Luego del anuncio del Presidente Gustavo Petro, en el que solicitó buscar los mecanismos para asumir como Estado el pago de los saldos de la opción tarifaria del servicio público domiciliario de energía eléctrica, los Ministerios de Hacienda y de Minas y Energía, La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y las empresas del Grupo EPM (EPM, Caribemar-Afinia, Central Hidroeléctrica de Caldas, Centrales Eléctricas de Norte de Santander, Empresa de Energía del Quindío, Electrificadora de Santander) y la empresa Air-e, anuncian el acuerdo con la ruta que permitirá a la población colombiana (que reciben el servicio de esas empresas) beneficiarse de la reducción en los costos de su tarifa del servicio público domiciliario de energía eléctrica.

A continuación, se detalla la ruta acordada:

1. Se crearán los mecanismos para que el saldo de la deuda de la opción tarifaria para los usuarios residenciales de los estratos 1, 2 y 3, estimada en 2,7 billones sea asumida por la Nación.

2. El mecanismo inmediato de financiamiento a estas empresas será por medio de las líneas de crédito habilitadas por la banca pública, destinadas a financiar a las empresas comercializadoras de energía que tienen saldos de deuda de la opción tarifaria. Dichos créditos gozan de bajas tasas de interés (tasas de interés compensadas por el Gobierno Nacional -menores a las del mercado) y cuentan con períodos de gracia de hasta 12 meses.

3. De común acuerdo con las empresas comercializadoras beneficiadas con los desembolsos de las líneas de créditos de Findeter y otras entidades, estos dineros se reflejarán de forma progresiva en la tarifa de sus usuarios, teniendo en cuenta sus particularidades, disminuyendo el costo unitario de la opción tarifaría correspondiente a los recursos recibidos por el financiamiento, en tanto está vigente el periodo de gracia y las facilidades de los créditos que financien la opción tarifaría en plazos amplios. De esta forma, los usuarios del país experimentarían un alivio en sus tarifas, que iría desde el 4% hasta el 20% del costo unitario de la prestación del servicio de energía eléctrica, dependiendo de la empresa prestadora del servicio, y proporcional al monto del crédito adquirido por éstas. El valor más representativo de este rango de porcentaje lo experimentarán los usuarios más vulnerables.

4. El Ministerio de Minas y Energía y la CREG expedirán una regulación específica que permita el cobro diferenciado del costo por opción tarifaria entre los estratos beneficiados (1,2 y 3) y los que continúan pagando la totalidad de la deuda (4,5 y 6 industriales y comerciales). Así como la optimización del esquema actual de las garantías que respalda las transacciones en el Mercado de Energía Mayorista.

5. Los Ministerios de Hacienda y Minas y Energía presentarán el 20 de julio, ante el Congreso de la República, el proyecto de ley que permite al Estado asumir el pago de la deuda (con los criterios aquí descritos).

6. Se adelantarán mesas de trabajo con las demás empresas que tienen saldos de opción tarifaria que aún no han realizado acuerdos, con el fin de lograr la disminución tarifaria y activar los mecanismos para concertar este alivio en los costos de energía a la población colombiana.

7. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios continuará con el ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control para asegurar que las empresas de servicios públicos apliquen debidamente la normativa expedida en el marco del acuerdo.

8. Continuaremos las jornadas de trabajo con usuarios, empresas y agremiaciones, orientado a definir un esquema de disminución del costo de la energía para la población más vulnerable del país e identificar medidas adicionales como renegociación de contratos para garantizar energía más barata destinada a esos mercados como el del Caribe que representa cerca del 20 % de los hogares pobres. Nuestro objetivo es encontrar todas las medidas posibles que deriven en la disminución de las tarifas de energía eléctrica en el país.

La DIAN publicó el proyecto de Resolución “por medio de la cual se requiere la información relacionada con las operaciones de cambio sometidas al control y vigilancia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales canalizadas por conducto de los intermediarios del mercado cambiario y las cuentas de compensación”.

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 16 de junio de 2024, a través del siguiente buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

Ante el ministro de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla, tomó posesión como director general de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, Jairo Orlando Villabona Robayo.

El alto funcionario es contador público, especializado en tributación y en finanzas. Posee una maestría en Administración y un doctorado en ciencias de gestión de la Universidad de Rouen, en Francia.

Suma una amplia experiencia, tanto en los sectores público y privado, así como en la cátedra docente. En la empresa privada ha sido auditor general interno, contralor, gerente y director administrativo y financiero de compañías textileras, farmacéuticas, químicas, editoriales y de telecomunicaciones.

Se ha desempeñado como gerente general del Fondo de Empleados Docentes de la Universidad Nacional de Colombia – FODUN, y desde 2004, como profesor de la Facultad de Ciencias Económicas en la misma institución universitaria, así como líder de opinión en temas tributarios.

Ha sido investigador y analista de temas financieros y tributarios, propendiendo siempre por una contribución de impuestos justa y equitativa, que aporte al desarrollo y crecimiento del país, en consonancia con una estrategia de redistribución fiscal clara y realista, orientada a reducir de manera significativa la desigualdad en Colombia.

Jairo Orlando Villabona Robayo llega a la DIAN con el objetivo de implementar estrategias que permitan fortalecer la institucionalidad, las acciones contra la evasión, la elusión y el contrabando.

Por medio de la Resolución 096 del 31 de mayo de 2024, la DIAN rinde informe acerca del efectivo intercambio de información tributaria o de relevancia tributaria y el estado de las negociaciones de tratados y acuerdos internacionales para el intercambio de información tributaria.

Para conocer la Resolución 096, haga clic aquí.

Viernes, 07 Junio 2024 10:33

SEMINARIO DECLARACIÓN DE RENTA PERSONA NATURAL

Escrito por

Banner Declaracion de renta 18jun

boton temario

  1. Definiciones básicas Impuesto de Renta
  2. Datos relevantes año gravable 2023
  3. Vencimientos y normatividad
  4. Clasificación de las personas Naturales
  5. Requisitos para ser un residente fiscal
  6. Formularios para declarar
  7. Requisitos para no ser declarantes
  8. Declaración voluntaria
  9. Declaraciones electrónicas y firma del contador público
  10. Realización de los ingresos, costos y deducciones
  11. Las rentas cedulares
  12. Impuesto a los dividendos

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Sebastián Mendoza Pérez

Contador Público especializado en Legislación Tributaria, cuenta con amplia experiencia en análisis tributario, declaración de impuestos y asesoramiento fiscal. Ha trabajado como Coordinador Tributario y Financiero en el Grupo Empresarial Los Bravos y como Revisor Fiscal en el Grupo Empresarial Juan Martín Isaza. Además, es docente de Impuestos Directos e Indirectos en la Universidad Autónoma Latinoamericana. Se graduó como Contador Público y luego se especializó en Legislación Tributaria en la misma universidad, complementando su formación con varios diplomados y seminarios.

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MODALIDAD:           Virtual, sincrónica. Plataforma Teams

FECHA:                      martes 18 de junio de 2024

HORARIO:                 5:00 p.m. a 9:00 p.m.

VALOR:                      $150.000 IVA incluido

boton descuentos

  • 20%   egresados, administrativos y docentes
  • 15%   egresados de extensión (ICEF o de UNAULA)
  • 5%     grupos de 3 personas
  • 7%     grupos de 5 personas
  • 15%   grupos de 10 personas o más.

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Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF

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  • Celulares: 320 6751610 – 312 4235443 – 300 6519641
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Universidad Autónoma Latinoamericana

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Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF NIT 900161280-0

  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
  • Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045

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Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA

Celulares: 302 408 6877 

Página Web: www.unaula.edu.co

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Viernes, 07 Junio 2024 08:49

DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR EN IVA

Escrito por

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 OBJETIVO

Planeamos este evento con el fin de brindar los aspectos claves para la solicitud de las devoluciones originadas en las declaraciones Tributarias de IVA.

boton temario

  • Devoluciones del impuesto sobre las ventas
  • ¿Quiénes pueden solicitar devolución de IVA?
  • Requisitos especiales por tipo de devolución
  • Proporcionalidad del IVA
  • Términos de las devoluciones – Devolución Automática
  • Procedimiento SIE de devoluciones
  • Prevalidadores y diligenciamiento del SIE

 boton expositor

Christian Junot Quiñónez Cortés

Contador Público y Especialista en Gerencia Tributaria de la Universidad Libre de Colombia, Magíster en Ciencias Políticas de la Universidad de Salerno Italia, Magíster en Fiscalidad Internacional de la Universidad Europea.

Laboró en la Dian desde el año 2012, el año 2023 fue elegido el mejor directivo de la DIAN, donde se desempeñó en varios cargos entre ellos subdirector de Análisis y Sectores Estratégicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, el de Gestor II de devoluciones donde implementó las devoluciones abreviadas y las declaraciones sugeridas de IVA y consumo.

boton infogeneral

MODALIDAD:                       Online

FECHA:                                 Julio 18 de 2024

HORARIO:                             5:00 p. m. a 9:00 p. m.

INVERSIÓN:                          97.000 más IVA.

 

Adquiere este seminario en combo con el seminario Devolución Saldos a Favor en RENTA, por solo $160.000 + IVA.

Más información sobre el Seminario Devolución Saldos a Favor en RENTA:

https://icef.com.co/component/k2/item/7317-devolucion-de-saldos-a-favor-en-renta

boton inscripciones 

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443

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Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.

 

Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

 

Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.

 

Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

Viernes, 07 Junio 2024 08:35

DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR EN RENTA

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Banner Devolucin Saldos a Favor en Renta 

OBJETIVO

Planeamos este evento con el fin de brindar los aspectos claves para la solicitud de las devoluciones originadas en las declaraciones Tributarias de Renta Persona Jurídica y Renta Persona Natural, al igual que la explicación de los formatos que utilizaremos para las mismas y la solución a los errores más frecuentes.

También explicaremos como funcionarán las devoluciones automáticas para las personas naturales

boton temario

  • Generalidades de las devoluciones
  • Devolución, compensación e imputación
  • Tipos de devoluciones – Por declaraciones tributarias y/o por impuesto pagado
  • Requisitos generales de las devoluciones
  • Devoluciones del impuesto sobre la renta
  • Requisitos específicos
  • Relación de costos y deducciones
  • Prevalidador de renta
  • La devolución automática de oficio de personas naturales
  • Actuaciones de la administración tributaria en las devoluciones
  • Sanciones por devoluciones improcedentes
  • La defraudación tributaria
  • Preguntas y respuestas

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Christian Junot Quiñónez Cortés

Contador Público y Especialista en Gerencia Tributaria de la Universidad Libre de Colombia, Magíster en Ciencias Políticas de la Universidad de Salerno Italia, Magíster en Fiscalidad Internacional de la Universidad Europea.

Laboró en la Dian desde el año 2012, el año 2023 fue elegido el mejor directivo de la DIAN, donde se desempeñó en varios cargos entre ellos subdirector de Análisis y Sectores Estratégicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, el de Gestor II de devoluciones donde implementó las devoluciones abreviadas y las declaraciones sugeridas de IVA y consumo.

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MODALIDAD:                     Online

FECHA:                               Julio 4 de 2024

HORARIO:                          5:00 p. m. a 8:00 p. m.

INVERSIÓN:                       97.000 más IVA.

Adquiere este seminario en combo con el seminario Devolución Saldos a Favor en IVA, por solo $160.000 + IVA

Más información sobre el Seminario Devolución Saldos a Favor en IVA:

https://icef.com.co/component/k2/item/7318-devolucion-de-saldos-a-favor-en-iva

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Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

 

Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.

 

Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

 

Jueves, 06 Junio 2024 11:33

SEMINARIO SIN COSTO GANANCIA OCASIONAL

Escrito por

Ganancia Ocasional sin costo Banner

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LUCERO TÉLLEZ HERNÁNDEZ:

Abogada con Maestría en Gerencia Tributaria, especialista en Administrativo y en Derecho Probatorio Público.

Profesora de la Universidad Pontificia Universidad Javeriana, Universidad del Rosario, Universidad Sergio Arboleda, Colegio Colombiano de Contadores Públicos, Cámaras de Comercio y FENALCO.

Servidora Pública en la DIAN con más de 33 años de experiencia en materia tributaria.

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MODALIDAD:          virtual

FECHA:                    martes 2 de julio de 2024

HORARIO:               5:00 p.m. a 7:00 p.m.
VALOR:                    Sin costo

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Inscripción
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boton temario

  • Descripción de estructuras típicas de patrimonios de familia
  • Reorganizaciones Corporativas (escisión/fusión)
  • Disminución de capital con reembolso de aportes
  • Liquidación de sociedades colombianas
  • Enajenaciones indirectas
  • Movimientos de participación en el exterior
  • Casos prácticos

boton expositor

Juan Guillermo Ruíz Hurtado

Abogado Universidad Javeriana, Especialista en Tributación, Socio de Posse Herrera Ruiz, donde dirige el departamento de planeación tributaria, impuestos aduanas y comercio exterior.  Ha sido presidente de IFA para América Latina, del Capítulo Colombiano del IFA, y del Instituto Colombiano de Derecho Tributario (ICDT).

Ha trabajado por más de 25 años en la estructuración de temas tributarios y de planeación fiscal; en el manejo de patrimonios familiares; en operaciones de compra y venta de compañías, en reorganizaciones corporativas; y en transacciones de múltiples sectores, incluyendo infraestructura, gas y petróleo, minería, electricidad, telecomunicaciones, inmobiliarios; sector financiero, Retail, salud, proyectos forestales y agroindustriales.

 

boton infogeneral     

  • FECHA:                   miércoles 12 de junio
  • HORARIO:              5:00 p.m. a 9:00 p.m.                  
  • INVERSIÓN:           $ 275.000 más IVA
  • MODALIDAD:         virtual

boton descuentos

  • 5 % Dos asistentes bajo la misma factura.
  • 10% Tres asistentes bajo la misma factura.
  • 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura.

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Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

La Superintendencia Financiera expidió la Resolución 1143 de 2024, por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 3 de mayo al 24 de mayo de 2024, se certifica en 20,56% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de junio de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 46 puntos básicos (-0,46%) frente a la vigente en mayo de 2024 (21,02%).

Crédito productivo
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 3 de mayo al 24 de mayo de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad / Efectivo anual

Crédito productivo de mayor monto: 26,06%
Crédito productivo rural: 18,95%
Crédito productivo urbano: 35,26%
Crédito popular productivo rural: 49,14%
Crédito popular productivo urbano: 56,40%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 30 de junio de 2024.

Tasas no certificadas por la SFC basadas en el Interés Bancario Corriente
El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).

Modalidades de crédito / Interés remuneratorio /y de mora (efectivo anual) / Usura (efectivo anual)

Crédito de consumo y ordinario: 30,84% / 30,84%
Crédito productivo de mayor monto: 39,09% / 39,09%
Crédito productivo rural: 28,43% / 28,43%
Crédito productivo urbano: 52,89% / 52,89%
Crédito popular productivo rural: 73,71% / 73,71%
Crédito popular productivo urbano 84,60%/ 84,60%

Para conocer la Resolución 1143, haga clic aquí.

Página 57 de 640

Carrera 48 N. 12Sur - 70 Oficina 508
Medellín - Antioquia | Colombia
Teléfono +57 (4) 444 29 26
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