre a más de 1.8 millones contribuyentes que son agentes de retención por el impuesto sobre la renta y complementarios, sobre las ventas (IVA), timbre nacional y los autorretenedores a título del impuesto sobre la renta y complementarios.
Los usuarios pueden acceder al formulario 350 a través del Portal Transaccional de la DIAN con el servicio de firma electrónica. Los principales cambios que se realizaron son:
1) Retención a persona jurídica o natural: Ahora se deberá separar o discriminar las retenciones que se le práctica a la persona jurídica o natural.
2) Compras y ventas: Para las retenciones por compras de hidrocarburos, carbón y demás productos mineros se desagregaron en unas casillas especiales, así como para las autorretenciones por iguales conceptos.
3) Presencia Económica Significativa (PES)- Pagos al exterior: Se actualizaron los conceptos bajo la luz de los convenios para evitar la doble imposición ratificados por Colombia. Además, se adiciona la figura de retención por pago al exterior a contribuyentes del impuesto sobre la renta con presencia económica significativa en Colombia.
Adicionalmente a los tres cambios anteriores, el sistema registrará los datos de manera secuencial, lo cual facilitará su diligenciamiento por parte de los usuarios.
Se aclara que quienes necesiten hacer correcciones en las declaraciones presentadas antes del 1 de agosto, deberán hacerlo en el formulario de esa vigencia (es decir, el que aún no presenta los cambios) y no utilizar la nueva versión del formulario 350.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 083 del 16 de mayo de 2024, por el cual respondió a una consulta sobre la TRM en importación de mercancías.