Por medio del Concepto 380 del 8 de septiembre de 2023, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre el Reconocimiento de activos entregados en una Fiducia de Garantía.

Para conocer el Concepto 380, haga clic aquí.

libro derecho tributario concreto 2024

AUTOR 

 

 J. Orlando Corredor Alejo 

 

DESCRIPCIÓN

 

En esta oportunidad hemos seleccionado 20 tópicos que son representativos de la muy variada temática del Derecho Tributario, mezclando, como ha sido tradicional, algunos elementos propios de la profesión contable. Ejemplo de ello lo veremos en el capítulo sobre manejo tributario y contable del factoring, tema por demás huérfano de literatura en nuestro país. También ser verá reflejada esta interconexión contable y tributaria en el tema de los repartos patrimoniales, en la determinación del crédito tributario por dividendos y en las transacciones que involucran más de una prestación. En fin, hemos hecho el mejor esfuerzo selectivo en los temas que se desarrollan, buscando honrar el objetivo que nos hemos trazado desde siempre: ser una orientación académica en los distintos temas analizados, sin pretender constituirnos en la última palabra

Nuestro sentido y deseo es expresar puntos de vista útiles, que ayuden al quehacer rutinario en este inmenso y apasionante tema de los impuestos.

 

 

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Viernes, 08 Septiembre 2023 16:34

 BANNER CURSO EXCEL PARA CONTADORES

 

 

Un taller centrado en Excel 360 es una herramienta para contadores extremadamente útil, permite mejorar las habilidades y la eficiencia en la gestión de datos y tareas contables.

 

 boton temario

 

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  • Obtener datos desde una carpeta con múltiples archivos
  • Obtener datos desde un PDF
  • Obtener datos desde múltiples archivos con múltiples hojas
  • Consolidar información con Power Query
  • Dinamización de datos pivoteados
  • Tablas dinámicas para analizar, explorar y mostrar información
  • Tu primer Dashboard en Excel

 

 

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DIEGO ALZATE ORTIZ – VISION TECNOLOGICA SAS

 

JULIO CESAR RENDON – EXCEL APRENDE



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FECHA:

Octubre 20, 21, 27 y 28 de 2023

HORARIO:

Viernes de 5:00 p.m. a 8:00 p.m. y Sábado de 8:00 a.m. a 11:00 a.m.

MODALIDAD:

Online

INVERSIÓN:

$ 264.706 más IVA Pagos hasta el 17 de octubre.

$ 294.118 más IVA Pagos del 18 de octubre en adelante.

 

                                                

 

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Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago. 

 

Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. 

 

Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.

 

Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

 

El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 1458 del 04 de septiembre de 2023, "Por el cual se modifican el artículo 1.6.6.1.2. del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1, el subnumeral1. 3. del numeral 1 del artículo 1.6.6.2.3. del Capítulo 2 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1, el artículo 1.6.6.3.2. del Capítulo 3 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1, se adiciona el parágrafo 3 al artículo 1.6.6.4.3. del Capítulo 4 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1, se sustituye el artículo 1.6.6.6.7. del Capítulo 6 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1, se adiciona el artículo 1.6.5.3.1.4. a la Sección 1 del Capítulo 3 del Título 5 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria y se reglamentan los incisos 2 y 3 del artículo 800-1 del Estatuto Tributario modificados por el artículo 26 de la Ley 2277 de 2022 y el parágrafo 8 del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, adicionado por el artículo 86 de la Ley 2277 de 2022, relacionados con el mecanismo de Obras por Impuestos".

Para conocer el Decreto 1458, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que una vez terminada la etapa de pruebas e implementación de la nueva versión del Sistema SYGA Importaciones, se realizará una ventana de mantenimiento por parte de la Dirección de Innovación y Tecnología el próximo 9 de septiembre desde las 11:00 a.m. hasta las 8:00 p.m., por lo cual no estará disponible el servicio digital SYGA Importaciones (Siglo XXI).

Tenga en cuenta:

Los usuarios de acceso (usuarios y contraseñas) al servicio informático SYGA – Importaciones no sufrirán modificación.

La URL de acceso al servicio informático SYGA – Importaciones no sufrirá modificación.

Esta versión como se ha indicado no presenta cambios en el sistema, en la operatividad y navegación, ni en la estructura de las interfaces de captura, consulta y la validación de datos no ha sido modificada; los cambios obedecen a temas internos de seguridad, de código y base de datos.

Los cambios antes citados, pueden afectar de alguna manera el comportamiento y validaciones de sistemas externos (no controlados por la DIAN), que interactúen con la aplicación syga importaciones. Ejemplo robots de envío masivo de las declaraciones de importación (dim).

Las Direcciones Seccionales dispondrán el proceso de contingencia de acuerdo con el memorando 221 de 14 de diciembre de 2022 según lo indicado por la Dirección de Gestión de Aduanas

La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia presentó el informe informe Economía de Antioquia: ¿Cómo cerrará el 2023?, en el que se evidenció que el sector privado sigue como principal motor de empleo en la región y los empresarios continúan jalonando la recuperación económica, pese a la desaceleración -especialmente de la actividad manufacturera-, al Índice de Confianza del Consumidor (-32,2) y al contexto macroeconómico complejo por la inflación y la disminución de la inversión.

Entre los aspectos positivos se destacaron el comercio (personal ocupado creció 2,7 %) y el turismo (ventas se incrementaron 6,4 % y empleo 11,7 %), la dinámica exportadora se mantiene fuerte con ventas externas que aumentaron 12,4 % y la tasa de desempleo en Medellín y el Valle de Aburrá que se ubicó en un dígito (9,2 %), ubicándose como la segunda más baja entre las 13 ciudades y áreas metropolitanas del país.

En ese sentido, John Fredy Pulgarín Sierra, vicepresidente de Competitividad y Desarrollo Empresarial de la Cámara, dijo que la región sigue siendo muy atractiva a nivel internacional para inversión y turismo, como se evidenció en el informe; “ por eso, se siguen valorando las capacidades de Medellín, con un sector privado muy fuerte que ayuda a superar las coyunturas, de hecho, hemos salido fortalecidos de las situaciones difíciles. Hay confianza, institucionalidad, sector privado y ecosistema, activos muy importantes”.

En cuanto a la creación de empresas en los 69 municipios de jurisdicción de la Cámara, se constituyeron 17.985 unidades productivas entre enero y julio de 2023, 2,5 % menos de lo registrado en igual período de 2022. En contraste, 8.204 empresas se liquidaron, para un aumento de 8,8 %, en su mayoría (85,3 %) personas naturales.

Como agencia de desarrollo regional que articula programas y servicios con diferentes actores públicos y privados, la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia invertirá recursos por $ 12.000 millones en cuatro Rutas para el fortalecimiento empresarial que impactarán a cerca de 13.000 unidades productivas en 2023:

-Ruta de la Formalización: promueve mayores niveles de productividad empresarial a través de actividades de sensibilización, información y orientación a los pequeños comerciantes y unidades productivas para su crecimiento y fortalecimiento. Según el Centro de Estudios de la Empresa Micro, 57 % de los negocios informales están a cargo de una mujer y 51 % fueron creados por motivos de subsistencia.

-Ruta de la Microempresa: desarrolla capacidades empresariales y promueve mejores prácticas entre las empresas micro, para mejorar su productividad, promover su expansión, y aumentar sus probabilidades de permanencia en el mercado. Cerca de 148.000 empresas son micro, pequeñas y medianas en los 69 municipios de jurisdicción de la Cámara y representan 99,6 % de nuestro tejido empresarial.

-Ruta de Transformación Digital: identifica y gestiona las principales barreras y oportunidades en el uso y adopción de tecnologías asociadas a procesos de transformación basadas en herramientas digitales. En las regiones de Antioquia, cerca de 1 de cada 3 empresas no cuenta con conexión a internet y entre las que sí tienen el servicio, se observa una baja utilización de plataformas digitales para temas del negocio.

-Ruta de Internacionalización: acompaña a los empresarios antioqueños en sus procesos de internacionalización, brindándoles las herramientas necesarias para afrontar sus operaciones en otros mercados de manera exitosa. En Antioquia existen cerca de 1.954 empresas exportadoras, 40,5 % tienen más de 10 años de funcionamiento.

Los retos a mediano y largo plazo para retomar la senda de crecimiento están relacionados con mantener el trabajo en innovación y transformación en la base productiva y adoptar una política que promueva la especialización de la industria manufacturera como sector relevante para el desarrollo económico; así como en ciencia, tecnología e innovación que sea coherente con las capacidades del territorio y las necesidades de la base empresarial diversa. La producción agroindustrial será determinante para la seguridad alimentaria y la generación de más y mejores oportunidades de desarrollo.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, recibió en acto protocolario celebrado en Bogotá el resultado del trabajo del Comité Técnico de las Entidades Sin Ánimo de Lucro -ESAL- a través de los subcomités de Organizaciones Solidarias y de Propiedad Horizontal.

Se trata de los documentos de orientación técnica No. 21 - Aplicación de las normas de contabilidad e información financiera en el sector de la economía solidaria – y No. 15 (actualización) Aplicación de las normas de contabilidad e información en las copropiedades de uso residencial -.

La entrega de los documentos finales que ahora revisará el CTCP antes de su publicación oficial se dio en desarrollo de la sesión ordinaria del Comité Técnico de las ESAL y de la extraordinaria del propio Consejo Técnico. El evento fue instalado por el presidente del Comité, Carlos A. Potes y contó con la participación presencial de los consejeros Jairo Enrique Cervera R. (como coordinador de los proyectos) y Carlos Augusto Molano R. y virtual de Jimmy Jay Bolaño T. (presidente) y Jesús María Peña B.

Estos DOT serán de gran utilidad tanto para las organizaciones y entidades que se encuentran representadas como para los profesionales de la contaduría pública responsables de los aspectos contables y de revisoría fiscal. Es el resultado de un amplio proceso de revisión, análisis, debate y deliberación hasta llegar a la construcción conjunta de un documento funcional, práctico y conciliado.

En la sesión también intervinieron los representantes de Analfe (Miller García) Confecoop (Carlos Ernesto Acero), Ascoop (María Eugenia Pérez) Carlos Hernando Acero (coordinador subcomité de Organizaciones Solidarias), Maren Tocarruncho (coordinadora subocomité de Propiedad Horizontal) y Ofelia Barros (organizaciones religiosas). Estuvieron presentes representantes de la Superintendencia de la Economía Solidaria y de Asomutuales.

Se espera que en el corto plazo sean publicadas las versiones definitivas de los documentos de orientación técnica. Así se cumplen dos puntos incluidos en el Plan de Trabajo del CTCP del segundo semestre.

La Contaduría General de la Nación pone a discusión pública el proyecto de resolución "Por la cual se incorpora la Norma de gastos de transferencias y subvenciones en las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público".

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de resolución hasta el 22 de septiembre.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

Con base en la información semanal reportada por los establecimientos de crédito durante el período comprendido entre el 04 de agosto y el 25 de agosto de 2023, la Superintendencia Financiera en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución No.1328 de 2023 por medio de la cual certifica en 28.03% efectivo anual el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de septiembre de 2023.

La nueva certificación representa una disminución de 72 puntos básicos (-0.72%) frente a la vigente en agosto de 2023 (28.75%).

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305). Resultado de lo anterior, para septiembre de 2023 los valores resultantes para la modalidad de crédito de consumo y ordinario son:

Interés remuneratorio y de mora: 42.05% efectivo anual
Usura: 42.05% efectivo anual

Estos resultados representan una disminución de 108 puntos básicos (-1.08%) con respecto al período anterior.

Para conocer la Resolución 1328, haga clic aquí.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo -MinCIT- publicó para comentarios el proyecto de decreto por el cual se adiciona el Anexo Técnico Normativo 01 de 2023 del Grupo 1, contentivo de la Norma NIIF 17 Contratos de Seguro, a los anexos incorporados en el Decreto 2420 de 2015, y se dictan otras disposiciones. Esta es la propuesta regulatoria por medio de la cual se define la implementación de la norma internacional sobre contratos de seguro en Colombia. El plazo para que los interesados y los grupos de valor en general remitan sus comentarios es del 13 de septiembre.

En mayo del presente año el Ministerio de Hacienda y Crédito Público había abierto el proceso de discusión sobre el particular. De acuerdo con las áreas de regulación de los dos ministerios, el CTCP, con fundamento en la emisión de las NIIF 17 por parte del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés), emitió la recomendación para la convergencia a la NIIF17, contratos de seguro en marzo de 2023.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP –, observando lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1314 de 2009, remitió mediante oficios electrónicos 2-2023-007588 del 22 de marzo de 2023 y CTCP con radicado No. CTCP-2023-00015 del 22 de marzo de 2023 dirigidos al Director de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera – URF y al Director de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, respectivamente, comunicación a través de la cual recomendó la adopción en Colombia de la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 17, contratos de seguro, expedida por parte del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés) las cuales establecen los principios para el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de los contratos de seguro.

Esta recomendación surgió del análisis y debate de la norma internacional y los efectos probables de su implementación en el ordenamiento jurídico colombiano al tenor de los comentarios de los interesados y del juicio ejercicio de los integrantes del Comité Técnico de Expertos en Seguros.

En la propuesta, en aras de salvaguardar el esquema prudencial de las entidades aseguradoras se hace necesario establecer salvedades para la convergencia de la NIIF 17, contratos de seguro, para las reservas catastróficas del ramo de terremoto, reserva de enfermedad laboral, desviación de siniestralidad, así como para los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) y los amparos por riesgos políticos o extraordinarios del seguro de crédito a la exportación garantizado por la Nación.

Asimismo, con el fin de promover la comparabilidad y facilitar la aplicación de la NIIF 17 se hace necesario establecer simplificaciones para los preparadores de información financiera que hacen parte de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

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