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ADOPCIÓN POR PRIMERA VEZ
AGENDA ACADÉMICA:
Ejercicio práctico de la transición hacia la NIF para las PYMES, es decir, la elaboración del Estado de Situación Financiera de Apertura, con las respectivas conciliaciones del patrimonio y del resultado. En cada uno de los temas se identificarán las políticas contables aplicables.
EXPOSITOR:
LEIDY CAROLINA CAÑAS BARRERA
Contadora Pública y Especialista en Finanzas de la Universidad de Antioquia. 7 años de experiencia profesional en auditoría, revisoría fiscal e implementación a Normas Internacionales de Información Financiera (NIF) para compañías de diferentes sectores, entre ellos sector real, de servicios, minería y de servicios públicos. Actualmente se desempeña como Líder de Consolidación y Reporte en el Grupo Éxito.
Ha participado en el diagnóstico e implementación a NIF en las empresas del Grupo EPM, Grupo Nutresa, Grupo Suramericana, Grupo Botero Soto, Quintana S.A.S. y ha sido integrante del equipo de trabajo de conversión de los estados financieros a NIF del Grupo Cementos Argos.
En su trayectoria profesional ha sido integrante en proyectos de auditoría y revisoría fiscal en compañías como: UNE EPM Telecomunicaciones, Durespo S.A., Landers & Cia S.A., Fogansa S.A., Cooperativa Recuperar, Bodegas Pisende S.A., Senco Latin America S.A., entre otros.
INFORMACIÓN GENERAL:
LUGAR: Universidad Autónoma Latinoamericada - UNAULA Carrera 55ª Nro. 49-51 FECHA: miércoles 2, martes 8 y miércoles 9 de mayo de 2018 HORARIO: 5:00 p.m. a 9:00 p.m. DURACIÓN: 12 horas VALOR: $ 300,000
El valor incluye memorias, libreta, lapicero, calendario y certificado.
INSCRIPCIONES:
- Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: ICEF o EDUCO o en el teléfono: 57 (4)4442926.
MAYORES INFORMES:
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF - Teléfono: (4) 4442926 - Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 - Página Web: www.icef.com.co - Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Universidad Autónoma Latinoamericana - Teléfono: (4) 5112199 Ext. 408 y 193 - Celulares: 3015215938 - Página Web: www.unaula.edu.co - Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |
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PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS
PRESENTACIÓN:
AGENDA ACADÉMICA
EXPOSITOR:
CRHISTIAN CASTAÑEDA ARANGO
Contador Público de la Universidad Autónoma Latinoamericana. Magister en Contabilidad y Auditoría de Cuentas – Universidad de San Pablo CEU–Madrid España. Especialista en Legislación Tributaria Universidad Autónoma Latinoamericana. Diplomado en Tributación Énfasis Internacional – UNAULA – ICEF. Diplomado en NIAS Universidad Javeriana. Seminario de Normas Internacionales de Contabilidad: UNAULA-ICEF.
Se desempeña actualmente como Socio- director de CIE Consultores, en trabajos de impuestos e implementación NIF´S, perteneció por más de cinco años en la Firma Deloitte como Consultor Junior de Auditoría y Senior de Impuestos, fue Coordinador Contable y de Impuestos del Grupo Operadora Avícola (Friko, Superpollo y Pimpollo).
INSCRIPCIONES:
- Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: ICEF o EDUCO o en el teléfono: 57 (4)4442926.
MAYORES INFORMES:
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF
Universidad Autónoma Latinoamericana
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Impuesto diferido a las ganancias bajo las NIF
Escrito por Fernando Salazar
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IMPUESTO DIFERIDO A LAS GANANCIAS BAJO LAS NIF PRESENTACIÓN:
La adopción de las Normas de Información Financiera (NIF) ha generado impactos significativos en la presentación de los estados financieros, el modelo de operación por procesos de las organizaciones, la adaptación de las herramientas tecnológicas y la cultura contable financiera de los preparadores, aseguradores y usuarios de la información; dentro de estos impactos, uno de los más importantes, pero quizás el menos comprendido, es el Impuesto Diferido a las Ganancias. Esta situación se agravó a partir de la entrada en vigencia de la Reforma Tributaria (Ley 1.819 de 2016).
La Reforma Tributaria, cambió sustancialmente la forma como se relacionan e interactúan las normas fiscales con las normas contables, debido a que a partir del 1º de enero de 2017 serán las NIF, en gran medida, la base para la determinación del impuesto sobre la renta y complementario.
La derogatoria expresa (realizada por la Reforma Tributaria) del artículo 165 de la Ley 1.607 de 2012 (que establecía 4 años de transición), implica que en Colombia se aceleró la adopción formal de las NIF como base de la tributación.
En este contexto, el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales (ICEF), con el concurso del Contador Público y Abogado Carlos Arturo Rodríguez Vera (especialista en estándares internacionales de información financiera y gerencia tributaria), diseñó un Taller con el propósito de presentar y explicar de una manera sencilla y práctica los principios para el reconocimiento, medición y presentación del Impuesto Diferido a las Ganancias, bajo los parámetros de las NIF. Adicionalmente, dentro del desarrollo del Taller se analizarán las implicaciones del hecho de que la Reforma Tributaria haya hecho tantas remisiones a las NIF.
AGENDA ACADÉMICA:
EXPOSITOR:
CARLOS ARTURO RODRÍGUEZ VERA
Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Pontificia Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación; Socio de la firma IFAS S.A.S.; Ex Sub Contador General de la Nación. .; Ex Sub contador General de la Nación; Ex integrante del Grupo de Apoyo Técnico que elaboró el Régimen de Contabilidad Pública.
Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades; Diseño y ejecución del Seminario Taller sobre NIIF organizado por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista.
INFORMACIÓN GENERAL:
LUGAR: Universidad Autónoma Latinoamericana - UNAULA Carrera 55ª Nro. 49-51 FECHA: martes 24 de abril y miércoles 25 de abril del 2018 HORARIO: 5:00 p.m. a 9:00 p.m. VALOR: $ 200,000
DESCUENTOS: 20% egresados, administrativos y docentes 25% estudiantes de posgrados. 30% estudiantes de pregrado activos.
El valor incluye memorias, libreta, lapicero, calendario y certificado.
INSCRIPCIONES: - Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: ICEF o EDUCO o en el teléfono: 57 (4)4442926.
MAYORES INFORMES:
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF - Teléfono: (4) 4442926 - Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 - Página Web: www.icef.com.co - Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Universidad Autónoma Latinoamericana - Teléfono: (4) 5112199 Ext. 408 y 193 - Celulares: 3015215938 - Página Web: www.unaula.edu.co - Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
[1]De acuerdo con el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 (modificado por los Decretos Reglamentarios 2496 de 2015, 2131 y 2132 de 2016), las Normas de Información Financiera (NIF) aceptadas en Colombia, corresponden, en esencia, a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para las entidades del Grupo 1, la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las Pymes) para las entidades del Grupo 2, y el Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas para las entidades del Grupo 3. |
Anulan Concepto DIAN 015766 de 2005, por interpretación errónea del E.T.
Richard santaLa Sección Cuarta del Consejo de Estado anuló el Concepto DIAN 015766 de 2005, por interpretación errónea del artículo 116 del E.T. y bajo la consideración de que la procedibilidad de la deducción por regalías a que el mismo se refiere no puede ser definida de manera general a través de un concepto, sino que se debe analizar, en cada caso concreto, frente a los demás contribuyentes.
Síntesis del caso: Se estudió la legalidad del Concepto 015766 de 2005, expedido por el Jefe de la Oficina Nacional de Normativa y Doctrina de la DIAN, cuya tesis jurídica sostenía que las regalías causadas por la explotación de recursos naturales no renovables eran deducibles para la determinación de la renta líquida, sin distinción de la clase de contribuyente y siempre que se cumplieran los requisitos exigidos por la legislación tributaria para la procedencia de las deducciones.
Problemas jurídicos: ¿La interpretación teleológica del artículo 116 del Estatuto Tributario permite arribar a la tesis jurídica sostenida por la DIAN en el Concepto 015766 de 2005, en cuanto a la procedencia de la deducción por regalías sin distinción de la clase de contribuyente? ¿Puede la DIAN, a través de un concepto, definir de manera general la procedibilidad de la deducción por regalías?
Tesis: “De acuerdo con los antecedentes legislativos reseñados, como lo argumentaron los demandantes, lo que hizo el artículo 38 de la Ley 75 de 1986 fue suprimir la alusión a las “participaciones”, pagadas por los organismos descentralizados, y la expresión “personas” del artículo 6 del Decreto 1979 de 1974, pues tales términos generaban diferentes interpretaciones que dificultaban la correcta aplicación del dispositivo legal. Asimismo, el propósito de la reforma fue corregir un error de redacción que conducía a aplicar la deducción de los pagos de impuestos, regalías y contribuciones, al impuesto liquidado y no a la renta bruta. En razón de ello, el mencionado artículo 38 dispuso que la deducción afectara directamente la renta bruta de los organismos descentralizados, para así conjurar el trato desigual e inequitativo que propició el artículo 6 del Decreto 1979 de 1974 en cuanto al tratamiento de las deducciones liquidadas por dichos organismos para hacerlo acorde con la normativa que regula el sistema ordinario de depuración (art. 26 del ET). En esas condiciones, del ejercicio hermenéutico resultante de aplicar el método de interpretación teleológico utilizado por la DIAN para establecer el verdadero sentido y alcance del artículo 116 del ET, la Sala encuentra que no permite llegar a la conclusión que se expone en el acto acusado. Lo anterior conduce a declarar la nulidad del Concepto demandado, sin perjuicio que frente a los demás contribuyentes y en cada caso concreto, se analice si la deducción por pago de regalías reúne los requisitos del artículo 107 E.T., pues su procedibilidad no puede ser definida de manera general vía concepto”.
Sentencia de 12 de octubre de 2017, exp. 11001-0327-000-2013-00007-00 (19950), C.P. Stella Jeannette Carvajal Basto, acción de nulidad.
Facturación electrónica, sistema que deben adoptar las organizaciones
Richard santaLa Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia propició una Tertulia del Cluster Textil/Confección, Diseño y Moda para las organizaciones que deben empezar a implementar la facturación electrónica a partir del próximo año, donde se resolvieron inquietudes de los empresarios con respecto a la aplicación de esa normatividad.
A partir del 1 de enero de 2019 todas las empresas del sector comercial deben implementar la facturación electrónica de acuerdo con lo establecido por la Dirección de Impuestos Aduanas Nacionales -DIAN-.
El 6 de febrero del presente año, la DIAN emitió una resolución para los grandes contribuyentes, que deberán iniciar sus obligaciones como facturadores electrónicos a partir del 1 de septiembre de 2018.
Este es el caso de la empresa Línea Directa que hace parte del Cluster Textil/Confección, Diseño y Moda, compañía que se encuentra en proceso de capacitación y estudios para la implementación total de ese mecanismo de facturación. Dalia Loaiza, gerente de contraloría de Línea Directa, indicó que la empresa inició con la sensibilización y entendimiento junto con las áreas técnica, financiera y contable, y realizó una evaluación preliminar y comprensión de la normatividad. Esto le ha implicado a la empresa revisar los procesos de facturación, emisión de notas crédito y la operación logística.
Para el empresario la facturación electrónica es un tema nuevo, pero para esta normativa las empresas deben estar sumergidas en la cultura digital del documento, una difícil adopción para el mercado de hoy, según lo describe Dayro Cárdenas Tobón, experto en el proceso de facturación electrónica, que afirma además que esta es la nueva forma de operar negocios en el país y es necesario adaptarse a lo que exige la ley para beneficio de las organizaciones.
Las empresas pueden usar el software de facturación que vienen utilizando hasta ahora pero deberán conectarle un componente de software que sea capaz de captar los datos de una factura. Para ello las empresas pueden asesorarse con alguien que conozca del tema e iniciar con la recopilación de correos electrónicos de los clientes a través del RUT, para poder realizar el envío de las facturas, hacer un inventario de los documentos transaccionales existentes de la empresa y preparar un cronograma para el inicio de la implementación del sistema.
La aplicación de este mecanismo de facturación para las empresas no representa altos costos ya que al momento de desmontar la impresión de la factura, se verá compensada la inversión con los ahorros en papelería e impresión.
Recomendaciones a tener en cuenta:
Familiarización con la cultura digital del documento dentro de la empresa.
Es un trabajo que debe involucrar varias áreas de la organización: contable, financiera y tecnología, entre otras.
Gestión de cambio a implementar con los clientes y proveedores.
Revisar los procesos de datos maestros, la forma como se hace la vinculación de los clientes y proveedores nuevos.
En caso de acudir a un proveedor tecnológico, asegurarse de que esté autorizado para la aplicación de facturación electrónica por parte de la DIAN.
Decreto 590, cero arancel para 395 bienes y materias primas para producir barcos
Richard santaCon el fin de ayudar a la industria astillera del país a reducir sus costos de producción y facilitar su acceso a insumos y materias primas que no se producen en Colombia, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 590 de 2018, el cual establece que 395 subpartidas arancelarias relacionadas con este sector podrán entrar al país con cero arancel.}
Con la expedición de este decreto, se da vida a Proastilleros, el Programa de Fomento para la Industria Astillera, el cual se destaca por su potencial para generar empleos y crear productos con alto valor agregado que, además, jalonan el crecimiento de otros 14 sectores, incluyendo, metalmecánica, plásticos, vidrios y químicos, entre otros. La estructuración de esta iniciativa fue liderada por el Programa de Transformación Productiva (PTP), del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en conjunto con el sector privado.
“Creamos Proastilleros como una herramienta para facilitar la producción del sector astillero, para que las empresas puedan reducir costos y ser más competitivas en los mercados internacionales”, explicó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Lorena Gutiérrez, al señalar que este decreto se suma a los esfuerzos del Gobierno Nacional para impulsar la economía, fomentar el empleo y aumentar la competitividad del país.
Cálculos del PTP, del MinCIT, indican que la industria podrá ahorrar cerca de 400.000 millones de pesos anuales en aranceles de las subpartidas que cobija el decreto.
“Al reducir costos en la importación de insumos y materia prima, las empresas del sector astillero podrán mejorar su productividad y optimizar sus recursos para construir más y mejores embarcaciones navales, marítimas y fluviales, haciendo crecer la demanda de los sectores que jalona y dinamizando la industria nacional”, señaló Felipe Torres, gerente del PTP.
Entre los bienes necesarios para la construcción de embarcaciones que podrán importar los astilleros con cero arancel y que no se producen en el país, se encuentran empalmes de tubería en zinc, sierras de mano, máquinas para afilar metales, piezas especiales de acero, recipientes aislados por vacío, analizadores de espectro y placas de caucho vulcanizado, entre otros.
Proastilleros también permitirá consolidar un clúster región Atlántico-Bolívar, encadenado con empresas de diferentes sectores y regiones del país, en el que se desarrollan capacidades para la construcción de embarcaciones para sectores especiales como offshore, pesca, fluvial, ocio y defensa.
Este Programa funcionará de manera similar a Profía, Programa de Fomento para la Industria Automotriz, que permite la importación con cero arancel de mercancías y bienes para este sector y que en su primer año de operación permitió inversiones por más de 12,5 millones de dólares, tras la entrada en operación de una nueva ensambladora automotriz en el país.
Construir un barco genera $5.700 millones en encadenamiento con otros sectores
La importancia de un programa como Proastilleros radica en que ayuda a aumentar la productividad de una industria que, por sus características, se encadena con otros 14 sectores que no se dedican específicamente a la producción astillera, pero que sí son sus proveedores.
Al respecto, análisis del PTP indican que construir una embarcación puede generar hasta 5.700 millones de pesos en estos encadenamientos, pues dicha construcción requiere piezas agrupadas en 1.563 sistemas de los sectores de acero, propulsión, eléctrico, monitoreo y vigilancia, sistemas auxiliares de buques, antideslizantes, puertas, ventanas, vidrio, cocinas, carpintería metálica, pinturas, perfiles y mástiles.
Fortalecer esta cadena permitirá atender la demanda de embarcaciones tanto nacional como internacional. Por ejemplo, como parte del proyecto para recuperar la navegabilidad del río Magdalena, se tiene contemplada una demanda de al menos 1.000 barcazas, empujadores y dragas para el transporte de carga por esta arteria fluvial.
Además, como parte de la denominada Plataforma Estratégica de Superficie (PES), liderada por Cotecmar y apoyada por el PTP, se busca la transformación productiva para la construcción de ocho fragatas para la Armada Nacional, cada una por cerca de 500 millones de dólares.
Con Proastilleros también se espera impactar en el aumento de las exportaciones del sector, que en 2017 fueron de 22,4 millones de dólares, cinco veces más de lo que exportó en 2010, cuando se vendieron al exterior 4,2 millones.
En la actualidad, las exportaciones se concentran en los mercados de Perú, Paraguay, Panamá y Brasil, pero se han identificado oportunidades en mercados como Guatemala, Nicaragua, Costa de Marfil, Francia, Inglaterra y España.
También se espera que Proastilleros impacte positivamente en la generación de empleos directos e indirectos: según datos del DANE, para 2016, esta industria generó 6.000 trabajos directos y 4.000 indirectos.
Las regiones beneficiadas con la producción de embarcaciones en el país
La industria astillera también impacta no solo en las regiones en las que hay astilleros, sino aquellas que las proveen de materias primas e insumos para su construcción o que se especializan el mantenimiento de las embarcaciones.
En Colombia hay un total de 32 astilleros: 11 en Cartagena; seis en Barranquilla; cuatro en Bogotá; cuatro en Buenaventura; tres en Medellín y de uno en Santa Marta, Bahía Solano, Cali y Turbo.
Por su parte, los proveedores nacionales de bienes y servicios para la industria astillera se encuentran en su mayoría en Bolívar (69 %), pero también en Bogotá (16 %), Atlántico (6 %), y Antioquía, Valle del Cauca, Santander y Cundinamarca (9%).
Cámara Medellín tiene Jornada gratuita de conciliación, inscripciones hasta 13 de abril
Richard santaMicro y pequeñas empresas, entidades sin ánimo de lucro que necesiten resolver conflictos hasta por $20.000.000, ciudadanos pertenecientes al programa de Superación de la Pobreza Extrema, personas que hayan sufrido desplazamiento o quienes pertenezcan al SISBEN, así como aquellos que acrediten pertenecer a los estratos socioeconómicos 1, 2 o 3 pueden participar en la Jornada gratuita de conciliación.
Esta jornada es organizada por la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia como parte de la convocatoria de Conciliatón Nacional, realizada por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Este espacio busca solucionar de manera rápida, efectiva y sin ningún costo conflictos en materia civil, comercial y de familia. Es decir, se pueden resolver conflictos de convivencia con vecinos, regulación de alimentos, regulación de visitas, con socios en el caso de empresarios, homonimia comercial, dificultades de marcas o patentes, entre otros.
Para beneficiarse de esta jornada es necesario presentar una solicitud a más tardar el viernes 13 de abril de 2018 hasta las 5:00 p.m. Las audiencias se realizarán los días 24, 25 y 26 de abril de 2018.
Los acuerdos que se logren en la próxima Jornada tienen los mismos efectos legales que una sentencia judicial. Sin embargo, por razones de competencia, no se pueden tramitar audiencias de conciliación en materia laboral o administrativa con entidades del Estado.
La solicitud de conciliación puede descargarse en camaramedellin.com o reclamarse en los puestos de información de las sedes de la Cámara de Comercio en Medellín y Bello; el interesado deberá diligenciarla en su totalidad, anexar los documentos correspondientes y entregarla en la oficina de administración de documentos ubicada en la sede Centro de la Cámara (calle 53 # 45 – 77).
Los puntos de entrega del formato de solicitud para inscripción de los casos son:
Centro: calle 53 # 45 - 77.
Centro Comercial Unicentro: local 409.
San Fernando Plaza: carrera 43 A # 1 - 50, Torre 3 - oficina 501, El Poblado.
Centro Empresarial Aburrá Norte: Avenida 38 # 51 – 105, Diagonal a la estación Niquía del Metro.
Acompañamiento en asesoría jurídica
Este año, la Jornada cuenta con el apoyo de la Fundación Probono, la cual estará prestando acompañamiento en asesoría jurídica en el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara ubicado en la sede centro, el día 13 de abril de 2018, con el fin de orientar a los usuarios frente a sus casos.
Las personas interesadas en ese acompañamiento deben acercarse a esta sede entre las 8:00 a.m. a 11:00 a.m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m. Además de ello, deben ser personas de estratos socioeconómicos 1, 2 y 3 con conflictos civiles, comerciales, familiares o de derecho administrativo.
Seminario retención en la fuente por salarios
Escrito por Fernando Salazar|
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SEMINARIO RETENCIÓN EN LA FUENTE POR SALARIOS
PRESENTACIÓN:
La retención en la generalidad ha de entenderse como un anticipo al impuesto de renta o como el impuesto mismo en el caso de los no declarantes. La retención en la fuente en salario opera de esa manera, y, por lo tanto, como en las demás retenciones, lo ideal es proceder con la mayor diligencia, no solo en el cálculo numérico, también en la exquisita aplicación de la normatividad correspondiente, en busca de que el impuesto de renta, mayormente o en su totalidad, sea pagado a través de la retención en la fuente.
El asistente al seminario ha de quedar con la capacidad suficiente de calcular la retención en la fuente en diferentes escenarios y en diferentes formas de pago, partiendo de la armonización normativa y del cálculo numérico eficiente.
AGENDA ACADÉMICA:
EXPOSITOR:
JAVIER GARCÍA RESTREPO
Contador público de la Universidad de Antioquia, magister en Tributación y Política Fiscal de la Universidad de Medellín, especialista en Ciencias tributarias, en Revisoría fiscal y Contraloría, diplomado en Fomento y desarrollo de la investigación. Ex catedrático de pregrado en el área de Impuestos de la Universidad de Antioquia. Profesor de postgrado en el área de Impuestos de la Universidad de Antioquia y de la Universidad Autónoma Latinoamericana de Medellín-Colombia, en esta última universidad es también profesor de postgrado en el área de Revisoría fiscal. Fundador de la empresa Línea Contable S. A. S., expositor y conferencista en temas contables y de impuestos. Revisor fiscal. Asesor tributario y contable, consultor empresarial. Presidente del Comité Tributario-Contable, Cámara de Comercio del Aburrá Sur. Autor de los libros: Impuesto de Renta, las grandes falencias del contribuyente; Estados Financieros. Consolidación y Método de Participación; Cuentas de orden, hacia la revelación y el control y Tareas tributarias I. Ha recibido, entre otras las siguientes distinciones: Exaltación Comité Intergremial Asociación de Contadores; Medalla lealtad y gratitud de la Corporación Universitaria Remington y Huellas de la Universidad de Antioquia.
INFORMACIÓN GENERAL:
LUGAR: Auditorio Centro Comercial Sandiego Cl. 34 #43-66, Piso 11 - Torre Norte, Medellín FECHA: miércoles 9 de mayo del 2018 HORARIO: 8:00 a.m. a 12:00 m. VALOR: $ 160.000 + IVA
Descuentos: Facturas con 2 asistentes el 10%, para toda la factura Facturas con 3 asistentes el 15% para toda la factura Facturas con 4 asistentes o más el 20% para toda la factura
El valor incluye memorias, libreta, lapicero, Calendario, refrigerio, estación de café permanente, parqueadero y certificado.
INSCRIPCIONES:
- Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones o en el teléfono: 57 (4)4442926. - Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.
MAYORES INFORMES:
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF - Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 - Página Web: www.icef.com.co - Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.-Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.'; document.getElementById('cloak44746').innerHTML += ''+addy_text44746+'<\/a>'; //-->
ilimitada SAS.
POLÍTICAS DE VENTA
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago. Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe enviar al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción. Cancelación: Por motivos de fuerza mayor, el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. se reservará el derecho de cancelar un evento o modificar el mismo, mínimo con tres (3) días de anterioridad. Esto aplica en cuanto a lo siguiente: fecha y horarios de realización, el(los) expositor(es) propuestos y el lugar donde se ofrecerá. Los eventos se realizarán cuando se haya alcanzado un número establecido de participantes inscritos. En ambos casos, el personal de inscripciones comunicará a los participantes inscritos, por medio de correo electrónico, el cambio realizado. |
Información exógena y su aplicación en Contai®
Escrito por Fernando Salazar![]() |
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MEDELLIN PRESENTACIÓN Mediante la Resolución No. 000060 de 30 de octubre de 2017, la DIAN, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 139 de la Ley 1607, ha reglamentando, con la debida anticipación, los sujetos obligados a suministrar información por el AÑO GRAVABLE 2017, y sus especificaciones técnicas
AGENDA ACADÉMICA
2. Sección práctica en Contai®
EXPOSITORES:
PEDRO JOSÉ FRANCO CÁRDENAS Ingeniero de Sistemas de la Universidad Incca de Colombia y Especialista en Administración Pública ESAP. Fue Jefe de Servicio Informático y Administración de Impuestos de Medellín (DIAN), entidad en la cual se ha desempeñado en diferentes cargos desde el año 1983. Conferencista durante los últimos cinco años en temas informáticos tributarios, docente en las Facultades de Postgrado y Pregrado de varias y reconocidas universidades del país. Actualmente es Director de Asistencia Tecnológica, Dirección Seccional de Impuestos de Medellín, cargo en el que ha estado desde el 2006. Coautor del libro: Guía práctica para la elaboración de la Declaración de Renta e Información Exógena 2010, editado y publicado por el ICEF.
CARLOS ANDRÉS LOPERA Asesor de servicios ilimitada S.A.S con 8 años de servicio en manejo de Contai® y Plus, Técnico en contaduría, actualmente estudiante de Contaduría Pública en la Universidad San Buenaventura.
INFORMACIÓN GENERAL:
LUGAR: Auditorio Centro Comercial Sandiego Cl. 34 #43-66, Piso 11 - Torre Norte, Medellín FECHA: miércoles 25 de abril del 2018 HORARIO: 4:30 p.m. a 9:00 p.m. VALOR: $180.000 más IVA. Descuentos: Facturas con 2 asistentes el 10%, para toda la factura Facturas con 3 asistentes el 15% para toda la factura Facturas con 4 asistentes o más el 20% para toda la factura
El valor incluye memorias, libreta, lapicero, Calendario, refrigerio, estación de café permanente, parqueadero y certificado.
INSCRIPCIONES:
Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones o en el teléfono: 57 (4)4442926. Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web. Consigne en la Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045 a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280-0 y envíe copia de la misma al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.'; document.getElementById('cloak70478').innerHTML += ''+addy_text70478+'<\/a>'; //--> Solicite link de pago con tarjeta de crédito al teléfono (4)442926
MAYORES INFORMES:
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF Teléfono: (4) 4442926 Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641 Página Web: www.icef.com.co Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.-Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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POLITICAS DE VENTA
Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago. Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe enviar al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.'; document.getElementById('cloak89467').innerHTML += ''+addy_text89467+'<\/a>'; //--> mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción. Cancelación: ilimitada SAS y El Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. se reserva el derecho del cambio de fechas, lugar o conferencistas por casos de fuerza mayor. Los eventos se realizarán cuando se haya alcanzado el número mínimo de participantes. En ambos casos, se comunicará a los participantes inscritos, por medio de correo electrónico, el cambio realizado.
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CTCP presentó marco conceptual revisado para la presentación de informes financieros
Richard santaEl 29 de marzo del año en curso la Junta de Estándares de Presentación de Informes Financieros emitió el marco conceptual revisado para la presentación de informes financieros, que está conformado por el Marco Conceptual y el Fundamento de las Conclusiones.
Dada la relevancia de este marco técnico y de su importancia para el desarrollo de nuevas normas por la Junta del IASB, la ayuda que proporciona a los preparadores de informes financieros en la definición y aplicación de políticas contables, así como su importancia para las partes interesadas en la comprensión de las normas de información financiera emitida, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública comparte los documento emitidos por el IASB en su idioma original (inglés).
También presenta una traducción libre del marco y de sus fundamentos, elaborada por el presidente del CTC, Wilmar Franco Franco, para propósitos eminentemente académicos. Aun cuando el marco no reemplaza ni modifica ninguno de los estándares existentes, el IASB comenzará a utilizar el marco conceptual desde la fecha de su expedición y los conceptos revisados guiarán al Consejo cuando desarrolle o revise los estándares.
El documento proporciona información útil para la preparados de la información financiera y es la antesala al documento definitivo, que se publicará una vez se reciba la traducción oficial del emisor internacional, documento que se someterá a discusión pública, una vez se surta el debido proceso, se incorporará a la normatividad Colombiana.
Para conocer los documentos, haga clic aquí.


